Dejar de ser súbditos - Gerardo Pisarello - E-Book

Dejar de ser súbditos E-Book

Gerardo Pisarello

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¿Qué sentido tienen las monarquías hereditarias en el mundo contemporáneo? ¿A qué fines e intereses concretos ha servido la monarquía en España? Partiendo de una mirada histórica, contextualizada, Gerardo Pisarello analiza críticamente el devenir de las monarquías modernas y de manera concreta el de la dinastía borbónica hispana, desde Fernando VII al actual rey Felipe VI. Dejar de ser súbditos. El fin de la restauración borbónica es un ensayo penetrante, que muestra de forma convincente por qué la monarquía podría haber sellado su declive irreversible, posibilitando la apertura de nuevos horizontes republicanos.

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Seitenzahl: 552

Veröffentlichungsjahr: 2021

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Akal / PENSAMIENTO CRÍTICO

Gerardo Pisarello

Dejar de ser súbditos (2ª edición) El fin de la restauración borbónica

¿Qué sentido tienen las monarquías hereditarias en el mundo con­temporáneo? ¿A qué fines e intereses concretos ha servido la monarquía en España? Partiendo de una mirada histórica, con­textualizada, Gerardo Pisarello analiza críticamente el devenir de las monarquías modernas y de manera concreta el de la dinastía borbónica hispana, desde Fernando VII al actual rey Felipe VI. Dejar de ser súbditos. El fin de la restauración borbónica es un ensayo penetrante, que muestra de forma convincente por qué la monarquía podría haber sellado su declive irreversible, posibi­litando la apertura de nuevos horizontes republicanos.

Gerardo Pisarello es doctor en Derecho y profesor de Derecho Constitucional en la Universidad  de Barcelona. Entre 2015 y 2019 fue vicealcalde de la ciudad de Barcelona. Actualmente es diputado y secretario primero de la Mesa del Congreso en Madrid por el Grupo Confederal de Unidas Podemos- En Comú Podem-Galicia En Común. Entre sus publicaciones recientes cabe destacar Un Largo Termidor. La ofensiva del constitucionalismo antidemocrático (2011) y Procesos constituyentes. Caminos para la ruptura democrática (2014).

Motivo de cubierta: Antonio Huelva Guerrero Instagram: @sr.pomodoro

Diseño interior y cubierta: RAG

Reservados todos los derechos. De acuerdo a lo dispuesto en el art. 270 del Código Penal, podrán ser castigados con penas de multa y privación de libertad quienes sin la preceptiva autorización reproduzcan, plagien, distribuyan o comuniquen públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, fijada en cualquier tipo de soporte.

Nota a la edición digital:

Es posible que, por la propia naturaleza de la red, algunos de los vínculos a páginas web contenidos en el libro ya no sean accesibles en el momento de su consulta. No obstante, se mantienen las referencias por fidelidad a la edición original.

© Gerardo Pisarello, 2023

© Ediciones Akal, S. A., 2023

para lengua española

Sector Foresta, 1

28760 Tres Cantos

Madrid - España

Tel.: 918 061 996

Fax: 918 044 028

www.akal.com

ISBN: 9788446050872

Índice de contenido
PRÓLOGO La restauración permanente
PREFACIO
CAPÍTULO I Sobre la tensión entre monarquía y democracia
LA ILEGITIMIDAD CONGÉNITA DE LAS MONARQUÍAS HEREDITARIAS
LOS PROBLEMAS SINGULARES DE LA MONARQUÍA HISPANA
1978: UNA «MONARQUÍA PARLAMENTARIA» EQUÍVOCA
CAPÍTULO II Los lastres coloniales y absolutistas de una monarquía imperial
EL RETO DE REPUBLICANIZAR UNA MONARQUÍA IMPERIAL
LOS ATROPELLOS COLONIALISTAS DE LA CORONA Y SUS CRÍTICOS
CAPÍTULO III La monarquía británica, una parlamentarización a la fuerza
DOS REVOLUCIONES CONTRA LA TENTACIÓN ABSOLUTISTA
LA CONFLICTIVA CONSOLIDACIÓN DE UNA MONARQUÍA PARLAMENTARIA
LA PERSISTENCIA DE LAS CRÍTICAS REPUBLICANAS
¿Y DESPUÉS DE ISABEL II QUÉ?
CAPÍTULO IV La Revolución francesa: «No se puede reinar inocentemente»
UNA MONARQUÍA CORROMPIDA E IRREFORMABLE
EL PROCESO CONTRA LUIS XVI Y LAS RESTAURACIONES FALLIDAS
EL REPUBLICANISMO MÁS ALLÁ DEL «PRESIDENCIALISMO CORONADO»
CAPÍTULO V Fernando VII o la deslealtad constitucional permanente
CÁDIZ, UN LIBERALISMO CON RESONANCIAS REPUBLICANAS
LA RESTAURACIÓN FERNANDINA Y EL TRIENIO LIBERAL
DE «DESEADO» A «REY FELÓN Y CANALLA»
CAPÍTULO VI
La imposibilidad de una monarquía parlamentaria isabelina
LAS DISPUTAS POR INFLUIR EN UNA REINA JOVEN
UNA MONARQUÍA EXCLUYENTE, SECUESTRADA POR LOS CONSERVADORES
CAPÍTULO VII 1868: una revolución contra los borbones
«LA DE LOS TRISTES DESTINOS»: CORRUPCIÓN Y EXILIO DE ISABEL II
AMADEO DE SABOYA Y EL EXPERIMENTO DE UNA MONARQUÍA ELECTIVA
LA PRIMERA REPÚBLICA: UN ATISBO DE ESPERANZA
CAPÍTULO VIII Alfonso XIII: la monarquía al servicio de la dictadura
CÁNOVAS, MUÑIDOR DE LA RESTAURACIÓN BORBÓNICA
MARÍA CRISTINA DE HABSBURGO, REGENTE DEL «TURNISMO»
UN BORBÓN CON VELEIDADES NEOCOLONIALES Y FASCISTAS
LA LLEGADA DE LA SEGUNDA REPÚBLICA Y EL EXILIO DEL REY
CAPÍTULO IX Franco, el juancarlismo y el abuso de la inmunidad constitucional
EL LARGO TERROR FRANQUISTA Y LA TARDÍA REINSTAURACIÓN BORBÓNICA
LA ADAPTACIÓN CONSTITUCIONAL DE LA CORONA COMO VÍA DE SUPERVIVENCIA
EL 23-F, CLAVE HABILITANTE DE UNA MONARQUÍA DISOLUTA
EL CRACK DE 2008 Y EL PRINCIPIO DEL FIN DEL JUANCARLISMO
CAPÍTULO X La decadencia de una dinastía y los desafíos republicanos
UNA ABDICACIÓN EXPRÉS CON DESDÉN DE LAS CORTES
¿PARA QUÉ SIRVE LA MONARQUÍA?
EL TERREMOTO DEFINITIVO: LA CASA REAL CONTRA JUAN CARLOS I
LAS ALTERNATIVAS A UN OCASO IRREFRENABLE
EPÍLOGO La herencia de la carne
BIBLIOGRAFÍA

PRÓLOGO La restauración permanente

Javier Pérez Royo

El «hecho diferencial» de la historia constitucional de España respecto a la de los demás países europeos, especialmente respecto a la de los países de Europa Occidental, reside en la tortuosa relación de la sociedad española con la casa de Borbón. No hay ningún otro país europeo que haya tenido una relación con la dinastía que ocupaba la corona en el momento de tránsito del Antiguo Régimen al Estado constitucional que se asemeje a la que ha tenido España con la dinastía borbónica. Relación singular que se extiende, además, desde que se inicia la construcción del Estado constitucional a principios del siglo xix hasta el día de hoy.

