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En este libro se encuentra un compendio del derecho español que ha sido especialmente realizado para estudiantes alemanes que estudian español y están interesados en aprender más a fondo los derechos extranjeros. La primera parte es una introducción a la terminología jurídica dando a los estudiantes también una visión general del sistema político. La segunda parte trata ya de las diferentes ramas del derecho y su tratamiento en el sistema jurídico español. Esto ayudará a los estudiantes a su mejor comprensión y los ejercitará para posteriores pasantías y/o trabajos en el extranjero. El libro ha surgido de la experiencia de los autores, quienes a través de la docencia en diferentes universidades alemanas, han sabido plasmar esta materia de manera sencilla pero didáctica y eficiente en esta obra.
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Seitenzahl: 305
Veröffentlichungsjahr: 2018
Maria Luisa Mariscal de Körner, Paloma Padilla Hueso, Marc Mondwurf
Einführung in das Spanische Recht
Introducción al Derecho Español-Formación juridica en derechos extranjeros
© 2018 Maria Luisa Mariscal de Körner, Paloma Padilla Hueso, Marc Mondwurf
Verlag und Druck: tredition GmbH, Hamburg
ISBN
Paperback:
978-3-7469-5393-9
Hardcover:
978-3-7469-5394-6
e-Book:
978-3-7469-5395-3
Das Werk, einschließlich seiner Teile, ist urheberrechtlich geschützt. Jede Verwertung ist ohne Zustimmung des Verlages und des Autors unzulässig. Dies gilt insbesondere für die elektronische oder sonstige Vervielfältigung, Übersetzung, Verbreitung und öffentliche Zugänglichmachung.
Índice
1.-Introducciónal Derecho Español
2.-Españaen Europa
3.-Españaen el mundo
4.-España, aspectos socioeconómicos y cultural
5.-Qué es el derecho? Ubi societas, ibi ius
6.-Fuentes del derecho español
7.-LaConstitución Española
8.-Introducciónal derecho Civil Español
9.-Derecho Civil Personas
10.-El Derecho Civil Bienes
11.-La Propiedad y la Posesión
12.-Modos de adquirir Propiedad
13.-El Derecho Civil Obligaciones
14.-Los Contratos
15.-El Derecho Familiar
16.-Derecho Constitucional
18.-Derecho de Sucesiones
Los Autores-Die Autoren
Maria Luisa Mariscal de Körner
Die Juristin Maria Luisa Mariscal de Körner wurde in Bolivien geboren. Dank ihrer weltoffenen Familie bot sich ihr die Möglichkeit in drei Ländern zu leben. Mittlerweile beherrscht sie vier Sprachen fließend.
Im Alter von 23 Jahren kam sie nach Deutschland, um ein LL.M. im deutschen und internationalen Recht zu machen. Nachdem sie den Mastergrad mit Magna Cum Laude erlangt hatte, entschied sie sich zu promovieren. Im Rahmen der Disseration nahm sie Rechtsvergleiche vor. Sie weiß aus eigener Erfahrung, wie wichtig die Kenntnis anderer Rechtssysteme ist, da diese das Studium sowie das Arbeitsleben stark beeinflussen können.
10 Jahre Erfahrung und mehrmalige Gastdozenturen, u.a. in den USA und Mexiko, haben ihr gezeigt, wie man mit Leidenschaft ausländische Rechtssysteme mit Berücksichtigung auf die unterschiedlichen Kulturen bzw. Differenzen auf eine erfolgreiche Art lehren kann. Mit ihrer interdisziplinären Praxiserfahrung als Juristin, sowohl in der Funktion als interkulturelle Trainerin und Mediatorin, als auch in der Wissenschaft im Rahmen ihre Dissertation, hat sie gelernt, dass die Kenntnis und das Wissen bezüglich unterschiedlicher Rechtsordnungen versteckte Potentiale haben.
La abogada María Luisa Mariscal de Körner nació en Bolivia. Gracias a su familia internacional, pudo vivir en tres países y habla con fluidez cuatro idiomas.
A la edad de 23 años, llegó a Alemania para realizar una maestría (LL.M.) en derecho alemán e internacional. Después de obtener el título de maestría con Magna Cum Laude, decidió escribir un doctorado. En el contexto de su doctorado, estudió y trabajó constantemente con el derecho comparado. Ella sabe por experiencia propia cuán importante es el conocimiento de otros sistemas jurídicos, ya que estos pueden influenciar en el estudio y en la vida laboral.
