Las fuerzas armadas como víctimas del conflicto armado en Colombia - Andrea Marcela Rozo Bernal - E-Book

Las fuerzas armadas como víctimas del conflicto armado en Colombia E-Book

Andrea Marcela Rozo Bernal

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El conflicto armado en Colombia ha determinado el desarrollo social, económico y político a lo largo de la historia, donde el desconocimiento a las víctimas originadas por el conflicto ha sido una constante, enfatizando así la desigualdad y la vulnerabilidad de los ciudadanos. Esta violencia prolongada ha llevado al país a implementar mecanismos de justicia transicional, la Justicia Especial para la Paz -JEP, en la que es un reto buscar el reconocimiento e inclusión como víctimas del conflicto armado a los miembros de la Fuerza Pública la cual está integrada exclusivamente por las Fuerzas Militares (Ejército Nacional de Colombia, Infantería de Marina y Fuerza Aérea colombiana) y la Policía Nacional, a quienes se les debe garantizar la Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, esto aplicado en los casos donde se evidencia la responsabilidad del Estado por fallas del servicio y omisión en su acción.

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Letrame Editorial.

www.Letrame.com

[email protected]

© Andrea Marcela Rozo Bernal

Diseño de edición: Letrame Editorial.

Maquetación: Juan Muñoz

Diseño de portada: Rubén García

Supervisión de corrección: Ana Castañeda

ISBN: 978-84-1114-880-1

Ninguna parte de esta publicación, incluido el diseño de cubierta, puede ser reproducida, almacenada o transmitida de manera alguna ni por ningún medio, ya sea electrónico, químico, mecánico, óptico, de grabación, en Internet o de fotocopia, sin permiso previo del editor o del autor.

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«Eres más valiente de lo que crees,

más fuerte de lo que pareces

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Chistopher Robin

RESUMEN

Las Fuerzas Armadas Como Víctimas Del Conflicto Armado En Colombia - El Caso De Mitú Año 1998

El conflicto armado en Colombia ha determinado el desarrollo social, económico y político a lo largo de la historia, donde el desconocimiento a las víctimas originadas por el conflicto ha sido una constante, enfatizando así la desigualdad y la vulnerabilidad de los ciudadanos. Esta violencia prolongada ha llevado al país a implementar mecanismos de justicia transicional, la Justicia Especial para la Paz —JEP—, en la que es un reto buscar el reconocimiento e inclusión como víctimas del conflicto armado a los miembros de la Fuerza Pública la cual está integrada exclusivamente por las Fuerzas Militares (Ejército Nacional de Colombia, Infantería de Marina y Fuerza Aérea colombiana) y la Policía Nacional, a quienes se les debe garantizar la Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, esto aplicado en los casos donde se evidencia la responsabilidad del Estado por fallas del servicio y omisión en su acción.

Palabras clave: Justicia transicional, fallas del servicio, víctimas, responsabilidad estatal, Fuerza Pública, Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.

ABSTRACT

The Armed Forces As Victims Of The Armed Conflict In Colombia - The Case Of Mitú Year 1998

The armed conflict in Colombia has determined the social, economic and political development throughout history, where ignorance of the victims caused by the conflict has been a constant, thus emphasizing the inequality and vulnerability of citizens. This prolonged violence has led the country to implement transitional justice mechanisms, the Special Justice for Peace —JEP—, in which it is a challenge to seek recognition and inclusion as victims of the armed conflict to members of the Public Force which is integrated exclusively by the Military Forces (Colombian National Army, Marine Corps and Colombian Air Force) and the National Police, who must be guaranteed Truth, Justice, Reparation and Non-Repetition, this applied in cases where responsibility is evidenced of the State for failures of the service and omission in its action.

Keywords: Transitional justice, service failures, victims, state responsibility, Public Force, Truth, Justice, Reparation and Non-repetition.

