La pena retributiva: ¿algo más que un pleonasmo? - Wolfgang Wohlers - E-Book

La pena retributiva: ¿algo más que un pleonasmo? E-Book

Wolfgang Wohlers

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Beschreibung

En el estudio sobre la institución de la pena, el concepto de "retribución" emerge en distintos lugares. Por un lado, la pena se define como una retribución por el actuar precedente que ha realizado el castigado y que resulta desaprobado por el castigador. Por otro lado, se habla de retribución en el contexto del debate sobre el sentido y la finalidad de la pena, en lo que respecta a las llamadas "teorías de la retribución", según las cuales la pena únicamente opera como una compensación a la culpabilidad manifiesta en el delito. Si ambas afirmaciones resultan ser ciertas, habría que admitir que el sentido de la pena residiría en la pena misma, en otras palabras, que la pena debe ser porque la pena es. Por tal motivo, la finalidad de la pena —y su legitimidad— no pueden derivarse de la retribución como tal. Debe existir algo más que pueda ser alcanzado a través de la retribución y que legitime la existencia de la pena, salvo que se logre comprobar que la retribución es un valor intrínseco incuestionable, semejante a la dignidad humana. Sin embargo, esta afirmación parece ser inverosímil.

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Universidad Externado de Colombia

Rector

HERNANDO PARRA NIETO

Secretario General

JOSÉ FERNANDO RUBIO

CUADERNOS DE CONFERENCIAS Y ARTÍCULOSN.º 65

Serie orientada por

CARMEN ELOÍSA RUIZ LÓPEZ

Coordinación académica

CARMEN ELOÍSA RUIZ LÓPEZ

Wohlers, Wolfgang

La pena retributiva : ¿algo más que un pleonasmo? / Wolfgang Wohlers ; traducción de Federico Montero. -- Bogotá : Universidad Externado de Colombia. Centro de Investigación en Filosofía y Derecho, 2023.

38 páginas ; 21 cm. (Cuadernos de conferencias y artículos ; 65)

ISBN: 9786287620407 (impreso)

1. Penas -- Alemania 2. Retribución -- Alemania 3. Culpa jurídica -- Alemania 4. Derecho penal -- Alemania 5. Dolo (Derecho penal) 6. Sanciones legales -- Alemania 7. Responsabilidad penal -- Alemania I. Montero, Federico, traductor II. Universidad Externado de Colombia III. Título IV. Serie

343.2 SCDD 15

Catalogación en la fuente -- Universidad Externado de Colombia. Biblioteca. MRJ

abril de 2023

 

 

Título original: „Die Vergeltungsstrafe – mehr als ein weißer Schimmel?“, publicado en GA, 7/2019, pp. 425 y ss. Traducción del alemán a cargo de Federico Montero.

ISBN 978-628-7620-40-7

 

©  2023, 2019, WOLFGANG WOHLERS

©  2023, FEDERICO MONTERO (trad.)

©  2023, UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA

     Calle 12 n.º 1-17 Este, Bogotá

     Teléfono (+57) 601 342 0288

     [email protected]

     www.uexternado.edu.co

Primera edición en español: mayo de 2023

Imagen de cubierta: Justicia y venganza divina en la búsqueda del crimen, por Pierre Paul Prud’hon, óleo sobre tela, 1808

Corrección de estilo: Alfonso Mora Jaime

Composición: Karina Betancur Olmos

Impresión y encuadernación: DGP Editores S.A.S.

Tiraje de 1 a 1.000 ejemplares

Prohibida la reproducción o cita impresa o electrónica total o parcial de esta obra, sin autorización expresa y por escrito del Departamento de Publicaciones de la Universidad Externado de Colombia. Las opiniones expresadas en esta obra son responsabilidad del autor.