Sus 10 años de experiencia y varias estadías en el extranjero como docente invitada, entre otros en los Estados Unidos y México, le han permitido aprender a enseñar de una manera simple pero profunda los sistemas legales extranjeros, teniendo en cuenta siempre las diferencias interculturales. Con su experiencia mixta como abogada, en la función de capacitadora intercultural y/o mediadora, como en la investigación a través de su doctorado, ha aprendido que el conocimiento sobre diferentes órdenes legales tiene un potencial oculto que pueden llevar a quienes los conozcan al éxito.
Marc Mondwurf
Aufgewachsen ist Marc Mondwurf im Münsterland und absolvierte in dieser Region 2011 seine Abiturprüfungen. Im Anschluss hat er ein Studium der Rechtswissenschaft an der Universität Osnabrück aufgenommen, welches er 2018 abgeschlossen hat. Im selben Jahr trat er in den Referendariatsdienst im Bezirk des Oberlandesgerichts Oldenburg ein. Der Wunsch eine juristische Ausbildung zu absolvieren entstand bereits zu Grundschulzeiten, sodass er im Rahmen von Arbeitsgemeinschaften für Rechtskunde und einer Anstellung in einer Anwaltskanzlei während der Schulzeit erste juristische Kenntnisse erwerben konnte.
Aufgrund von Reisen wurde sein Interesse an anderen Kulturen und Sprachen erweckt, sodass er in der gymnasialen Oberstufe die Chance nutzte, Spanisch zu erlenen. Aufgrund der Faszination der Sprache nutzte er die Gelegenheit, um sich bereits im ersten Semester für die fremdsprachliche Fachausbildung auf Spanisch zu qualifizieren, sodass er seine sprachlichen Fertigkeiten weiter ausbauen und trainieren konnte. Diese Ausbildung schloss er 2014 erfolgreich ab. Seiner Ansicht nach ist es ratsam, über den juristischen Tellerrand eines Landes hinauszuschauen, um bestimmte Ereignisse – gerade im Hinblick auf europarechtliche Gegebenheiten – besser verstehen zu können. Während seiner Tätigkeit in einer Anwaltskanzlei erwies sich dies bei dem einen oder anderen Mandantengespräch als nützlich sowie auch während eines Praktikums im Deutschen Bundestag, im Rahmen dessen er den Besuch einer Delegation verfolgte, die sich bezüglich bestimmter arbeitsmarktrelevanter Strukturen in der Bundesrepublik kundig machten für etwaige Reformprojekte im eignen Land.
Daher war es für ihn zum einen eine große Ehre und zum anderen ein Vergnügen an diesem Buch mitarbeiten zu können, um nachfolgenden Studenten, die ebenfalls ein Interesse an Sprache und Rechtswissenschaft haben, ein hilfreiches Werkzeug mit an die Hand zu geben. Besonderer Dank geht in diesem Zusammenhang an Paloma Padilla Hueso, die ihn zu Beginn des Studiums als Dozentin begleitet hat und sein Interesse gefördert und gefordert hat.
Marc Mondwurf creció en la región de Münsterland y terminó su bachillerato en el 2011. Luego comenzó a estudiar derecho en la Universidad de Osnabrück, actualmente se encuentra realizando su Referendariat (prácticas) en El Oberlandesgericht en Oldenburg. El deseo de seguir una educación jurídica ya lo tenía en la escuela primaria, por lo que fue capaz de adquirir los primeros conocimientos jurídicos durante la escuela en grupos de estudio de derecho y en sus prácticas en un bufete de abogados.
Debido a los viajes, se despertó en él el interés por otras culturas e idiomas, por lo que aprovechó la oportunidad para aprender español en la escuela secundaria. Debido a su fascinación por el idioma, aprovechó la oportunidad para estudiar el español en el programa de estudio técnico jurídico del idioma (FFA) en el primer semestre paralelo a sus estudios de derecho, para poder desarrollar y entrenar sus habilidades lingüísticas. Esta capacitación la completó con éxito en el 2014. En su opinión, es aconsejable mirar más allá del marco legal de un país para poder entender mejor ciertos hechos, especialmente con respecto a las circunstancias político-europeas. Mientras realizaba sus prácticas en un bufete de abogados vió la utilidad de su capacitación durante conversaciones mantenidas con clientes. Así como durante una pasantía en el Parlamento Alemán, dónde siguió y participó en visitas de delegaciones extranjeras que querían conocer cómo las estructuras en el mercado laboral de la República Federal Alemana podrían aplicarse en sus propios países.