INTRODUCCIÓN

En el marco del conflicto armado interno colombiano, donde se encuentran expuestos de manera voluntaria la Fuerza Pública la cual está integrada exclusivamente por las Fuerzas Militares (Ejército Nacional de Colombia, Infantería de Marina y Fuerza Aérea colombiana) y la Policía Nacional, por razón a las funciones propias de su cargo.

El accionar de grupos terroristas tiene como objetivo principal las instalaciones militares y de policía como estrategia de guerra.

El día 1 de noviembre de 1998 tuvo lugar la toma guerrillera al Comando de Policía de Mitú, capital del departamento de Vaupés, resultado de las amenazas recibidas por el Bloque Oriental de las FARC, donde tras 72 horas de combate se produjo el deceso de 80 uniformados de la Policía Nacional de acuerdo al reporte de la Cruz Roja Colombiana, sumado a 15 soldados del Ejército Colombiano muertos durante la retoma, 4 policías heridos, 13 militares y 7 agentes con graves heridas y un total de 61 policías entre suboficiales y oficiales secuestrados,1 donde por su importancia en la línea de mando es decir, el nivel jerárquico dentro de la institución y al considerarse canjeables se condicionó el cese del secuestro a la liberación de los miembros de la guerrilla de las FARC que se encontraban con medida intramural en los centros penitenciarios colombianos, permaneciendo en su calidad de secuestrados por 12 años en las selvas colombianas.

Conforme a Sentencia 2007-00430, se precisa la responsabilidad del Estado cuando se somete a un funcionario a un riesgo excepcional diferente o mayor al que deban afrontar sus demás compañeros en concordancia al principio de igualdad frente a las cargas públicas. Por lo tanto, «en los eventos en los que el Estado omite la implementación de medidas técnicas y demás dispositivos necesarios para anular, o al menos reducir al mínimo los riesgos que implican la manipulación de objetos peligrosos, o no brinda a los integrantes de esos cuerpos armados el entrenamiento suficiente, incurre en responsabilidad por falla del servicio».2

Al ser el funcionario víctima con ocasión a un riesgo relacionado a su cargo como es el velar por la seguridad del Estado y aunque la Fuerza Pública debe soportar la materialización de estas, se advierte una falla si el riesgo al cual fue sometido es mayor al cual debe afrontar por su profesión, es entonces cuando se considera el análisis de la imputación al Estado colombiano por falla del servicio. Posición a la cual se adhiere la Sentencia 2003-008561,3 ya que no puede endilgársele a la Fuerza Publica un riesgo mayor al propio de sus funciones, toda vez que los ataques terroristas superan el deber previsible y no es posible imponer la carga de adoptar medidas de seguridad distintas a las de una estación de Policía ubicada en casco urbano.

Con ocasión al conflicto armado sostenido entre Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el Estado colombiano desde 1946, denominadas en sus orígenes como Autodefensas Armadas Comunistas en el Sur del Tolima,4 en la presidencia de Juan Manuel Santos se buscó negociar la terminación definitiva del conflicto entre el Estado colombiano y las FARC-EP, firmando el acuerdo final5 de paz el día 14 de noviembre de 2016 en Bogotá, Colombia.6

Es así, como el Estado colombiano implementó el mecanismo de justicia transicional, la Justicia Especial para la Paz (JEP), cuyo objetivo es la búsqueda de la verdad procesal, adopción de medidas de reparación y no repetición, garantizando el reconocimiento y tratamiento especial a los actores de conflicto armado y las víctimas ocasionadas por su accionar armado cometidos antes del 1 de diciembre de 2016, en estricto cumplimiento al concepto de víctima ofrecida por su jurisdicción, la cual las define como todas aquellas personas que han sufrido «[…] graves violaciones a los derechos humanos y el derecho internacional humanitario cometidas por los agentes del Estado y los miembros de las FARC en razón del conflicto armado […]».

