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Estudiar para una oposición requiere conocer la convocatoria, el temario, revisar exámenes anteriores y cumplir los requisitos. En época de crisis aumenta el número de personas que se presenta a una oposición. Si se consigue una plaza, los afortunados se asegurarán un empleo o, en otros casos, tendrán la opción de formar parte de una bolsa de trabajo a la cual las instituciones recurren para cubrir bajas o puestos con carácter temporal. Una de las claves del éxito es la preparación previa, ya que de ella dependerá en gran medida el resultado. Los cuatro aspectos fundamentales son: informarse de la convocatoria, conseguir el temario de la oposición, revisar exámenes anteriores para familiarizarse con ellos y cumplir los requisitos exigidos, en cuanto a titulación o formación. Cada vez más personas se plantean las oposiciones como medio para lograr un puesto de trabajo. Con la tasa de desempleo en aumento, aprobar estos exámenes se convierte en la meta de ciudadanos en paro o que quieren mejorar su estatus profesional. Sin embargo, a la par que aumenta el número de interesados, descienden las plazas ofertadas. El éxito de esta propuesta depende de varios factores, pero hay cuatro aspectos claves que se deben recordar. El Ejército de Tierra es la rama terrestre de las Fuerzas Armadas españolas, uno de los ejércitos en actividad más antiguos del mundo, estando en servicio desde el siglo xv. Tiene su cuartel general en el Palacio de Buenavista de Madrid, ubicado en la céntrica plaza de Cibeles, frente al Banco de España. Conjuntamente con la Armada y el Ejército del Aire tiene asignado por medio del artículo octavo de la Constitución Española la misión de garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
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Veröffentlichungsjahr: 2023
CAPÍTULO I. El Cuartel General
CAPÍTULO II. La Fuerza
Sección 2.ª El Cuartel General Terrestre de Alta Disponibilidad
Sección 3.ª La Fuerza Terrestre
Sección 4.ª El Mando de Canarias del Ejército de Tierra
CAPÍTULO III. El Apoyo a la Fuerza
Sección 1.ª El Mando de Personal
Sección 2.ª El Mando de Adiestramiento y Doctrina
Sección 3.ª El Mando de Apoyo Logístico
Sección 4.ª La Inspección General del Ejército de Tierra
Sección 5.ª La Dirección de Asuntos Económicos
CAPÍTULO I
CAPÍTULO II
Sección 1.ª Organización básica de la Fuerza
Sección 2.ª El Cuartel General Terrestre de Alta Disponibilidad
Sección 3.ª La Fuerza Terrestre
Sección 4.ª El Mando de Canarias del Ejército de Tierra
CAPÍTULO III
Sección 1.ª El Mando de Personal
Sección 2.ª El Mando de Adiestramiento y Doctrina
Sección 3.ª El Mando de Apoyo Logístico
Sección 4.ª La Inspección General del Ejército de Tierra
Sección 5.ª La Dirección de Asuntos Económicos
CAPÍTULO I. El Cuartel General
CAPÍTULO II. La Fuerza
CAPÍTULO III. El Apoyo a la Fuerza
Sección 1.ª Recurso humano
Sección 2.ª Recurso de material
Sección 3.ª Recurso financiero
CAPÍTULO I
CAPÍTULO II
CAPÍTULO III
Sección 1.ª Recurso humano
Sección 2.ª Recurso de material
Sección 3.ª Recurso financiero
CAPÍTULO I. El Cuartel General del Ejército del Aire y del Espacio
CAPÍTULO II. La Fuerza Aeroespacial
CAPÍTULO III. El Apoyo a la Fuerza
Sección 1.ª Recurso humano
Sección 2.ª Recurso de material
Sección 3.ª Recurso financiero
CAPÍTULO I
CAPÍTULO II
CAPÍTULO III
Sección 1.ª Recurso humano
Sección 2.ª Recurso de material
Sección 3.ª Recurso financiero
CAPÍTULO I. Consejos Superiores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire
CAPÍTULO II. Juntas Superiores de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas
CAPÍTULO I
CAPÍTULO II
CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación
CAPÍTULO II. Conceptos retributivos
CAPÍTULO III. Retribuciones según la situación administrativa
CAPÍTULO IV. Retribuciones e indemnizaciones en casos particulares
CAPÍTULO V. Comisión Superior de Retribuciones Militares
CAPÍTULO VI. Otras disposiciones en materia retributiva
CAPÍTULO I
CAPÍTULO II
CAPÍTULO III
CAPÍTULO IV
CAPÍTULO V
CAPÍTULO VI
Estructura de los ejércitos de tierra, armada y aire-espacio
Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas
Orden DEF/708/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército de Tierra
ÍNDICE
[Preámbulo]
[Artículos]
Artículo único. Aprobación de la organización del Ejército de Tierra.
[Disposiciones adicionales]
Disposición adicional única. No incremento del gasto público.
[Disposiciones transitorias]
Disposición transitoria única. Unidades existentes.
[Disposiciones derogatorias]
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
[Disposiciones finales]
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
[Firma]
ORGANIZACIÓN DEL EJÉRCITO DE TIERRA
Artículo 1. Organización del Cuartel General del Ejército de Tierra.
Artículo 2. El Estado Mayor del Ejército de Tierra.
Artículo 3. El Gabinete del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra.
Artículo 4. La Jefatura de los Sistemas de Información, Telecomunicaciones y Asistencia Técnica.
Artículo 5. El Instituto de Historia y Cultura Militar.
Artículo 6. La Asesoría Jurídica del Ejército de Tierra.
Sección 1.ª Organización básica de la Fuerza
Artículo 7. Unidades de la Fuerza.
Artículo 8. Organización de la Fuerza.
Artículo 9. Organización del Cuartel General Terrestre de Alta Disponibilidad.
Artículo 10. Organización de la Fuerza Terrestre.
Artículo 11. El Cuartel General de la Fuerza Terrestre.
Artículo 12. La División «Castillejos».
Artículo 13. La División «San Marcial».
Artículo 14. El Mando de Apoyo a la Maniobra.
Artículo 15. Organización del Mando de Canarias del Ejército de Tierra.
Artículo 16. El Cuartel General del Mando de Canarias.
Artículo 17. La Comandancia General de Ceuta.
Artículo 18. La Comandancia General de Melilla.
Artículo 19. La Comandancia General de Baleares.
Artículo 20. La Brigada «Canarias» XVI.
Artículo 21. Organización del Apoyo a la Fuerza.
Artículo 22. El Mando de Personal.
Artículo 23. La Jefatura del Mando de Personal.
Artículo 24. La Dirección de Personal.
Artículo 25. La Dirección de Asistencia al Personal.
Artículo 26. La Dirección de Sanidad.
Artículo 27. El Mando de Adiestramiento y Doctrina.
Artículo 28. La Jefatura del Mando de Adiestramiento y Doctrina.
Artículo 29. La Dirección de Investigación, Doctrina, Orgánica y Materiales.
Artículo 30. La Dirección de Enseñanza, Instrucción, Adiestramiento y Evaluación.
Artículo 31. El Mando de Apoyo Logístico.
Artículo 32. La Jefatura del Mando de Apoyo Logístico.
Artículo 33. La Dirección de Adquisiciones.
Artículo 34. La Dirección de Integración de Funciones Logísticas.
Artículo 35. La Inspección General del Ejército de Tierra.
Artículo 36. La Jefatura de la Inspección General del Ejército de Tierra.
Artículo 37. La Dirección de Acuartelamiento.
Artículo 38. La Dirección de Infraestructura.
Artículo 39. La Dirección de Asuntos Económicos.
Artículo 40. La Subdirección de Contabilidad y Presupuesto.
Artículo 41. Subdirección de Gestión Económica y Contratación.
La aprobación del Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas, determina las líneas generales sobre las que ha de desarrollarse la estructura de sus componentes.
El mismo real decreto promueve agilizar y flexibilizar la normativa, de forma que se aumente la capacidad de respuesta del Ejército de Tierra a la cada vez más rápida evolución del entorno. Del mismo modo, aboga por orientar las organizaciones hacia modelos centrados en las personas y el conocimiento, como herramienta para alcanzar la superioridad en la información y la capacidad de adaptación necesarias. Esta orientación, dirigida desde el Ministerio de Defensa mediante la Transformación Digital, tendrá su reflejo tanto en el desarrollo de la actividad del Ejército de Tierra como en su modelo de organización.
Posteriormente, la publicación de la Orden ministerial 26/2020, de 11 de junio, por la que se establecen los principios básicos comunes de la organización de las Fuerzas Armadas, dicta las normas comunes para el desarrollo de la organización de cada uno de sus componentes y, entre ellas, establece las relativas a la creación, modificación y supresión de unidades.
Esta orden ministerial se redacta con un espíritu de permanencia en el tiempo. Por esta razón, sólo se relacionan las estructuras orgánicas existentes hasta el tercer nivel organizativo y, dentro de éstas, aquellas que estén al mando de un Oficial General. El resto de la estructura será desarrollada mediante una Instrucción de organización del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra. De este modo, se da mayor flexibilidad para adaptar la organización al cambio.