Por esta razón, fue para él un gran honor y un placer trabajar en este libro para proporcionar una herramienta útil a otros estudiantes, que también podrían estar interesados en el idioma y la jurisprudencia. Un agradecimiento especial para Paloma Padilla Hueso, quien lo acompañó desde el inicio de sus estudios como docente y lo alentó motivando así su interés.
Paloma Padilla Hueso
Geboren in Madrid. Hat Rechtswissenschaft an der ICADE-Deusto Universität studiert. Sie verbrachte ein Jahr als Language Assistant in England an der High Wycombe Buckinghamshire University.
Während des Studiums nahm sie verschiedene Schulungen zur Erwachsenenbildung wahr.
Lehrerin für Spanisch in INLINGUA-Paderborn
Lehrbeauftragte für Spanisch und Rechtspanisch an der Universität Osnabrück.
Nacida en Madrid. Estudió Derecho en la Universidad ICADE-Deusto. Pasó un año como asistente de idiomas en Inglaterra en High Wycombe, Buckinghamshire University. Durante sus estudios participó en la formación de adultos. Trabajó en Inlingua (escuela de idiomas) en Paderborn. Profesora ayudante de español y español jurídico en la Universidad de Osnabrück. Es guía turística de la ciudad de Osnabrück.
1.-Introducción al Derecho Español
Una aproximación al sistema politico y su espacio natural-geográfico.
Podemos definir a España como una monarquía parlamentaria con los tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial bien diferenciados. En la Constitución podemos estudiar el sistema político español.
España es una Monarquía parlamentaria, así la define el artículo 1 de la Constitución en su apartado 3, en el que establece que la forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria. Forma política que ha regido España a lo largo de la historia adoptando diversos tipos desde absolutista, constitucional y parlamentaria.
Se reinstauró en España con Juan Carlos de Borbón en noviembre de 1975 tras la muerte de Franco quien ya lo había designado como su sucesor a título de rey en 1969.
El Rey queda definido como Jefe del Estado y sus funciones básicas son las de moderar el funcionamiento de las instituciones del estado, asumir la representación máxima de la nación en las relaciones internacionales y naturalmente asumir todas aquellas funciones que le otorga la constitución. Es una institución de arbitrio, moderación y garantía de convivencia entre los españoles. El Título II, artículos 56 a 66 de la constitución bajo la rúbrica: De la Corona, dedica su articulado al Rey, a la sucesión, a la regencia, la Casa del Rey y las funciones.
Así: sancionar y promulgar leyes, convocar y disolver las Cortes Generales, ejercer el derecho de gracia, asumir diplomáticamente la más alta representación del Estado, ostentar el mando de las Fuerzas Armadas, acreditar a los embajadores y representantes diplomáticos y guardar y hacer guardar la Constitución y leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas.
El título III de la Constitución, artículos 66 a 97, está dedicado a las Cortes Generales; Poder Legislativo. Se denominan Cortes a las Cámaras Legislativas. El capítulo primero trata de las cámaras, el segundo de la elaboración de las leyes y el tercero de los tratados internacionales.
Ya el art.66 establece que las Cortes representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. Los diputados del congreso se eligen por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto. El Senado es la cámara de representación territorial.
Cada Cámara elige a su Presidente, a la Mesa – uno o varios vicepresidentes, secretarios y vocales.
Las Cámaras funcionan por Plenos y/o Comisiones, grupos de trabajo de estudio, discusión y aprobación de proyectos o proposiciones de ley. Siendo potestad exclusiva del Pleno: La Reforma Constitucional, Leyes Orgánicas, Presupuestos Generales del Estado y Cuestiones Internacionales. Cada Cámara dispone de una Diputación Permanente, que asumen sus facultades en caso de disolución de las Cámaras.
El capítulo segundo trata de la elaboración de las leyes. Las leyes emanan del Poder Legislativo, representado por Las Cortes Generales o del Poder Ejecutivo, representado por el Gobierno.
Las leyes las podemos dividir entre ordinarias y Orgánicas, estas últimas desarrollan derechos fundamentales y libertades públicas, aprueban los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y demás previstas en la Constitución y para su aprobación se requiere la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados.
Las Cortes transfǐeren al Gobierno la potestad de dictar normas en la llamada delegación legislativa, así el Poder Ejecutivo puede dictar Decretos Legislativos y Decretos Leyes.
