Perú-Ecuador: el proceso para lograr la paz - Eduardo Ferrero Costa - E-Book

Perú-Ecuador: el proceso para lograr la paz E-Book

Eduardo Ferrero Costa

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Beschreibung

Análisis, descripción y desarrollo de las conversaciones llevadas a cabo entre el Perú y el Ecuador durante los años 1997 y 1998 para culminar la demarcación conforme al límite establecido en el Protocolo de Río de Janeiro. Este libro presenta el desarrollo de las conversaciones llevadas a cabo entre el Perú y el Ecuador durante los años 1997 y 1998 para culminar la demarcación conforme al límite establecido en el Protocolo de Río de Janeiro. También se examinan el Tratado de Comercio y Navegación y el Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad, entre otros acuerdos logrados en el proceso. Asimismo, se relata con hechos inéditos cómo se evitó un nuevo conflicto militar mediante una intensa acción diplomática y el concurso de los países garantes. Eduardo Ferrero Costa, autor de este trabajo, ha reunido elementos de naturaleza política, jurídica e histórica desde un enfoque personal, basado en su experiencia vivida y en la participación que tuvo, inicialmente, como miembro de la delegación peruana, luego, como ministro de Relaciones Exteriores encargado de la conducción del proceso en la etapa más importante de las conversaciones que concluyeron, tres semanas después de su renuncia al cargo, con la firma del acuerdo global y definitivo de Brasilia el 26 de octubre de 1998.

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Eduardo Ferrero Costa es abogado y doctor en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú, donde es profesor desde 1971. Se ha especializado en Derecho Internacional Público, Derecho del Mar y Arbitraje Internacional. Fue Ministro de Relaciones Exteriores entre 1997 y 1998. Se desempeñó como Embajador del Perú ante la Organización de Estados Americanos (OEA) de 2001 a 2003, y ante los Estados Unidos de América de 2004 a 2006. Integró el equipo de abogados del Perú en la controversia sobre delimitación marítima con Chile ante la Corte Internacional de Justicia (2008-2014). Ha sido socio del Estudio Echecopar, presidente del Centro Peruano de Estudios Internacionales (CEPEI) y vicepresidente del Comité de las Naciones Unidas contra la Discriminación Racial (CERD). Es miembro de la Corte Permanente de Arbitraje, presidente de la Corte de Arbitraje de AMCHAM-PERÚ y miembro de número de la Academia Peruana de Derecho. Ostenta condecoraciones en el grado de Gran Cruz del Gobierno peruano, del Congreso de la República y de la Marina de Guerra del Perú, así como de las repúblicas de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Guatemala, México y Paraguay. Es autor de diversos libros y artículos académicos, entre ellos El nuevo derecho del mar: el Perú y las 200 millas.

Eduardo Ferrero Costa

PERÚ-ECUADOR:

El proceso para lograr la paz

Perú-Ecuador: el proceso para lograr la paz

Eduardo Ferrero Costa

© Eduardo Ferrero Costa, 2018

De esta edición:

© Pontificia Universidad Católica del Perú, Fondo Editorial, 2018

Av. Universitaria 1801, Lima 32, Perú

[email protected]

www.fondoeditorial.pucp.edu.pe

Diseño, diagramación, corrección de estilo y cuidado de la edición: Fondo Editorial PUCP

Carátula de Juan Carlos García sobre una fotografía de Rob Williams

Primera edición digital: junio de 2018

Prohibida la reproducción de este libro por cualquier medio, total o parcialmente, sin permiso expreso de los editores.

e-ISBN: 978-612-317-369-2

A mi esposa Verónica y mis hijos

Eduardo, Verónica, Javier y Angelina;

con la esperanza de que siempre

sean firmes en la defensa de sus ideas

y coherentes con sus principios

Presentación

El libro Perú-Ecuador: el proceso para lograr lapaz presenta el desarrollo de las conversaciones llevadas a cabo entre el Perú y el Ecuador durante los años 1997 y 1998 para culminar la demarcación conforme al límite establecido en el Protocolo de Río de Janeiro. El trabajo reúne elementos de naturaleza política, jurídica e histórica y el enfoque es personal. Está basado en la experiencia vivida y en mi participación, primero por algunos meses como miembro de la delegación peruana, y, luego, como ministro de Relaciones Exteriores encargado de la conducción del proceso en la etapa más importante de las conversaciones que culminaron, tres semanas después de mi renuncia al cargo, con la firma del acuerdo global y definitivo de Brasilia del 26 de octubre de 1998.

El libro tiene ocho capítulos. El primero se inicia con una breve introducción histórica de la situación limítrofe entre el Perú y el Ecuador. El punto de partida es el Tratado de Paz, Amistad y Límites de 1942 —más conocido como el Protocolo de Río de Janeiro— que fue ejecutado en su casi totalidad mediante actos formales de demarcación por las dos partes hasta fines de la década de los cuarenta, en la que Ecuador asumió una posición de rebeldía frente al tratado y suspendió los trabajos aún pendientes de demarcación en un área de la Cordillera del Cóndor. Luego de presentar resumidamente la evolución de la situación en el tiempo, hago referencia al conflicto de la Cordillera del Cóndor de 1995, que fue resuelto con la Declaración de Paz de Itamaraty, adoptada por el Perú y el Ecuador con la activa participación de los países garantes del Protocolo de Río de Janeiro, el cual sería el marco jurídico para las futuras conversaciones. A continuación este capítulo describe los temas en controversia —que se denominaron impasses1 subsistentes—, analiza los acuerdos logrados en 1996 sobre el procedimiento a seguir en las futuras conversaciones y termina con una evaluación de las funciones y atribuciones que les correspondían a los países garantes.

Los capítulos II, III y IV se refieren al proceso mismo de las conversaciones y reflejan cómo estas fueron cambiando positivamente, en función de la voluntad de diálogo entre las partes, de la firme posición adoptada por el Perú, de los nuevos elementos que se presentaron durante el proceso y de la evolución que se fue dando en la posición de Ecuador. Así, el segundo capítulo describe la primera etapa de las conversaciones que tuvo cinco rondas, en las que cada delegación presentó su posición sobre los siete impases de naturaleza variada presentados por el Ecuador y los tres impases de carácter exclusivamente demarcatorio presentados por el Perú. En la presentación de esta primera etapa se advierte la profunda diferencia que había entre los impases de cada una de las dos partes, en particular en relación a la pretensión del Ecuador de lograr acceso soberano al Marañón-Amazonas, lo que era contrario al Protocolo de Río de Janeiro. El capítulo termina con mi declaración pública de octubre de 1997, mediante la cual expresé que dicha pretensión ecuatoriana era improcedente e inaceptable y que Ecuador tenía que retirarla de la mesa de negociaciones, tal como efectivamente ocurrió meses después.

En el contexto de una nueva agenda para las conversaciones, el capítulo III describe como los garantes propusieron y las partes acordaron un procedimiento para resolver las diferencias de carácter territorial, que para nosotros solo eran de naturaleza demarcatoria. Así, se decidió ampliar la agenda de las conversaciones a otros tres temas, lo cual quedó plasmado en la Declaración de Brasilia de noviembre de 1997 y en su cronograma de aplicación de enero de 1998.

El capítulo IV desarrolla las conversaciones sustantivas propiamente dichas y que se llevaron a cabo en cuatro comisiones binacionales que, de manera paralela, examinaron la forma de solucionar el diferendo territorial mediante la demarcación, el Tratado de Comercio y Navegación a que se refiere el artículo VI del Protocolo de Río de Janeiro, el Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad y la Comisión Binacional sobre Medidas de Confianza Mutua y Seguridad. Los dos últimos no derivan del Protocolo de Río de Janeiro, pero se incluyeron precisamente para dar a los acuerdos proyección a un futuro cualitativamente diferente en la relación bilateral. En este capítulo se destaca el análisis de los tres asuntos pendientes de demarcación que fueron sometidos a la opinión de los expertos jurídico-técnicos designados por los países garantes. Ellos descartaron la tesis ecuatoriana de la inejecución parcial del Protocolo de Río de Janeiro y dieron plenamente la razón al Perú, al señalar que la demarcación pendiente en la Cordillera del Cóndor debía culminar conforme a lo establecido en el Protocolo y el fallo de Dias de Aguiar. El capítulo concluye con la reunión que sostuvimos los cancilleres de Perú y Ecuador en Washington DC en junio de 1998, luego de lo cual quedó armado el paquete de lo que sería el contenido del futuro acuerdo global y definitivo.

