Practicum de Contratos Públicos 2022 - Alberto Palomar Olmeda - E-Book

Practicum de Contratos Públicos 2022 E-Book

Alberto Palomar Olmeda

0,0
82,99 €

-100%
Sammeln Sie Punkte in unserem Gutscheinprogramm und kaufen Sie E-Books und Hörbücher mit bis zu 100% Rabatt.
Mehr erfahren.
Beschreibung

La contratación administrativa ha sufrido numerosos cambios a lo largo de pocos años. No es fácil sistematizar la causa de tantos cambios pero es cierto que la modificación del marco normativo exige un cambio de criterios y de las valoraciones que componen la aplicación concreta de la normativa de contratos. El Practicum de contratos públicos trata de ser una obra pensada en clave de facilitar la labora aplicativa a los operadores jurídicos mediante la sistematización de la regulación, de un lado, y la aportación de los criterios provenientes de los órganos de control y revisión de las decisiones en materia de contratación administrativa. La Obra se ajusta al propio esquema de presentación de la LCSP 2017 diferenciando aquellas partes que son aplicables al conjunto del Sector Público y las que resultan de aplicación a las Administraciones Públicas o al Sector Público no Administraciones Públicas.

Sie lesen das E-Book in den Legimi-Apps auf:

Android
iOS
von Legimi
zertifizierten E-Readern

Seitenzahl: 2628

Bewertungen
0,0
0
0
0
0
0
Mehr Informationen
Mehr Informationen
Legimi prüft nicht, ob Rezensionen von Nutzern stammen, die den betreffenden Titel tatsächlich gekauft oder gelesen/gehört haben. Wir entfernen aber gefälschte Rezensionen.



 

PRACTICUM

PRACTICUM DECONTRATOS PÚBLICOS2022

 

 

 

 

1ª EDICIÓN

Edición preparada por:ALBERTO PALOMAR OLMEDADirector

 

 

El editor no se hace responsable de las opiniones recogidas, comentarios y manifestaciones vertidas por los autores. La presente obra recoge exclusivamente la opinión de su autor como manifestación de su derecho de libertad de expresión.

La Editorial se opone expresamente a que cualquiera de las páginas de esta obra o partes de ella sean utilizadas para la realización de resúmenes de prensa.

Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de esta obra solo puede ser realizada con la autorización de sus titulares, salvo excepción prevista por la ley. Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos) si necesita fotocopiar o escanear algún fragmento de esta obra (www.conlicencia.com; 91 702 19 70 / 93 272 04 45).

Por tanto, este libro no podrá ser reproducido total o parcialmente, ni transmitirse por procedimientos electrónicos, mecánicos, magnéticos o por sistemas de almacenamiento y recuperación informáticos o cualquier otro medio, quedando prohibidos su préstamo, alquiler o cualquier otra forma de cesión de uso del ejemplar, sin el permiso previo, por escrito, del titular o titulares del copyright.

Thomson Reuters y el logotipo de Thomson Reuters son marcas de Thomson Reuters

Aranzadi es una marca de Thomson Reuters (Legal) Limited

 

© 2022 [Thomson Reuters (Legal) Limited / Alberto Palomar Olmeda (Dir.)]

© Portada: Thomson Reuters (Legal) Limited

 

Editorial Aranzadi, S.A.U.Camino de Galar, 1531190 Cizur Menor (Navarra)ISBN: 978-84-1124-729-0DL NA 870-2022Printed in Spain. Impreso en EspañaFotocomposición: Editorial Aranzadi, S.A.U.Impresión: Rodona Industria Gráfica, SLPolígono Agustinos, Calle A, Nave D-1131013 – Pamplona

 

 

Presentación

¿Por qué, como profesional, necesita Practicum?

En el desarrollo de su labor cotidiana, el profesional jurídico y de asesoría se enfrenta constantemente a la necesidad de tener a su alcance la información jurídica y práctica precisa para cubrir con éxito las expectativas de su labor legal o las necesidades de su cliente. Pero no siempre se dispone del tiempo necesario para rastrear en toda la normativa vigente ni, por supuesto, para localizar la sentencia precisa ni el caso práctico que se ajuste a la solución buscada.

¿Qué es Practicum? Una solución en papel y electrónica

Practicum es una colección de obras que sirve de ayuda al profesional jurídico para la rápida localización de la información necesaria en cualquier momento y lugar. Para ello, reúne en un único volumen la información legal y práctica imprescindible sobre la materia que versa, elaborada por equipos de prestigiosos autores, que aúnan el profundo conocimiento legal con una amplia experiencia práctica.

Además, para facilitar su manejo y su permanente actualización, Practicum puede ser consultado en su versión electrónica a través de la plataforma de Thomson Reuters, ProViewTM, accesible tanto desde el ordenador, como de la tableta (Ipad o Android).

ProViewTM

¿Cómo accedo aProViewTM?

Siga las instrucciones de las páginas finales de esta obra.

Más información sobre ProViewTM en

http://www.tienda.aranzadi.es/Aranzadi/Proview/principal.aspx

¿Cómo se estructura Practicum?

Todos los volúmenes de esta nueva colección presentan estructuras similares para que el lector se familiarice con el entorno de consulta, además de establecer una clara diferenciación entre las explicaciones analíticas, los supuestos prácticos y los f ormula-rios, junto con gran cantidad de esquemas y cuadros aclaratorios. En cualquier caso, tanto las explicaciones como el contenido práctico realizan constantes remisiones a las r esoluciones judiciales y a la doctrina administrativa que pueden servir de muestra de la doctrina jurídica más reciente y significativa.

Información práctica permanentemente actualizada

La versión electrónica de Practicum, visualizable a través de ProViewTM, se actualiza cada vez que se produce una novedad significativa en cada materia. Renovando anualmente el volumen de Practicum papel, el profesional podrá estar permanentemente al tanto de las novedades de cada orden jurídico.

Mucha información en poco espacio, y fácilmente localizable

Para facilitar el rastreo de la información buscada, se han incorporado a la obra exhaustivos índices sistemáticos, tanto generales como de capítulo, e índices analíticos, que repasan todas y cada una de las voces características de la materia tratada.

A la facilidad de uso se une la asequible transición e interacción entre las distintas partes de la obra. Para ello, en los márgenes de cada página se han asignado ítems numéricos que permitirán una más sencilla localización de las remisiones efectuadas desde los índices y el propio texto, tanto en la versión Practicum papel como la de la aplicación ProViewTM.

Solo queda desear que con el uso de este volumen y de su versión electrónica, el consultante pueda sacar el mayor partido a Practicum, que, sin duda y hasta el momento, es la mejor solución a los problemas de necesidad de información legal en el desarrollo práctico de la profesión jurídica.

S

Sumario

1 Ámbito subjetivo y objetivo de la Ley. Contratos incluidos y excluidos

I. Enmarque conceptual de la LCSP

II. Justificación de la LCSP y finalidades

III. Inserción de la norma contractual en el estatuto general de la Administración Pública

1. Asegurar una eficiente utilización de los fondos para conseguir un mejor control del gasto público

2. Vinculación con los fines institucionales

3. La lucha contra la corrupción en el ámbito de la contratación administrativa

IV. Objetivo y finalidad de LCSP

1. Objetivos internos

2. La colaboración el cumplimiento de otros objetivos sociales

V. Ámbito de aplicación

1. Ámbito subjetivo

1.1. Concepto de Sector Público

1.2. Inclusión adicional

1.3. El concepto de Administración Pública

1.4. Poderes adjudicadores

1.5. Sujeción específica a la LCSP por razón de su rol social

1.6. Las Corporaciones de Derecho Público

2. Ámbito objetivo: los negocios excluidos

2.1. Régimen común

2.2. Negocios jurídicos y contratos excluidos

VI. Delimitación y clasificación de los contratos en la LCSP

1. Delimitación de las categorías de los contratos del Sector Público: los contratos típicos

1.1. Contrato de obras

1.2. Concesión de obra

1.3. Contrato de concesión de servicios

1.4. Contrato de suministro

1.5. Contrato de servicios

1.6. Contratos mixtos

2. Los contratos sujetos a regulación armonizada

2.1. Reglas comunes de delimitación

2.2. Exclusión ex lege de determinados contratos

3. Régimen Jurídico de cada uno de los tipos contractuales

3.1. Contratos administrativos

3.2. Contratos privados

4. Jurisdicción competente

VII. En especial: la contratación en el ámbito de la defensa y la seguridad

1. La Directiva 2009/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de determinados contratos de obras, de suministro y de servicios por las entidades o poderes adjudicadores en los ámbitos de la defensa y la seguridad

