Medicina legal - Ana María Errejón García - E-Book

Medicina legal E-Book

Ana María Errejón García

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Beschreibung

Este es un manual de medicina legal que emplea un lenguaje alejado de la complejidad de los términos y tecnicismos médicos. De esta forma, los alumnos podrán familiarizarse con conceptos médicos y científicos del mundo jurídico y criminológico.

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Seitenzahl: 264

Veröffentlichungsjahr: 2024

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Colección

Cuadernos de apuntes

Director

Zulema Calderón Corredor

Comité científico asesor

Antonio Martínez Santos

Begoña Rodríguez Díaz

Noelia Valle Benítez

Juan Carlos Gómez Alonso

Fidel Luis Rodríguez Legendre

© 2024 Ana María Errejón García

Enrique De Francisco Enciso

© 2024 Editorial UFV

Universidad Francisco de VitoriaCrta. Pozuelo-Majadahonda, km 1,800. 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)[email protected]

Diseño

Cruz más Cruz

Primera edición: febrero de 2024

ISBN edición impresa: 978-84-10083-35-6

ISBN edición digital: 978-84-10083-36-3

ISBN edición Epub: 978-84-10083-37-0

Depósito legal: M-3734-2024

Preimpresión: MCF textos, S.A.

sta editorial es miembro de UNE, lo que garantiza la difusión y comercialización de sus publicaciones a nivel nacional e internacional.

Queda prohibida, salvo excepción prevista en la ley, cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de esta obra sin contar con autorización de los titulares de la propiedad intelectual. La infracción de los derechos mencionados puede ser constitutiva de delito contra la propiedad intelectual (arts. 270 y sgts. Código Penal). El Centro Español de Derechos Reprográficos (www.cedro.org) vela por el respeto de los citados derechos.

Este libro puede incluir enlaces a sitios web gestionados por terceros y ajenos a EDITORIAL UFV que se incluyen solo con finalidad informativa. Las referencias se proporcionan en el estado en que se encuentran en el momento de la consulta de los autores, sin garantías ni responsabilidad alguna, expresas o implícitas, sobre la información que se proporcione en ellas.

Impreso en España – Printed in Spain

Al padre Jorge, por sus palabrasA mi familia, por su infinito apoyoA Ester Pascual, por su confianza

ÍNDICE

PRÓLOGO 

1. ESTUDIO MEDICOLEGAL DE LAS LESIONES 

2. CONTUSIONES 

3. HERIDAS POR ARMA BLANCA 

4. HERIDAS POR ARMA DE FUEGO 

5. QUEMADURAS 

6. LESIONES POR ELECTRICIDAD 

7. LESIONES POR EXPLOSIONES 

8. GRANDES CATÁSTROFES 

9. LESIONES POR ACCIDENTES DE TRÁFICO 

10. MALTRATO INFANTIL 

11. VIOLENCIA DE GÉNERO 

12. ASFIXIAS MECÁNICAS 

13. ESTUDIO MEDICOLEGAL DE LA MUERTE 

14. FENÓMENOS CADAVÉRICOS Y PROCESOS CONSERVADORES DEL CADÁVER 

15. AUTOPSIA JUDICIAL Y AUTOPSIA CLÍNICA 

16. EL LEVANTAMIENTO DEL CADÁVER 

17. MANCHAS BIOLÓGICAS 

18. IDENTIFICACIÓN DEL SUJETO VIVO Y DEL CADÁVER 

19. ESTUDIO MEDICOFORENSE DE LAS AGRESIONES SEXUALES 

20. EL INFORME PERICIAL MÉDICO 

21. TOXICOLOGÍA FORENSE 

22. DROGAS DE ABUSO 

23. ESTUDIO MEDICOLEGAL DE LA INTOXICACIÓN ALCOHÓLICA 

24. PSIQUIATRÍA FORENSE 

25. DERECHO MÉDICO 

26. MEDICINA LEGAL DEL TRABAJO 

BIBLIOGRAFÍA 

Prólogo

Hace años, gracias a la oportunidad que me brindó esta universidad, descubrí el maravilloso mundo de la docencia, con lo que he podido ir transmitiendo mis conocimientos a futuros graduados en Criminología y en Derecho. Sin embargo, entre mis inquietudes existía un anhelo de plasmar estos conocimientos en un medio escrito con el que contribuyera a mejorar su aprendizaje: un manual de medicina legal que emplease un lenguaje alejado de la complejidad de los términos y tecnicismos médicos. De esta forma, podrían familiarizarse con conceptos médicos y científicos del mundo jurídico y criminológico. Esta inquietud finalmente se ha transformado en una realidad con la redacción de este manual, la cual he llevado a cabo junto con mi compañero de profesión y de vida, Enrique de Francisco.