El normal desarrollo del proceso de conversaciones se vio interrumpido a fines de julio de 1998 por una nueva infiltración de tropas ecuatorianas en territorio peruano en la zona de la Cordillera del Cóndor. En este sentido, el capítulo V examina la grave situación frente a la cual el presidente de la república, siguiendo mi sugerencia, descartó la opción militar propuesta por los altos mandos militares y adoptó la decisión de insistir en la acción diplomática para retirar a las tropas infiltradas, con la activa participación de los países garantes. En este capítulo, con información inédita hasta ahora, se presenta la complicada situación interna que tuve que manejar tanto en el Congreso como en relación a los militares peruanos; el desarrollo de las negociaciones a mi cargo llevadas a cabo con Ecuador y los países garantes para lograr la separación de las unidades militares; el establecimiento de una zona de control y vigilancia a cargo de la Misión de Observadores Militares Ecuador-Perú (MOMEP); y, finalmente, el retiro de los soldados ecuatorianos a su propio territorio.

Habiéndose evitado el conflicto armado y resuelto la crítica situación, a comienzos de setiembre de 1998 estaban dadas las condiciones para concluír favorablemente, en un breve plazo, el proceso de conversaciones con Ecuador. En este contexto se inició la gestión de la diplomacia presidencial, a que se refiere el capítulo VI del libro. Allí se examinan las primeras reuniones entre el nuevo presidente del Ecuador Jamil Mahuad y el presidente Alberto Fujimori, quienes asumieron directamente la conducción del final del proceso, así como la reunión de ambos con el presidente Cardoso de Brasil en su calidad de coordinador de los países garantes. A continuación examino el Tratado de Comercio y Navegación, ya negociado en la etapa anterior, que otorgó a Ecuador el derecho a navegar por el Amazonas y sus afluentes septentrionales, junto con los dos centros de comercio y navegación.

Estando pendiente únicamente la aceptación por Ecuador de los pareceres para culminar la demarcación en la Cordillera del Cóndor, a fines de setiembre de 1998 apareció la fórmula de la cesión del kilómetro cuadrado en Tiwinza, negociada secretamente a mis espaldas entre emisarios de los dos presidentes. El capítulo VII del libro analiza esta situación y presenta mis discrepancias con el presidente Fujimori por esta cesión al Ecuador que se alejó del Protocolo de Río de Janeiro, así como la forma poco transparente con que se condujeron las últimas conversaciones, todo lo cual motivó mi renuncia al cargo de ministro de Relaciones Exteriores, como explico en detalle en el libro. La segunda parte del capítulo está dedicado a examinar la solicitud de los presidentes Fujimori y Mahuad a los países garantes para que emitieran una opinión vinculante, lo que fue materia de un amplio debate en el congreso.

El capítulo VIII se refiere al punto de vista vinculante de los países garantes y que condujo a la terminación del proceso entre el Perú y el Ecuador con la suscripción del acuerdo global y definitivo en Brasilia el 26 de octubre de 1998. En este capítulo se examina el contenido del acuerdo global, las reacciones de la población y los pasos siguientes para la ejecución del acuerdo, destacándose el proceso para concluir la demarcación con la colocación del último hito en la Cordillera del Cóndor y la entrega de Tiwinza al Ecuador, en mayo de 1999. Este capítulo termina con una somera revisión de los otros acuerdos y su vigencia y aplicación al día de hoy, en especial del Tratado de Comercio y Navegación y del Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad.

Por último, el libro concluye con una sección de reflexiones finales que sintetizan la evolución del proceso y destacan la ejecución del Protocolo de Río de Janeiro como una política de Estado, que fue el hilo conductor de todo el proceso de conversaciones entre el Perú y el Ecuador.

Al terminar esta breve presentación, deseo agradecer a la Pontificia Universidad Católica del Perú y, en particular, al Vicerrectorado de Investigación que me brindó su valioso apoyo para redactar parte del libro y concluirlo, así como al Fondo Editorial que ha asumido generosamente su publicación. Igualmente, mi reconocimiento a la señora Jimena Ledgard Arévalo por su esforzado trabajo de edición y revisión del texto. Finalmente, unas palabras de agradecimiento a mi esposa Verónica, testigo de hecho de todo lo sucedido a través de mi relato personal, por su compañía y paciencia durante las horas que dediqué a escribir este libro que hoy entrego al lector.

1 En el presente trabajo se utiliza la voz francesa impasse, término empleado por la Declaración de Paz de Itamaraty y los demás documentos oficiales relativos a ella. Debido a su recurrencia este término será usado en el resto del libro en su versión castellanizada, impase.

Capítulo IIntroducción al proceso de conversaciones entre Perú y Ecuador (1942-1996)

La historia de los límites de Perú con Ecuador se remonta al comienzo de la vida independiente de las dos repúblicas. Durante el siglo XIX y las cuatro primeras décadas del siglo XX, se produjeron numerosos incidentes fronterizos entre los dos Estados y hubo intentos infructuosos para establecer de común acuerdo la frontera definitiva. Luego de una larga y compleja historia sobre la cuestión territorial, que no es del caso reseñar aquí, en 1941 Ecuador y Perú tuvieron un conflicto militar y al año siguiente acordaron los límites de su frontera mediante el Protocolo de Paz, Amistad y Límites suscrito en Río de Janeiro el 29 de enero de 1942. El tratado de límites fue aprobado por los congresos de ambos países en un plazo menor de treinta días y sus instrumentos de ratificación se canjearon en una solemne ceremonia realizada en la ciudad brasileña de Petrópolis el 31 de marzo de 19422.

1. Alcances y ejecución del Protocolo de Río de Janeiro (1942-1950)

El Protocolo de Río de Janeiro de 1942 es el único tratado de límites territoriales vigente entre Perú y Ecuador. Siguiendo a Alberto Wagner de Reyna (1997), podemos decir que «[d]espués de la independencia y hasta la celebración del Protocolo de Río de Janeiro de 1942, no existe ningún tratado de límites entre el Perú y el Ecuador que haya llegado a perfeccionarse, es decir, que haya sido aprobado por los Congresos respectivos y cuyos instrumentos de ratificación hayan sido canjeados» (p. 301).

Los límites establecidos de manera definitiva en 1942 se refieren a los territorios sobre los cuales el Perú ejercía soberanía y cuyos títulos jurídicos se remontaban a la época del virreinato español y de los albores de la independencia del Perú. Tal como ha señalado el autor, el Protocolo de Río de Janeiro «[…] no arrebató al Ecuador nada a que tuviera derecho o poseyera […] es pues en cuanto a su forma instrumental un tratado perfecto de inobjetable corrección formal y en cuanto a su contenido intrínsecamente justo» (p. 302).

Adicionalmente, el Protocolo de Río de Janeiro de 1942 tuvo una característica muy especial y casi única en el derecho internacional público. Fue negociado con los auspicios del presidente del Brasil y, además de las firmas de los cancilleres del Perú, Alfredo Solf y Muro, y del Ecuador, Julio Tobar Donoso, se contempló la participación de los ministros de Relaciones Exteriores de las repúblicas de Argentina, Brasil y Chile, y del subsecretario de Estado de los Estados Unidos de América, quienes, en representación de sus países, actuaron como garantes del tratado. Al respecto, el artículo quinto del Protocolo señaló que «[l]a gestión de Estados Unidos, Argentina, Brasil y Chile continuará hasta la demarcación definitiva de las fronteras entre el Perú y el Ecuador, quedando este Protocolo y su ejecución bajo la garantía de los cuatro países mencionados […]». A su vez, el artículo séptimo del Protocolo estableció que «[c]ualquier duda o desacuerdo que surgiere sobre la ejecución de este Protocolo, será resuelto por las Partes con el concurso de los representantes de los Estados Unidos, la Argentina, Brasil y Chile, dentro del plazo más breve que sea posible».