2. La transposición en España: la Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y la seguridad

2.1. Las definiciones (artículo 1.º)

2.2. Ámbito de aplicación (artículo 2)

3. Negocios excluidos

3.1. Delimitación del ámbito objetivo por referencia al artículo 346 del tratado de funcionamiento de la Unión Europea

3.2. Régimen jurídico de los contratos excluidos (artículos 13 y 14 Ley 24/2011)

2 Prohibiciones para contratar, solvencia y clasificación

I. Aptitud para contratar del sector público

II. Aptitud para contratar con el sector público

1. Condiciones de aptitud

2. Personas jurídicas

3. Empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo

4. Empresas no comunitarias

5. Uniones de empresarios

5.1. Compromiso de constituirse y formalización

5.2. Colusión entre empresas

5.3. Representante único y obligación solidaria

5.4. Plazo o duración

5.5. Clasificación

5.6. Alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público

5.7. Cambios en la composición de la UTE

5.8. Prohibición de contratar de una empresa integrante

5.9. Fusión, escisión y aportación o transmisión de rama de actividad de que sean objeto alguna o algunas empresas integradas en la unión

5.10. Reglas tras la formalización del contrato

5.11. Contenido de la información pública de los contratos adjudicados

6. Condiciones especiales de compatibilidad

7. Acreditación de la capacidad de obrar

7.1. Personas físicas

7.2. Personas jurídicas

7.3. Los demás empresarios extranjeros

III. Prohibiciones de contratar

1. Prohibiciones de contratar: causas y efectos

2. Circunstancias, derivadas de un mal comportamiento previo en el ámbito de la contratación administrativa, que impiden a los empresarios contratar

3. Empresas que son continuación o que derivan de otras empresas

4. Apreciación de la prohibición de contratar

5. Competencia

6. Procedimiento

7. Duración de la prohibición de contratar

8. Efectos de la declaración de la prohibición de contratar

8.1. Ámbito

8.2. Inscripción registral

8.3. Fecha de efectos

9. Prueba de la no concurrencia de una prohibición de contratar

IV. Solvencia

1. Concepto y clases

2. Exigencia

3. Integración de la solvencia con medios externos

3.1. La opción de basarse en la solvencia y medios de otras entidades

3.2. La necesidad de probar la disponibilidad

3.3. Responsabilidad conjunta (solvencia económica y financiera)

3.4. Ejecución directa por empresario concreto

4. Concreción de las condiciones de solvencia

4.1. Condiciones mínimas

4.2. Compromisos adicionales a la solvencia

4.3. Límite a la exigencia

5. Medios de acreditar la solvencia

6. Acreditación de la solvencia económica y financiera

6.1. Medios de acreditación

6.2. Forma de acreditación

6.3. Publicidad de los medios admitidos

6.4. Contratos no sujetos al requisito de clasificación

6.5. Proporcionalidad y defensa de las pequeñas y medianas empresas

7. Solvencia técnica en los contratos de obras

8. Solvencia técnica en los contratos de suministros

9. Solvencia técnica o profesional en los contratos de servicios

10. Solvencia técnica o profesional en los restantes contratos

11. Concreción de los requisitos y criterios de solvencia

12. Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad

13. Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental

V. Clasificación de las empresas

1. Concepto y naturaleza jurídica

2. Exigencia y efectos de la clasificación

2.1. Contratos de obras

2.2. Contratos de servicios

2.3. Demás tipos de contratos

3. Cesionario del contrato

4. Posibilidad de exención en determinados contratos de obras y en caso de no concurrencia de ninguna empresa clasificada

5. Entidades del sector público que no son poder adjudicador

6. Exención de la exigencia de clasificación

7. Criterios aplicables y condiciones para la clasificación

7.1. Criterios

7.2. Requisitos previos

7.3. Grupo de sociedades

7.4. Presunción

7.5. Obras cuya naturaleza se corresponda con algunos de los tipos establecidos como subgrupo

8. Acuerdos o decisiones de clasificación e inscripción registral de la clasificación

8.1. Competencia, eficacia y recurso en la AGE

8.2. Competencia y eficacia en las CCAA

8.3. Clasificaciones divergentes

9. Plazo de vigencia y revisión de las clasificaciones

9.1. Plazo de vigencia de la clasificación

9.2. Conservación de la clasificación

9.3. Revisión de la clasificación

9.4. Obligaciones del empresario

10. Comprobación de los elementos

11. Prueba de la clasificación y de la aptitud para contratar a través de Registros o listas oficiales de contratistas

11.1. Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE)

11.2. Inscripción en el Registro de Licitadores de una Comunidad Autónoma

12. Certificados comunitarios de empresarios autorizados para contratar

VI. Sucesión en la persona del contratista

3 Objeto y precio del contrato. Garantías exigibles

I. Objeto del contrato público

1. La contratación pública

2. Concepto

3. Concreción («determinado o determinable»)

4. Integridad

4.1. Prohibición de fraccionamiento

4.2. División en lotes

II. Presupuesto base de licitación

1. Concepto

2. Elaboración

III. Valor estimado

1. Concepto

2. Reglas generales

3. Reglas especiales por tipo de contrato

3.1. Contratos de obras

3.2. Contratos de Suministros

3.3. Contratos de Servicios

3.4. Contratos de Concesión de obras y concesión de servicios

3.5. Acuerdos marco y para los sistemas dinámicos de adquisición

3.6. Procedimiento de asociación para la innovación

IV. Precio

1. Concepto

2. Características

3. Adecuado

4. Determinación

V. Revisión de precios

1. Concepto y regulación

2. Requisitos

3. Fórmula de revisión

4. Revisión en casos de demora en la ejecución

5. Pago del importe de la revisión

VI. Garantías exigibles en los contratos públicos

1. Tipos de garantías

2. Garantía provisional

2.1. Naturaleza

2.2. Finalidad

2.3. Cuantificación

2.4. Depósito

2.5. Extinción

3. Garantía definitiva

3.1. Naturaleza

3.2. La obligación de prestar garantía definitiva como norma general

3.3. Excepciones a la obligación de prestar garantía definitiva

3.4. Garantía definitiva y garantía complementaria

3.5. Cuantificación

3.6. Forma

3.7. Constitución, reposición y reajuste de garantías

3.8. Reposición

3.9. Reajuste de garantías

3.10. Responsabilidades a las que están afectas las garantías

3.11. Devolución y cancelación

4. Garantías prestadas por terceros

4.1. Sujetos

4.2. Régimen jurídico

4.3. Preferencias en la ejecución de las garantías

5. Garantías en los contratos celebrados por las entidades del sector público que no tengan la consideración de Administraciones Públicas