1Estudio medicolegal de las lesiones

¿Qué es una lesión?

Si la definimos desde el punto de vista médico, es cualquier alteración anatómica o funcional del organismo ocasionada por agentes externos o internos.

Si se contempla desde el punto de vista jurídico, aunque el Código Penal no la define, la jurisprudencia la entiende como toda alteración anatómica o funcional que menoscabe la integridad corporal o la salud física o mental del individuo.

¿Qué tipo de agentes etiológicos existen?

Según cuál sea el origen de los mecanismos productores de las lesiones, se distingue entre factores etiológicos externos y factores etiológicos internos.

¿Qué agentes etiológicos externos hay?

Los agentes etiológicos externos, es decir, aquellos ajenos al organismo, pueden ser mecánicos, los cuales actúan por contacto entre el objeto y el organismo; físicos, como la electricidad, la temperatura o las radiaciones, capaces de producir lesiones al entrar en contacto con las células y los tejidos; agentes químicos, entre los que se encuentran los ácidos1 y las bases;2 biológicos, que provocan alteraciones orgánicas como consecuencia de la acción de bacterias, virus, hongos y protozoos, y psicológicos, que generan daños en la esfera mental a causa de determinados estímulos psíquicos.

¿Qué son los agentes etiológicos internos?

Los agentes internos productores de lesiones son aquellos que provienen del propio sujeto, como serían los derivados del esfuerzo físico que, mediante una intensa contracción muscular, pueden originar hernias, roturas musculares, luxaciones e incluso fracturas.

¿Cómo evolucionan las lesiones?

Desde el punto de vista medicolegal, existe una distinción básica de las lesiones en mortales y no mortales. Las mortales, a su vez, se subdividen en tres tipos: lesiones mortales de necesidad, que son aquellas tan graves que necesariamente son incompatibles con la vida; lesiones mortales por falta de asistencia urgente, que son aquellas lesiones muy graves, pero que con atención médica rápida e intensa son compatibles con la vida, y lesiones mortales por mecanismo indirecto, que son aquellas lesiones que inicialmente no son mortales, pero que, como consecuencia de una mala evolución, desembocan en el fallecimiento.

Por otro lado, las lesiones no mortales son aquellas cuyo resultado es la supervivencia del sujeto y pueden finalizar o bien curando de forma completa y sin que quede rastro de ellas, que es lo que se denomina restitutio ad integrum, o bien alcanzando su curación con un estado residual o secuela.

¿Cómo se clasifican jurídicamente las lesiones?

En el ámbito jurídico, se diferencian las lesiones atendiendo a la intencionalidad y a la gravedad de sus consecuencias.

¿Cómo se distinguen las lesiones según su intencionalidad?

La diferencia radica en la voluntariedad a la hora de realizar la acción u omisión, por lo que se clasifican en lesiones involuntarias, cuando no existe intención de causarlas y se producen por culpa o imprudencia, y lesiones voluntarias, cuando el autor manifiesta intencionalidad en su producción. Estas últimas, a su vez, pueden ser con dolo directo, si existe intención de producir lesión y, además, se buscan unos resultados concretos lesivos, o con dolo indirecto o eventual, si se tiene la intención de lesionar sin buscar unos efectos determinados.

¿Qué tipo de lesiones existen atendiendo a su gravedad?

Según su gravedad, se diferencian las lesiones que por sus consecuencias penales se consideran delito de lesiones, si son lesiones no mortales, y las que se consideran delito de homicidio, si ocasionan el fallecimiento del sujeto. Si son constitutivas de un delito de lesiones, a su vez, se distingue entre las que se tipifican como delito básico de lesiones y como delito leve de lesiones. El delito leve de lesiones incluye cometer aquellas lesiones que no requieran para su curación la aplicación de ningún tratamiento médico o quirúrgico.