El Protocolo de Río de Janeiro estableció la línea de frontera referida a diversos puntos geográficos ubicados en dos sectores. El primero es el menos extenso y está en el occidente, desde el mar en la costa en el océano Pacífico hasta la sierra, en una intersección con la Cordillera del Cóndor. El segundo, en el sector del oriente, es mucho más extenso y está íntegramente ubicado en la selva amazónica, desde donde termina la referida intersección con la Cordillera del Cóndor hasta el río Putumayo. Para proceder a la demarcación de la frontera delimitada según lo establecido en el Protocolo de Río de Janeiro, Perú y Ecuador formaron una Comisión Mixta Demarcadora de Límites que inició sus trabajos en junio del mismo año con dos brigadas y de forma simultánea en la sección occidental y en la sección oriental, «[…] para la fijación, por los técnicos, en el terreno, de la frontera entre los dos países». (Academia Diplomática del Perú, 1992, p. 106), conforme a lo que dice el artículo noveno del Protocolo.

Imagen 1. Ceremonia de firma del Tratado de Paz, Amistad y Límites entre Perú y Ecuador, 29 de enero de 1942, Río de Janeiro. Fuente: Enciclopedia del Ecuador. Historia del Ecuador. Protocolo de Río de Janeiro. En http://www.enciclopediadelecuador.com/historia-del-ecuador/protocolo-rio-de-janeiro/.

Una vez iniciados los trabajos demarcatorios, surgieron seis diferencias, cuatro en el sector de occidente y dos en el sector de oriente, que no fueron resueltas directamente entre las dos partes, por lo que estas decidieron acudir a los países garantes. Con la finalidad de resolver esas divergencias, el ministro de Relaciones Exteriores de Brasil, Oswaldo Aranha, propuso una fórmula que fue aceptada por el Perú y el Ecuador3. Así, la llamada fórmula Aranha resolvió las cuatro divergencias en el sector de occidente y propuso someter las dos diferencias en la zona de oriente a la decisión arbitral de un reconocido técnico brasileño, el capitán de Mar y Guerra, Braz Dias de Aguiar.

La fórmula Aranha4 fue aceptada por ambos países en 1944, con lo que las cuatro diferencias en el sector de occidente quedaron superadas. Al año siguiente, en mayo de 1945, Dias de Aguiar emitió un fallo que resolvía las dos divergencias en el sector oriental. La primera y más importante de estas divergencias se refería a la línea de frontera en la zona de la Cordillera del Cóndor, que en el Protocolo se menciona como una línea que va de la quebrada de San Francisco, el divortium aquarum (o divisor de las aguas) entre el río Zamora y el río Santiago, hasta la confluencia del río Santiago con el Yaupi. La otra diferencia, de menor importancia por el área pequeña que comprendía, estaba referida a la línea de frontera entre el río Lagartococha y el río Güepí5.

El fallo de Dias de Aguiar del año 1945 fue aceptado por las dos partes y la Comisión Mixta Demarcadora de Límites acordó continuar con los trabajos de colocación de los hitos, tarea que resultó especialmente dura y lenta en el sector de oriente debido a las características geográficas de la selva amazónica. Así las cosas, entre 1942 y 1949, las brigadas de la Comisión Mixta Demarcadora, con representantes del Ecuador y del Perú debidamente autorizados, colocaron de común acuerdo los hitos en casi 1,600 kilómetros de la frontera. En 1950, quedaba aún por demarcar únicamente un área de la frontera de menos de cien kilómetros en la zona de la Cordillera del Cóndor, a pesar de que esta línea ya estaba delimitada en el Protocolo de Río de Janeiro y se encontraba aclarada en el fallo de Braz Dias de Aguiar. Toda la demarcación ejecutada con la colocación de hitos quedó debidamente formalizada con la suscripción y protocolización de las actas de la Comisión Mixta Demarcadora de Límites. Sobre el punto, Wagner de Reyna dice: «El Protocolo de Río de Janeiro de 1942 tiene pues carácter definitivo. Pero no únicamente él sino también los actos realizados por las partes para darle cumplimiento como son los acuerdos de la comisión mixta demarcadora y la colocación de hitos en virtud de ellos. Los hitos protocolizados que marcan la frontera en el terreno son así definitivos e inamovibles» (1997, pp. 307-308). Con relación a esta situación,

[…] el señor Velasco Ibarra, al asumir la Presidencia del Ecuador en su primer Gobierno, en 1944, había afirmado que «respetaba los compromisos contraídos por el Ecuador en Río de Janeiro» y su canciller, Camilo Ponce dijo: «El Protocolo de Río de Janeiro, por el que se puso fin al diferendo limítrofe entre el Ecuador y el Perú, en lo substancial, es un hecho consumado; y el Ecuador respetará ese Pacto Internacional — y todos los pactos signados por su Cancillería — con el mismo alto principio de la honorabilidad y moral internacional que le han distinguido siempre en sus relaciones con los demás países» (Wagner, 1997, p. 303).

2. La rebeldía ecuatoriana para culminar la demarcación en la Cordillera del Cóndor (1950-1980)

No obstante la claridad de los hechos antes reseñados, así como otros que no es del caso mencionar en esta oportunidad, a fines de la década de los cuarenta Ecuador no envió sus brigadas a la campaña de demarcación y se negó a continuar la demarcación pendiente. El embajador peruano, Bolívar Ulloa Pasquette, nos recuerda que al preguntársele al embajador de Ecuador en Lima por las razones de esta situación en una entrevista con el ministro de Relaciones Exteriores del Perú, el embajador ecuatoriano manifestó

[…] que, precisamente, tenía instrucciones de su gobierno para expresarle que debía dejarse de lado la cuestión de la Cordillera del Cóndor y que debía buscarse un nuevo tratado que diera al Ecuador salida al Marañón, a cambio, inclusive de compensaciones territoriales. El canciller peruano David Aguilar Cornejo le expresó que dicha propuesta era inaceptable para el Perú y que el Protocolo debía ser cumplido en toda su extensión dándose término a la demarcación (1992, p. 31).

Reaparecía así una antigua, aunque infundada, pretensión ecuatoriana, que se remontaba al siglo pasado, de llegar con territorio propio y soberano a los ríos Marañón y Amazonas, pretensión que afectaba territorio indiscutiblemente peruano sin que Ecuador tuviera ni los títulos jurídicos ni la posesión sobre esos territorios.

En ese contexto, en el año 1951, el presidente del Ecuador, Galo Plaza, posiblemente bajo la presión de los estamentos castrenses ecuatorianos (Morelli, 1997, p. 98), y pretendiendo justificarse en la existencia del río Cenepa ubicado entre los ríos Zamora (Ecuador) y Santiago (Perú), declaró públicamente que había un error geográfico, sosteniendo de forma equivocada que no existía el divortium aquarum entre los ríos Zamora y Santiago y que, por lo tanto, el Protocolo de Río de Janeiro era inejecutable. Ello dio motivo al Ecuador para suspender de manera definitiva su participación en los trabajos de la Comisión Mixta Demarcadora de Límites y, consecuentemente, dejar pendiente la culminación de la demarcación en una línea limítrofe de menos de cien kilómetros en la zona de la Cordillera del Cóndor.

De esta manera, a partir del año 1951 se inició nuevamente un largo período de diferencias y dificultades entre Perú y Ecuador, no carente de innumerables incidentes fronterizos —extensivos a las poblaciones de los dos países— y que fue ocasionado exclusivamente por la rebeldía ecuatoriana para culminar la demarcación pendiente conforme lo establecían el Protocolo de Río de Janeiro y el fallo de Dias de Aguiar.