5.1. Supuestos

5.2. Cuantía

5.3. Forma

5.4. Devolución y cancelación

4 Expediente de contratación y pliegos. Contratos menores

I. Expediente de contratación

1. El expediente administrativo como requisito de la contratación pública

1.1. Concepto

1.2. El expediente administrativo de contratación pública

1.3. Tipos de expediente administrativo de contratación pública

1.4. Formato

2. Elementos que integran el expediente de contratación

2.1. Objeto del contrato (integridad)

2.2. Contenido

3. Motivación

4. Aprobación

II. Contratos menores

1. Concepto

1.1. Contratación: onerosa y pública

1.2. Delimitación

2. El expediente administrativo en los contratos menores

2.1. Regulación general y excepciones

2.2. Contrato y procedimiento: objeto y expediente

2.3. Tipos contractuales y contratos menores

2.4. Cuantía del contrato y valor estimado

2.5. El plazo de los contratos menores

3. Finalidad

4. Requisitos subjetivos

5. Requisitos generales

5.1. La necesidad del contrato y su motivación

5.2. La aprobación del gasto

5.3. La incorporación de la factura al expediente de contratación

5.4. Justificación de que no se está alterando el objeto del contrato

5.5. Publicación

6. Previsiones especiales por razón del objeto del contrato menor

6.1. Contrato menor de obras

6.2. Contratación del acceso a bases de datos y la suscripción a publicaciones

6.3. Contratos sucesivos

6.4. Contratos celebrados por los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación

III. Tramitación urgente del expediente

1. Supuestos

2. Declaración de urgencia

3. Procedimiento

IV. Tramitación de emergencia

1. Supuestos

2. Límites

3. Procedimiento

V. Pliegos de cláusulas administrativas

1. Pliegos de cláusulas administrativas generales

1.1. Concepto

1.2. Naturaleza

1.3. Aprobación

2. Pliegos de cláusulas administrativas particulares

2.1. Concepto

2.2. Naturaleza

2.3. Contenido

2.4. Aprobación

VI. Pliegos de prescripciones técnicas

1. Pliegos de prescripciones técnicas generales

2. Pliegos de prescripciones técnicas particulares

3. Definición de prescripciones técnicas

4. Reglas

5. Etiquetas

6. Informes de pruebas, certificación y otros medios de prueba

7. Información sobre las obligaciones relativas a la fiscalidad, protección del medio ambiente, empleo y condiciones laborales y de contratar a un porcentaje específico de personas con discapacidad

8. Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo

5 Adjudicación de los contratos Procedimientos

I. Cuestiones generales

1. Marco normativo

2. Procedimientos de adjudicación

3. Principios de igualdad, transparencia y libre competencia

4. Confidencialidad

4.1. Obligaciones de confidencialidad del órgano de contratación

4.2. Obligaciones de confidencialidad del contratista

II. Publicidad

1. Anuncio de información previa

1.1. Supuestos y carácter potestativo de la publicación

1.2. Lugar y plazos de publicación

1.3. Periodo cubierto por el anuncio de información previa

1.4. Contenido del anuncio de información previa

1.5. Posible reducción de plazos para la presentación de proposiciones

1.6. Consecuencias de la no publicación del anuncio de información previa

2. Anuncio de licitación

2.1. Lugar y plazos de publicación

2.2. Gastos de publicación

2.3. Contenido del anuncio

2.4. Aclaración o rectificación del anuncio

2.5. Especialidades de los contratos de concesión de servicios especiales del Anexo IV de la LCSP

III. Licitación

1. Plazos de presentación de las solicitudes de participación y de las proposiciones

1.1. Determinación del plazo de presentación

1.2. Ampliación del plazo inicial de presentación de ofertas y solicitudes de participación

1.3. Proposiciones que dependan de visitas sobre el terreno o consulta «in situ» de documentación

1.4. Gratuidad

1.5. Reducción de plazos en caso de tramitación urgente

1.6. Efectos de la presentación fuera de plazo

2. Lugar de presentación de las proposiciones

3. Acceso electrónico a los pliegos

4. Información a interesados

5. Proposiciones de los interesados

5.1. Contenido de las proposiciones

5.2. Carácter secreto de las proposiciones

5.3. Número de proposiciones por licitador

5.4. IVA

6. Presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos

6.1. Contenido de las proposiciones

6.2. Contenido de la declaración responsable y acreditación de la constitución de la garantía provisional

6.3. Acreditación de otras circunstancias

6.4. Momento en que deben concurrir las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibición de contratar

6.5. Declaración responsable y otra documentación

6.6. Calificación de la documentación por la mesa de contratación

6.7. Subsanación de defectos

7. Admisibilidad de variantes y mejoras

7.1. Supuestos

7.2. Requisitos de admisión

7.3. Admisión de variantes que conlleven el cambio de tipología contractual

8. Subasta electrónica

8.1. Delimitación conceptual y ámbito de aplicación objetivo

8.2. Ámbito de aplicación subjetivo

8.3. Criterios aplicables a las subastas electrónicas

8.4. Información que debe incorporarse en los pliegos de condiciones

8.5. Fases de las subastas electrónicas

9. Sucesión en el procedimiento

IV. Selección del adjudicatario

1. Órgano competente para la selección de criterios de adjudicación

2. Requisitos generales y tipología de criterios de adjudicación

3. Criterios cualitativos para evaluar la mejor relación calidad-precio

4. Aplicación de más de un criterio de adjudicación

5. Documento en que se determinan los criterios de adjudicación

6. Requisitos de los criterios de adjudicación

7. Mejoras

8. Aplicación de los criterios de adjudicación

8.1. Aplicación de un solo criterio de adjudicación

8.2. Aplicación de una pluralidad de criterios de adjudicación

9. Criterios de desempate

9.1. Tipología de criterios de desempate

9.2. Documentación acreditativa

9.3. Aplicación de criterios de desempate no previstos en los pliegos

10. Definición y cálculo de ciclo de vida

10.1. Concepto

10.2. Cálculo

10.3. Datos que deben facilitar los licitadores

10.4. Método para la evaluación de costes imputados a externalidades medioambientales

11. Clasificación de las ofertas y adjudicación del contrato

11.1. Criterios de clasificación

11.2. Traslado a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

12. Ofertas anormalmente bajas

12.1. Procedimiento contradictorio

12.2. Evaluación de la información y documentación aportada por el licitador

V. Adjudicación del contrato

1. Aportación de documentación

2. Falta de aportación de la documentación

3. Acto de adjudicación

4. Resolución y notificación de la adjudicación

VI. Obligaciones de información sobre el resultado del procedimiento

1. Comunicación a los candidatos y a los licitadores

2. Decisión de no adjudicar o celebrar contrato

3. Desistimiento del procedimiento de adjudicación por la Administración

VII. Formalización del contrato

1. Cuestiones generales a tener en cuenta

2. Documento de formalización del contrato

2.1. Forma

2.2. Contenido

3. Publicidad: anuncio de formalización de los contratos

3.1. Plazos

3.2. Medios de publicación

3.3. Exclusión de la publicación

VIII. Procedimientos de adjudicación

1. Cuestiones generales

1.1. Tipología de procedimientos

1.2. Fases generales de cualquier procedimiento de licitación

IX. Procedimiento abierto

1. Resumen de cuantías y plazos de presentación de proposiciones

2. Delimitación

3. Plazos para la presentación de proposiciones y plazo de publicación del anuncio de licitación

4. Examen de las proposiciones y propuestas de adjudicación

5. Adjudicación

X. Procedimiento abierto simplificado

1. Resumen de cuantías y plazos de presentación de proposiciones

2. Delimitación

3. Plazo de presentación de las proposiciones

4. Especialidades del procedimiento

XI. Procedimiento abierto simplificado abreviado

1. Resumen de cuantías y plazos de presentación de proposiciones

2. Delimitación

3. Procedimiento y plazos de presentación de proposiciones

XII. Procedimiento restringido

1. Resumen de cuantías y plazos de presentación de proposiciones

2. Delimitación

3. Solicitudes de participación

4. Criterios de selección de candidatos

5. Contenido de las invitaciones e información a los candidatos

6. Presentación de proposiciones

7. Adjudicación

XIII. Procedimiento con negociación

Resumen de cuantías y plazos de presentación de proposiciones

1. Delimitación de la materia objeto de negociación

2. Contenido de los pliegos

3. Supuestos de aplicación

3.1. Supuestos de aplicación del procedimiento negociado con publicidad

3.2. Supuestos de aplicación del procedimiento negociado sin publicidad

4. Tramitación

4.1. Tramitación del procedimiento negociado con publicidad

4.2. Especialidades en la tramitación del procedimiento negociado sin publicidad

4.3. Información a los licitadores

XIV. Diálogo competitivo

1. Delimitación

2. Primas o compensaciones

3. Tramitación

3.1. Apertura del procedimiento y solicitudes de participación

3.2. Invitaciones

3.3. Diálogo con los candidatos

3.4. Presentación y examen de las ofertas y adjudicación

XV. Procedimiento de asociación para la innovación

1. Delimitación

2. Régimen jurídico aplicable

3. Selección de candidatos

4. Negociación y adjudicación de la asociación

5. Estructura de la asociación para la innovación

6. Adquisiciones derivadas del procedimiento de asociación para la innovación

7. Configuración y seguimiento de la asociación para la innovación por parte del órgano de contratación

XVI. Normas especiales aplicables a los concursos de proyectos

1. Régimen jurídico

2. Ámbito de aplicación

3. Bases del concurso

4. Participantes

5. Publicidad

6. Jurado y decisión del concurso

XVII. Contratos menores

1. Resumen de cuantías y plazos de presentación de proposiciones

2. Expediente, principio de competencia y justificación de la adjudicación directa

3. Límites

3.1. Límite temporal

3.2. Ámbito objetivo

3.3. Ámbito subjetivo

4. Publicación

XVIII. Sistemas de racionalización técnica de la contratación

1. Delimitación

2. Acuerdo marco

2.1. Funcionalidad y límites

2.2. Procedimientos para la celebración de acuerdos marco

2.3. Adjudicación de contratos basados en un acuerdo marco

2.4. Procedimiento de licitación

3. Sistema dinámico de contratación

3.1. Delimitación

3.2. Implementación

3.3. Adjudicación de contratos específicos en el marco de un sistema dinámico de adquisición

4. Centrales de contratación

4.1. Delimitación conceptual, funcionalidad y principios de actuación

4.2. Creación de centrales de contratación por Comunidades Autónomas y Entidades Locales

4.3. Contratación centralizada en el ámbito estatal. Sistema estatal de contratación centralizada

XIX. Contratos de otros entes del sector público

1. Contratos de los poderes adjudicadores que no tengan la condición de Administración Pública (no AAPP)

1.1. Régimen jurídico

1.2. Preparación y adjudicación de los contratos sujetos a regulación armonizada

1.3. Adjudicación de contratos no sujetos a regulación armonizada

2. Contratos de las entidades del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores

2.1. Adjudicación de los contratos de las entidades del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores

XX. Especialidades para los contratos financiados con los Fondos de Recuperación, Transformación y Resiliencia

XXI. Cuadros sinópticos

6 Ejecución y modificación de los contratos administrativos

I. Introducción. Régimen jurídico

1. Introducción. Normativa comunitaria

2. Normativa española

3. Aplicación a los PANAPs

II. Efectos de los contratos del sector público

1. Fuentes reguladoras de los efectos

2. Vinculación del contenido contractual

III. Prerrogativas de la administración en los contratos administrativos

1. Enumeración de las prerrogativas

1.1. Interpretación de los contratos y resolución de las dudas que ofrezca su contenido

1.2. Supervisión sobre la ejecución del contrato

2. Procedimiento para el ejercicio de las prerrogativas

IV. Ejecución de los contratos

1. Ejecución anormal de los contratos administrativos

1.1. Incumplimiento parcial o defectuoso

1.2. Demora en la ejecución

1.3. Responsabilidad por los perjuicios causados a terceros

2. Ejecución normal

2.1. Principio de riesgo y ventura

2.2. Pago del precio

3. Obligaciones en materia medioambiental, social o laboral

4. Condiciones especiales de ejecución del contrato

V. Modificación de los contratos

1. Introducción

2. Potestad de modificación del contrato

3. Supuestos de modificación del contrato

4. Modificaciones previstas en los pliegos

5. Modificaciones no previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares

5.1. Prestaciones adicionales

5.2. Circunstancias imprevisibles

5.3. Modificaciones no sustanciales

5.4. Obligatoriedad de las modificaciones no previstas

6. Procedimiento para acordar la modificación

VI. Suspensión de los contratos

VII. Extinción del contrato

1. Cumplimiento

2. Resolución del contrato

2.1. Causas generales de resolución de los contratos

2.2. Aplicación de las causas de resolución

2.3. Efectos de la resolución

VIII. Cesión y subcontratación

1. Cesión

2. Subcontratación

2.1. Requisitos para la subcontratación

2.2. Infracción de los requisitos para la subcontratación

2.3. Efectos de la subcontratación

2.4. Pago a los subcontratistas

7 El contrato de obras

I. Definición de contrato de obras

1. El objeto del contrato de obras

2. Clases de obras

3. Calificación jurídica del contrato de obras

II. El presupuesto base de licitación en el contrato de obras

1. El presupuesto base de licitación

2. El desglose de costes

3. El valor estimado. Particularidades

4. Revisión de precios

III. Las actuaciones preparatorias en el contrato de obras

1. El proyecto de obras

1.1. Contenido del proyecto de obras

1.2. Competencia para la elaboración del proyecto de obras

1.3. Elaboración del proyecto mediante un contrato de servicios

1.4. Elaboración del proyecto por el personal propio de la Administración

1.5. Elaboración del proyecto mediante un encargo de gestión

1.6. Adjudicación conjunta del proyecto y obra

2. Supervisión del proyecto de obras

3. Aprobación del proyecto

4. Replanteo del proyecto