El Título IV de la Constitución trata del Gobierno y de la Administración; Poder Ejecutivo. De su composición, Presidente y Ministros, nombramiento, cese, responsabilidad y Consejo de Estado.
El Título V trata de la relación entre el Gobierno y las Cortes Generales. En este título encontramos asuntos transcendentales en la vida política del país como: la responsabilidad del Gobierno, la Cuestión de Confianza, la Moción de Censura, disolución de las Cámaras, Estado de Excepción, etc.
También hay que destacar la existencia de las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y los Gobiernos Civiles Provinciales.
El Título VI trata del Poder Judicial.
Tercera instancia del poder del Estado, encargado de ejercer la Administración de la Justicia de forma independiente.
La justicia emana del pueblo y se administra por los integrantes del Poder Judicial que son los jueces y magistrados. Los artículos 117 a 128 de la Constitución señalan la actuación, características y principios básicos de la misma: Independencia de la Justicia, Inamovilidad de los Jueces y Magistrados, Delimitación de Funciones, Unidad Jurisdiccional, Gratuidad de la Justicia, Publicidad de la actuación judicial, Indemnización por errores judiciales, Incompatibilidades, Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Supremo, Ministerio Fiscal, Fiscal General del Estado, Institución del Jurado y Policía Judicial.
El ejercicio de la potestad jurisdiccional se atribuye a los juzgados y tribunales.
La Ley Orgánica, de 1 de julio de 1985, del Poder Judicial, establece en su título IV del libro I la composición y atribuciones de los órganos jurisdiccionales. Quedando así la Organización:
Juzgados de Paz
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, de lo penal, de Vigilancia Penitenciaria, de Violencia sobre la mujer, de lo Contencioso Administrativo, de lo Social y de Menores.
Audiencias Provinciales
Tribunales Superiores de Justicia de las CCAA
Audiencia Nacional
Tribunal Supremo
El Tribunal Constitucional tiene otra función bien definida y es la defensa de la Constitución o constitucionalidad de las leyes y de la actuación de los Órganos Estatales o Autonómicos.
Consultamos la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Comparamos con la organización judicial en Alemania.
Marco geográfico-político del Reino de España
La Constitución española establece en su artículo 2: " Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas"
Y en el 143:” En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos”
En 1833 Javier de Burgos, ministro de Fomento, propuso una organización territorial de España que se ha mantenido hasta hoy prácticamente sin cambios, 49 provincias agrupadas en 15 regiones.
Hoy España está dividida territorialmente en 17 comunidades autónomas y dos ciudades autónomas y consta de 50 provincias.
Cada comunidad autónoma se divide en varias provincias, no obstante hay que recordar que siete de las comunidades constan solamente de una provincia y son: El Principado de Asturias, Cantabria, La Rioja, Comunidad de Madrid, La Región de Murcia, La Comunidad Foral de Navarra e Islas Baleares.
Conocimiento geográfico
Geográficamente, cabe hablar de la Península Ibérica, y de España en particular, como de un continente en miniatura, en el que la variedad y diversidad constituyen elementos fundamentales del territorio y de los hombres que lo habitan. Debido a su situación geográfica, el clima es muy variado dependiendo de su proximidad hacia el norte/Atlántico o hacia el sureste/Mediterráneo. La situación geográfica de un país influye naturalmente en las relaciones con otros países o regiones y también tiene una alta repercusión en sus actividades económicas y sociales.
Geográficamente, la Península Ibérica forma parte de Europa, pero su proximidad a África y su situación entre el Mediterráneo y el Atlántico propicia la influencia del clima y vegetación de ambos y la llegada y asentamiento de diferentes culturas. Tierra de paso y encuentro, puente entre África y Europa, entre Europa y América. La riqueza cultural de España se debe a la herencia que los diferentes pueblos han dejado configurada. No podemos dejar de citar a fenicios, griegos, cartagineses, celtas, romanos, pueblos germánicos- suevos, vándalos, alanos y visigodos-y musulmanes/árabes.
Sabías que:
¿España cuenta con 493.484km cuadrados en la Península Ibérica, 4.992km en Baleares y 7.447km en Canarias? A ello hay que añadir 20km de Ceuta y 12 de Melilla. Cuenta con una superficie total de 505.955km2. Tiene unos 5.978km de costa, unos 3933km continentales y 2.045km insulares.