Frente a esa actitud ecuatoriana, más de carácter político que jurídico, el Perú asumió durante los siguientes cincuenta años una posición de defensa de la plena validez y ejecución del Protocolo de Río de Janeiro y de sus instrumentos complementarios. Los argumentos peruanos fueron de naturaleza jurídica y marcaron una posición única e invariable a través de los diversos gobiernos que se sucedieron en Perú, constituyendo así una política de Estado. Para nuestro país y su población, la posición ecuatoriana era inaceptable, pues no había problema territorial con Ecuador y lo único que cabía era exigir la culminación de la demarcación pendiente en la zona de la Cordillera del Cóndor, siguiendo la línea de frontera debidamente delimitada en el Protocolo de Río de Janeiro y el fallo de Dias de Aguiar. Durante todo este largo período, al mismo tiempo que se buscaba la paz y el entendimiento, nuestro país actuó siempre con firmeza cada vez que la soberanía nacional se vio amenazada en la zona fronteriza por la actitud del gobierno ecuatoriano o de sus Fuerzas Armadas.

Los argumentos ecuatorianos contra el Perú se endurecieron a partir de los siguientes gobiernos del presidente José María Velasco Ibarra, quien, en su discurso de posesión como presidente de su cuarto gobierno en agosto de 1960, fue más allá y llegó a plantear la nulidad del Protocolo de Río de Janeiro bajo el erróneo argumento de que el tratado de límites de 1942 había sido impuesto a la fuerza por el Perú sobre el Ecuador. La extrema pretensión ecuatoriana, planteada dieciocho años después de la vigencia del Protocolo de Río de Janeiro, motivó no solo la protesta peruana sino, además, un importante pronunciamiento de los países garantes en diciembre de ese mismo año. En él, reiteraban la plena validez y obligatoriedad del Protocolo de Río de Janeiro, así como el respeto a la demarcación ya efectuada. En esa ocasión, las cancillerías de los cuatro países garantes expresaron lo siguiente:

Es un principio básico del Derecho Internacional que la voluntad unilateral de una de las partes no basta para invalidar un tratado de límites, ni para liberarla de las obligaciones que él le impone. […] mientras la voluntad soberana y concordante de Ecuador y Perú no disponga otra cosa, mi país considera que el Protocolo de Río de Janeiro —firmado y ratificado por Ecuador y Perú y ya aplicado en su casi totalidad mediante actos prácticos de demarcación a los cuales las propias partes atribuyen el carácter de definitivo— es un instrumento válido y debe ser cumplido6.

La posición ecuatoriana sobre la nulidad del Protocolo de Río de Janeiro y sus aspiraciones territoriales fueron variando en el transcurso del tiempo, siendo la posición extrema aquella que pretendía sustentarse en un «apócrifo protocolo de 1830, llamado Pedemonte-Mosquera, del cual nunca se ha probado su existencia y que no tiene valor jurídico internacional alguno» (Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, 1981, p. 4) que supuestamente llegaba a los ríos Marañón y Amazonas, y comprendía territorio peruano hasta la ciudad de Iquitos, según se advierte en el Gráfico 1. Contrariamente a esa posición extrema e ilegal, la frontera peruano-ecuatoriana es aquella que se confirmó y estableció de manera definitiva en el Protocolo de Paz, Amistad y Límites de 1942.

Luego del pronunciamiento de los países garantes, el presidente Velasco Ibarra regresó en su último gobierno a la tesis anterior de la inejecutabilidad parcial del Protocolo, pero planteando, ya de manera formal, un acceso de Ecuador al Amazonas por medio de un puerto propio para el Ecuador en ese río, en lo que llamó una «transacción honrosa» (Cayo, 2000, p. 21). A partir de los pronunciamientos de los presidentes de Ecuador, quedó plasmado en el imaginario de la población ecuatoriana un supuesto derecho de acceso soberano a los ríos Marañón y Amazonas, a pesar de que se trataba de una pretensión política sin fundamento jurídico alguno y que el Perú nunca aceptaría.

Tal como ha señalado el historiador peruano Percy Cayo, «[l]os años siguientes mantuvieron la situación en una suerte de no declarado statu quo; en la práctica, Ecuador se limitaba a proclamar su calidad de amazónico y a sostener la inejecutabilidad del casi desechado Protocolo de Río de Janeiro por la ausencia de la frontera en la Cordillera del Cóndor. Lo primero fue proclamado en todos los foros y mantenido en su cartografía» (2000, p. 19). Más aún, la reiterada posición de los sucesivos gobiernos ecuatorianos produjo un aparente convencimiento en la población ecuatoriana de que tenían derecho a su aspiración de llegar al Marañón-Amazonas. Sin embargo, dicha ilusión no era veraz ni podía ser cierta. Al respecto, Percy Cayo continúa:

[…] admira como durante decenas de años se mantuvo tal geografía perturbadora para cualquier ciudadano ecuatoriano medianamente culto, que no podía ignorar que ese espacio que aparecía como propio no lo era y que la línea que representaba la superficie de su Estado hasta el río Amazonas […] era falsa también. La fantasía llegaba a grado superlativo, si como era evidente, en aquellos mapas «oficiales» de Ecuador, Iquitos aparecía como ciudad ecuatoriana (pp. 19-20).

Gráfico 1. Aspiración territorial del Ecuador en desconocimiento del Protocolo de Río de Janeiro

Fuente: Conflicto Perú-Ecuador. Tumbes, Jaén y Maynas durante La Independencia. En http://www.esacademic.com/dic.nsf/eswiki/293426.

Reiterando la inalterable posición peruana, en su discurso de orden con motivo de la ceremonia de conmemoración del XXV aniversario de la firma del Protocolo de Río de Janeiro en 1967, el distinguido jurista y ex ministro de Relaciones Exteriores, Alberto Ulloa Sotomayor, recordó la validez de la posición peruana en los términos siguientes: «[…] el Protocolo de Río de Janeiro fue un documento de equidad que, mientras reconoció el valor consagrado de los derechos territoriales del Perú, representado por los títulos jurídicos y por la posesión, reconoció al Ecuador, a falta de los primeros, lo que, por los accidentes marginales que crea la realidad venía siendo también, su posesión efectiva […]» (1967, p. 10). Pero, además, Ulloa Sotomayor reiteró el derecho de libre navegación que Perú le había concedido a Ecuador en el Protocolo de Río de Janeiro, agregando a continuación lo siguiente:

No fue solamente todo eso el Protocolo de Río de Janeiro. Concedió al Ecuador derechos a la navegación del Amazonas y de sus afluentes septentrionales. No le concedió posesión territorial en las orillas del Amazonas o del Marañón, porque tal hecho habría sido una imposible y absurda revocación de siglos de realidad histórica, pero le dio la situación preferencial de equipararlo con el Brasil y Colombia en aquellos derechos de navegación. Es decir, le concedió, sin ser ribereño, lo que otros Estados tenían como consecuencia de serlo (1967, p. 10).

Así pues, se debe destacar los derechos de libre navegación que Perú le concedió gratuitamente a Ecuador en el artículo VI del Protocolo de Río de Janeiro, que quedaron de hecho suspendidos debido a la negativa ecuatoriana de culminar la demarcación pendiente en la zona de la Cordillera del Cóndor. Tal como dijo el mismo Alberto Ulloa en 1967, «[Ecuador] ha obtenido el acceso, libre y continuo de su comercio y de su navegación al sistema amazónico, del que podrá gozar cuando cumpla la condición lógica y mínima de acatar el instrumento internacional de que deriva ese derecho que se le ha concedido» (1967, p. 18).

En la década de los años setenta, durante el gobierno militar del general Juan Velasco Alvarado y luego del general Francisco Morales Bermúdez, las relaciones bilaterales entre Perú y Ecuador se desarrollaron de una manera relativamente normal, aunque siempre dentro del contexto de la cuestión territorial que Ecuador planteaba todo el tiempo y frente a la cual nuestro país reiteraba su posición de pleno respeto al Protocolo de Río de Janeiro, a su validez y a su ejecutabilidad. Algunos factores que contribuyeron a una cierta distensión entre ambos fueron la participación de los dos gobiernos en el proceso de integración andina iniciado a comienzos de la década con el Acuerdo de Cartagena, así como en los movimientos del tercer mundo y no alineados de la época y en la acción conjunta en la defensa de la soberanía marítima hasta las 200 millas. También fue relevante la suscripción en 1971 del «Convenio para el Aprovechamiento de las Cuencas Hidrográficas Binacionales Puyango-Tumbes y Catamayo-Chira por parte del Perú y el Ecuador», al igual que otros esfuerzos menores que fueron desplegados por los gobiernos de ambos países.