IV. El expediente de contratación en los contratos de obras

1. Configuración del expediente de contratación

2. Configuración del Pliego de cláusulas administrativas particulares. Algunas consideraciones

2.1. Responsable del contrato: director facultativo

2.2. Duración del contrato de obras

2.3. Plazo de presentación de proposiciones

2.4. Clasificación

2.5. Criterios de adjudicación

2.6. Criterios sociales y medioambientales

2.7. Fases en el procedimiento de adjudicación

2.8. Mejoras y variantes

2.9. Licencias

2.10. Subcontratación en el contrato de obras

V. Ejecución del contrato de obras

1. Comprobación del replanteo

1.1. El acta de comprobación

1.2. Asistencia a la comprobación del replanteo

2. Programa de trabajo

3. Demora en la ejecución

4. Responsabilidad del contratista

5. Fuerza mayor

5.1. Principio de riesgo y ventura

5.2. Excepción al principio de riesgo y ventura. Supuestos tasados

5.3. Principio de riesgo y ventura y derecho a indemnización por daños y perjuicios

6. Certificaciones y abonos a cuenta

6.1. Tramitación de las certificaciones de obra

6.2. Pago del precio

7. Obras a tanto alzado y obras con precio cerrado

7.1. Obras a tanto alzado

7.2. Obras con precio cerrado

VI. Modificación del contrato de obras

1. Modificación del contrato prevista en el pliego

2. Modificación del contrato no prevista en el pliego

3. Modificaciones obligatorias para el contratista

4. Unidades de obra no previstas

5. Supuestos que no se consideran modificación del contrato

5.1. Concepto: variaciones

5.2. Compensaciones entre los excesos y los defectos de medición

5.3. Cálculo del 10 por ciento en los contratos de elaboración de proyecto y ejecución de obra de forma conjunta

5.4. Pago del precio por exceso de mediciones

5.5. Precios nuevos fijados contradictoriamente

6. Procedimiento para la modificación del contrato de obras

7. Suspensión temporal de la ejecución de las obras

8. Efectos de la modificación del contrato

8.1. Reajuste de la garantía definitiva

8.2. Reajuste del plazo de ejecución

VII. Cumplimiento del contrato de obras

1. Acta de recepción

1.1. Plazo para recepcionar la obra

1.2. Asistencia al acto de recepción

1.3. Contenido del acta de recepción

1.4. Efectos: imposición de penalidades tras la recepción de la obra

2. Medición general y certificación final

3. Plazo de garantía

4. Liquidación del contrato de obras

5. Recepción parcial

6. Ocupación de las obras

7. Vicios ocultos

VIII. Resolución del contrato

1. Causas de resolución

1.1. Resolución por demora injustificada en la comprobación del replanteo

1.2. Resolución de contrato por imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato

1.3. Resolución del contrato por suspensión y resolución por desistimiento del contrato

2. Efectos de la resolución contractual

2.1. Indemnización

2.2. Incautación de la garantía

8 El contrato de concesión de obras

I. Concepto, elementos y régimen jurídico de la concesión de obras

1. Definición del contrato de concesión de obras

2. Marco normativo

3. El riesgo como elemento determinante

4. Distinción con otras figuras contractuales

5. Duración del contrato de concesión de obras

II. Aspectos económicos de la concesión de obras

1. Presupuesto base de licitación

2. Características presupuestarias del contrato de concesión de obras

2.1. Necesidad de existencia de crédito

2.2. Aplicación presupuestaria. Imputación a ejercicios futuros

3. Cálculo del valor estimado

4. Concesiones sujetas a regulación armonizada

5. La retribución al contratista

5.1. El precio

5.2. La tarifa

III. Actuaciones preparatorias del contrato de concesión de obras

1. Necesidad e idoneidad del contrato y eficiencia en la contratación

2. Estudio de viabilidad

3. Anteproyecto de construcción y explotación de las obras

4. Elaboración de los pliegos de cláusulas administrativas particulares

5. Tramitación del procedimiento y apertura del expediente de contratación

6. Informe de la Oficina Nacional de Evaluación

7. Autorización previa

8. Capacidad y solvencia de las empresas licitadoras

9. Tratamiento de los contratos mixtos

IV. Licitación y adjudicación del contrato de concesión de obras

1. Consultas preliminares

2. Tramitación urgente del expediente

3. Procedimiento de adjudicación

4. Admisibilidad de variantes

5. Criterios de adjudicación

6. Garantías en los contratos de concesión de obras

7. Adjudicación y formalización

V. Ejecución, efectos y cumplimiento de las concesiones de obras

1. Régimen jurídico

2. Construcción de las obras objeto de la concesión

2.1. Modalidades de ejecución de las obras

2.2. Aportaciones Públicas a la construcción y garantías a la financiación

2.3. Principio de riesgo y ventura. Responsabilidad en la ejecución de las obras por terceros

2.4. Modificación del proyecto

2.5. Comprobación de las obras

3. Derechos y obligaciones del concesionario

3.1. Derechos del concesionario

3.2. Obligaciones del concesionario

VI. Prerrogativas de la administración en el contrato de concesión de obras

1. Prerrogativas y derechos de la Administración

2. Modificación de las obras

3. Responsabilidad del órgano de contratación por la buena ejecución del contrato

4. Secuestro de la concesión

5. Penalidades por incumplimiento del concesionario

VII. Régimen económico financiero de la concesión

1. Financiación de las obras

2. Retribución por la utilización de las obras

3. Aportaciones públicas a la explotación

4. Financiación privada

4.1. Emisión de obligaciones

4.2. Incorporación de los títulos de los derechos de crédito

4.3. Hipoteca

4.4. Créditos participativos

VIII. Restablecimiento del equilibrio económico del contrato de concesión

1. Mantenimiento del equilibrio económico

2. Ejercicio del ius variandi

2.1. Potestad de modificación

2.2. Modificaciones previstas en el contrato

2.3. Modificaciones imprevistas en el contrato

3. Hechos extra muros y el restablecimiento del equilibrio económico

3.1. La fuerza mayor

3.2. El factum principis

3.3. El riesgo imprevisible

4. Modificación de las concesiones de autopistas

IX. Extinción de las concesiones

1. Resolución del contrato de concesión de obras

2. El rescate de la concesión de obras

3. El régimen de responsabilidad patrimonial de la Administración en la extinción anticipada de las concesiones (en adelante RPA)

3.1. Estudio comparativo de dos regímenes distintos

3.2. Efectos de la resolución de la concesión en la LCSP

3.3. Nuevo proceso de adjudicación en estos casos

3.4. Determinación del tipo de licitación en la subasta

4. Régimen transitorio de la RPA

5. Las expropiaciones en la concesión de obra pública

6. Destino de las obras a la extinción de la concesión

X. Concesiones financiadas con el Instrumento Next Generation (NG)

XI. Bibliografía

9 Contrato de concesión de servicios

I. Introducción y régimen jurídico del contrato de concesión de servicios

II. Elementos y concepto del contrato de concesión de servicios

1. Elementos personales

2. Elementos reales

3. Elementos formales

III. Preparación del contrato de concesión de servicios

1. Régimen jurídico del servicio objeto del contrato, cuando este sea un servicio público

2. Estudio de viabilidad

3. Anteproyecto de construcción u obra y explotación

4. Pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas del contrato

IV. La licitación del contrato de concesión de servicios

V. Ejecución del contrato de concesión de servicios

1. Régimen jurídico aplicable a la ejecución del contrato

2. Ejecución en sí, obligaciones generales del concesionario y prestaciones económicas

3. Modificación y subcontratación

4. Terminación del contrato por cumplimiento y efectos

5. Resolución y efectos

10 Contratos de suministro

I. Delimitación conceptual

II. Modalidades de contratos de suministro

1. Contratos de suministro con empresas extranjeras

2. Arrendamiento

3. Contratos de fabricación

4. Contratos de adquisición de equipos y sistemas para el tratamiento de la información

III. Precio base de licitación

IV. Valor estimado del contrato

V. Precio del contrato

1. Determinación del precio del contrato

2. Formulación y revisión del precio del contrato

3. Contratos con precios provisionales

VI. Preparación del contrato

1. Criterios de solvencia económica y financiera

2. Criterios de solvencia técnica y profesional

VII. Criterios de adjudicación

1. Tipología de criterios de adjudicación

2. Aplicación de más de un criterio de adjudicación

3. Criterios de adjudicación como mecanismo para garantizar la obtención de suministros de gran calidad

4. Requisitos de los criterios de adjudicación

5. Las mejoras como criterio de valoración

VIII. Adjudicación del contrato

1. Umbrales del contrato de suministro sujeto a regulación armonizada

2. Supuestos específicos de adjudicación de contratos de suministro mediante procedimiento con negociación sin publicidad

IX. Duración del contrato

1. Determinación de la duración del contrato

2. Duración máxima de los contratos de suministro

3. Prórrogas

4. Demora en la ejecución de la prestación por parte del empresario

X. Ejecución del contrato

1. Entrega y recepción

2. Pago del precio

3. Pago en metálico y en otros bienes

4. Facultades de la Administración en el proceso de fabricación

XI. Cumplimiento del contrato

1. Gastos de entrega y recepción

2. Vicios o defectos durante el plazo de garantía

XII. Resolución del contrato

1. Causas de resolución

2. Efectos de la resolución

11 El contrato de servicios

I. Regulación del contrato de servicios en la Directiva 2014/24

II. Regulación del contrato de servicios en la LCSP

III. Prestaciones incluidas y excluidas del ámbito de aplicación de la normativa de contratación pública

1. Consideraciones Generales

2. Exclusiones en la Directiva 2014/24

3. Exclusiones en la LCSP

4. El Contrato de Patrocinio

IV. Especialidades en la preparación y adjudicación de los contratos de servicios

1. La selección del Contratista

2. La preparación y adjudicación de los contratos

2.1. Criterios de adjudicación

2.2. Especialidades de los Procedimientos de Contratación en los Contratos de Servicios

V. Precio

VI. Duración

VII. Ejecución de los contratos de servicios

VIII. Modificación contractual

IX. Resolución de los contratos de servicios

1. Consideraciones Generales

2. Causas de resolución de los contratos de servicios

3. Efectos de la Resolución

X. Régimen para la contratación de actividades docentes

XI. Régimen jurídico de los contratos de servicios que conlleven prestaciones directas a favor de la ciudadanía

12 Régimen de invalidez y el recurso especial

I. La invalidez de los contratos públicos

1. Introducción

2. Causas de invalidez de los contratos del sector público

2.1. La extensión del ámbito de aplicación del régimen general de invalidez

2.2. Causas de nulidad

2.3. Causas de nulidad de Derecho administrativo

2.4. Causas de anulabilidad de Derecho administrativo

2.5. Causas de invalidez de Derecho civil

3. La revisión de oficio de los contratos nulos

4. Los efectos de la invalidez

4.1. Planteamiento

4.2. Restablecimiento de la legalidad

4.3. Resarcimiento de daños y perjuicios

4.4. El mantenimiento de los efectos del contrato

II. El recurso especial en materia de contratación

1. Introducción

2. Naturaleza jurídica del recurso especial

2.1. Recurso administrativo. Peculiar carácter revisor

2.2. Potestativo, previo al contencioso

2.3. Gratuito

2.4. Exclusivo

3. Órgano competente para su resolución

3.1. Órgano administrativo

3.2. Órganos independientes y especializados

3.3. Naturaleza cuasijurisdiccional de los Tribunales Administrativos de recursos contractuales

3.4. Órgano de resolución de los recursos en las Entidades Locales

3.5. Recursos contra actos de poderes adjudicadores que no sean Administración Pública y en relación con contratos subvencionados