¿Qué diferencia existe entre el delito de homicidio y el delito de asesinato?

El Código Penal vigente recoge en su artículo 138 el delito de homicidio, que consiste en quitarle la vida a un sujeto. Según el artículo 139, se habla de asesinato cuando existe alevosía o ensañamiento, cuando se actúa por precio, promesa o recompensa y cuando se acaba con la vida de un sujeto para facilitar la comisión posterior de otro delito o para evitar su descubrimiento.

¿Qué es el delito de lesiones?

Es el Código Penal actual, aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, el que recoge el tipo básico del delito de lesiones en su artículo 147.1 al establecer lo que sigue:

El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado como reo del delito de lesiones, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.3

¿Qué se entiende por primera asistencia facultativa?

Es el conjunto de actos clínicos encaminados al diagnóstico, prevención y tratamiento de una lesión, que pueden ser desempeñados en una única intervención o en una multiplicidad de actos médicos, como ocurre en los periodos de mera observación de la evolución de la lesión. En ningún caso estos actos serán fundamentales e imprescindibles para la curación de la lesión, pues de ser así estaríamos ante un tratamiento médico o quirúrgico.

¿Qué engloba el tratamiento médico o quirúrgico?

Son todas las actuaciones médicas y quirúrgicas necesarias para alcanzar la curación de una lesión o para reducir sus consecuencias. Estos actos clínicos deben ser posteriores a la primera asistencia y distintos a ella; es decir, se requiere que las nuevas actuaciones tengan una finalidad curativa, excluyendo la mera vigilancia para comprobar el éxito o la adecuación de la primera asistencia.

¿Qué es la estabilización lesional?

Es la situación en que se encuentra el lesionado una vez que los tratamientos no son susceptibles de influir en la evolución de las lesiones, permaneciendo su estado estacionario sin haber alcanzado una curación completa.

¿Qué se entiende por daño corporal en medicina legal?

Desde el punto de vista médico, el daño es un concepto amplio que se corresponde con el de lesión o enfermedad; es decir, viene a ser la alteración en el funcionamiento o estructura de un elemento corporal. Si lo contemplamos según un criterio estrictamente jurídico, ya el derecho romano definía el damnum como cualquier pérdida o disminución de la persona.

En el ámbito medicolegal, el concepto de daño se enfoca desde una perspectiva mixta jurídica y médica, y el daño corporal se define como cualquier alteración somática o psíquica que afecte a la salud o quebrante la integridad orgánica o funcional de un sujeto.

¿Cómo se realiza el informe medicoforense de sanidad?

En la medida de lo posible, es deseable incluir en el informe pericial médico toda la información que sea relevante y de interés para el juzgador: los datos de identificación, el motivo de la solicitud del informe, una enumeración y descripción de la documentación analizada tanto médica como relativa al hecho lesivo, una explicación de los antecedentes personales relevantes, los resultados de los reconocimientos realizados, las consideraciones médicas sobre el proceso patológico y su valoración en el caso concreto del lesionado y unas conclusiones precisas y claras que respondan directamente a las cuestiones planteadas por el juzgador.

¿Qué es la causalidad medicolegal?

Determinar claramente la correlación entre el hecho acontecido y el resultado lesivo es lo que se conoce como nexo de causalidad. En la valoración de las lesiones corporales, es el perito médico quien establece este nexo. En la práctica medicoforense, no siempre se especifica en el informe, pero el perito tiene la obligación de comprobar, en la medida de sus posibilidades, la relación existente entre el hecho lesivo y las lesiones y secuelas sufridas. Para ello, deben aplicarse los criterios de causalidad medicolegal.

¿Cuáles son los criterios de causalidad medicolegal?

Los criterios de causalidad medicolegal pueden concretarse como sigue:

Criterio etiológico: consiste en establecer la relación entre la naturaleza del hecho y el cuadro lesivo, es decir, determinar si el mecanismo de producción puede generar el daño reclamado.

Criterio cuantitativo: se basa en relacionar la intensidad del traumatismo con la gravedad del daño producido.