A partir de lo anterior, se establece la calidad de víctimas dentro del conflicto armado a los miembros del Ejército Nacional de Colombia y su reconocimiento ante la JEP, siendo obligación del Estado implementar medidas de reconocimiento, reparación e indemnización a los uniformados víctimas de la toma de Mitú, llamada operación Marquetalia por el secretariado de las FARC, que al mando Víctor Julio Suárez Rojas alias el Mono Jojoy se direccionó el ataque con mayor sevicia cometido bajo la presidencia de Andrés Pastrana.

A partir de lo anterior, la pregunta que guía la siguiente investigación es: ¿cuáles son las razones jurídicas para considerar que la fuerza Pública asignada al comando de Mitú, que fue objeto de toma por parte de la guerrilla de las FARC en el año 1998, tiene la calidad de víctima del conflicto armado ante la Jurisdicción Especial para la Paz?

Por lo anterior, esta tesis busca brindar el análisis de que la toma guerrillera al Comando de Policía de Mitú por parte de la entonces guerrilla de las FARC, se originó por la ausencia de un plan de contingencia para el comando de policía de Mitú, que al no contar con un plan estratégico de apoyo en armamento, uniformados y comunicaciones por parte de la Dirección de la Policía Nacional sumado a la demora en respuesta del apoyo por parte de la VII Brigada del Ejército situada en Villavicencio, demostró la responsabilidad administrativa por parte de las Fuerzas de Seguridad del Estado.

Visualizando así la responsabilidad del Estado por los resultados que desencadenaron la toma de las FARC al comando de policía de Mitú, toda vez que la capacidad de reacción era necesaria para garantizar el ejercicio de la función pública de la Policía Nacional y a su vez asegurar la protección de la población civil.

La importancia de esta investigación radica en que, ante la JEP en el marco del reconocimiento de las víctimas, con ocasión al accionar de la guerrilla de las FARC fue instaurada la solicitud de inclusión como víctimas del conflicto armado por parte de los policías que sufrieron el flagelo del secuestro de la toma de Mitú y los familiares de uniformados fallecidos durante el ataque guerrillero, representados por el general retirado Luis Mendieta. Este proceso de solicitud de reconocimiento fue negado por la JEP aludiendo al riesgo aceptable que conlleva el ser un miembro de la Fuerza Pública y la existencia de otros medios de protección que brinda la Policía Nacional a los funcionarios que presentan algunas secuelas por su experiencia vivida dentro del secuestro, no siendo incluidos en los programas de reconocimiento y reparación de víctimas.

La situación de riesgo aceptable se desaparece cuando la responsabilidad de los daños físicos y morales sufridos por los uniformados son responsabilidad del Estado colombiano, desarrollado por la sentencia C-575 del 2006, por lo tanto, al entenderse demostrada la responsabilidad del Gobierno colombiano las implicaciones internacionales por conexidad al bloque de constitucionalidad respecto a la violación a los Tratados de Ginebra de 1949 y el derecho internacional humanitario conllevaría la obligatoriedad de reparación integral a los sujetos afectados por la inoperancia del Estado y de esta forma se demostrará la obligatoria inclusión de los policías y militares como víctimas del conflicto armado ante la Justicia Especial para la Paz.

Para lograr demostrar esta hipótesis de investigación se expondrá en un primer momento la situación fáctica que antecedió a la toma del comando de policía donde se observa la falta de atención y capacidad táctica limitada por parte del Estado que dejó sin recursos a los uniformados asignados al comando de policía.

Posteriormente, se tendrá la explicación del desarrollo que ha tenido el concepto de víctima en referencia a los miembros de la Fuerza dentro de los procesos de paz como eje esencial para un verdadero proceso de reconciliación basado en el modelo mixto de restauración y reparación a las víctimas, esto permitirá que se brinden las razones jurídicas tomadas del Derecho interno colombiano y la justicia transicional que construya el concepto de víctima donde la inclusión de la Fuerza Pública sea un requisito esencial de inclusión, reparación y reinserción la vida social que reconozca a los uniformados como parte fundamental de la justicia transicional duradera.