4. Objeto

4.1. Categorías contractuales susceptibles de recurso especial

4.2. Actos susceptibles de recurso especial

4.3. Cuestión de nulidad

5. Procedimiento

5.1. Legitimación

5.2. Plazo de interposición

5.3. Lugares de presentación del recurso

5.4. Efectos de la interposición del recurso

5.5. Interposición

5.6. Tramitación

5.7. Resolución

5.8. Efectos de la resolución del recurso especial

13 Órganos de contratación, de asistencia y consultivos. Los registros oficiales

I. La organización administrativa de la contratación pública. La competencia para contratar y el órgano de contratación

1. Introducción

2. El órgano de contratación. Caracterización

3. La elaboración y mantenimiento del perfil de contratante

4. Lucha contra la corrupción y la prevención de conflictos de intereses

5. Obligaciones de remisión y elaboración de información

II. El responsable del contrato

III. Los órganos de contratación

1. Estatales

2. Autonómicos

3. De la Administración local

IV. Órganos de asistencia

1. La Mesa de contratación

2. La Mesa especial del diálogo competitivo o del procedimiento de asociación para la innovación

V. Órganos consultivos

1. Consideraciones de carácter general

2. La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado

2.1. Naturaleza y composición

2.2. Funciones

2.3. Referencia a los órganos consultivos autonómicos

3. El Comité de cooperación en materia de contratación pública

4. La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación

4.1. Naturaleza y composición

4.2. Funciones

4.3. La Oficina Nacional de Evaluación

4.4. Referencia a la Estrategia Nacional de Contratación Pública

VI. Registros Oficiales

1. Registros Oficiales de Licitadores y Empresas Clasificadas

1.1. El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público

1.2. Los Registros de licitadores y empresas clasificadas de las Comunidades Autónomas

1.3. Sobre la información inscribible y el carácter público de los Regis-tros

2. Registro de Contratos del Sector Público

14 Acuerdos marco, sistemas dinámicos de adquisición y las centrales de contratación. La contratación electrónica

I. Introducción

1. Racionalización técnica de la contratación

II. Acuerdos marco y sistemas dinámicos de adquisición

1. Posibilidad de celebrar acuerdos marco y articular sistemas dinámicos de adquisición

2. Decisión de celebrar acuerdos marco y articular sistemas dinámicos de adquisición

3. Primeras actuaciones

3.1. Fase de información previa

3.2. Aspectos externos e internos del estudio previo

4. Centralización concreta de determinados servicios y suministros

4.1. Centralización del papel

4.2. Centralización del material de oficina

4.3. Centralización del combustible

4.4. Centralización de los servicios postales, valija y mensajería

4.5. Centralización de mediación de seguros

4.6. Centralización del servicio de seguro de autos

4.7. Centralización suministro de energía eléctrica

4.8. Centralización de los servicios de vigilancia

4.9. Centralización de los servicios de impresión, copia y escaneo

4.10. Centralización del servicio de agencia de viajes

4.11. Centralización de los servicios de limpieza

4.12. Centralización de los servicios de auditorías energéticas

4.13. Centralización de servicios y suministros TIC

III. Tipos de acuerdos marco

IV. Diseño del acuerdo marco: fases

V. Distintos tipos de acuerdos marco según el diseño de las dos fases

1. Acuerdo marco adjudicado a un empresario con todos los términos definidos en la contratación. [Acuerdo marco cerrado individual]

2. Acuerdo Marco adjudicado a varios empresarios con todos los términos fijados sin necesidad de segunda licitación. [Acuerdo marco cerrado múltiple]

3. Acuerdo Marco adjudicado a varios empresarios con segunda licitación [Acuerdo marco abierto múltiple]

VI. Los sistemas dinámicos de adquisición

1. Fase de implementación

1.1. Selección de candidatos

1.2. Definición de las categorías de productos, obras y servicios

2. Segunda fase o adjudicación de los contratos específicos

VII. Cuestiones generales aplicables a los acuerdos marco y a los sistemas dinámicos de adquisición

1. Procedimiento de celebración de los acuerdos marco

2. Partes del acuerdo marco y de los contratos basados

3. Duración del acuerdo marco, de los sistemas dinámicos y de los contratos basados y específicos

4. Participación de las PYMES, respeto del principio de libre competencia en los acuerdos marco: requisitos de solvencia y división en lotes

4.1. La configuración en lotes

4.2. Requerimiento de solvencia

5. Valor estimado de los acuerdos marco y presupuesto de los contratos basados

6. Modificación de los acuerdos marco y los contratos basados en un acuerdo marco

7. Recurso especial

8. Nulidad de los contratos basados o de los contratos específicos

9. Régimen especial de la perfección y formalización de los contratos basados y específicos

10. Exigencia de garantía en los acuerdos marco y en los contratos basados

11. Otras especialidades

VIII. Centrales de contratación

1. Antecedentes

1.1. Primeras centralizaciones: homologaciones de bienes y adopción de tipo

2. Regulación legal

2.1. Aspectos organizativos. Quién puede crear una central de contratación

3. Aspectos materiales: qué compra, para quién compra, cómo compra

3.1. Ámbito objetivo: ¿qué compra?

3.2. Ámbito subjetivo: ¿para quién compran? Régimen de las adhesiones

IX. La contratación electrónica

1. Introducción

2. Delimitación del alcance de la contratación electrónica

3. Exigencia de la contratación electrónica

4. Práctica de la contratación electrónica

Índice analítico

Thomson Reuters ProView. Guía de uso

1

Ámbito subjetivo y objetivo de la Ley. Contratos incluidos y excluidos

Alberto Palomar Olmeda

Profesor titular (Acred.) de Derecho Administrativo Magistrado (exc. Vol.) Abogado

SUMARIO

I. Enmarque conceptual de la LCSP

II. Justificación de la LCSP y finalidades

III. Inserción de la norma contractual en el estatuto general de la Administración Pública

1. Asegurar una eficiente utilización de los fondos para conseguir un mejor control del gasto público

2. Vinculación con los fines institucionales

3. La lucha contra la corrupción en el ámbito de la contratación administrativa

IV. Objetivo y finalidad de LCSP

1. Objetivos internos

2. La colaboración el cumplimiento de otros objetivos sociales

V. Ámbito de aplicación

1. Ámbito subjetivo

2. Ámbito objetivo: los negocios excluidos

VI. Delimitación y clasificación de los contratos en la LCSP

1. Delimitación de las categorías de los contratos del Sector Público: los contratos típicos

2. Los contratos sujetos a regulación armonizada

3. Régimen Jurídico de cada uno de los tipos contractuales

4. Jurisdicción competente

VII. En especial: la contratación en el ámbito de la defensa y la seguridad

1. La Directiva 2009/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de determinados contratos de obras, de suministro y de servicios por las entidades o poderes adjudicadores en los ámbitos de la defensa y la seguridad

2. La transposición en España: la Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y la seguridad

3. Negocios excluidos

I. ENMARQUE CONCEPTUAL DE LA LCSP

1/05

La actividad contractual del Estado y de los miembros de la Unión Europea ha sufrido numerosos cambios en los últimos años como consecuencia de diversos factores que se analizan seguidamente y que tratan, de un lado, de impedir que el conjunto de los contratos públicos quede al margen de la libertad de circulación de bienes y servicios y, de otro, de conseguir que las licitaciones tengan la eficacia y justificación suficientes para constituir la mejor solución en la defensa de los intereses públicos.

1/10

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), dedica el Título Preliminar, artículos 1 a 27, a recoger las disposiciones generales en la materia que son las que corresponden analizar en este capítulo. Se trata de una norma que ha sufrido, a estas alturas, numerosos cambios y que, incluso, en el Programa Normativo del Gobierno para 2022, se señala como una de las normas a modificar sin precisar el alcance de la modificación.