Criterio topográfico: establece la relación entre la zona afectada por el traumatismo y la zona dañada resultante.

Criterio cronológico: se fundamenta en determinar la correlación entre el tiempo transcurrido desde que acontece el hecho reclamado hasta que aparece el daño.

Criterio de continuidad sintomática: debido a que en determinados mecanismos los daños tardan un tiempo en aparecer, este criterio consiste en evidenciar la aparición de síntomas puente que indiquen que se está gestando un proceso lesivo.

Criterio de integridad anterior: consiste en acreditar que no existe una enfermedad previa que justifique el daño atribuido al traumatismo.

Criterio de exclusión: consiste en excluir cualquier otra causa que pueda ser responsable del daño alegado distinta del traumatismo imputado.

Criterio de verosimilitud diagnóstica: se debe comprobar la existencia de un mecanismo fisiopatológico coherente que permita explicar la lesión.

¿Qué son las causas y las concausas de las lesiones?

Se distingue entre causa, aquella que es necesaria y suficiente para producir el daño, y concausa, que es la necesaria pero no suficiente por sí sola para desencadenar el resultado. En la práctica, se entiende por causa aquella responsable del hecho lesivo y por concausas todas las circunstancias que hayan influido en el resultado dañoso.

¿Qué tipos de concausas hay?

Las concausas pueden ser de tres tipos: anteriores o preexistentes, simultáneas y posteriores o subsiguientes. Las anteriores están presentes previamente al hecho dañoso y constituyen el llamado estado anterior del individuo; es decir, aquellas causas patológicas o fisiológicas previas de la víctima que influyen en el resultado lesivo. Las simultáneas son aquellas que coinciden en el tiempo con los hechos dañosos y que influyen en el resultado. Por último, las concausas subsiguientes, conocidas como complicaciones, son las que influyen en la lesión una vez que se ha producido y antes de que tenga lugar su estabilización.

¿Cómo actúa la ley en las lesiones por accidentes de circulación?

Al desaparecer la vía penal de acceso a los tribunales para la mayoría de los accidentes de tránsito, como consecuencia de la desaparición de las faltas en la Ley Orgánica 1/2015 de Modificación del Código Penal, el resarcimiento de los daños originados como consecuencia de los accidentes de circulación se realiza de forma habitual por la vía civil, cuyas características son diferentes. A lo anterior, se añade la Ley 35/2015 de reforma del sistema de valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, que apostó por el desarrollo de procedimientos extrajudiciales de solución de este tipo de asuntos de tráfico y que desembocó en el Real Decreto 1148/2015, el cual regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los institutos de medicina legal y ciencias forenses en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.

¿Cómo valora el médico forense a los lesionados por accidente de tráfico?

En caso de lesionados en accidente de tráfico, el médico forense debe elaborar su informe según lo establecido por la Ley 35/2015 de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Esta ley se refiere a los daños que son objeto de valoración y en ella se contemplan tres supuestos: la muerte, las secuelas y las lesiones temporales. Como novedad importante, en esta ley se introducen los conceptos de perjuicio personal básico, perjuicio personal particular y perjuicio patrimonial, que vienen a sustituir los anteriores conceptos de periodo de curación, días de carácter impeditivo, días de carácter no impeditivo y días de hospitalización.

¿Qué se entiende por lesiones temporales en la nueva ley de valoración de daño corporal por accidentes de tráfico?

Las lesiones temporales son aquellas que sufre el lesionado desde el momento del accidente hasta el final de su proceso de curación o hasta la estabilización de la lesión.

¿Qué es el perjuicio personal básico por lesión temporal?

Es el perjuicio común que se padece desde la fecha del accidente hasta la curación o hasta la estabilización con la formación de secuelas.

¿A qué se refiere la expresión perjuicio personal por pérdida temporal de calidad de vida?

Es el perjuicio moral particular que sufre la víctima por el impedimento o limitación que las lesiones o el tratamiento de estas producen en su autonomía o desarrollo personal y puede ser muy grave, grave o moderado. Hay que tener en cuenta que el impedimento para la actividad laboral o profesional se incluirá en uno de los grados y que los grados son excluyentes entre sí, de tal manera que se asignará un solo grado a cada día que se padezca la lesión temporal.