1. FUERZA PÚBLICA Y CONFLICTO ARMADO

1.1. La inclusión de los Miembros de la Policía Nacional como objetivos de Guerra en Colombia.

Para poder entender la estrategia de guerra implementada por las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia en contra de la Policía Nacional de Colombia, se debe tener como punto de partida el análisis del empoderamiento económico que el narcotráfico le entregó a las FARC y la alianza de esta guerrilla con los carteles de las drogas, llevó a que incluyeran como objetivo de guerra a los miembros de la Fuerza Pública desnaturalizando su función civil.

Es preciso recordar lo señalado por Daniel Pécaut7 en el conflicto armado interno colombiano es evidente que la codicia de los grupo guerrilleros por las ganancias económicas que aporta el cultivo y comercialización de la marihuana en un primer momento siendo más rentable posteriormente el procesamiento y venta de la pasta de coca, es el motor predominante para sostener el conflicto en contra del Estado siendo una fachada la ideología filosófica-política que le ha permitido el fortalecimiento de sus filas por la acumulación de riqueza.

El conflicto armado colombiano ha tenido dos vertientes en su desarrollo, por un lado las causas objetivas,8 que son los motivaciones que dieron el inicio al descontento del campesinado que culminó en la toma de armas, tales como el abandono del campo por parte del Estado y su falta de inversión en la agricultura y ganadería, el desempleo rural dado por la desigualdad económica entre lo urbano y lo rural, la carencia en formación para los hijos de los campesinos traducido en falta de oportunidades para las nuevas generaciones, situación que persiste y hace que los jóvenes se sumen a los miembros guerrilleros viendo es esta opción un ingreso económico inclusive para sus familias ya que los cultivos tradicionales son reemplazados por hojas de coca convirtiéndose en la economía central y en la moneda de cambio a nivel sectorial, pero este conglomerado de circunstancias sociales no fueron el eje central para el Gobierno en la solución del conflicto sino que sirvió de estigmatización al campesinado volviéndolos objetivos de guerras al denominarlos pueblos guerrilleros.

Las causas subjetivas, hacen relación a las teorías políticas que fundamentan el alzamientos de armas, para el caso de las FARC la filosofía Marxista-Leninista y la lucha contemporánea,9 sustentada en una lucha del socialismo y el capitalismo, señalando que la ideología burguesa no ha podido resolver los problemas del hombre que vive en la miseria, olvidando la lógica social planteada por Lenin como la tarea más importante del mundo.

Esta situación de desigualdad social es cuestionada por Gustavo Ducan quien señala que estas diferencias sociales no tienen una relación directa con la violencia o la revolución frente al Estado ya que existen países con más desigualdad social, pero con menores índices de violencia. En muchas ocasiones esta sensación de inequidad social es originada por los funcionarios públicos que aun al ser elegidos por voto popular sus acciones vulneran a los ciudadanos esta es una postura que Pécaut trae hasta nuestros días como un caldo de cultivo para la insurgencia social.

Para el nacimiento de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo en las montañas del sur del departamento del Tolima debe entenderse la estructura que dio origen a la Policía Nacional para comprender cómo el dominio del territorio por parte de la guerrilla conllevó a definir como objetico militar a los uniformados de la Policía.

Con la creación del Cuerpo de Policía bajo la dirección del Comisario Francés Juan María Marcelino Gilibert con el decreto 1000 del 5 de noviembre de 1891, los ciudadanos que integraban este cuerpo tenían funciones asignadas de vigilancia y seguridad de las calles, esta situación se mantuvo hasta el año 1953 donde bajo el gobierno del General Gustavo Rojas Pinilla10 el Cuerpo de Policía paso a ser el cuarto componente de las Fuerzas Armadas de Colombia, el cual ya lo integraban el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea; este momento histórico es muy importante dado que la Policía ya no es una integración meramente civil con funciones de orden y control público sino que inicia una formación en armas y participación como agente activo dentro de las dinámicas de la guerra.