La restauración recurrente de la dinastía borbónica en todos los ciclos de nuestra historia constitucional es lo que la singulariza respecto a la de todos los demás países europeos sin excepción. La restauración no es una experiencia exclusivamente española. Las otras dos grandes monarquías que compitieron con la española por la hegemonía en el continente europeo durante la Edad Moderna, las de Inglaterra y Francia, también pasaron por esa experiencia. La restauración de la casa de los estuardos fue la primera restauración en la historia constitucional europea en el siglo xvii. La restauración de la casa de Borbón en Francia en el primer tercio del siglo xix fue la segunda.

Ambas experiencias serían de corta duración. El miembro de la dinastía de los estuardos, Carlos II, que, tras el Protectorado de Cromwell, volvería a ocupar el trono en 1660 y su hijo, Jacobo II, se inhabilitarían con su conducta para ocupar la jefatura del Estado en apenas tres décadas. En 1688, a través de la Glorious Revolution, se puso fin a la experiencia restauradora. En Francia ocurriría algo parecido con la restauración de la casa de Borbón en 1814. Luis XVIII y Carlos X también se inhabilitarían con su conducta para ocupar la jefatura del Estado y en 1830 se puso fin a la restauración. Ni la dinastía de los estuardos en Inglaterra ni la de los borbones en Francia fueron capaces de encontrar su sitio en el Estado constitucional. La transición del Antiguo Régimen al Estado constitucional se las llevó por delante. No volverían a jugar ningún papel digno de mención en la historia constitucional de ninguno de los dos países.

En España, por el contrario, la experiencia ha sido completamente distinta. La historia constitucional de España empieza en Bayona el 5 de mayo de 1808, fecha del «Tratado entre Carlos IV y Fernando VII de cesión de la Corona de España», tratado definido en el Preámbulo del mismo como un «convenio privado» entre el rey de España y de los españoles y Napoleón, emperador de los franceses. Tres días más tarde, el 8 de mayo, dicho tratado sería calificado en el «Real Decreto de Carlos IV comunicando la cesión de la Corona de España a Napoleón» como «el último acto de mi soberanía». En el mes de mayo, en Bayona, tiene lugar el último acto del Antiguo Régimen en España. Carlos IV y Fernando VII transmiten la corona de España como si de una propiedad privada se tratara al emperador de los franceses, Napoleón. Con la reacción que se producirá en la sociedad española ante este acto de «cesión de la Corona» mediante un «convenio privado», empieza la historia constitucional de España. Podría no haber empezado de haber tenido éxito el proyecto de Napoleón y de haberse afirmado su hermano José como Rey de España. Pero dicho proyecto, que tendría su expresión normativa en el Estatuto de Bayona, no llegaría a imponerse por completo en todo el territorio del Estado en ningún momento y fracasaría en un plazo muy breve. Se trataba, en todo caso, de un proyecto no constitucional, ya que en el mismo estaba ausente el principio de legitimidad propio del Estado constitucional, el principio de soberanía nacional. Ni por su origen ni por su contenido el Estatuto de Bayona puede ser calificado de Constitución.

El Estatuto de Bayona forma parte de la historia política, pero no de la historia constitucional de España. Sin que haga acto de presencia el «principio de legitimidad» propio del Estado constitucional, no se puede hablar de historia constitucional. A partir del momento en que hace acto de presencia dicho principio, todo es historia constitucional. Incluso cuando la finalidad que se persigue es la de intentar impedir que el Estado constitucional acabe abriéndose camino.

Es lo que ocurrirá en Cádiz. Con la aprobación de la Constitución de 1812, en cuyo artículo 3 se proclama que «la soberanía reside esencialmente en la Nación», empieza realmente la historia constitucional de España. Y con dicha Constitución se produce la «Primera Restauración» de la casa de Borbón en la corona de España. Mientras que en Inglaterra y Francia el principio de legitimidad propio del Estado constitucional, calificado como «soberanía parlamentaria» en la primera y como «soberanía nacional» en la segunda, fue el instrumento para poner fin a la dinastía que ocupaba el trono, en España va a servir para todo lo contrario. El principio de «soberanía nacional» permitiría anular el «convenio privado» mediante el que se había transmitido la corona de España a Napoleón y «restaurar a Fernando VII» como rey de España. La dinastía del Antiguo Régimen se veía confirmada por la España constitucional. La forma en que Fernando VII interpretó dicha restauración es conocida. Intentó borrar de la historia de España la experiencia constitucional que había hecho posible que pudiera volver a ocupar el trono. Con su primer decreto expedido en Valencia el 4 de mayo de 1814 derogó la Constitución de 1812 y todos los decretos aprobados por las cortes de Cádiz, declarándolos «nulos y de ningún valor ni efecto, ahora ni en tiempo alguno, como si no hubiesen pasado jamás tales actos, y se quitasen de en medio del tiempo».

Esta primera restauración prolongó la agonía del Antiguo Régimen hasta la muerte del monarca restaurado. Pero no pudo impedir que el impulso constitucional que habían puesto en circulación las cortes de Cádiz acabara abriéndose camino. Tras la muerte de Fernando VII sin descendiente varón y en una situación cuasi anárquica se pondría en marcha la operación de la segunda restauración en la persona de Isabel II. Si los «liberales» del 12 traerían a Fernando VII, los «progresistas» de la Constitución de 1837, con la proclamación de nuevo del principio de «soberanía nacional», harían posible que Isabel II pudiera ser proclamada reina de España en 1843. Su reacción contra los «progresistas» inmediatamente después de ocupar el trono fue similar a la reacción de su padre en 1814 contra los «liberales». El «incidente Olózaga» fue en cierta medida el equivalente al «Manifiesto de los Persas». La corona se ponía al servicio de la reacción «servil» en 1814 o «moderada» en 1845 frente al constitucionalismo «liberal» del 12 o «progresista» del 37. Con ambas restauraciones se intentó detener primero y devaluar después la construcción de un Estado constitucional propiamente dicho.

La revolución de 1868 pondría fin a la segunda restauración. La dinastía borbónica era expulsada del trono. Se ensayaría a continuación una recuperación de la monarquía con una dinastía extranjera, la dinastía de los Saboya. La operación fracasaría en muy poco tiempo, dándose paso a la primera experiencia republicana, que también fracasaría antes siquiera de llegar a la aprobación de la Constitución Federal.

Con el fin de la Primera República se iniciaría «La Restauración», que, aunque materialmente es la tercera, formalmente es la única reconocida como tal en los manuales de historia de España. Cuando en España se habla de Restauración se piensa exclusivamente en la Constitución de 1876, en la operación liderada por Cánovas para restaurar al heredero de la casa de Borbón, Alfonso XII. Tal operación pareció consolidarse en las últimas décadas del siglo xix, pero entraría en un proceso de descomposición en el reinado de Alfonso XIII, en buena medida por su propia conducta.

La Restauración canovista desembocaría en una dictadura militar en 1923 propiciada por el propio rey, que acabaría suponiendo el fin de la experiencia restauradora. Tras la Segunda República, la Guerra Civil y el régimen del general Franco, se iniciaría la «cuarta restauración» de la casa de Borbón en la persona de D. Juan Carlos I, «legítimo heredero de la dinastía histórica» (art. 57 de la Constitución de 1978). Esta «cuarta restauración» también pareció consolidarse en las décadas finales del siglo xx, como ocurrió con la Restauración canovista en las décadas finales del siglo xix. Pero ha entrado en un proceso de descomposición en las primeras décadas del siglo xxi en buena medida por la propia conducta del monarca restaurado. Ha sido D. Juan Carlos I de Borbón quien se ha inhabilitado con su conducta para ser rey de España, viéndose obligado a abdicar en su hijo Felipe VI.

La restauración dinástica fue un episodio breve de la historia constitucional de Inglaterra y Francia. La restauración dinástica ha sido la forma de expresión de la monarquía constitucional en la historia de España. La restauración supone siempre un «retroceso» y está condenada al fracaso. Fracasó Fernando VII. Fracasó Isabel II. Fracasó Alfonso XIII. Ha fracasado D. Juan Carlos I. Pretender encontrar en el pasado la respuesta para los problemas del presente y el futuro no puede acabar nunca bien, entre otras razones porque un sistema restaurado carece de capacidad de renovación. Se queda estancado y se corrompe.