¿Cómo se define el perjuicio muy grave?

Es aquel por el que el lesionado pierde temporalmente su autonomía para casi todas las actividades esenciales de la vida ordinaria; por ejemplo, permanecer ingresado en una unidad de cuidados intensivos (UCI) hospitalaria.

¿Qué se entiende por perjuicio grave?

Es aquel por el que el lesionado pierde temporalmente su autonomía para realizar una parte relevante de las actividades esenciales de la vida ordinaria o la mayor parte de sus actividades específicas de desarrollo personal; por ejemplo, el tiempo de ingreso en un hospital o el tiempo de reposo absoluto.

¿Qué es el perjuicio moderado?

Es aquel por el que el lesionado pierde temporalmente la posibilidad de llevar a cabo una parte relevante de sus actividades específicas de desarrollo personal; por ejemplo, los periodos de incapacidad laboral o de imposibilidad de realizar actividades deportivas federadas.

¿Qué se entiende por secuela en la valoración del daño corporal?

Es el trastorno o la lesión que permanece tras la curación de una enfermedad o de un traumatismo y que es consecuencia de ellos. Desde el punto de vista medicolegal, puede considerarse secuela toda afectación anatómica, funcional, estética, psíquica o moral consecuencia de una lesión física o psíquica estabilizada no susceptible de mejoría que menoscabe o modifique la integridad biológica de un individuo.

2Contusiones

¿Qué son las contusiones?

Son lesiones producidas por la acción sobre el organismo de un instrumento duro de superficie roma4 y mediante la acción de una fuerza viva, es decir, con la intervención de energía cinética.

¿Qué etiología medicolegal tienen las contusiones?

Las contusiones son lesiones violentas y su etiología medicolegal puede ser homicida, suicida o accidental. La homicida es frecuente en casos de peleas y reyertas en las que se producen agresiones con objetos romos, como bates o palos, o con zonas corporales, mediante patadas, puñetazos o cabezazos. Las contusiones de naturaleza suicida suelen corresponder a precipitaciones llevadas a cabo con fines autolíticos. La etiología accidental de las contusiones se da con frecuencia en el ámbito laboral, en donde tienen lugar precipitaciones o aplastamientos, y en el ámbito de la circulación de vehículos a motor cuando, como consecuencia de colisiones o atropellos, las víctimas presentan múltiples contusiones.

¿Cómo se clasifican las contusiones?

Las contusiones se clasifican según si en su producción interviene un único mecanismo o varios. Atendiendo a ello, pueden ser contusiones simples, cuando solo actúa un mecanismo de producción, o contusiones complejas, cuando intervienen varios mecanismos de producción.

¿Qué contusiones simples existen?

Las contusiones simples son las siguientes:

¿Qué es un eritema?

Es una lesión producida por un mecanismo contusivo que cursa con enrojecimiento cutáneo, resultado de un proceso de dilatación de los vasos sanguíneos.

¿De qué forma se clasifican las equimosis?

Son lesiones superficiales que afectan al tejido celular subcutáneo:5 dañan los vasos sanguíneos y los nervios sin que se vea alterada la integridad de la piel. Estas lesiones en los vasos sanguíneos dan lugar a la extravasación6 de la sangre, que cursa con derrame, y los daños en las terminaciones nerviosas son responsables del dolor. Se distinguen diferentes tipos de equimosis en función de su profundidad, localización y forma.

¿Cuáles son los tipos de equimosis que hay?

La equimosis puede clasificarse como sigue:

Equimosis: la infiltración sanguínea se dispone de forma laminar, sin crear relieve sobre la superficie cutánea.

Equimoma: es una lesión como la equimosis, pero con un tamaño mayor.

Petequia: lesión equimótica de aspecto puntiforme. A menudo, las petequias son múltiples y se presentan agrupadas.

Sugilación: esta equimosis es realizada por un mecanismo de succión de la piel y es característico que posea una forma ovalada, que representa la disposición de los labios al realizar la succión.

Hematoma: en este tipo de lesión, el infiltrado sanguíneo procedente de la ruptura de los vasos no se dispone en forma de lámina, sino de acúmulo, dando lugar a una lesión en la piel con volumen.