El pico más elevado de la península es el Mulhacén, de 3481m en Sierra Nevada y el más alto de España se encuentra en el Teide de 3.718m en Tenerife.
¿Que está situada a tan sólo 14km del Continente Africano…?
¿Que está considerada como el segundo país europeo más montañoso tras Suiza?
¿Que tiene una altitud media de 660m?
¿Que solamente el 11% del territorio está por debajo de los 200m de altitud?
Todos estos factores geográficos propician la llegada de todo tipo de turismo de naturaleza: de mar, playa, esquí, surf, senderismo, etc.
Con la ayuda de telas siguiens palabras describimos…
estar situado
liegen
limitar con
grenzen an
tener una extensión de
eine Fläche von … haben
constar de
bestehen aus
comprender
umfassen
ocupar una posición estratégica
strategische Lage
provincias
Provinzen
archipiélagos
Archipel, Inselgruppe
CCAA
Autonome Regionen
capitales
Hauptstädte
municipios
Gemeinden
Ejercicios:
Seguramente que conocemos ya algo de España porque hemos estado allí o porque estamos interesados en su cultura, en su clima, en su geografía, en su evolución socio-económica, hablamos sobre ello.
Estudiamoslos diferentes tipos de turismo y su influencia económico-social en la actividad económica española.
Buscamos diferentes mapas de España en relación a aspectos físicogeográfico, social y económico.
Escribimos el nombre de las CCAA sobre el mapa: Principado de Asturias, Cantabria, País Vasco, Comunidad Foral de Navarra, Galicia, Castilla y León, La Rioja, Aragón, Cataluña , Extremadura, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Islas Baleares, Andalucía, Castilla- la Mancha, Comunidad Valenciana, Canarias.
La Constitución Española dedica su TítuloVIIIa la organización territorial del estado.
El capítulo primero, Principios generales, trata de:
De la organización en municipios, provincias y en Comunidades Autónomas - CCAA.
De la solidaridad e igualdad territorial.
De la igualdad de los españoles en los territorios del Estado.
El capítulo segundo, de la Administración Local, trata de:
De la autonomía y democracia municipal.
De las provincias y las islas y
De las haciendas locales.
El capítulo tercero, de las Comunidades Autónomas, trata de:
El autogobierno de las mismas.
La iniciativa autonómica.
La cooperación entre las CCAA.
La elaboración del Estatuto.
Los estatutos de autonomía.
La reforma de los Estatutos de autonomía.
Las competencias de las CCAA.
Las competencias exclusivas del Estado.
Servicio del Estado a la cultura.
Coordinación de competencias legislativas.
Elaboración del Estatuto en régimen especial.
Los órganos de las Comunidades Autónomas.
El control de los órganos de las CCAA.
Delegado del gobierno en las CCAA.
La autonomía financiera de las CCAA Recursos de las CCAA.
El fondo de compensación interterritorial.
Cada comunidad autónoma se rige por su correspondiente Estatuto de Autonomía. Se puede considerar o definir como la norma institucional básica de cada comunidad autónoma.
Los estatutos de autonomía contienen:
La denominación de la autonomía.
La delimitación del territorio.
La organización, denominación y sede de sus instituciones autónomas.
Las competencias asumidas y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas. La reforma de los estatutos se lleva a cabo con la conformidad de las Cortes Generales Ley Orgánica.
Órganos de las Comunidades Autónomas
La organización institucional autonómica queda estructurada de la siguiente manera:
Una Asamblea legislativa elegida por sufragio universal.
Un Consejo de Gobierno elegido democráticamente con funciones ejecutivas y administrativas.
Un Presidente, elegido por la Asamblea y nombrado por el rey, cuyas funciones son:
La dirección del Consejo de Gobierno, elegir a los miembros del Consejo de Gobierno y representar a máximo nivel a la Comunidad Autónoma.
Un Tribunal Superior de Justicia, cúlmen de la administración de justicia en el territorio autónomo, sin perjuicio de la jurisdicción correspondiente al tribunal Supremo.
El control a la actividad de los órganos de las diferentes CCAA se ejercerá por el Tribunal Constitucional en lo referente a la legalidad y constitucionalidad de las disposiciones normativas de las Comunidades, por el Gobierno, por el Tribunal de Cuentas, por la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa y por un Delegado del Gobierno Estatal que dirige la administración del Estado en el territorio autónomo.
Temas de presentación oral y discusión: Autonomías y nacionalismos, autodeterminación e independencia, ventajas e inconvenientes. Situación en Europa y España.