Esta es la razón por la que España es el único país europeo en que no se ha hecho uso nunca de la reforma de la Constitución. Y sin reforma de la Constitución no hay sistema político que pueda estabilizarse como sistema democrático. La reforma de la Constitución no es una opción para una sociedad democrática, sino una necesidad. Los estados democráticos lo son porque reforman su Constitución y reforman su Constitución porque son democráticos. Esta es una regla que no tiene excepción.

Esta trayectoria restauradora permanente es la que ilustra Gerardo Pisarello en este ensayo «provocador» en el mejor sentido del término. Felipe VI está intentando «revitalizar» la restauración heredada de su padre, excluyendo la reforma de la Constitución como instrumento para hacerlo. Ni siquiera parece posible la aprobación de la Ley Orgánica prevista en el artículo 57 de la Constitución. La sociedad española no va a tener más remedio que hacer frente a la crisis de la «cuarta restauración». Esto es precisamente lo que analiza el ensayo de Gerardo Pisarello en su importante contribución a un debate inexorable.

PREFACIO

El libro que los lectores tienen entre manos es una versión revisada y aumentada del que apareció en mayo de 2021. Se trata de un ensayo histórico, crítico, sobre la monarquía en general, y sobre la dinastía borbónica hispana en particular.

El origen más cercano de este libro son los escándalos de corrupción atribuidos a la casa de Borbón española en tiempos recientes. Su origen más profundo tiene que ver con una pregunta sobre el «fin» de las monarquías hereditarias en las sociedades actuales. Según el diccionario de la academia de la lengua castellana, el «fin» de algo puede tener dos significados diferentes: uno, el objetivo o el motivo que su existencia persigue; otro, su eventual decadencia o extinción. Las reflexiones que aquí se presentan pretenden indagar sobre ambas cuestiones. Por una parte, la función de la monarquía a lo largo de su historia. Por otra, su posible ocaso y desaparición en sociedades que se reconocen en el principio democrático.

El punto de partida del libro es la constatación de una tensión de fondo, lógica e histórica, entre monarquía y democracia. Esta tensión tiene dos implicaciones elementales: cuando el principio monárquico avanza, el democrático se resiente. Y a la inversa: cuando más espacio gana el principio democrático, el monárquico pierde peso o acaba desapareciendo.

Como se muestra en las páginas que siguen, a lo largo de la historia han existido diferentes tipos de monarquías. Monarquías absolutas, en las que los reyes ejercen un poder prácticamente sin cortapisas; monarquías constitucionales, en las que el monarca mantiene facultades ejecutivas relevantes, pero está sujeto a ciertos límites parlamentarios; y monarquías parlamentarias en las que el Parlamento, elegido por la ciudadanía, regula la actuación y las funciones del propio rey. Ninguna de estas diferencias es baladí, si bien todas las monarquías hereditarias suelen presentar rasgos comunes: la conservación de privilegios y de zonas de opacidad derivados de su legitimación no democrática.

Una vez establecidas estas premisas, el libro intenta examinar la forma concreta que el régimen monárquico ha ido asumiendo en la historia española. Para ello, comienza por analizar algunas implicaciones de la configuración de la monarquía hispánica como una monarquía absoluta, católica e imperial. Esto es, como una monarquía que no solo ejerce un poder con escasos límites al interior de sus dominios, sino que propugna un régimen de conquista y colonización con elevados niveles de violencia hacia el exterior. Esta configuración, naturalmente, viene condicionada y a la vez incide en un específico régimen de poder económico, militar, eclesiástico, del que la monarquía opera como argamasa o pegamento.

La segunda cuestión en la que el ensayo se detiene es cómo este régimen de poder que se construye en el siglo xv con la unión de las coronas de Castilla y Aragón va mutando en algunos de sus elementos básicos en los siglos subsiguientes. Primero con la casa de Austria y luego con la casa de Borbón, que a partir de 1714 da pie a una monarquía centralizadora y uniformista, algunos de cuyos rasgos siguen incidiendo en el presente.

Uno de los objetivos principales del libro es mostrar las persistentes resistencias de la dinastía borbónica española a someterse a límites constitucionales similares a los existentes en otras monarquías europeas. Para explicar este hecho se incide en dos hechos clave. Por un lado, la práctica ausencia en España, con la excepción quizás de la llamada «Revolución Gloriosa» de 1868, de revoluciones o movilizaciones capaces de disciplinar a la monarquía en términos parlamentarios o democráticos. Por otro, la vinculación directa de la dinastía borbónica más reciente con la dictadura de Francisco Franco, que fue quien decidió su «reinstauración» en la figura de Juan Carlos de Borbón y su descendencia.

Este ligamen no disuelto entre la dictadura franquista y los dos últimos representantes de la dinastía borbónica constituye uno de sus elementos más singulares en relación con cualquier otra monarquía del continente. Asimismo, ayuda a entender por qué las acusaciones de corrupción y otros delitos que se han realizado contra Juan Carlos I están generando una crisis de régimen que está alterando profundamente el mapa político actual.

Una de las convicciones básicas que atraviesa el libro es que las monarquías hereditarias, entendidas como un régimen en el que alguien puede ser jefe de Estado solo por ser hijo de alguien son cada vez más anacrónicas y se encuentran condenadas al declive. Sobre todo, en sociedades que reconocen el principio democrático y el de igualdad ante la ley como aspectos básicos de su ordenamiento constitucional. La irreversibilidad de la república en países como Francia, Alemania, Portugal o Italia es una prueba de ello. La pérdida de apoyo de la corona incluso en monarquías parlamentarias aparentemente consolidadas, como la británica, tras la muerte de Isabel II, también.

En el caso de la monarquía española, el descenso de popularidad no es algo nuevo. Se remonta a inicios de este siglo, cuando comenzaron a airarse diferentes escándalos vinculados a Juan Carlos de Borbón y a la familia real. Y ha recibido un aldabonazo decisivo tras el comunicado emitido por la propia casa real el 15 de marzo de 2020, en el que se reconoce la posible comisión de actos ilícitos por parte de Juan Carlos de Borbón.

Esta situación, inédita desde la transición, ha puesto en marcha diversas operaciones de reducción de daños que minimicen el impacto de las acusaciones sobre Juan Carlos de Borbón o, en su defecto, que establezcan un cortafuegos entre este y Felipe VI. Con ese propósito, ha habido quienes han defendido la necesidad de poner en marcha reformas que impidan, de cara al futuro, que las actuaciones atribuidas al rey emérito puedan ser cometidas por algunos de sus descendientes. Este tipo de medidas perseguirían una cierta «republicanización» de la monarquía, sometiéndola a mayores cotas de transparencia y a controles que la conviertan en una monarquía real y no nominalmente parlamentaria. La otra vía que se ha puesto sobre la mesa es evitar, directamente, que Juan Carlos de Borbón responda en sede parlamentaria o sea enjuiciado y condenado por sus actuaciones. En este caso, un cierto grado de impunidad actuaría como antídoto contra el efecto contagio y lanzaría un mensaje tranquilizador a las fuerzas políticas y económicas en las que la monarquía ha encontrado su sustento tradicional.

De estas dos alternativas, la que más recorrido ha tenido ha sido sin dudas la segunda. Desde el comunicado de la casa real de 2020, se han realizado intentos denodados para evitar, por todas las vías, que Juan Carlos de Borbón informe y rinda cuentas ante el Parlamento o ante los tribunales por las actuaciones ilícitas que se le atribuyen. En cambio, todos los anuncios de reforma de la institución en términos de transparencia y de sometimiento a mayores controles han quedado en aguas de borrajas, cuando no en algunos fútiles retoques cosméticos.