Bolsa sanguínea: se trata de una lesión de mayor dimensión que el hematoma en la que el acúmulo sanguíneo es aislado por un anillo de tejido fibroso, lo que aumenta la dureza de la lesión, la cual es voluminosa sobre la superficie cutánea.

¿Cómo son las contusiones profundas?

Se trata de contusiones que afectan a regiones anatómicas que no presentan planos óseos debajo del plano cutáneo, por lo que la fuerza lesiva recae sobre órganos internos, como el hígado, el bazo o los riñones.

¿Qué son los derrames serosos?

Este tipo de contusión conlleva la separación del plano cutáneo y del tejido celular subcutáneo de la fascia7 subyacente por la acción de una fuerza tangencial. En ese espacio, se produce una acumulación de líquido procedente de la ruptura de los vasos linfáticos y vasos sanguíneos. En ocasiones, es una lesión asociada a los atropellos y es frecuente que se localice en las extremidades inferiores.

¿Cómo se producen los derrames cavitarios?

Se trata de lesiones que se producen cuando la fuerza viva alcanza una cavidad anatómica, como la cavidad pleural o una cavidad articular. Según la naturaleza del derrame, pueden ser hemáticos o serofibrinosos.

¿Cómo se originan las erosiones?

En estas lesiones, se produce una afectación del plano cutáneo en la capa más superficial, la epidermis. El mecanismo principal que interviene en la producción de erosiones y escoriaciones es el frotamiento.

¿Qué caracteriza las escoriaciones?

Las escoriaciones se caracterizan por afectar la piel tanto en la capa epidérmica como en la capa cutánea subyacente, la dermis. Las erosiones y las escoriaciones son lesiones relativamente frecuentes por el efecto de deslizamiento de una zona del cuerpo sobre una superficie.

¿Qué son las heridas contusas?

Son lesiones que revisten mayor profundidad en las que la acción de la fuerza viva supone el vencimiento de la resistencia de la piel. Además del plano cutáneo, se ven afectados planos subyacentes, como el muscular, el óseo y el visceral, según la profundidad que alcance el mecanismo lesivo. Son heridas de bordes irregulares y márgenes sangrantes.

¿Cuáles son las contusiones complejas?

Entre las contusiones complejas, se encuentran las siguientes:

Mordedura: esta lesión se produce al ejercer con los dientes presión y tracción. Puede ser realizada por humanos o animales y presenta un aspecto característico: la impronta de los bordes dentales.

Aplastamiento: se produce por la acción de una fuerza viva sobre un organismo que se encuentra en una superficie fija o por la acción sobre un sujeto de dos fuerzas vivas opuestas entre sí que generan una compresión.

Arrancamiento: consiste en la separación de una zona del cuerpo por un mecanismo de tracción. Suele recaer en partes que sobresalen del cuerpo, como la nariz o los dedos.

¿Qué importancia medicolegal tienen las contusiones?

En su conjunto, son lesiones que se evalúan con frecuencia en los peritajes para la valoración del daño corporal. Algunas contusiones aportan información importante que debe tenerse en cuenta en la valoración medicoforense de las lesiones, como la data, la vitalidad, la etiología medicolegal de estas y el elemento con el que se han producido.

¿Qué es la data de las lesiones?

La data es el tiempo que ha transcurrido desde que se ha producido la lesión, es decir, su antigüedad.

¿Cómo se establece la data de una equimosis?

Para establecer la data de una equimosis, habrá que estudiar el color que presenta, pues se caracteriza por sufrir un cambio de pigmentación a medida que avanza el tiempo desde su producción. La coloración rojiza viene dada por la hemoglobina y va cambiando por las diferentes pigmentaciones de los productos en los que la hemoglobina se va descomponiendo. Cuando la lesión es reciente es de color rojo oscuro y, a medida que evoluciona, adquiere tonos azulados, verdosos y amarillentos.

¿Todas las equimosis experimentan cambios cromáticos?