Analizamos los aspectos geográficos, económicos, culturales y sociales de la Península Ibérica. Así conoceremos cómo las características propias de cada CCAA, desde la demografía hasta la calidad de vida, configuran una idiosincrasia que en conjunto hacen patente la riqueza de España.
Podemos atrevernos a hablar incluso de riqueza legal, descubrimos en qué regiones existe un Derecho Foral propio, junto al Derecho Común.
Las regiones que tienen Derecho Foral o especial o particular son: Aragón, Cataluña, Baleares, Navarra, Galicia, parte de Vizcaya y de Álava, la antigua tierra de Ayala y un sector de Extremadura.
Estos derechos forales o peculiares son de extensión desigual en cuanto a la cantidad de materias que regulan, se refieren principalmente al régimen patrimonial de la familia y al derecho de sucesiones o ciertas instituciones del mismo.
La riqueza del suelo configura la economía de las diferentes zonas, agricultura, industria, comercio, servicios y turismo. El Fondo de Compensación Interterritorial, al que alude la Constitución, vela por el equilibrio económico- social entre las regiones de España, corrigiendo los desequilibrios existentes.
No hay que olvidar el tema del cambio climático, la desertificación, la degradación del suelo, debido a una actividad agrícola intensiva o a la contaminación industrial o urbana.
La creación y cuidado de Parques Naturales, Nacionales, Espacios Protegidos son la respuesta a la preocupación sobre este tema.
Lugares donde encontrar información al respecto: INE, página oficial de los distintos ministerios, MARCA ESPAÑA
2.-España en Europa
En junio de 1985, siendo Felipe González presidente del gobierno, se firmó en Madrid el Tratado de Adhesión de España a la Comunidad Económica Europea. La incorporación como miembro de pleno derecho tuvo lugar el 1 de enero de 1986.
Para España, en el ámbito jurídico, la adhesión a la CEE, supone la incorporación a nuestras fuentes del derecho de unas normas emanadas de las diferentes Instituciones europeas que habrán de aplicarse en el territorio español, primando sobre el derecho interno.
Lectura recomendada: "La larga marcha del Plan de Estabilización al euro". Publicado en el periódico el País el 3 de mayo de 1998 por Joaquín Estefanía.
Términos que nos ayudan a comprender el artículo:
el trecho
die Strecke
la asignación de recursos
die Mittelzuweisung
ambicionar
streben
los jubilados
die Rentner
estar vinculado a
verbunden/verpflichtet sein
el lustro
das Jahrfünft
adherirse a
beitreten/ sich anschließen
el pelotón de cabeza
beginnen
percatarse de
bewusst werden
la introspección
die Selbstbeobachtung
asumir
übernehmen/annehmen
la política de ajuste
die Anpassungspolitik
la desaceleración del crecimiento
die Verlangsamung des Wachstums
la convergencia nominal
der Nennwert
el desafío
die Herausforderung
el umbral
die Schwelle
la suspensión de pagos
die Zahlungseinstellung
superar
übertreffen/überstehen
pretender
versuchen/streben
La gélida acogida
eiskalter Empfang
reiterarse
wiederholen
las secuelas
die Folgen
Ejercicio escrito:
Escribimos a la Comisión Europea y pedimos material informativo sobre la situación actual europea, mapas de Europa, países miembros de la Unión Europea, países participantes de la moneda comunitaria, etc.
Ya no podemos imaginarnos una España lejos de Europa ni una Europa sin España.
Un continente con raíces idénticas y desiguales, lenguas, religiones, formas de vivir, actitudes ante la vida que atraen y dificultan el entendimiento diario entre sus habitantes.
La fuerte personalidad de Europa ha otorgado a este territorio categoría de continente y seguimos considerándolo así. Europa constituye en realidad una prolongación del continente asiático hacia Occidente. El territorio suma una cifra de 10.359.900 kilómetros cuadrados sobre los que viven 702.550.000 habitantes. Aunque podemos pensar en una alta densidad de población, un 62%, esta población se halla irregularmente repartida. La máxima concentración la encontramos en la Europa centro-occidental. Por el contrario, la menor densidad de población la encontramos en zona extrema del este. La geografía ha dotado al territorio europeo de condiciones físicas muy favorables al desarrollo de su civilización. Su emplazamiento y por tanto sus comunicaciones resultan muy atractivas. Su litoral marino propicia no solo una buena influencia climatológica sino también la comunicación marítima.