Las reticencias a que la monarquía sea investigada o reformada no han conseguido, en cualquier caso, cerrar la crisis de la institución abierta desde la abdicación de Juan Carlos I. Por el contrario, en los últimos tiempos, han ido apareciendo monografías, artículos periodísticos, series documentales, que arrojan nuevas sombras sobre un reinado que hasta hace años parecía intocable. Igualmente, la falta de actuación de los tribunales españoles no ha evitado que otras jurisdicciones, como la británica, investiguen al rey emérito por difamación y acoso a su antigua amiga y socia, Corinna Larsen, con participación incluso de servicios del Centro Nacional de Inteligencia.

Todo ello dibuja un panorama de cuestionamiento de la institución que podría dar lugar a diferentes escenarios. Uno, siempre latente, sería la irrupción de una alternativa políticamente autoritaria, avalada por la monarquía, que permita a esta última eludir sus responsabilidades o su modernización. Un escenario de estas características es el que tuvo lugar cuando, como salida a la larga crisis de la Restauración borbónica de 1875, se instauró una dictadura, la de Primo de Rivera, con el aval de Alfonso XIII. Otra alternativa sería que la actual crisis de la restauración borbónica diera paso a un nuevo impulso democratizador y republicano. Este impulso republicano podría reflejarse en algún tipo de protesta ciudadana contra las actuaciones de la corona, como las que se produjeron en 1854, antes del llamado «bienio progresista», o durante el denominado «Sexenio revolucionario», entre 1868 y 1874. También podrían conducir a algún acuerdo político, como el que en 1930 dio lugar al Pacto de San Sebastián, o a alguna manifestación oblicua del poder constituyente como podrían ser unas elecciones municipales o generales.

Naturalmente, que la crisis de la monarquía se agudice o se cierre abruptamente depende en buena medida, como en el pasado, de lo que ocurra con el movimiento republicano peninsular. Hoy, este movimiento, en toda su pluralidad, defiende objetivos que van más allá de la oposición a la monarquía, pero que incluyen, desde luego, el cuestionamiento de este símbolo arcaico de privilegio y de dominación.

Además de dar cuenta del papel desempeñado por la monarquía en el apuntalamiento de un bloque de poder oligárquico muy específico, hay en el libro un esfuerzo deliberado por dar cuenta, precisamente, de estas tradiciones republicanas tal como se expresaron en la península. Esta mirada republicana no es una mirada neutral. De hecho, aparece estrechamente ligada a múltiples experiencias de gente corriente, del común, que, como reacción a una idea de España autoritaria y excluyente, se organizó y se movilizó para preservar su vida, pero también para resistir al despotismo junto a sus congéneres. Es la experiencia de quienes, atenidos al programa moral de Cervantes, procuraron no verse «movidos por promesas», ni «desmoronados por dádivas», ni «inclinados por la sumisión». Es la experiencia «viva y noble» de la que hablaban Benito Pérez Galdós y el poeta Luis Cernuda, encarnada en los anhelos y desdichas no de los poderosos sino de la sencilla gente del común. Y son las tradiciones plurales, con diferentes tonos y lenguas, que evocaron Federica Montseny, Rosalía de Castro, Ramón Valle-Inclán, Gabriel Aresti, Federico García Lorca o Salvador Espriu.

Como ocurre con ciertas ideas y principios que nos acompañan a lo largo de la vida, detrás del republicanismo que late en estas páginas hay inocultables señas biográficas. Una de ellas, ser nieto de republicanos andaluces que, en el norte argentino, lejos de su Granada natal, llevaban con orgullo el carnet de la República en el exilio firmado en México por José Giral. Otra, sin dudas decisiva, ser hijo de una maestra rural comprometida y de un abogado modesto, asesinado por haber defendido los derechos de estudiantes, sindicalistas y trabajadores durante una de las dictaduras más feroces de la América del Sur. También ha influido a la hora de escribir estas páginas el hecho de ser padre de dos jóvenes republicanos catalanes empeñados, como tantos de su generación, en seguir abriendo, con dudas, pero con tenacidad, nuevos caminos de igual libertad y de fraternidad a la altura del siglo que les ha tocado vivir.

El republicanismo que se describe y se defiende aquí debe mucho al contacto con personas, a veces anónimas y a veces cercanas, vinculadas a esta tradición y que han dejado una huella especial por su honradez intelectual, su vocación de servicio, su coraje y su capacidad de indignación ante el abuso y la impostura. En mi caso, entre quienes encarnan esos principios y valores republicanos señalando fines de vida, sería obligado nombrar a Antoni Domènech, Xosé Manuel Beiras, Estela de Carlotto, Norita Cortiñas, Julio Anguita, Jaime Pastor, María Salvo, Luigi Ferrajoli, Antonio Baylos o Arcadi Oliveres.

Hijo del tronco común del radicalismo liberal de la primera mitad del siglo xix, el avance del republicanismo estuvo casi siempre ligado a los grandes procesos de democratización peninsulares. No obstante, también fue hijo de la imperfección y de los errores de su tiempo. No faltaron modalidades republicanas concretas que se mostraron autoritarias o sectarias en los medios utilizados para combatir la reacción. Del mismo modo, ni siquiera las formas más progresistas que el republicanismo adoptó históricamente consiguieron escapar del todo a los atavismos de su época. El machismo, la homofobia, el no reconocimiento de las sexualidades disidentes han sido algunos de los más odiosos. Desde esa perspectiva, quisiera admitir una doble deuda biográfica que ha influido de manera decisiva en el punto de vista adoptado en estas páginas. Primero, la de haber sido educado y reeducado en un entorno de mujeres fuertes y valientes que tuvieron que plantar cara a una dictadura criminal como la Argentina y que en muchas de sus ideas y prácticas se avanzaron a su tiempo. Segundo, la de haber tenido el honor, entre de 2015 y 2019, de formar parte, como primer teniente de alcaldía del ayuntamiento de Barcelona, de un proyecto de nítidas convicciones republicanas y feministas. Estoy convencido de que las páginas que siguen no se podrían haber escrito sin lo aprendido junto a compañeras admirables que formaron parte de aquella experiencia: desde Ada Colau, primera alcaldesa mujer, republicana, de origen popular, de la ciudad de Barcelona, hasta muchas otras que pusieron el cuerpo y dieron ejemplar y cotidiano testimonio de republicanismo civil: Gemma Tarafa, Gala Pin, Janet Sanz, Agueda Bañón, Vanesa Valiño, Laia Ortiz, Laura Pérez, Mercedes Vidal, Cristina Mañas y tantas más.

Tras haber atravesado esa experiencia municipalista, nada me hubiera hecho imaginar que, años después, tendría la fortuna de continuarla como diputado y miembro de la Mesa del Congreso en Madrid, ciudad querida en la que viví durante mis años de estudiante de doctorado en la Universidad Complutense y con la que me he reencontrado casi veinte años más tarde, en tensos y muchas veces angustiantes tiempos de pandemia y de guerra. Allí he tenido la ocasión de constatar en directo la existencia de una férrea guardia cortesana encargada de proteger a la monarquía y a los intereses que esta resguarda. Pero también he tenido la fortuna de compartir camino con excelentes diputadas y diputados, tanto del grupo confederal de Unidas-Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, como de otras fuerzas republicanas, libres y sin miramientos a la hora de señalar que el rey va desnudo y no con ropas invisibles, como querrían algunos de sus súbditos. Junto a ellas y ellos, he acabado por asumirme como un republicano de raíces andaluzas, catalán por adopción, en la capital del reino. Y al mismo tiempo, como un heredero de los viejos diputados de ultramar de tiempos de Cádiz, orgullosamente ibero y latinoamericano, cuya modesta función es la de intentar que el republicanismo democrático, plurinacional, solidario, de libre adhesión que se está abriendo paso, sea también un republicanismo anticolonial y genuinamente internacionalista, cosmopolita, como lo fue para Bartolomé de Las Casas, para Francisco Pi y Margall y para tantas otras figuras de esta tradición.