Diseño epub:Hipertexto – Netizen Digital Solutions

Contenido

I. INTRODUCCIÓN AL PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

II. LA RETRIBUCIÓN COMO ELEMENTO CONCEPTUAL NECESARIO DE LA INSTITUCIÓN PENA

III. “AQUELLO” QUE ESTÁ DETRÁS DE LA RETRIBUCIÓN

1. El punto de partida histórico: la pena como domesticación de la venganza

2. Teorías teocráticas y seculares de la expiación

3. La pena retributiva en la oculta teoría relativa de la pena de la moderna ciencia jurídico-penal alemana

4. El intento de rehabilitar el pensamiento retributivo por parte de Michael Moore y Tonio Walter

5. Resultado preliminar

IV. ¿QUÉ QUEDA DE LA RETRIBUCIÓN?

1. El merecimiento de censura de la conducta punible

2. La culpabilidad como presupuesto de la pena

3. La proporcionalidad con el hecho de la pena retributiva

Notas al pie

La siguiente contribución es producto de la ponencia presentada en un simposio sobre la pena retributiva que organizó Andreas von Hirsch en la Universidad de Frankfurt am Main. En solidaridad colegiada y personal, le dedico esta contribución a Andreas von Hirsch, quien cumplirá 85 años el día 16 de julio de 2019 y que, a lo largo de décadas y más allá de las fronteras de los ordenamientos jurídicos nacionales, se ha ocupado de cuestiones fundamentales de la pena y la teoría del Derecho penal, con aportaciones imperecederas al respecto.

I. INTRODUCCIÓN AL PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

En el marco de la discusión sobre la institución de la pena, el concepto de “retribución” emerge en distintos lugares. Por un lado, la pena se define como una retribución por el actuar precedente que ha realizado el castigado y que resulta desaprobado por el castigador. Así, por ejemplo y en forma sucinta, el Tribunal Federal Constitucional Alemán (en adelante, BVerfGE) plantea que, “por su propia naturaleza, toda pena criminal es una retribución mediante la aplicación de un dolor penal” (22, 125, 132). Por otro lado, también se habla de retribución en el contexto del debate sobre el sentido y la finalidad de la pena, en el que el contenido de las llamadas “teorías de la retribución” queda circunscripto a lo siguiente: el sentido y la finalidad de la pena se derivan de que esta debe compensar la culpabilidad fundamentada por el delito1 o de que –en forma más breve– la pena debe ser aplicada “porque se ha cometido el delito”2. Si se asume que estas dos afirmaciones son correctas, entonces nos encontramos con que la retribución, por un lado, es un elemento necesario del concepto de pena y, por otro, con que también el sentido y la finalidad de la pena deberían deducirse de este elemento. Ahora bien, si fuera correcto que el sentido y la finalidad de la pena deben extraerse a partir de aquello que en sí mismo constituye un presupuesto necesario para que podamos hablar en realidad de pena, entonces el sentido y la finalidad de la pena residen, en última instancia, en el hecho de que la pena debe ser porque la pena es (Strafe sein soll, weil sie ist). Con ello habríamos alcanzado, en las reiteradamente citadas palabras de Maurach, la “Majestad desprendida de finalidad” de la pena retributiva3.

El hecho de que se pueda llegar a conclusiones tan “cuestionables” se debe, en mi opinión, a la tendencia generalizada de la ciencia del Derecho penal germanoparlante a tratar la cuestión (del sentido y finalidad de la pena) como un juego intelectual en el que se enfrentan varias “teorías”. El contenido de esas teorías no ha sido aclarado de manera concluyente y4, sin embargo, se les acepta como piezas de un juego en el que, en gran medida, “solo” se trata de fundamentar cuál es la teoría que debe seguirse y por qué; o de mostrar, en su caso, cómo deben combinarse las diferentes aproximaciones en una teoría nueva y unificadora. De este modo, se podría obtener aquella teoría que se clasificara como “correcta”, en la que una gráfica exposición del significado de las teorías individuales, a lo largo del tiempo, daría como resultado varias líneas onduladas entrecruzadas. En relación con la teoría de la retribución, mientras en los años setenta surgió la impresión de que se había producido la despedida reclamada por Ulrich Klug5, en las últimas décadas ha llegado un renacimiento del pensamiento retributivo6, dando lugar a una variedad de enfoques que se asientan en la “sabiduría de la teoría absoluta de la pena”7, la cual vuelve a ser reconocida incluso por sus detractores.

La discusión asentada en la dicotomía entre teorías absolutas y relativas de la pena, que lleva décadas –por no decir siglos– estancada, no inspira muchas esperanzas de llegar, por ese camino, a conclusiones que vayan más allá de lo que, de un modo u otro, ya ha sido dicho8. En lugar de eso, deberíamos volver a la distin ción entre el concepto de pena, por un lado, y la legitimidad de la pena estatal como institución, por otro9