En cuanto a su relieve, se puede observar cómo unas dos terceras partes de su superficie están ocupadas por una gran planicie central, dividida por la meseta que se extiende desde los Urales hasta el Atlántico y al mismo tiempo observamos zonas costeras hundidas como en el Caspio o Países Bajos y zonas montañosa muy elevadas de más de 4 mil metros.
El/los climas que encontramos varían desde el ártico, continental, oceánico y mediterráneo.
En resumen, Europa, continente de costas recortadas y grandes contrastes fĩsicos, reducido en superficie si lo comparamos con África, Asia o América, población repartida en un amplio mosaico de lenguas, culturas, conflictos, separaciones, anexiones, y y y … sin embargo, aún dada esta diversidad, ha existido y existe una evidente conciencia europea de acercamiento y unidad entre los diferentes pueblos que la componen.
La Unión Europea: éxito y reto.
La incorporación a la Unión Europea supuso para España, un transcendental cambio desde la creación del Mercado Único Europeo y del Área Económica Europea, espacio comercial sin fronteras. La estabilidad económica y comercial que proporciona el euro ha reforzado el crecimiento económico español junto con una proyección política internacional.
Los programas de intercambio y movilidad estudiantil y escolar como ERASMUS y LEONARDO son de gran importancia ya que fomentan la cooperación entre los países miembros europeos y mejoran las competencias profesionales de los jóvenes. Ayudan a descubrir nuevos horizontes, respetar otras costumbres y formas de vivir, aprender en definitiva de la diversidad humana y cultural de Europa.
Ejercicio oral:
Temas a tratar en exposiciones orales por parte de los estudiantes:
- Países que pertenecen a la Unión Europea.
- Gran Bretaña, beneficios o consecuencias de su permanencia o salida de la UE para Gran Bretaña y Europa.
- Llegada de refugiados a Europa, análisis de las causas de la emigración.
Estudio de las diferentes Instituciones Europeas y sus funciones trabajando el material recibido de la UE. Preparamos la visita a alguna institución europea.
3.-España en el mundo
Consultamos el atlas, analizando la posición geográfica de España.
Documento a consultarpara desarrollar el tema: Gobierno de España, Moncloa política exterior.
España por su posición geográfica se considera como puente entre Europa y África, entre el Atlántico y el Mediterráneo, lo que le trasfiere una importancia geoestratégica.
Tenemos que destacar la especial relación con los países de centro y sur América debido a los lazos históricos, lengua, religiosos y culturales.
No hay que olvidar la cercanía histórico-geográfica con los países del Magreb.
Desde finales del siglo XX estamos asistiendo a una creciente comunicación entre los diversos países del mundo, lo que ha llevado a la unificación de sociedades, culturas, mercados …
Es decir, a una interdependencia de todos los países del mundo, de modo que una crisis económica, el cambio del comportamiento económico o la crisis política de un país puede afectar rápidamente a todos los demás. Es la llamada globalización, las causas de este fenómeno son muy variadas, entre otras podemos destacar: el desarrollo y abaratamiento del transporte,- que permite poner en contacto unos lugares con otros en pocas horas-el crecimiento de las empresas multinacionales,-empresas con sede en un país pero con filiales en otros países del mundo- la creación de instituciones económicas internacionales,-como el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, para ayudar a regular las relaciones económicas y monetarias entre los diferentes países- y el desarrollo tecnológico-fundamentalmente de las tecnologías de la información y comunicación que permiten una comunicación inmediata y una agilidad en la actuación de las empresas.
Estar presente en organismos internacionales de carácter económico como el Fondo Monetario Internacional o el Banco Mundial es naturalmente objetivo prioritario del gobierno español, con el objeto de lograr mayor presencia española en el exterior y dotar de mayor protección a las empresas nacionales.
Por lo tanto, la política española está presente y comprometida con las Naciones Unidas, es el undécimo contribuyente del presupuesto ordinario de las Naciones Unidas y forma parte del grupo de Ginebra. En octubre de 2014 España resultó elegida por la Asamblea General de las Naciones Unidas para formar parte del Consejo de Seguridad como miembro no permanente para el bienio 2015-2016, es la quinta vez que asume esta responsabilidad.
En este periodo hay que destacar que España desempeñó la Presidencia de tres comités vinculados a la no proliferación de armas de destrucción masiva. Otra gran prioridad es el ámbito humanitario, cuestiones relativas a la mujer y seguridad y protección civil, así demuestra su compromiso con los derechos humanos y la paz.