Muchas de las reflexiones incorporadas en esta versión revisada y ampliada del libro se han beneficiado de monografías, documentales televisivos, y otros trabajos que han visto la luz en estos últimos meses. También son el resultado de los intercambios y debates mantenidos en decenas de presentaciones realizadas en bibliotecas, ateneos republicanos centros cívicos, plazas, librerías y universidades de todo el Estado, con públicos que siempre aportaron observaciones estimulantes. Todo ello me ha permitido aclarar imprecisiones, reforzar algunos puntos y profundizar las líneas argumentativas que más polémica han generado. Concretamente, entre la primera edición y la que las lectoras y lectores tienen ahora en sus manos, se muestra con más detenimiento el impacto del colonialismo en la configuración de una monarquía imperial católica que dejará huellas en el futuro. Asimismo, se han actualizado datos y argumentos ligados tanto a la crisis del reinado de Juan Carlos I como al de su hijo Felipe VI.

En medio del trasiego parlamentario, he tenido la ocasión de discutir aspectos del libro con compañeros a los que quiero y respeto, como Jon Iñarritu, Rafa Mayoral o Javier Sánchez Serna. No querría cerrar este prefacio sin expresar mi especial gratitud a Javier Pérez Royo y a Olga Rodríguez por el prólogo y el epílogo que acompañan el trabajo. También a Tomás Rodríguez, cuyo apoyo y paciencia como editor han sido inconmensurables, y a cuatro republicanos entrañables, por convicción y por su forma de estar en el mundo, sin los cuales estas páginas no hubieran salido adelante: Rosa Mateu, Erik Guerrero, Andrea Conte y Bertran Cazorla. A ellos, a La Ardilla –siempre–, y a la joven generación que no se inclinará ante reyes, ni ante dioses, ni tribunos, va especialmente dedicado este alegato.

CAPÍTULO I Sobre la tensión entre monarquía y democracia

«Un rey tiene súbditos. Esto es así. Un rey no tiene votantes,

no tiene “representados”, por lo tanto, no es representante.

Un rey no tiene conciudadanos. Un rey tiene vasallos».

Cristina Fallarás

«La monarquía es anacrónicamente excepcional, pero se

mantiene porque su excepcionalidad es clave de bóveda de un

sistema de poder».

José Antonio Pérez Tapias

«Ahí queda eso. La élite económica y financiera con la monarquía,

la monarquía con la élite económica y financiera».

Olga Rodríguez

La oposición entre monarquía y democracia no es algo nuevo. Se remonta a los inicios del pensamiento político y a las primeras reflexiones sobre las mejores formas de organizar una sociedad. En el siglo v antes de nuestra era, el historiador Heródoto imaginó un diálogo entre tres personajes –Darío, Ótanes y Megabizo– sobre cuál sería la forma de gobierno más conveniente en Persia tras la muerte de Cambises. En esa discusión cada uno de ellos se muestra partidario de una forma de gobierno diferente. Darío es el vocero de la monarquía, es decir, de la política persa. Megabizo es el representante de la oligarquía, la forma de gobierno espartana. Ótanes es el portavoz de la democracia, es decir, de la política ateniense.

Darío atribuye a la monarquía lo que se considerará su virtud a lo largo de los tiempos: poder garantizar la estabilidad y la unidad más allá de los partidos. A diferencia de la democracia, a la que considera proclive al libertinaje y al caos, la monarquía se beneficiaría del secretismo y del silencio, lo cual la haría más duradera. En eso, en realidad, la monarquía sería superior tanto a la democracia como a los regímenes oligárquicos, siempre acechados por los enfrentamientos entre pequeñas facciones.

Ótanes discrepa de esta lectura de las cosas. Para él, el punto débil de la monarquía es precisamente la concentración del poder en un monarca que se considera irresponsable por sus actos y que no tiene que rendir cuentas a nadie. Esto, lejos de otorgar estabilidad, sería en opinión de Ótanes una fuente constante de conflictos, ya que un monarca sin controles puede incurrir fácilmente en soberbia y desmesura (la hybris griega). Todos estos problemas serían menores en la democracia. El sometimiento de los asuntos comunes a la deliberación pública, el hecho de que las magistraturas se ejerzan por sorteo, la obligación de que los gobernantes rindan cuentas por sus actos, ya serían, para Ótanes, antídotos eficaces contra la arrogancia o a la altivez implícitos en el gobierno de uno.

LA ILEGITIMIDAD CONGÉNITA DE LAS MONARQUÍAS HEREDITARIAS

Podría decirse que en estos textos clásicos quedan fijados ya los principales argumentos a favor de una y otra forma de gobierno. Según Aristóteles (384-322 antes de nuestra era), una buena vida exige como principio básico disponer de libertad y no verse constreñido por ningún tipo de despotismo. Para ello es fundamental «no ser gobernado, si es posible por nadie, y si no, por turno»[1]. Desde esta perspectiva, las monarquías hereditarias, en principio unitarias y vitalicias, tendrían más posibilidades de generar excesos e incluso de derivar en despotismo.

Es verdad que el hecho de que en la Antigüedad hubiera monarquías electivas, o que algunos monarcas, en las luchas plebeyas del Antiguo Régimen, se aliaran con el pueblo para enfrentar a la nobleza o a ciertas oligarquías, ha dado pábulo a la idea del «buen rey». No obstante, estas situaciones no solían ser duraderas en el tiempo. Desde que las monarquías asumieron el principio hereditario, carácter vitalicio, y la concesión a los reyes de privilegios y zonas de inmunidad, su papel estaría casi siempre reñido con el ensanchamiento de la democracia o con la defensa de los derechos de las mayorías sociales[2].

Para salvar esta dificultad, muchas monarquías intentaron compensar su falta de legitimidad democrática a través de la dominación ideológica. El mito de la legitimidad divina de los reyes cumplió con eficacia esa función. El historiador francés Marc Bloch (1886-1944)[3] estudió bien el ejemplo de los reyes taumaturgos, a los que se atribuían prodigios de todo tipo. Estos reyes procedían de un entorno político-cultural en el que la monarquía no era solo un sistema de dominio terrenal, sino un reflejo del reino de Dios y un espejo ideal de la identidad humana. En muchas concepciones cristianas de la autoridad política, la mediación del monarca entre sus súbditos y Dios era un elemento esencial de su legitimación.

Esta idea de que los reyes son a la vez seres humanos y encarnación de Dios serviría para contener las rebeliones en su contra y para justificar la impunidad de muchos de sus actos. El historiador alemán Ernst Kantorowicz (1895-1963), un nacionalista extremo, furiosamente antibolchevique, y al mismo tiempo perseguido por Adolf Hitler por su condición judía, trató la cuestión en un libro que se tornaría en clásico: Los dos cuerpos del Rey (The King’s Two Bodies)[4]. Allí, el rey aparecía como una figura con dos cuerpos. Uno inmortal, incorruptible, que simboliza la majestad de la institución, el derecho a gobernar. Otro mortal, perecedero, que sufría y se equivocaba como el del resto de los mortales y que estaba destinado a los gusanos.

Esta idea de los dos cuerpos era políticamente muy fecunda. Por un lado, porque permitía que a la muerte del monarca nadie cuestionara la continuidad de la monarquía (de ahí el célebre «El rey ha muerto. ¡Viva el rey!»). Por otro, porque permitía diferenciar los actos públicos en los que el rey era una suerte de Dios inviolable que no podía ser cuestionado, de sus actos como persona privada, en los que, en cambio, podía errar, corromperse incluso, debiendo responder por ello, abdicando o renunciando al trono para poder ser juzgado como un simple mortal.

Cuando las monarquías absolutas entraron en crisis y fueron cuestionadas por revueltas y revoluciones, los argumentos teológicos de apoyo a la monarquía comenzaron a desvanecerse. La institución, que poco antes aparecía rodeada de majestad sobrenatural, se revelaba de pronto, a la luz pública, como un instrumento corrompido por el boato, por el lujo desmesurado y por un estilo de vista elitista, totalmente ajeno a las necesidades populares. Quizás por eso, un monárquico moderado como Walter Bagehot (1826-1877) todavía hacía, en pleno siglo xix, un elogio de la opacidad de la institución: «el poder regio tiene, en cierta manera, que quedar velado, como una prerrogativa secreta, porque la monarquía contiene un elemento emocional y mágico, y el misterio de la magia no puede realizarse a la luz del día».