3. El conflicto del falso Paquisha de 1981 y la situación en los años siguientes (1981-1994)

El relativo buen ambiente en la relación bilateral se complicó nuevamente a comienzos de la siguiente década. Después de diversos incidentes de menor gravedad en la zona fronteriza, en 1981 se produjo uno de mayor dimensión durante el gobierno del presidente del Ecuador Jaime Roldós. Allí, el gobierno peruano detectó «la existencia, dentro del territorio peruano, de tres destacamentos militares ecuatorianos con sus respectivas instalaciones de reciente construcción» (Arias Stella, 1981, p. 68), que se habían asentado ilegalmente en la parte oriental de la Cordillera del Cóndor; es decir, en territorio que era peruano conforme al Protocolo de Río de Janeiro y el fallo de Dias de Aguiar.

Conocida la situación, el presidente Fernando Belaunde Terry ordenó el inmediato desalojo de las tropas ecuatorianas mediante una acción conjunta del ejército y la aviación peruana. Este último conflicto quedó denominado por el Perú como el del «falso Paquisha», puesto que a este territorio peruano el Ecuador le puso el nombre de Paquisha, el mismo nombre que tenía otro lugar ubicado en el Ecuador, a fin de confundir y pretender que el territorio peruano invadido era territorio ecuatoriano. Esta situación fue denunciada por el canciller peruano Javier Arias Stella en la Organización de los Estados Americanos (OEA), de la siguiente manera:

Este hallazgo permitió comprender al fin la verdad de los hechos, hoy día ratificados por la versión del señor canciller del Ecuador, al dejar al descubierto el juego diseñado por el Gobierno del Ecuador, que utilizando un procedimiento totalmente carente de seriedad dirigido a confundir a la comunidad internacional, había designado con el nombre ecuatoriano de «Paquisha» el punto de incursión más profundo en territorio peruano. Repito, designó con el doble nombre de «Paquisha» a un punto geográfico peruano al lado del Comaina, que ustedes señores cancilleres y representantes pueden verificar en cualquier mapa que está en el lado peruano, que ha entrado a la historia con el nombre de «falso Paquisha» (1981, p. 68).

Solo con la acción armada del Perú fue posible el retiro de las tropas ecuatorianas infiltradas a su propio territorio en la zona occidental de la Cordillera del Cóndor, mientras que las tropas peruanas se quedaron en la zona oriental de esa Cordillera, reconociéndose así, una vez más, la inalterable posición peruana. En esa ocasión, siendo yo un joven abogado y profesor de Derecho Internacional Público, fui invitado por el ministro de Relaciones Exteriores, Javier Arias Stella, para acompañarlo al lugar de los hechos. Al día siguiente del desalojo de los soldados ecuatorianos —el 29 de enero de 1981— viajamos junto con otros funcionarios de la Cancillería en un helicóptero de la Fuerza Aérea a la zona peruana que Ecuador había denominado Paquisha en la Cordillera del Cóndor, donde se había asentado uno de los tres ilegales campamentos ecuatorianos, ya destruido por la acción de las Fuerzas Armadas peruanas. Allí en el terreno, me fue posible apreciar lo agreste de la geografía de la selva amazónica que dificultaba el acceso a esa zona de la frontera peruano-ecuatoriana, un factor del que Ecuador se trató de aprovechar indebidamente. Pocos días después de esta primera experiencia, el canciller Arias Stella me nombró consultor jurídico de su despacho, por lo que me fue posible ser testigo de los tensos acontecimientos de los siguientes meses.

En el conflicto del falso Paquisha nuevamente se contó con la gestión y colaboración de los países garantes, que enviaron una misión de observadores militares. Los garantes, sin embargo, fueron mediatizados en su rol, pues el Ecuador en ese entonces solo los reconocía como «países amigos» ya que no aceptaba el Protocolo de Río de Janeiro. En este contexto, se dió la intervención de la OEA, la que a comienzos de febrero de 1981, convocó a la XIX Reunión de Consulta de los Ministros de Relaciones Exteriores del hemisferio para examinar la situación. Allí, se adoptó una resolución que promovía la solución al conflicto, pero en la que no se mencionaba el Protocolo de Río de Janeiro7. No obstante, al aprobar la resolución, el Perú dejó constancia expresa de que su voto estaba indisolublemente vinculado a la declaración que hizo el representante del Brasil en nombre de los cuatro países garantes, al decir que su voto en ninguna forma afectaba «las responsabilidades que nuestros países han asumido y están dispuestos a seguir asumiendo en su calidad de Garantes del Protocolo Peruano-Ecuatoriano de Paz, Amistad y Límites firmado en Río de Janeiro el 29 de enero de 1942» (Alarico Silveira Junior, 1981, p. 82). Así pues, una vez más Ecuador había pretendido desconocer el Protocolo de Río de Janeiro y el rol que a los países garantes les correspondía conforme al Protocolo, mientras que Perú, por su parte, reiteró en la OEA la validez plena del Protocolo y la vigencia de la función de los cuatro países garantes como el mecanismo de colaboración idóneo acordado por el Perú y el Ecuador para solucionar sus diferencias.

Luego de esta intervención de la OEA, representantes de ambas partes negociaron, durante los siguientes días y a través de los países garantes, un acuerdo de carácter militar plasmado en notas intercambiadas entre las partes de fecha 5 de marzo. La nota ecuatoriana definía las coordenadas geográficas, sin mencionar lugares, donde quedarían las tropas ecuatorianas, ubicando a los soldados ecuatorianos en su propio territorio en la vertiente occidental de la Cordillera del Cóndor y manteniendo a las fuerzas armadas peruanas en la vertiente oriental de la misma Cordillera del Cóndor. Esto implicó el reconocimiento implícito por el Ecuador, una vez más, de la frontera entre los dos países8, establecida en el Protocolo de Río de Janeiro y precisada en el fallo de Dias de Aguiar. Al término del retiro de las tropas ecuatorianas del territorio peruano y con la consiguiente terminación de las funciones de la Comisión de Observadores Militares designados por los países garantes, a modo de conclusión del conflicto del falso Paquisha, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú entregó un memorándum a los representantes de los países garantes que decía lo siguiente:

i. El Perú informó, en la citada nota de 5 de marzo, la decisión de que los efectivos militares del Perú se mantendrán en territorio peruano, es decir, en la vertiente oriental de la Cordillera del Cóndor, correspondiente al distrito de El Cenepa, provincia de Bagua, departamento de Amazonas.

ii. El Ecuador por su parte, dejó constancia, en su nota de esa misma fecha, que «detiene sus fuerzas en la Cordillera del Cóndor, en las coordenadas geográficas que se indican a continuación […] O lo que es lo mismo, en la vertiente occidental de la Cordillera del Cóndor».

iii. Conforme a lo anterior, las altas cumbres de la Cordillera del Cóndor, en esa zona, separan y dividen las posiciones de ambos países, situadas a uno y otro lado de dicha Cordillera, respectivamente.

iv. Por consiguiente, la línea de las altas cumbres de la Cordillera del Cóndor constituye frontera entre el Perú y el Ecuador en dicha zona y corresponde a la que, de conformidad con el Protocolo de Río de Janeiro, de 1942, precisa técnicamente el fallo del Árbitro Brasileño Dias de Aguiar.

v. Esta frontera corresponde como se puede apreciar, al pequeño tramo de 78 kilómetros que ha quedado sin demarcar en la Cordillera del Cóndor debido a la negativa del Ecuador a continuar su demarcación en 1950.