Participa activamente España en organismos especializados de Naciones Unidas, organización a la que pertenece desde 1955 y colabora en el logro de sus objetivos. Merece atención la vinculación con la Organización Mundial de Turismo-OMT- cuya sede está en Madrid. Es miembro de la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa-OSCE. Forma parte del Consejo de Europa, con sede en Estrasburgo, y miembro de la OTAN.
España está presente en diferentes organizaciones internacionales de desarrollo, cooperación y ayuda al desarrollo, UNICEF y UNESCO, ACNUR, CRUZ ROJA, CARITAS, FAO Así mismo se han extendido en gran número diferentes ONG que prestan colaboración y ayuda donde sea necesario. El objetivo es la mejora de las condiciones sociales, sanitarias, culturales, etc.
Así no podemos olvidar:
La Declaración Universal de los Derechos Humanos
Documento que el 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó en la Resolución 217 A en París. Como consecuencia de la segunda guerra mundial se aprobó este documento como conjunto de normas y principios, garantía de la persona frente a los poderes públicos. Fue la primera ocasión en que las comunidades organizadas de Naciones Unidas realizaron una Declaración de los Derechos Humanos y libertades fundamentales. Es concebido como un logro de todos los pueblos y naciones, de tal manera que la Declaración se ha convertido en una medida que sirve para evaluar el grado de respeto hacia los Derechos Humanos. La declaración está compuesta por 30 artículos sobre derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales que pertenecen a todas las personas sin discriminación alguna.
Articulado:
1- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derecho y deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
2- Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna, ya sea sexo, religión, raza, color.
3- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
4- Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre.
5- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
6- Todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
7- Todos son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección de la ley.
8- Toda persona tiene derecho a solicitar ayuda a los tribunales cuando no se respeten los derechos fundamentales reconocidos por constitución o por ley
9- Nadie puede ser arbitrariamente detenido, preso o desterrado.
10- Toda persona tiene derecho, en condiciones de igualdad, a ser oída públicamente por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones.
11- Toda persona tiene derecho a la presunción de inocencia mientras no se demuestre su culpabilidad. Nadie será condenado por delitos que en el momento de su comisión no estuvieran tipificados como tales.
12- Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, familia, domicilio, ni ataques a su honra, o reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley ante tales injerencias o ataques.
13- Toda persona tiene derecho a circular libremente y elegir su residencia, salir del país y regresar a él.
14- En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo y disfrutar de él en cualquier país. Este derecho no puede ser invocado contra una acción judicial originada por delitos comunes.
15- Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. A nadie se le puede privar arbitrariamente de ella ni de su derecho a cambiar de la misma.
16- Los hombres y las mujeres en edad núbil, tienen derecho a casarse y fundar familia, sin restricción de raza, religión o nacionalidad. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse matrimonio. La familia tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
17- Toda persona tiene derecho a la propiedad y no podrá ser privado de ella arbitrariamente.
18- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
19- Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y expresión.
20- Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica. Pero nadie puede ser obligado a pertenecer a una asociación.
21- Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país. Derecho al voto.
22- Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales indispensables a su dignidad y libre desarrollo de su personalidad.
23- Toda persona tiene derecho al trabajo y protección contra el desempleo, a igual salario ante igual trabajo, asimismo tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria.
A fundar sindicatos y sindicarse para la defensa de sus intereses.
24- Toda persona tiene derecho al descanso y a una limitación razonable de la duración del trabajo. Y también a vacaciones periódicas pagadas.
25- Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure así mismo y su familia la salud, el bienestar, la alimentación, vestido, vivienda, así como a seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudedad, etc. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños tienen derecho a igual protección social.
26- Toda persona tiene derecho a la educación. La enseñanza primaria debe ser gratuita. Los padres tienen derecho a elegir el tipo de educación de sus hijos.
27- Toda persona tiene derecho a tomar parte en la vida cultural de la comunidad, gozar de las artes y participar en el progreso científico y en los beneficios que de él provengan. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
28- Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
29- Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella se puede desarrollar libre y plenamente. En el ejercicio de sus derechos y libertades, toda persona estará solamente sujeto a las limitaciones establecidas por ley para asegurar el reconocimiento y respeto de los derechos y libertades de los demás.
30- Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
La Constitución Española reconoce esta Declaración en el artículo 10,