Durante las grandes revoluciones modernas, como la francesa, o la norteamericana, la monarquía fue objeto de cuestionamientos acerados por parte de la creciente tradición republicana. El activista y revolucionario británico Thomas Paine (1737-1809) sostenía que todas las monarquías tenían un origen criminal, «algún tipo de robo que se justifica en nombre del derecho de conquista y que luego se blanquea, de forma hereditaria, con el paso de las generaciones»[5].

Para Paine, la monarquía no podía garantizar la estabilidad porque era un régimen intrínsecamente elitista, oligárquico, que se fundamentaba de manera ineluctable en algún tipo de despotismo sobre las clases populares. Esto ocurría, entre otras razones, porque la monarquía obligaba a quienes le daban apoyo –la oligarquía cortesana– a corromperse y a falsear la historia para ocultar los crímenes que habían permitido a los reyes acumular privilegios y levantar grandes fortunas.

Además de ser una institución no sujeta a responsabilidad ni a rendición de cuentas –insistía Paine– la monarquía suponía otorgar poder a un individuo solo por ser hijo de alguien. Con ello, se privaba al pueblo del derecho democrático y soberano a elegir la jefatura de Estado entre personas cualificadas para desempeñar el cargo. «Para ser un trabajador o un artesano –sostenía Paine– hace falta algún tipo de habilidad o destreza. Para ser rey lo único que se requiere es haber nacido. Todavía hoy nos divertimos con la historia de Montaigne sobre aquel perro llamado Barkouf al que un rey asiático nombró gobernador de una provincia. También nos burlamos de la locura de aquellos egipcios que colocaron un guijarro sobre un pedestal y lo consideraron su monarca. Pero digamos las cosas como son: un perro o un guijarro causarían menos daño a la gente que los adora que los reyes que cuentan con el consentimiento servil de sus súbditos».

Paine también señalaba que el propio entorno cortesano de los reyes los formaba en la falta de empatía y en un egoísmo desmesurado «Un monarca –dijo en un famoso discurso que pronunció siendo miembro de la Convención francesa en 1792– es alguien natural y preeminentemente egoísta […] separado del resto de la humanidad. Cuando le pidieron a Carlos II de Inglaterra que castigara al Duque de Lauderdale por su crueldad con los escoceses, su respuesta fue: “Quizás Lauderdale oprimió a los escoceses, pero lo hizo para apoyar mis intereses”. El famoso Luis XIV, encarnación por excelencia del monarca absoluto, solía repetir algo parecido: “si mi función fuera cumplir con la voluntad popular, obviamente no sería rey”»[6].

Un amigo de Paine, el activista republicano británico William Godwin (1756-1836), vio en el entorno cortesano y en el aislamiento de los reyes no solo un elemento para criticarlos sino incluso para compadecerse de ellos. Para Godwin, que fue una referencia en la tradición libertaria, anarquista, de su época, el carácter hereditario y vitalicio de la monarquía acababa siendo un suplicio para sus propios integrantes. Bastaba echar un vistazo a la historia de las familias reales de su tiempo para ver que las niñas y niños que crecían en ellas, futuros monarcas o frustrados pretendientes a serlo, acababan afectados por patologías o daños psicológicos de todo tipo. Además, eran entrenados, desde muy pequeños, en una forma de vida elitista, artificial y completamente alejada de la realidad, que les impedía defender lo público, lo común, cuando no desarrollar sentimientos de empatía con el resto de miembros de la sociedad. Esta formación, que el propio estilo de vida monárquico les exigía, los abocaba a un estado de ánimo en el que, como sostiene Apemanto en el Timón de Atenas de Shakespeare, «la más alta jerarquía sin contento es más desgraciada que la más baja jerarquía con contento»[7].

Del mismo parecer que Godwin fue su compañera, la activista y escritora Mary Wollstonecraft (1759-1797) conocida por su Vindicación de los derechos de la mujer, de 1792, y por ser la madre de Mary Shelley (1797-1851), autora de Frankenstein y esposa del poeta romántico Percy Bysshe Shelley (1792-1822). Wollstonecraft ya denunciaba que había reyes que simulaban ser campechanos y populares a modo de divertimento y como una forma de distraer el escrutinio sobre sus privilegios y su forma de vida dispendiosa. Esto era común en Versalles de María Antonieta de Austria (1755-1793) y Luis XVI (1754-1793): los reyes podían disfrazarse de campesinos o lavar los pies de niños de la calle antes de Pascua, pero lo hacían como si de un juego se tratara, ya que eran incapaces de identificarse con los intereses de la gente del común.

LOS PROBLEMAS SINGULARES DE LA MONARQUÍA HISPANA

Si estas consideraciones se trasladan a la monarquía hispánica, nacida en 1479 de la unión dinástica de la Corona de Castilla y la Corona de Aragón, adquieren una singularidad especial. La monarquía hispánica se configuró como una monarquía autoritaria asentada sobre el catolicismo como religión de Estado. Esto, sumado a la guerra de siglos que llevaba emprendida contra el islam, la llevó a cultivar una cierta obsesión por «la pureza de sangre» y a reprimir el pluralismo y la disidencia interna. A partir de 1492, muchos de estos elementos se prolongaron en un modelo de acumulación de riquezas basado en la conquista y el expolio de las poblaciones amerindias de ultramar.

En realidad, esta visión colonialista del mundo de la que participaría no solo España, sino también otros países como Francia, Holanda o Inglaterra, se había formado varios siglos antes de que estos cruzaran el Atlántico. Desde el siglo xi y a lo largo del siglo xiii, los europeos llevaron a cabo Cruzadas (literalmente, «llevar la cruz») para conquistar el norte de África y Oriente Medio. Esto tuvo como consecuencia una acumulación sin precedentes de riqueza en pocas manos. La religión desempeñó en ello un papel decisivo. Aunque fueron los papas, comenzando por Urbano II (1042-1099), los que llamaron a realizar la mayoría de estas empresas, los ejércitos de los cruzados se componían de mercenarios que ofrecían a sus soldados el derecho a saquear pueblos y ciudades musulmanas y a apropiarse de sus riquezas. Hacia finales del siglo xiii, el papado comenzó a autorizarlos también a aplastar a los enemigos «internos» que encontraran a su paso: paganos y campesinos que gestionaban la tierra en régimen comunal, y sobre todo mujeres (como las supuestas «brujas» y herejes)[8].

La monarquía hispánica de Isabel I de Castilla (1451-1504) y Fernando II de Aragón (1452-1516) se afianzó a través de una guerra de los territorios dominados por el islam que, a pesar de durar siete siglos, sería caracterizada como una guerra de «reconquista». Esta ofensiva, en el fondo «fratricida» contra los propios cohabitantes de la península, supuso una auténtica catástrofe social y cultural y estableció las justificaciones de lo que sería el colonialismo posterior en América.

La ferocidad y las arbitrariedades de esta empresa militar fueron denunciadas por algunos de los que participaron en ella. Así lo hicieron el militar, poeta y diplomático granadino Diego Hurtado de Mendoza (1503-1575) en su Guerra de Granada o el murciano Ginés Pérez de Hita (1544-1619), autor de una novela histórica con un nombre muy parecido: Las Guerras de Granada.

A lo largo de varios siglos, en realidad, la expulsión o conversión forzosa de judíos y moriscos permitió que la «limpieza de sangre» operara como fuente de privilegios solo para quienes probaran ser «cristianos viejos». El efecto de todo ello fue demoledor. Por un lado, se tradujo en la eliminación o en la marginación de lo mejor de la intelligenzia hispana de la época, que tuvo que exiliarse o simular lo que no era para escapar al castigo. Por otro, supuso la consolidación de una hidalguía parasitaria y ufana tanto de su incultura como de su abierto desprecio por el trabajo y por el pueblo llano. Finalmente, como en principio también los pobres podían ser «cristianos viejos», mucha gente común se congració con esa mirada sectaria con la esperanza de acceder a los «ideales caballerescos [de] honor, dignidad, gloria y vida noble»[9]. El propio Lope de Vega, contemporáneo de Cervantes en el siglo xvi, llegó a escribir sin remilgo alguno: «Soy un hombre, / aunque de villana casta, / limpio de sangre y jamás / de hebrea o mora mancha»[10].

De las Cruzadas nació la ley papal de la limpieza de sangre, y la Iglesia y la corona establecieron la Inquisición para investigarla y determinarla. Aunque nació para homogeneizar la fe, la Inquisición también contribuyó a la desposesión de quienes eran considerados herejes, y fue especialmente cruel con las mujeres y las sexualidades disidentes. Muchas mujeres de origen campesino fueron torturadas y asesinadas bajo la acusación de brujería y herejía. Los tribunales inquisitoriales fueron una pieza clave de las monarquías absolutas hispanas y solo fueron abolidos en el siglo xix[11].

En realidad, las instituciones del colonialismo y los métodos de expropiación de tierras y de deportación y reubicación de personas se perfeccionarían más tarde, pero ya se ponían en práctica hacia finales del siglo xv. Lo que ocurrió a partir de entonces fue que las innovaciones tecnológicas permitieron extenderlas allende los mares y con mayor poder de destrucción con el objetivo de obtener más recursos, más tierras y más mano de obra.

La violencia ejercida contra la población amerindia después de 1492 no comenzó, pues, de cero. Muchas de las prácticas brutales aplicadas en América tenían como antecedentes la «Reconquista» hispana o, en el caso inglés, su propia conquista de Escocia, Irlanda y Gales. Para la época en que las monarquías de España, Portugal o Inglaterra llegaron a colonizar y a saquear las Américas, los métodos con los que erradicaron o sometieron a los pueblos amerindios ya estaban arraigados y perfeccionados y eran efectivos.

El genocidio fue tal que entre los siglos xvi y xvii, con sus variaciones según las regiones, se calcula que las poblaciones indígenas se redujeron de cien a diez millones de personas. Ciertamente, hubo factores como las enfermedades epidémicas traídas involuntariamente por los invasores que contribuyeron a ello. Pero no se explican sin las matanzas descarnadas, la explotación y la tortura en minas, las pérdidas de tierras y de la capacidad de producir alimentos de subsistencia, la deportación o la esclavización[12]. Una vez más, mucho de los crímenes y crueldades cometidos por adelantados y conquistadores enviados por la corona fueron denunciados por los propios testigos de esas empresas. En el caso español, hubo frailes como los dominicos Antón Montesinos (1475-1540) y Bartolomé de las Casas (1474-1566), o como el jesuita José de Acosta (1540-1600), que no solo denunciaron las ferocidades cometidas por sus coterráneos, sino que elogiaron muchas de las formas de organización comunitarias con las que se encontraron[13].

En 1511, a casi dos décadas de la partida de Cristóbal Colón del Puerto de Palos de Moguer, Fray Montesinos pronunció un encendido sermón sobre los malos tratos sufridos por la población amerindia en Santo Domingo que todavía hoy conmueve. En él se preguntaba: «¿Estos no son hombres? ¿Con estos no se deben guardar y cumplir los preceptos de caridad y de la justicia? ¿Estos no tenían sus tierras propias y sus señores y señoríos? ¿Estos hannos ofendido en algo? ¿La ley de Cristo, no estamos obligados a predicársela y trabajar con toda diligencia de convertirlos? […]

Todos estáis en pecado mortal, y en él vivís y morís, por la crueldad y tiranía que usáis con estas inocentes gentes […] ¿Con qué derecho y con qué justicia tenéis en tan cruel y horrible servidumbre a aquestos indios? ¿Con qué autoridad habéis hecho tan detestables guerras a estas gentes, que estaban en sus tierras mansas y pacíficas, donde tan infinitas de ellas, con muerte y estragos nunca oídos, habéis consumido?».

Estos crímenes, sobre los que insistirían tanto Las Casas en su Brevísima relación de la destrucción de Indias, de 1542, como Acosta, en su Historia natural y moral de las Indias, de 1590, acabaron a su vez por repercutir en el propio desarrollo de la vida económica peninsular. La dependencia de metales preciosos y otros recursos provenientes de América tendió a prolongar en el tiempo una economía feudal, más que a crear una economía capitalista con otros imperios que también participaron de estas empresas. Sobre todo, con la llegada de la Casa de Habsburgo, esta nueva economía se alimentaría de un elevadísimo gasto en guerras y de una presencia desproporcionada de sectores rentistas, parasitarios, enemigos, en general, tanto de la democracia municipal castellana –los comuneros– y aragonesa –las germanías–, como de la producción agrícola y comercial avanzada, a menudo maltratada.

Asimismo, la existencia de una monarquía imperial sostenida en una economía feudal y rentista convirtió la esclavitud en un fenómeno extendido. Básicamente estuvo localizado en la propia corte, en algunas zonas de Levante, en Andalucía y Canarias[14]. La mayoría de esclavos eran población negra africana y musulmana del norte de África. Muchos de ellos podían acabar en América o trabajando para las oligarquías locales. Junto a los que provenían de África abundaron también mudéjares y moriscos esclavizados como consecuencia de las guerras de conquista castellano-católicas. Entre estos últimos, hubo algunos que se entregaron voluntariamente como esclavos para evitar la expulsión decretada por Felipe III (1578-1621) en 1609. Esta violencia descarnada ejercida contra la diversidad interna se agudizaría con el intento de exterminio de la población gitana, tras la Real Orden de Fernando VI (1713-1759), de julio de 1749.

Con algunas variaciones, estos rasgos fueron constitutivos de los regímenes monárquicos absolutistas y católico-imperiales tanto bajo los austrias como bajo los borbones. Al ser monarquías «forasteras», con monarcas que en algunos casos ni siquiera conocían el castellano –por no hablar del resto de lenguas peninsulares–, su manera de relacionarse con las leyes y costumbres preexistentes a su llegada estuvo marcada por episodios autoritarios, que degeneraron en una mayor concentración de poder, a menudo ineficaz y reforzadora de privilegios rentistas creados en torno a la Corte[15].

Cuando la monarquía comenzó a ver peligrar su dimensión imperial, se acentuó la tendencia a la patrimonialización de las instituciones, a la castellanización forzosa y al centralismo autoritario. Ya en 1627, el conde-duque de Olivares (1587-1645) dirigió a Felipe IV un célebre memorial en el que daba cuenta de esta situación de fragilidad de la corona y sugería una manera expedita de resolverla: «Tenga V.M. por el negocio más importante de su Monarquía el hacerse rey de España; quiero decir, señor, que no se contente V.M. con ser rey de Portugal, de Aragón, de Valencia, conde de Barcelona, sino que trabaje y piense con consejo maduro y secreto por reducir estos reinos de que se compone España al estilo y las leyes de Castilla».

Este consejo no era inocuo. Implicaba ejercer una mayor presión fiscal, militar y política sobre diferentes territorios peninsulares, desconociendo sus propias leyes y constituciones. No es de extrañar, por tanto, que sus consecuencias no tardaran en manifestarse. Primero, con la revuelta catalana de 1640, en la que Pau Claris (1586-1641) llegó a proclamar una república bajo la protección de Francia. Luego, con la revuelta que permitió la independencia de Portugal y la proclamación del duque de Braganza (1604-1656) como rey bajo el nombre de Juan IV.

Este proceso de centralización forzosa se consolidaría con Felipe V (1683-1746), primer Borbón en reinar en España. Nieto del absolutista Luis XIV (1638-1715) de Francia, Felipe V pasaría a la historia por ser el rey que, tras la guerra de Sucesión de 1701-1715, acabó manu militari, a modo de represalia, con la lengua y las instituciones propias de los reinos de Valencia, Aragón, Mallorca y del Principado de Cataluña, liquidando así la estructura compuesta, polisinodial, de la monarquía bajo los austrias.