Durante la XIX Reunión de Consulta de los Ministros de Relaciones Exteriores de la OEA que se llevó a cabo en 1981 con motivo del conflicto del falso Paquisha, Ecuador acusó al Perú de agresión territorial y reiteró su equivocada posición sobre los supuestos derechos históricos que le brindaban acceso soberano al río Amazonas, así como sobre la inejecutabilidad del Protocolo, el llamado error geográfico y la nulidad del mismo Protocolo. Por su parte, el Perú desvirtuó en la OEA los diversos argumentos ecuatorianos, rechazó las falsas afirmaciones de agresión territorial, negó la pretensión ecuatoriana de acceso soberano al Amazonas y reiteró la plena validez y vigencia del Protocolo de Río de Janeiro, así como de la demarcación ya efectuada conforme al Protocolo de Río de Janeiro y al fallo de Dias de Aguiar. La posición peruana fue la misma desde 1950, cuando Ecuador se rebeló contra el Protocolo y pretendió desconocer la demarcación ya efectuada. Reiterando la invariable posición peruana, en su discurso de réplica ante los cancilleres de la XIX Reunión de Consulta de la OEA, el canciller Arias Stella fijó la posición peruana, luego reflejada en las futuras negociaciones a las que se refiere este libro, en los siguientes términos:

A falta de títulos y posesión efectiva, la aspiración territorial del Ecuador a un acceso soberano y directo al Río Amazonas, constituye pues un objetivo irreal y expansionista que solo puede tener sentido como producto de sentimientos ajenos a su propia realidad histórica y geográfica […]

El Perú adhiere al imperativo del respeto a las obligaciones internacionales, sostiene la validez del Protocolo de Río de Janeiro de 1942, suscrito y ratificado por los dos países sin ningún elemento de coacción. Ambos países lo pusieron en ejecución en la forma prevista por las comisiones mixtas demarcatorias. Estas llegaron a fijar en el terreno el trazo de la frontera a lo largo de 1,597.4 km sobre una longitud total de 1,675.4 km, quedando solamente 78 km por demarcar en la línea ya fijada por el árbitro Dias de Aguiar en fallo que fue aceptado por el Perú y en ese momento también por el Ecuador, aunque posteriormente este país se rebeló contra él [...]

Tenemos derecho entonces a proclamar la intangibilidad de un Protocolo que consagró en justicia los derechos derivados de los títulos coloniales, de la constitución y de la posesión efectiva del Perú. Dentro de este contexto el Perú está dispuesto no solo a cumplir con todos sus deberes sino a mantener todos sus derechos (Arias Stella, 1981, pp. 71-73).

En el segundo año del gobierno del presidente Alberto Fujimori, en 1991, surgió otro problema fronterizo serio con Ecuador. Esta vez fue un incidente en una pequeña zona aún no demarcada de la línea de frontera de aproximadamente quince kilómetros ubicada entre el hito Cusumasa-Bumbuiza y la confluencia del río Yaupi con el río Santiago, zona en la que los puestos militares y las tropas de los dos países se encontraron frente a frente en una situación de inminente conflicto armado. Felizmente, el enfrentamiento no se produjo. Se detectó que el hito Cusumasa-Bumbuiza había sido destruido, hubo infiltración de tropas ecuatorianas en territorio peruano, movimientos de tropas, desplazamientos de puestos de vigilancia y poco después dicho problema fue superado mediante negociaciones directas llevadas a cabo entre los cancilleres Carlos Torres y Torres Lara, de Perú, y Diego Cordovez, de Ecuador, quienes llegaron a un Acuerdo de Distensión que también se conoce como el Pacto de Caballeros9.

Meses después, en respuesta a una propuesta de arbitraje papal planteada ante la 46° Asamblea General de las Naciones Unidas por el presidente ecuatoriano Rodrigo Borja y que Perú no aceptó, el presidente Alberto Fujimori formuló al Ecuador una propuesta de amistad, cooperación e integración en noviembre de 1991. A los pocos meses, en enero de 1992 viajó a Quito, en lo que fue la primera visita oficial de un presidente peruano al Ecuador. La propuesta peruana era integral y se refería, en primer lugar, a la «[…] prosecución de las labores de la Comisión Mixta Demarcadora de Límites para que, con el concurso de los Países Garantes del Protocolo de Río de Janeiro y a través de la designación de un técnico en trabajos demarcatorios, proceda a la ejecución del fallo del Capitán Braz Dias de Aguiar, en los tramos comprendidos entre los hitos Cunhuime Sur y 20 de Noviembre; y Cusumasa-Bumbuiza y Yaupi-Santiago» (Fujimori, 1992, p. 50). Asimismo, proponía hacer efectiva para el Ecuador, en todos sus alcances, la navegación libre y gratuita en el Amazonas y sus afluentes septentrionales, prevista en el artículo VI del Protocolo de Río de Janeiro, así como extender la zona actual de integración fronteriza a la totalidad de la frontera común mediante la celebración de un Acuerdo Amplio de Integración Fronteriza. Finalmente, también se proponía «[l]levar adelante acuerdos que incrementen y hagan permanentes las medidas de fomento de la confianza que existen entre los dos países y posibiliten un entendimiento para emprender acciones efectivas de limitación de armamentos» (Fujimori, 1992, p. 49). La bien intencionada propuesta del presidente Fujimori no fue tomada en cuenta por el Ecuador, a pesar de que representaba un serio y novedoso esfuerzo del Perú para lograr un arreglo definitivo y completo con Ecuador. Ese mismo año, en su Libro Blanco, publicado en julio de 1992, Ecuador calificó la situación limítrofe entre los dos países como la de un «amistoso desacuerdo» (Cayo, 2000, p. 25).

4. El conflicto en la Cordillera del Cóndor y la Declaración de Paz de Itamaraty (1995)

Luego de dos años con pequeños incidentes fronterizos y en el contexto de una relativa tranquilidad en la frontera peruano-ecuatoriana, al inicio del mandato del presidente de Ecuador, Sixto Durán Ballén, entre enero y febrero del año 1995, se produjo en la zona de la Cordillera del Cóndor el conflicto militar más grave ocurrido entre el Perú y el Ecuador desde la firma del Protocolo de Río de Janeiro en 1942. Nuevamente, este fue ocasionado por la infiltración de tropas ecuatorianas en territorio peruano y las consecuentes acciones militares del Perú para desalojarlos. En las nacientes del río Cenepa sobre la vertiente oriental de la Cordillera del Cóndor, en territorio peruano en las zonas de Cueva de los Tayos, Base Sur y Tiwinza, se dieron enfrentamientos bélicos significativos que duraron 32 días y en los que fallecieron soldados y oficiales de ambos países.

En estas serias circunstancias de conflicto armado, esta vez sí bajo el marco del Protocolo de Río de Janeiro y con la activa participación de los países garantes, los viceministros de Relaciones Exteriores de Perú, Eduardo Ponce, y de Ecuador, Marcelo Fernández de Córdova, negociaron intensamente durante dieciocho días, hasta que lograron suscribir la Declaración de Paz de Itamaraty el 17 de febrero de 1995, la que contó con la firma de representantes de los países garantes. Mediante esta declaración, Perú y Ecuador confirmaron el acuerdo de cese de las hostilidades negociado pocos días antes y aceptaron el ofrecimiento de los países garantes de enviar una misión de observadores a la zona del conflicto con la finalidad de establecer una zona desmilitarizada, supervisar la desmovilización gradual y recíproca, y lograr el retorno a las guarniciones y bases de las unidades desplegadas en las operaciones militares. Además, acordaron iniciar conversaciones10 «para encontrar una solución a los impases subsistentes, tan pronto […] se restablezca un clima de distensión y amistad entre los dos países»11.

Sin embargo, el acuerdo para el «[…] cese de las hostilidades no fue respetado y los combates continuaron por más de una semana en el Alto Cenepa. Esta situación condujo a los Países Garantes, actuando en el marco de su compromiso de asistencia a las Partes […] a emitir una nueva declaración el 24 de febrero» que deploraba los hechos y convocaba a una nueva reunión, esta vez a nivel de cancilleres. La reunión se realizó en Montevideo el 28 de febrero y los cancilleres del Perú, Efraín Goldenberg, y del Ecuador, Galo Leoro, conjuntamente con los cancilleres y representantes de los países garantes, suscribieron la Declaración de Montevideo, «[…] que marcó el fin de las hostilidades y, consecuentemente, el inicio de la aplicación de los acuerdos contenidos en la Declaración de Paz de Itamaraty» (Goldenberg, 2000, p. 45).