No, las equimosis subconjuntivales y subungueales no experimentan dicha evolución cromática. Las equimosis subconjuntivales, también llamadas hemorragias subconjuntivales o hiposgfagma, se producen cuando tiene lugar la rotura de un vaso sanguíneo en el espacio subconjuntival,8 por lo que la sangre se distribuye. En ese caso, la hemorragia mantiene durante todo el tiempo una coloración vinosa y se va atenuando conforme evoluciona hasta que desaparece. Por otro lado, las hemorragias subungueales9 poseen una coloración negruzca que va desapareciendo del lecho ungueal a medida que crece la uña.

¿Qué son las lesiones figuradas?

En algunas ocasiones, las equimosis reproducen la forma del elemento que las ha causado, en cuyo caso reciben el nombre de equimosis figuradas, y orientan sobre el instrumento con el que se han ocasionado. Por ejemplo, una equimosis de forma alargada podría haberse producido con un bastón o un bate; una equimosis cuadrada podría haberse ocasionado con la parte cuadrangular de un martillo; una equimosis digitiforme, que reproduce la morfología dactilar, indicaría que se ha producido con los dedos.

¿Cómo se sabe si las escoriaciones o erosiones son vitales o posmortales?

El estudio de las erosiones y escoriaciones aporta información sobre si se han hecho en vida del sujeto. Para ello, habrá que determinar si existe costra en la lesión, pues su formación es una reacción secundaria al proceso de coagulación que se produce en sujetos vivos, por lo que erosiones y escoriaciones con costra son generalmente lesiones vitales. Cuanto más próximas al momento del fallecimiento se hayan producido las lesiones, de menor intensidad será la costra, por ser las reacciones vitales de menor entidad, entre las que se encuentra la coagulación. Si se produjesen erosiones y escoriaciones en un cadáver, como puede ocurrir cuando es arrastrado para ser trasladado de lugar, estas no presentarían costra por lo general. No obstante, existe un periodo de incertidumbre perimortal,10 que incluye el periodo temporal próximo al fallecimiento, en el que la vitalidad de las lesiones debe confirmarse con estudios de laboratorio.

¿Aparece siempre equimosis en el lugar del golpe?

Habitualmente, la equimosis aparece sobre el lugar del traumatismo, pero en ocasiones puede formarse en una zona alejada cuando existe la posibilidad de que la sangre se desplace entre espacios libres del organismo por la acción de la gravedad y la menor resistencia de los tejidos, lo que se conoce como equimosis a distancia. Este tipo de equimosis se puede formar en caso de fractura de la base del cráneo, por lo general en la región periorbitaria,11 conocida como signo de los ojos de mapache, o en la región retroauricular,12 conocida como signo de Battle.

Figura 2.1. Imagen correspondiente a un hematoma periorbitario y a un hematoma infraorbitario. Fuente: elaboración propia.

¿Coincide la cantidad de traumatismos con el número de equimosis?

Lo más habitual es que por cada golpe aparezca una lesión. Sin embargo, en ocasiones no ocurre así. No es infrecuente que un objeto que presenta un revestimiento blando no produzca ninguna lesión, que un objeto que golpee reiteradamente sobre la misma zona origine tan solo una equimosis o que un único traumatismo sobre una región irregular desencadene la aparición de varias equimosis relacionadas topográficamente.

¿Cómo pueden las erosiones y escoriaciones aportar información sobre su etiología medicolegal?

Mediante su estudio topográfico, es decir, estudiando dónde están localizadas. Si estas lesiones aparecen alrededor de la boca, indican que se ha intentado acallar a la persona; si se encuentran en la región cervical, sugieren que se trata de una estrangulación, y, si se localizan en manos y antebrazos, señalan que ha existido contención y lucha. Por tanto, cuando las erosiones y escoriaciones recaigan en las zonas citadas, podría tratarse de una etiología homicida. Igualmente, si las lesiones aparecen en zonas de muy difícil acceso para la propia víctima, orientan a descartar la etiología autolesiva.

¿Todos los cambios de coloración en un cadáver deben interpretarse como equimosis?

No. Las equimosis cursan con cambios de coloración cutánea por lesiones en los vasos sanguíneos, pero el cadáver puede presentar zonas con modificaciones cromáticas debido a los fenómenos de descomposición cadavérica por la putrefacción y a la formación de livideces, manchas generalmente de color violáceo que se forman por el depósito de la sangre en las regiones declives del cadáver por la acción de la gravedad.