De esta forma, el Título Preliminar contiene dos capítulos dedicados, el primero al objeto y ámbito de aplicación de la Ley; y el segundo a los contratos del sector público. El capítulo I de este Título Preliminar de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, sin embargo, a diferencia del TRLCSP, se subdivide en dos secciones: objeto y ámbito de aplicación, por un lado; y negocios y contratos excluidos, por otro. El capítulo II, al igual que su precedente, se subdivide en tres secciones relativas a la delimitación de los tipos contractuales; contratos sujetos a una regulación armonizada; y contratos administrativos y contratos privados.

1/15

Más concretamente, podemos indicar que el actual artículo 1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/ UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, objeto y finalidad se corresponde con el artículo 1 TRLCSP 2011; el actual artículo 2, ámbito de aplicación con el artículo 2 TRLCSP; y el actual artículo 3, ámbito subjetivo con el artículo 3 TRLCSP.

Respecto a la los negocios y contratos excluidos, a los que el TRLCSP 2011 dedicaba el artículo 4, la nueva LCSP regula en el artículo 4 el régimen aplicable a los negocios jurídicos excluidos; en el artículo 5 los negocios jurídicos y contratos excluidos en el ámbito de la Defensa y de la Seguridad; en el artículo 6 los convenios y encomiendas de gestión; en el artículo 7 los negocios jurídicos y contratos excluidos en el ámbito internacional; en el artículo 8 los negocios y contratos excluidos en el ámbito de la Investigación, el Desarrollo y la Innovación; en el artículo 9 las relaciones jurídicas, negocios y contratos excluidos en el ámbito del dominio público y en el ámbito patrimonial; en el artículo 10 los negocios y contratos excluidos en el ámbito financiero; y, finalmente, en el artículo 11, otros negocios o contratos excluidos.

En cuanto a la delimitación de los tipos contractuales, el actual artículo 12, calificación de los contratos se corresponde con el artículo 5 TRLCSP 2011; el actual artículo 13, contrato de obras, con el artículo 6 TRLCSP; el actual artículo 14, contrato de concesión de obras, con el artículo 7 TRLCSP; el actual artículo 15, contrato de concesión de servicios, no tiene equivalente en el TRLCSP 2011 pues surge en lugar del contrato de gestión de servicio público, y en virtud de la nueva Directiva relativa a la adjudicación de contratos de concesión, que se añade dentro de la categoría de las concesiones a la ya existente figura de la concesión de obras.; el actual artículo 16, contrato de suministro, se corresponde con el artículo 9 TRLCSP; el actual artículo 17, contrato de servicios, con el artículo 10 TRLCSP; y el actual artículo 18, contratos mixtos con el artículo 12 TRLCSP.

1/20

Respecto a los contratos sujetos a una regulación armonizada, el actual artículo 19, delimitación general, se corresponde con el artículo 13 TRLCSP 2011; el actual artículo 20, contratos de obras, de concesión de obras y de concesión de servicios sujetos a una regulación armonizada: umbral, con el artículo 14 TRLCSP; el actual artículo 21, contratos de suministro sujetos a una regulación armonizada: umbral, con el artículo 15 TRLCSP; el actual artículo 22, contratos de servicios sujetos a una regulación armonizada: umbral, con el artículo 16 TRLCSP; y el actual artículo 23, contratos subvencionados sujetos a una regulación armonizada, con el artículo 17 TRLCSP.

1/25

Finalmente, en cuanto a los contratos administrativos y contratos privados, el actual artículo 24, régimen jurídico aplicable a los contratos del sector público, se corresponde con el artículo 18 TRLCSP 2011; el actual artículo 25, contratos administrativos, con el artículo 19 TRLCSP; el actual artículo 26, contratos privados, con el artículo 20 TRLCSP; y el actual artículo 27, jurisdicción competente, con el artículo. 21 TRLCSP.

1/30

Con carácter general podemos indicar que la LCSP es, en gran medida, continuista en la estructura tanto del ámbito de aplicación subjetivo como objetivo respecto de las anteriores normativas de contratos. Es cierto, sin embargo, que tiene algunas características diferenciales en relación con su propia ordenación y la posición que trata de ocupar en relación con el conjunto de las normas administrativas y del régimen jurídico del sector público.

II. JUSTIFICACIÓN DE LA LCSP Y FINALIDADES

1/35

En términos generales, podemos señalar que la publicación de una nueva norma en materia de contratos públicos responde a causas de distinta índole y condición que se valoran y admiten con carácter general, pero, ciertamente, este continuo cambio en la materia ha sido críticamente analizado por la doctrina (Santamaría Pastor) por la inseguridad que proyecta sobe un ámbito como el de la contratación pública que, en esencia, necesita seguridad en cuanto asume las relaciones con terceros.

1/40

La primera de las finalidades, el cumplimiento de las obligaciones de orden comunitario constituye, por tanto, una obligación jurídica exigible y que es, con mucho, la causa de mayor peso.

En este ámbito y para reafirmar la citada importancia, señala el Consejo de Estado en su Dictamen de 16 de marzo de 2016, que el anteproyecto de Ley sometido a consulta tiene por objeto incorporar tres nuevas directivas, publicadas el 28 de marzo de 2014 en el “Diario Oficial de la Unión Europea”. Se trata de la Directiva 2014/23/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión; la Directiva 2014/24/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE; y la Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva 2004/17/CE.

1/45

En segundo término, puede decirse que el marco de la contratación administrativa en el ámbito público es uno de los problemas recurrentes de los últimos años como también ha recordado la doctrina más autorizada (Gimeno Feliu). Los numerosos episodios de corrupción política en los que nos hemos visto envueltos tienen como referencia, como instrumento, como objeto o como ocasión (en las diferentes figuras administrativas y penales que las están analizando) la contratación de los órganos públicos ya que es, a través de la misma, como se produce la transferencia de fondos públicos a los particulares como consecuencia de las bienes y servicios que aportan a las Administraciones Públicas. Esta transferencia ha ocasionado numerosos problemas en relación con la concurrencia, la transparencia, la asignación, la selección del contratista y el precio. Adicionalmente ha planteado problemas sobre la incidencia de conductas penales en un ámbito especialmente sensible por esta transferencia real de fondos.

Finalmente cabe indicar que el transcurso del tiempo propicia, en este caso como en otros, un cierto criterio de desfase en relación con los avances y las propias instituciones reguladas y, dentro de ello, lo que resulta operativo y lo que no. Así, por ejemplo, la consecuencia de que el específico sistema de solución de conflictos era, razonablemente, operativo lleva al legislador de esta LCSP a la generalización del mismo o, desde otra perspectiva, la ineficacia evidente del contrato de colaboración público privada lleva a la extinción del mismo teniendo en cuenta que la finalidad esencial de aquel puede obtenerse con formas jurídicas diferentes.

En suma, se trata de una reforma que, desde la perspectiva del Derecho Comunitario, llega con retraso y tras un amplio debate sobre la aplicación directa de las Directivas y los términos de aplicación de las mismas. Por su parte, desde la perspectiva del Derecho interno es un intento más de conseguir un marco óptimo para la gestión y la provisión de bienes y servicios. Los resultados, hasta la fecha, no pueden considerarse satisfactorios lo que se traduce, paulatinamente, en un mayor rigor de los trámites y requisitos y la rigidificación de las posibilidades de actuación administrativa que, desde otra perspectiva, no deja de propiciar, en ocasiones, dificultades para satisfacer puntualmente las necesidades públicas que no pueden obviarse como uno de los objetivos centrales de la propia contratación.

III. INSERCIÓN DE LA NORMA CONTRACTUAL EN EL ESTATUTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Como queda dicho la LCSP trata de cumplir diversas finalidades que trascienden del propio objetivo de la normativa de contratos para situarse en el marco general de funcionamiento de la Administración Pública. En relación con estos objetivos generales pueden establecerse las siguientes vinculaciones:

1. Asegurar una eficiente utilización de los fondos para conseguir un mejor control del gasto público

1/50

Establece el artículo 31.2 de la CE que “...2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía...”.

Esta simple referencia nos sitúa en un entorno ciertamente claro en el que el gasto público debe estar directamente conectado con el cumplimiento del principio de eficiencia que, a estos efectos, es un trasunto legal del principio de economía constitucionalmente establecido.

Desde esta perspectiva podemos señalar que lo que intenta la LCSP es proyectar la idea de eficiencia y su versión económica –la eficiencia– sobre las decisiones de gasto que supone la contratación administrativa que solo está justificada cuando forme parte de las necesidades ineludibles de la Administración y que, además, debe estar presidida en el conjunto de decisiones alternativas que puede orientar la contratación administrativa. De esta forma podemos indicar que el principio de eficiencia se proyecta sobre el conjunto de las decisiones administrativas en materia de contratación para conseguir que la satisfacción de las necesidades se haga con la menor utilización de fondos públicos.

Es cierto que el principio de eficiencia está asegurado por el sometimiento de la actividad administrativa a un conjunto de controles que tienden a asegurar el mismo. Recordemos, en este punto, que es a este principio al que responde el conjunto de la actuación interventora (téngase en cuenta lo que dispone el artículo 142 de la LGP cuando señala los objetivos de la misma e incluye el de “...c) Evaluar que la actividad y los procedimientos objeto de control se realiza de acuerdo con los principios de buena gestión financiera y, en especial, los previstos en la Ley General de Estabilidad Presupuestaria...”) y la propia función que corresponde al Tribunal de Cuentas (Ley Orgánica 2/1982, de 12 mayo (RCL 1982, 1256) según el artículo 9 de su Ley cuando señala que “...1. La función fiscalizadora del Tribunal de Cuentas se referirá al some-timiento de la actividad económico-financiera del sector público a los principios de legalidad, eficiencia y economía...”.

La Exposición de Motivos de la LGP señala sobre este punto que “...Se establecen a su vez en dicho capítulo las modalidades, que son la función interventora, el control financiero permanente y la auditoría pública, los principios de actuación y los deberes y facultades del personal controlador, regulándose por último los informes generales de control a remitir al Consejo de Ministros, y las especialidades normativas del control de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social...”.

2. Vinculación con los fines institucionales

1/55

Finalmente nos encontramos en este punto con uno de los principios que pueden identificarse como más obvios en la conformación del régimen público del funcionamiento administrativo. Se trata de conectar la actividad contractual con el propio funcionamiento del órgano administrativo y de las necesidades de éste.

El principio, como se indica, no puede ser más obvio. Si la contratación administrativa responde, en esencia, a la cobertura de necesidades que la misma no puede atender con sus propios medios es evidente que la conformación de la actividad que trata de obtener los mismos en el exterior solo está justificada cuando realmente se trate de una necesidad real y cuando esté directamente relacionada con los fines y competencias de la propia organización contratante.

En el ámbito concreto de la LCSP es el artículo 28 de la misma el que establece que “...1. 1. Las entidades del sector público no podrán celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales. A tal efecto, la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, cuando se adjudique por un procedimiento abierto, restringido o negociado sin publicidad, deben ser determinadas con precisión, dejando constancia de ello en la documentación preparatoria, antes de iniciar el procedimiento encaminado a su adjudicación...”.

Es cierto que la idoneidad y la conexión con los fines institucionales debe tener un reflejo especial en el ámbito de la gestión pública y, en concreto, debe ser uno de los elementos que nucleen el control de eficacia de las Administraciones Públicas que, aun hoy, sigue siendo una auténtica asignatura pendiente ya que aunque prevista en la LOFAGE y, actualmente, en la Ley 40/2105, de 1 de octubre(Art. 3) no ha encontrado su hueco natural y sigue preterida por los controles de carácter económico que real-mente son los únicos que tienen tradición e implantación.

3. La lucha contra la corrupción en el ámbito de la contratación administrativa

1/60

Adicionalmente a lo que acaba de indicarse el evidente e, incluso, explícito que gran parte de la sociedad española ha puesto en la contratación administrativa, como antes hemos apuntado, sus ojos para la prevención de la corrupción.

Los acontecimientos vividos en los últimos años en la vida social española han hecho que sea la figura del contrato administrativo uno de los objetos de control esencial porque es cierto que la patología de la actuación pública que, ahora, se analiza en los juzgados penales ha tenido, en un número importante de supuestos, a la contratación administrativa como objeto central.

La cuestión central en la prevención de la corrupción que, sin duda, constituye un objetivo compartido por todos, es la solución adoptada. Tal y como se está enfocando, parece que la esencia de la solución es la reducción de los márgenes de libertad de los órganos de contratación. Para ser exactos de los márgenes de apreciación y valoración que son los que pueden llevar a la adjudicación de un contrato. Esta reducción o, cuando menos, matización de los márgenes de apreciación es una constante y demuestra el daño institucional que ha propiciado la corrupción porque esta reducción del margen de apreciación no es siempre una buena noticia.

La Administración, sus fines y sus actividades se han vuelto actividades complejas en las que la solución única y sin matices no es, precisamente, la solución más idónea. Los matices ligan con la mejor provisión de bienes y, por ende, con el ajuste a las necesidades de la organización pública. No es el momento de incidir en esta cuestión de una forma más compleja pero sí de indicar que la histórica subasta o el criterio único –en la terminología actual– supone una limitación que, necesariamente redunda en contra de la propia eficacia.

El problema es cómo devolver la confianza en el funcionamiento administrativo y, por supuesto, cómo establecer sistemas de control que hagan posible el debate y el cuestionamiento de los márgenes de apreciación que legítimamente deben corresponder a los órganos administrativos. Sin embargo, la inexistencia de controles no debe conducir, como en gran medida está ocurriendo, a limitar la apreciación. El control tiene su esencia y su funcionamiento y su inexistencia o su falta de operatividad no debe conducir a la reformulación del esquema de apreciación sino a la implantación de los controles necesarios y suficientes para justificar una actuación correcta de dicha potestad.

El control y la necesidad de encontrar una línea clara en su introducción nos permite algunas consideraciones específicas en función del tipo de control y de la finalidad que se busque con él.

1/65

A) Jurídico. El control de carácter jurídico tiene como objetivo esencial asegurar el procedimiento y la elección de la oferta considerada como más ajustada a los criterios y normativa que delimita el propio contrato.

En este punto puede decirse que la introducción del denominado recurso especial y la creación de los tribunales de contratos han transformado los límites y la percepción del control jurídico que, esencialmente, era, hasta ese momento, un control cuya esencia era, finalmente, indemnizatorio. Ahora tanto por los tiempos de resolución como por la posibilidad de adopción de medidas cautelares las resoluciones de los tribunales de contratos llegan a tiempo y, por tanto, pueden producir efectos tanto en el ámbito de la adjudicación como de la ejecución del contrato.

1/70

B) Económico. El control económico tiene una doble dimensión. De un lado, la interna, que consiste en el control por la intervención respectiva del crédito y de las características del gasto y el cumplimiento de los requisitos esenciales en relación con la adjudicación.

En esencia podríamos indicar que este tipo de control no ha funcionado, históricamente, de forma negativa porque demuestra que, formalmente, las cosas se han hecho bien desde la perspectiva del cumplimiento de los requisitos de tal carácter que establecen las normas.

Es cierto, sin embargo, que la realidad ha cuestionado seriamente la efectividad de este tipo de control ya que la mayor parte de los casos que ahora se reparten en la geografía española demuestran que la legalidad formal no es suficiente en el ámbito del control porque haciendo los “papeles” correctamente puede estarse cometiendo una infracción administrativa o, incluso, un delito. Esto demuestra que los problemas están en una fase diferente a la conexión con la línea de gasto público y presupuestación que es a la que corresponde el control económico de carácter interno.

Esta perspectiva debe completarse, sin embargo, con la existencia de órganos de control externo y en esencia con la labor del Tribunal de Cuentas. Respecto de este órgano sería muy injusto no indicar que en su funcionamiento y operatividad ha habido un cambio sustantivo en los últimos años y que su capacidad de detectar problemas de funcionamiento o patologías complejas en el funcionamiento de los órganos administrativos es, ahora, mucho más elevada que en otros tiempos.