Tres años después, comentando el grave episodio de 1995 y comparándolo con el conflicto del falso Paquisha de 1981, el ex canciller Goldenberg señaló que:

[…] la diferencia fundamental entre ambos episodios es la trascendencia de los acuerdos alcanzados en 1995 y su proyección hacia el futuro. Los incidentes de 1981 se limitaron al plano militar y no tuvieron un correlato político en favor de la consecución del objetivo nacional de culminar la demarcación pendiente [...]. En 1995, en cambio, más allá de las críticas de algunos sectores belicistas que reclamaban una situación militar extrema, el cese de hostilidades vino aparejado al compromiso de iniciar conversaciones para la superación de los impasses subsistentes […] (2000, pp. 52-53).

Bajo una perspectiva jurídica, el aspecto más trascendente de la Declaración de Paz de Itamaraty para el Perú, y el que permitió iniciar un camino hacia la búsqueda de la paz, fue lograr el reconocimiento por Ecuador del Protocolo de Río de Janeiro. Fue igualmente relevante el reconocimiento formal del rol de los cuatro países garantes en el marco del Protocolo, no solo para garantizar el tratado de límites de 1942, sino también para colaborar activamente en la solución de las diferencias entre los dos países, quedando este espacio aceptado como el mecanismo jurídico apropiado para resolver las diferencias. El reconocimiento del Protocolo en la Declaración de Paz de Itaramaty, que se logró en gran medida por la habilidad de nuestros negociadores y por el apoyo de los garantes, fue posible como consecuencia de la declaración que, pocos días antes y en medio del conflicto armado, hiciera el presidente del Ecuador, Sixto Duran Ballén, quien «[…] en el proceso de búsqueda de la paz convocó ‘a los Embajadores de los Países Garantes del Protocolo de Río de Janeiro’» (Cayo, 2000, p. 26). Con esta declaración, Ecuador, a través de su jefe de Estado y máximo representante del país en el exterior, reconoció el Protocolo de Río de Janeiro después de 34 años de rebeldía. Comentando este hecho, el ex canciller del Ecuador, José Ayala, dijo en sus memorias lo siguiente:

Fue esta una determinación difícil pero ineludible que hubo que adoptarse — como lo señala el presidente Durán Ballén — dadas las circunstancias que vivía el país en esos momentos. Se la tomó […] ante la necesidad de reconocer oficialmente el marco jurídico referencial que haría posible la búsqueda de una solución definitiva y digna al problema territorial con el Perú. De este modo fue posible apelar de inmediato al concurso de los Países Garantes, a fin de que «dieran paso a esquemas de negociación y de concertación con el espíritu siempre pacífico de nuestro pueblo». Al explicar las razones que le indujeron a tomar esta determinación, el presidente Durán Ballén escribe que negarles a Argentina, Brasil, Chile y Estados Unidos el carácter de «garantes» que tenían según el Protocolo de Río de Janeiro y darles el calificativo eufemístico de «amigos» era ir en contra de la realidad de los hechos (2009, p. 120).

A diferencia del caso del falso Paquisha de 1981, en el conflicto militar del Alto Cenepa de 1995, Ecuador se había preparado, por lo que fue difícil para las tropas peruanas desalojar a las tropas ecuatorianas antes de que se produjese el cese del fuego. Por ello, después del conflicto en el Perú quedó la duda sobre cuál de los dos Estados había quedado en mejor situación militar en la zona cuando se suspendieron las hostilidades. Sobre este punto, Percy Cayo ha sostenido que «[…] era evidente que de parte de Ecuador —según lo declararon sus propias autoridades— había habido una larga etapa de preparación para efectivizar sus acciones en aquella inhóspita zona; de parte del Perú, la impreparación para la misma, señalada incluso por observadores extranjeros, demostraba que no había estado prevista entre las posibilidades de las Fuerzas Armadas» (2000, p. 26).

El resultado militar del conflicto armado en el Alto Cenepa trajo como consecuencia una sensación de satisfacción e inclusive de victoria por parte del Ecuador que abrió las puertas a los ecuatorianos a la posibilidad de negociar con el Perú en términos diferentes a los del pasado. Así, por ejemplo, al igual que la gran mayoría de los analistas ecuatorianos, Ayala Lasso habla de «la victoria del Cenepa». Ayala incluso menciona una carta que, en esos días y antes de ser canciller, envió al presidente Durán Ballén y que decía: «Estamos ahora […] en una situación diferente para tratar con el Perú. Perdidos los complejos históricos de país eternamente vencido, mutilado, disminuido, podemos negociar como iguales» (2009, p. 125). Al mismo tiempo, para sustentar su opinión de que ese era el momento más adecuado para negociar con el Perú, por el temor de una represalia militar peruana, Ayala expresó lo siguiente: «El Perú, aunque no lo reconozca, se siente humillado y hará todo cuanto esté a su alcance para cambiar la situación. Sus Fuerzas Armadas deben ya estar preparándose para la revancha» (2009, p. 125).

A diferencia de la percepción ecuatoriana, la evaluación del conflicto militar en nuestro país fue diferente, pues no quedó claro cuál de los dos Estados había quedado en mejor posición militar en la zona del conflicto cuando se suspendieron las hostilidades, habiéndose producido en las Fuerzas Armadas peruanas una suerte de frustración por tales resultados, a pesar de que, luego de efectuada la desmovilización negociada, las tropas ecuatorianas salieran del territorio peruano. La visión negativa de los resultados del conflicto de 1995 por parte de nuestras instituciones armadas fue uno de los motivos para que sus altos mandos, a consecuencia de una nueva infiltración de soldados ecuatorianos en territorio peruano, promovieran tres años después, en 1998, una amplia intervención militar peruana en el Ecuador. Esta, felizmente, no ocurrió, pues habría resultado en un gravísimo conflicto militar de consecuencias imprevisibles. Como se explica en el capítulo V de este libro, siendo ministro de Relaciones Exteriores me opuse firmemente a la posibilidad de dicha intervención y contribuí decisivamente a evitarla con una firme acción diplomática.

Una visión objetiva de la situación existente luego del conflicto militar del Alto Cenepa de 1995 y de cómo se fueron creando condiciones para las futuras conversaciones a consecuencia del cambio de la posición ecuatoriana respecto al Protocolo de Río de Janeiro se puede advertir en el trabajo de Beth Simmons, promovido por el United States Institute of Peace, en el que se dice lo siguiente:

Aunque ningún país logró tener ganancias territoriales […], una consecuencia importante de la guerra fue que dio al Ecuador la oportunidad de adoptar una posición más flexible en sus treinta y cinco años de oposición al Protocolo de Río. La mayoría de opiniones concuerdan en que Ecuador infligió un golpe táctico a las fuerzas peruanas, en evidente contraste con los enfrentamientos de 1941 y 1981. Sin embargo, está ampliamente reconocido que el balance de fuerzas, a largo plazo, está y permanecerá a favor del Perú. […] la respetable actuación de sus fuerzas armadas en 1995 le dio la oportunidad [a Ecuador] de hacer concesiones dejando intacta su dignidad. La aceptación del Protocolo de Río como marco de referencia fue una concesión significativa que, al mismo tiempo, abrió el camino para las discusiones sobre la controversia territorial subyacente (1999, pp. 12-13. Traducción libre)12.