¿Qué diferencias existen entre la caída y la precipitación?

La caída se desencadena por una pérdida repentina del equilibro: el sujeto se derrumba sobre el plano de sustentación en el que se encuentra, mientras que en la precipitación el sujeto se derrumba sobre un plano de sustentación localizado debajo del que se sitúa. Esto condiciona las lesiones que se presentan en cada caso: generalmente, las lesiones por precipitación son de mayor gravedad que las lesiones por caída y, en muchas ocasiones, provocan el fallecimiento del sujeto.

¿Qué etiología medicolegal tienen la caída y la precipitación?

Generalmente, la caída tiene una etiología medicolegal accidental, aunque en ocasiones tiene un origen homicida si se interpone algún obstáculo para propiciar la caída del sujeto. Por otro lado, la precipitación puede tener una etiología medicolegal suicida, si es realizada como mecanismo autolítico; homicida, cuando interviene una tercera persona que empuja a la víctima, o accidental, frecuente en profesiones que se realizan en altura.

¿Cuáles son las clases de caída?

Se distinguen los siguientes tipos de caída atendiendo a si, además del componente de la altura, interviene algún otro factor:

Caída simple o estática: solo existe el componente de la altura, sin otro factor añadido. La lesividad es de menor entidad y en la mayoría de las ocasiones no produce el fallecimiento del sujeto.

Caída complicada: al factor de la altura se le suma otro mecanismo lesivo, generalmente de mayor importancia, como la caída sobre fuego o en un cauce profundo.

Caída fásica: el desplome se origina en dos o más fases, es decir, al menos se encadenan dos tiempos consecutivos.

Caída acelerada: a la altura se añade el componente dinámico de la velocidad, que aumenta la fuerza viva de la caída y la gravedad de las consecuencias lesivas.

Caídapost mortem: la caída del sujeto se produce inmediatamente tras el fallecimiento y como consecuencia necesaria de la acción de la gravedad sobre el individuo. Se debe establecer el diagnóstico diferencial de los hallazgos lesivos vitales y posmortales.

¿Qué tipo de lesiones pueden producirse como consecuencia de una precipitación?

Las lesiones generales que se pueden producir en las precipitaciones son fracturas óseas y lesiones viscerales encefálicas, torácicas y abdominales. Sin embargo, existen lesiones más específicas que se producen dependiendo de cuál sea la primera parte del cuerpo que impacte contra el plano inferior de sustentación. De esta forma, se distinguen lesiones en función de si el primer impacto es con la extremidad cefálica, con la totalidad de la extensión del cuerpo o con las extremidades inferiores.

¿Cuáles son las lesiones específicas que se ocasionan cuando el impacto es con la extremidad cefálica?

Como consecuencia del fuerte traumatismo craneoencefálico, son frecuentes las fracturas craneales y las lesiones encefálicas, que producen hemorragias y daños cerebrales. Estas fracturas craneales suelen ser conminutas: dan lugar a múltiples fragmentos óseos, lo que se ha denominado fractura en saco de nueces.

Cuando el impacto es con la totalidad del cuerpo en una precipitación, ¿cuáles son las lesiones más frecuentes?

Lo más frecuente es que se produzcan fracturas costales y vertebrales y lesiones de las vísceras torácicas y abdominales, como roturas, desgarros, hemorragias o estallidos. Entre los órganos afectados, se encuentran el corazón, el hígado, los pulmones, el bazo, el estómago, la vejiga y los riñones.

¿Qué lesiones son características de la precipitación cuando el impacto inicial se produce con las extremidades inferiores?

Las lesiones características de este tipo de precipitación son las fracturas de los huesos de las piernas y de la pelvis. En ocasiones, se produce lo que se ha denominado signo de la cuádruple fractura: se fracturan huesos de los dos brazos y de las dos piernas, concretamente en el tercio medio del húmero y el tercio inferior de la pierna. Las lesiones de los huesos de los brazos son consecuencia de la extensión instintiva de estos para intentar frenar el impacto. También es frecuente que se produzcan fracturas vertebrales y, de forma indirecta, la fractura del hueso occipital del cráneo por propagación del impacto a través de la columna vertebral.