A partir de entonces, sobre todo en los territorios más afectados por el centralismo borbónico, se extendió la idea de que la monarquía implicaba la existencia de una casta de burócratas, eclesiásticos, cortesanos y aristócratas ociosos, ensimismada y sorda a los reclamos populares. Por el contrario, el saber científico, la modernización de la producción, la distribución de la tierra, la separación entre Iglesia y Estado, o las mejoras de la instrucción pública tenían grandes dificultades para penetrar en esa costra endurecida en la que proliferaban el oscurantismo, el parasitismo y los privilegios.

Solo Carlos III de Borbón (1716-1788), educado en Italia, llegó a constituir una relativa excepción dentro una dinastía a la que con frecuencia se responsabilizó por mantener al pueblo sometido a un universo atrasado y semifeudal. Su reinado fue calificado de «despotismo ilustrado», lo cual implicaba un flirteo –a veces sobredimensionado– con ideas racionalistas y modernizantes en boga entre la realeza europea en esas décadas. Incluso aquello, en todo caso, fue un paréntesis fugaz. Como dejó escrito con tono cáustico el socialista cartagenero Fernando Garrido (18211883): «A Carlos III, el rey filósofo, progresista, le sucedió su hijo Carlos IV, el idiota, que transmitió su imbecilidad a sus hijos»[16].

Una de las características, en efecto, de la casa de Borbón, fue su endogámica idiocia, algo que, junto a su reticencia a aceptar los límites constitucionales que se les intentaba imponer, fue magistral y burlonamente retratado por el pintor aragonés Francisco de Goya (1746-1828). No es exagerado sostener que la monarquía borbónica tendió a actuar como un freno a los diferentes ensayos de democratización del poder que se pusieron en marcha en la península. Lo sería en el ámbito económico, ya que su razón de ser fue el apuntalamiento de un modelo rentista, oligárquico, desfasado, que tuvo que subsistir apoyado en el control cultural que le proporcionaba la Iglesia o en el aparato coactivo del ejército[17]. Lo sería también en el ámbito territorial, ya que en su obsesión centralista por colocar «la unidad del reino» encima de cualquier otro objetivo, fue un persistente obstáculo para el avance del municipalismo, de las libertades forales y regionales, y para el reconocimiento del carácter plurinacional del Estado, más adelante. Y lo sería, incluso, en las cuestiones de género, ya que, como muchas otras monarquías, se asentaría sobre una concepción patriarcal, burguesa y clerical de las relaciones domésticas que tendía a excluir a las mujeres de la esfera pública o a relegarlas a un acceso subordinado a la misma.

Al igual que otras potencias europeas, como Inglaterra o Francia, los borbones no dejaron de participar en empresas colonialistas y militaristas más allá de la península. Pero a diferencia de lo que ocurrió en estos países, el bloque rentista, oligárquico, que apoyó a los borbones no se vio sacudido por revoluciones como las que se cobraron la vida de Carlos I de Inglaterra en 1649, o de Luis XVI en 1793. Muchos monarcas de la casa de Borbón fueron expatriados, pero ninguno acabó en el cadalso. Napoleón Bonaparte mantuvo preso a Fernando VII (1784-1833) en el castillo de Valençay, en Francia, durante seis años. La llamada Revolución Gloriosa de 1868 obligó a su Isabel II (1830-1909) ha expatriarse en París con toda su familia. Unas elecciones municipales precipitaron la caída Alfonso XIII (1886-1941), quien se vio forzado a abandonar Madrid antes de embarcarse a Marsella y a Roma. Pero las cosas no fueron más allá. Ambos conspiraron desde el extranjero para ser restaurados o al menos para debilitar a sus adversarios.

Esto no quita que los pronunciamientos y movilizaciones antimonárquicas no hayan tenido su efecto. Por el contrario, fueron estas revueltas y no la lógica natural de las cosas las que explican que los borbones no consiguieran gobernar legibus solutus, libres de ataduras legales, e incluso que fueran reemplazados por regímenes republicanos en 1873 y 1931.

Todos los ciclos constitucionales existentes en la historia española vinieron en realidad marcados por una clara tensión entre el principio de soberanía nacional o popular y el principio monárquico. Desde Cádiz, estos ciclos comenzarían con constituciones que descansaban en el principio de soberanía nacional –las de 1812, 1837 o 1869– o popular –la de 1931–. A continuación, se producía una reacción, normalmente militar y autoritaria, que restauraba la primacía del principio monárquico. Este podía asumir diversas expresiones. Un régimen absolutista anticonstitucional, como ocurrió con Fernando VII. Un régimen monárquicoconstitucional, como pasó con las constituciones conservadoras de 1845 y 1876. O una dictadura antidemocrática que restaura formalmente la monarquía, sin que el dictador abandone la jefatura del Estado (que es lo que pasó con el franquismo, una de cuyas leyes fundamentales, la de 1947, volvió a definir a España como «reino»)[18].

A resultas de esta tensión, también el debate jurídico y político se dividió en dos grandes bloques. Uno, progresista y democratizante, empeñado en imponer a la monarquía el máximo de límites posibles, cuando no en propiciar salidas directamente republicanas. El otro, conservador o directamente reaccionario, defensor de la monarquía como garante de un régimen centralizado y oligárquico, con libertades políticas restringidas, o simplemente dictatorial, como ocurrió con Miguel Primo de Rivera (1870-1930) y con Francisco Franco (1892-1975).

Obviamente, los ciclos progresistas o democráticos, y los conservadores o reaccionarios, no tuvieron la misma duración. Como bien mostró en su momento el jurista Francisco Tomás y Valiente (1932-1996), las constituciones basadas en el principio de soberanía nacional o popular tendieron a ser efímeras e intermitentes a lo largo de la historia. Las constituciones y leyes fundamentales conservadoras y reaccionarias, en cambio, fueron más largas y duraderas, y aunque resistidas, ocuparon el centro de la historia peninsular durante los siglos xix y xx[19].

La Constitución progresista de Cádiz fue promulgada en 1812 y derogada por Fernando VII dos años después. Volvió a ser publicada en 1820 y volvió a ser derogada en 1823. Se publicó una vez más, en 1836, pero no llegó a durar ni un año. La Constitución liberal de 1837, que se consideró progresista sin serlo tanto, estuvo vigente ocho años, hasta que los moderados, conservadores en realidad, aprobaron en 1845 su propia Constitución. La Constitución anti borbónica de 1869, surgida de la revolución que depuso a Isabel II, fue abolida en 1874, con el pronunciamiento militar del general Arsenio Martínez Campos (1831-1900). La Constitución progresista de la Segunda República Española, de 1931, estuvo vigente hasta 1936 en los territorios donde se sublevaron contra ella, y hasta 1939 en los que se mantuvieron leales.

La diferencia con las constituciones conservadoras o con las leyes fundamentales reaccionarias es notoria. La Constitución conservadora de 1845 rigió durante veinticuatro años. La también conservadora de 1876, nada menos que cuarenta y siete, hasta el golpe de Estado de Primo de Rivera. La dictadura de Primo se extendió de 1923 a 1930 y la franquista, con sus leyes fundamentales, duró casi cuarenta años.

Detrás del debate constitucional, siempre hubo un debate sobre un régimen político y económico concreto. El constitucionalismo progresista siempre tendió a defender, con mayor o menor intensidad, la soberanía nacional o popular en detrimento del principio monárquico. Asimismo, se mostró partidario de algún tipo de democratización y distribución del poder económico. Los proyectos constitucionales más conservadores y reaccionarios como el de Primo de Rivera de 1925 asumieron la tesis de la coparticipación de la soberanía entre el rey y las cortes, aunque siempre otorgaron a la corona un protagonismo decisivo. Pero no solo eso. También aceptaron el statu quo económico y defendieron la necesidad de blindar la propiedad privada concentrada, fundamentalmente agraria, inmobiliaria y financiera.