Igualmente causó preocupación en el Perú la falta de una adecuada labor informativa durante el conflicto de 1995, a diferencia de Ecuador que se había esforzado en presentar su posición ante la comunidad internacional, especialmente en el ámbito hemisférico. Ello motivó que, poco después de la firma de la Declaración de Paz de Itamaraty y del cese de las hostilidades, el gobierno del Perú enviara a un plural y selecto grupo de personalidades peruanas como embajadores en misión especial a visitar diferentes países relevantes, con el objetivo de informar sobre la posición peruana y los derechos del Perú, en especial en el ámbito hemisférico. En mi caso, fui designado junto con el doctor Enrique Elías La Rosa para visitar Colombia, México, Panamá y las ciudades de San Francisco y Los Ángeles en los Estados Unidos, donde nos entrevistamos con representantes de los gobiernos, de la prensa y del medio académico y empresarial. En las visitas que hicimos fue grande nuestra sorpresa al advertir la falta de conocimiento que había en el extranjero de la cuestión limítrofe entre el Perú y el Ecuador e inclusive con frecuencia de la visión sesgada a favor de la posición ecuatoriana debido a la propaganda que desde hacía años Ecuador realizaba ante los gobiernos de la región y la prensa extranjera. Sin embargo, en los diálogos sostenidos en los países visitados, para nosotros fue relevante enfatizar el cambio producido en la posición ecuatoriana después de tantos años de rebeldía para culminar la demarcación pendiente. Ahora, a partir del conflicto del Alto Cenepa, Ecuador había reconocido la validez y vigencia del Protocolo de Río de Janeiro, así como el papel que cabía a los países garantes como el mecanismo apropiado, aceptado por las partes, para colaborar en las futuras conversaciones que se había acordado realizar para la solución de la controversia entre los dos países.

Ahora bien, la Declaración de Paz de Itamaraty estableció dos fases orientadas a superar el conflicto y a buscar una solución definitiva a la cuestión territorial entre el Perú y el Ecuador. En primer lugar, se negoció una fase inmediata de carácter militar que —con no pocas dificultades— se desarrolló durante el año 1995 y que se orientó a lograr progresivamente la separación de las tropas, la concentración de las fuerzas, la creación de la zona desmilitarizada, la desmovilización gradual y recíproca de las tropas de ambos países, el retiro de las tropas ecuatorianas del territorio peruano y el establecimiento de la Misión de Observadores Militares de los Países Garantes (MOMEP). En segundo lugar, la declaración estableció una fase político-diplomática en la cual, una vez que se cumplieran los aspectos anteriormente mencionados de carácter militar y se estableciera un clima de distensión y amistad entre los dos países, el Perú y Ecuador debían iniciar conversaciones sustantivas para encontrar una solución a sus diferencias, que la misma declaración llamó «impases subsistentes». A partir de la Declaración de Paz de Itamaraty, Ecuador, ahora sí conjuntamente con el Perú, aceptó la activa y permanente colaboración de los países garantes y estos, a su vez, demostraron su mejor disposición para cooperar y cumplir con su función de garantes en los términos establecidos en el Protocolo. En este sentido, mediante la Declaración de Montevideo, adoptada diez días después de la Declaración de Paz de Itamaraty, los países garantes reiteraron «[…] su compromiso de seguir cumpliendo las obligaciones que para ellos emanan del Protocolo de Río de Janeiro, contribuyendo así al acercamiento de las Partes y a la plena consolidación de la paz entre el Ecuador y Perú»13.

5. La definición de los impases subsistentes entre Perú y Ecuador

Al concluirse la etapa militar, entre enero y octubre de 1996, Ecuador y Perú avanzaron en la definición de los procedimientos a seguir para las futuras conversaciones. Los entendimientos y compromisos de naturaleza procesal se negociaron en las reuniones sostenidas por los ministros de Relaciones Exteriores del Perú, Francisco Tudela, y del Ecuador, Galo Leoro, celebradas entre los meses de enero y octubre de 1996 en Lima, Quito, Buenos Aires y Santiago, con lo que finalizó la etapa procesal. Los acuerdos de carácter procesal adoptados en estas reuniones quedaron plasmados en el Acuerdo de Quito del 23 de febrero, en el comunicado de prensa de Buenos Aires del 19 de junio y en el Acuerdo de Santiago del 29 de octubre de 1996 (Sandoval, 1999, pp. 9-15).

El primer tema de carácter procesal que negociaron intensamente en Quito los cancilleres de Perú y Ecuador estaba relacionado con la definición y la forma en que las dos partes presentarían los llamados impases subsistentes. De un lado, Ecuador pretendía que la lista de los impases fuera indicativa, dejando abierta la posibilidad de que luego se presentaran otros impases, y que hubiera una sola lista negociada entre las partes y en la cual se incluyeran los asuntos en controversia que cada uno consideraba como impases subsistentes. Además, Ecuador sostenía que el Perú no podría negarse a tratar todos los impases que presentarían. De otro lado, el Perú afirmaba que los impases que formularían las dos partes deberían ser definitivos y únicos, de tal forma que posteriormente no fuese posible incluir otros. Asimismo, el Perú sostenía que cada Estado debería presentar sus impases por separado en su propia lista, de tal manera que la presentación de las listas por cada una de las partes no significara aceptación de la validez o contenido de dichos impases por la otra parte.

Ecuador aceptó la posición peruana de que cada Estado establecería su propia lista de impases, por separado, así como, que los impases subsistentes a presentarse tendrían un carácter definitivo y que su contenido no comprometería a la otra parte. Sin embargo, por otro lado, el Perú aceptó tratar todos los impases que presentaría el Ecuador, al establecerse que los impases no podrían ser vetados por las partes. Al respecto, el Acuerdo de Quito señaló en el punto 2 lo siguiente: «Dichas listas no representan un compromiso sobre los derechos de las Partes, tendrán carácter definitivo y no serán vetadas por ellas. El contenido de ambas listas será la materia de las conversaciones a que se refiere la Declaración de Paz de Itamaraty». Complementariamente, el Acuerdo de Santiago reiteró que las conversaciones abordarían «[…] en forma separada, secuencial y sin vetos todos los impases subsistentes».

Finalmente, Ecuador no aceptó que las partes intercambiaran sus listas de impases en la reunión de Quito, sosteniendo que dichas listas podrían ser conocidas por la otra parte después que la MOMEP constatara que las partes hubieran cumplido plenamente con la desmovilización y, en particular, que el Perú redujera a sesenta sus efectivos en su puesto de vigilancia P2, tal como se había acordado previamente. Por ello, en Quito se acordó que los gobiernos de Perú y Ecuador entregarían sus respectivas listas de impases subsistentes a los representantes de los países garantes, quienes las mantendrían en custodia con carácter de reservado. Asimismo, se acordó que luego de recibir una comunicación de la MOMEP indicando el cumplimiento de los aspectos militares antes mencionados, los representantes de los países garantes entregarían las listas a los representantes de las partes en la ciudad de Brasilia, lo que ocurrió el 6 de marzo de 1996, es decir, dos semanas después del Acuerdo de Quito.

Las listas de los impases reflejaban claramente diferencias de fondo entre lo que Ecuador y Perú entendían por los impases subsistentes que debían ser materia de las conversaciones. Bajo el título de «Posición Ecuatoriana» (Sandoval, 1999, p. 11), Ecuador presentó el 23 de febrero siete impases, formulados en los términos siguientes:

Lista de los «impasses subsistentes» que presenta el Gobierno del Ecuador para que conforme, junto con la que presenta el Gobierno del Perú, la lista completa de los impasses que serán objeto de negociación en aplicación del párrafo 6 de la Declaración de Paz de Itamaraty, de 17 de febrero de 1995:

l.- Inejecutabilidad parcial del Protocolo de Río de Janeiro por la inexistencia del divisor de aguas entre los ríos Zamora y Santiago.

Acceso libre y soberano ecuatoriano al Marañón-Amazonas.

2.- Problemas de demarcación:

a) Sector Cusumasa-Bumbuiza/Yaupi.

b) Sector Lagartococha-Güepí.

3.- Problemas que generan los cortes de los ríos por las líneas geodésicas. Problema en el río Napo, sector Yasuní-Aguarico.

4.- Canal de Zarumilla.

Por su parte, el Perú consideró solo tres impases que fueron exclusivamente de carácter demarcatorio y que, bajo el título «Posición Peruana», fueron presentados por el ministro de Relaciones Exteriores del Perú el 23 de febrero de la manera siguiente: