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FUERZAS DE SEGURIDAD. Técnicas de Reducción y Control de personas violentas: es una guía práctica para los estudiantes de defensa personal que trabajan en la seguridad tanto pública como privada, ya que se basa en ejercicios que fueron realizados por personal de calle con experiencia en procedimientos y resultaron muy eficiente.El objetivo de este libro es aportar un método más de entrenamiento en defensa personal policial, recogiendo técnicas de diferentes artes marciales y profundizando en el sistema legal de cada país o región, ya que al entender del autor, cualquier practicante puede realizar una palanca o efectuarle un golpe rápido y preciso en el cuerpo de un atacante, pero lo que se considera más difícil en todo entrenamiento policial o sobre las fuerzas de seguridad encargadas de hacer cumplir la ley, es reducir o inmovilizar a un atacante tratando de ocasionarle el menor daño posible y ponerlo luego a disposición de la justicia. En estos tiempos tan violentos que estamos viviendo cada procedimiento cuenta para que el funcionario público sea criticado por su exceso de Autoridad o Apremios ilegales, brutalidad o cause alguna lesión grave al revoltoso, siendo a veces el delito o la falta, de menor importancia que el daño ocasionado por el representante de la Fuerza pública, es por esto que debemos tener mayor atención al entrenamiento y a los métodos que utilizamos, porque no es necesario competir ni romper gran cantidad de maderas para demostrar nuestro poder al momento del combate. Si debemos tener muy en cuenta nuestros pros y contras a la hora de actuar. En muchas ocasiones es mejor tratar de entablar un lenguaje tranquilizador, como lo aconsejan las Normas internacionales sobre el Arresto de la O. N. U. a todos los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, y no utilizar la agresión física ni los métodos de reducción, si estos no lo ameritan. El entrenamiento serio y constante, seguido de la supervisión de un profesional en la materia, asegura un procedimiento profesional y no cuestionable. El conocimiento es el mejor arma que puede utilizar el funcionario público en servicio, y tomar conciencia que su trabajo requiere de un constante entrenamiento tanto físico como mental, es aún más importante. Contar también con herramientas para poder defenderse en los momentos críticos, es una ventaja que debemos aprovechar al máximo. En cada procedimiento y en cada momento de la vida, la persona más importante que debemos controlar, es uno mismo. Si logramos esto a través del entrenamiento, el objetivo planificado será cumplido.
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Seitenzahl: 84
Veröffentlichungsjahr: 2019
Alegre, Sergio Raúl
Técnicas de reducción y control de personas violentas / Sergio Raúl Alegre. - 1a ed . - Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Autores de Argentina, 2019.
Libro digital, EPUB
Archivo Digital: online
ISBN 978-987-761-736-8
1. Defensa Personal. I. Título.
CDD 613.66
Editorial Autores de Argentina
www.autoresdeargentina.com
Mail: [email protected]
Diseño de portada: Justo Echeverría
Queda hecho el depósito que establece la LEY 11.723
Impreso en Argentina – Printed in Argentina
Dedicado a mi padre Roque Alegre,
mi amigo y maestro de la Vida,
Gracias Viejo
Hay hombres que de su ciencia
Tienen la cabeza llena,
Hay sabios de todas menas,
Más digo, sin ser muy ducho,
Es mejor que aprender mucho,
El aprender cosas buenas…
José Hernández (Martin Fierro)
Agradecimiento:
Quiero agradecer a las personas que me acompañaron en mi carrera profesional, como ser compañeros de trabajo y familiares. Desde que ingrese a las filas de la Policía de la Provincia de Santa Fe, tuve la esperanza de entrenar al funcionario público encargado de hacer cumplir la ley, en el área de defensa personal y la educación física, dictando diferentes cursos de capacitación y a la vez capacitándome también con ellos, fue así que en el año 2006 fui convocado como Instructor por la Escuela de Policía de la Provincia de Santa Fe en la Escuela de Cadetes de Policía ¨Antonio Rodríguez Soto¨ (hoy Instituto de Seguridad Pública), del cual fui egresado como oficial Sub Ayudante en el año 2002 y comencé a realizar funciones como Coordinador en el Área de Educación Física y defensa Personal, convocando a diferentes profesionales de distintas artes marciales e instructores de tiro para que capaciten mediantes cursos a los cadetes de policía y a los mismos policías en servicio activo. Fue así que en el año 2008 realice mi primer Manual de Defensa Personal con el título de Técnicas de Reducción y Control de personas violentas, el cual fue realizado con los cadetes de policías y personas amigas, pero lamentablemente no tuvo mucha difusión ya que fue impreso en poca cantidad y era dirigido solamente a los estudiantes de defensa personal que egresaran de esta fuerza, pero la instrucción aplicada pertenece al estudio de técnicas que se realizan en todas partes del mundo, es por esto que este año al cumplir ya diez años de su primer edición, decidí realizar una versión más actualizada y difundirla a todos las policías de diferentes provincias y localidades, ya que la Instrucción que realizamos tienen el mismo objetivo. Es por esto que este trabajo que no acaba aun y es un camino muy largo para recorrer, quiero agradecer una vez más a todas estas personas que me acompañan en la difícil tarea de instruir a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley para que actúen en situaciones de crisis real en forma profesional y brinden a la sociedad la tranquilidad que esta necesita para progresar.
Un agradecimiento especial al Instituto de Seguridad Publica Rosario, a cargo de la Dirección del Comisario Director Gabriel Leesgtra y a los cadetes de 2do. Año de la Promoción 2018 que colaboraron con las fotos Barrios Enrique y Medina Walter.
Sergio R. Alegre
Introducción:
Este libro es una guía para la práctica de las técnicas ya realizadas en el Gimnasio o en los Centros de capacitaciones, porque necesariamente el practicante tiene que haber entrenado bajo la supervisión de un profesor de defensa personal para poder asimilar las técnicas correctamente. Toda practica de una defensa personal debe tener en claro que la única manera de aprenderla correctamente es mediante la transpiración por haberla realizado cientos de veces, hasta que cada célula de nuestro cuerpo interprete el movimiento y actué en forma espontánea y natural, ante una agresión o un imprevisto en el que deba actuar rápidamente, sin tiempo a pensar la situación. Desafortunadamente el funcionario encargado de hacer cumplir la ley por situaciones externas a su trabajo, por falta de tiempo o dedicación, descuida su entrenamiento diario referente a las técnicas de reducción y defensa personal, algunos con poca experiencia en este bendito trabajo, tienen la idea que el curso de capacitación en su inicio en la carrera como cadete o estudiante, lo prepara para afrontar las situaciones de crisis que vivirá diariamente en la defensa de la integridad física de terceros o la misma, pero al enfrentarse con esta realidad, lamentablemente emplea los recursos que tiene y sin la instrucción adecuada puede terminar muy mal. Es por esto que insisto todo el tiempo a mis colegas y sub alternos que entrenen, que concurran al polígono, que se preparen, que lo tomen como una costumbre, porque una persona entrenada no duda en las situaciones de riesgo, incluso brinda seguridad a aquellas que no lo están e incluso lo necesitan. No solo debemos entrenar el control sobre otras personas, sino lo que es más importante aún, es entrenar el control sobre uno mismo, que es uno de los principios fundamentales de toda arte marcial. La sociedad solicita permanentemente a un policía entrenado, el hombre no puede ser reemplazado por una máquina, porque su capacidad de actuar y comprender la situación crítica es única, y por más que el ciudadano común coloque alarmas de seguridad en sus vivienda, cuando el mal viviente ingresa a su propiedad, necesita la presencia de un operador capacitado para que puede actuar en consecuencia. Incluso en las situaciones de peleas entre personas alcoholizadas o bajo ingestas de sustancias alucinógenas, el funcionario debe actuar con un excelente control para poder disuadir y detener las acciones violentas, tratando de no lesionar a los individuos y evitar resultar lesionado. Es por esto que estas técnica de defensa personal son las más difícil de todas, no solamente porque debemos detener la acción violenta, sino también evitar lesiones innecesarias. En nuestro país son muy frecuentes las denuncias contra los funcionarios policiales por Abuso de Autoridad o abuso de la legitima defensa, todo esto puede ser evitado cuando el policía es correctamente entrenado, sin necesidad de demostrar superioridad ni siquiera de esgrimir su arma de fuego, cuando una persona es instruida, hasta con el dialogo puede disuadir una situación conflictiva, pero si esto no ocurre, puede actuar en forma moderada utilizando todos los principios que en este libro se expresan. Porque esta es nuestra misión sagrada servir y proteger.
CAPITULO I
La defensa Personal Policial
y los tratados internacionales
¨LOS DERECHOS HUMANOS ESTAN DETERMINADOS Y PROTEGIDOS POR EL DERECHO INTERNACIONAL¨
Entre los Instrumentos Internacionales pertinentes están:
■La Declaración Universal de Derechos Humanos,
■El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
■La Declaración sobre la Protección de todas las personas contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes,
■La Declaración de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación racial,
■La Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación Racial,
■La Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid,
■La Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio,
■Las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos,
■La Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, y
■La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica)
EL USO DE LA FUERZA está establecido en el ámbito de las Naciones Unidas a través de alto Comisionado para los Derechos Humanos, quien desarrolló una serie de recursos, para la capacitación de los funcionarios policiales, apoyándose en el CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY (Aprobado por la Asamblea General mediante Resolución 34/169 de 17 de diciembre de 1979), en los PRINCIPIOS BÁSICOS SOBRE EL EMPLEO DE LA FUERZA Y LAS ARMAS DE FUEGO POR LOS FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY (Adoptados por el 8º Congreso de la O. N. U.), PREVENCIÓN DEL DELITO Y TRATAMIENTO DEL DELINCUENTE, (Celebrado en 1990)
y las REGLAS DE JUSTICIA PENAL DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA POLICIA DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ.
Las disposiciones legales que regulan el uso de la Fuerza Pública se basan en los principios de necesidad y proporcionalidad. Estos principios exigen que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley recurran a la fuerza cuando sea estrictamente necesario para la aplicación de la ley y el mantenimiento del orden público y que esta aplicación sea proporcional. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, en la medida de lo posible, recurrirán a medios no violentos antes de utilizar la fuerza y armas de fuego (establecido en la Serie de Capacitación Profesional Nº 5 de la O. N. U.) Se establece un orden gradual de las operaciones que deben ajustarse los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
1.Recurrir a la persuasión.
2.Utilizar la fuerza moderadamente. (De esto se deduce, que son aplicables las técnicas corporales de defensa personal policial a manos libres).
3.Utilizar elementos alternados a las armas de fuego (De esto se deduce, que son aplicables el uso con técnicas defensivas y tácticas de arma no letales, como bastones, TONFA policial, etc.)
4.Utilizar armas letales con moderación y en proporción a la gravedad del delito y al objetivo legítimo perseguido, sólo cuando resulten insuficientes medidas menos extremas.
CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LOS FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACCER CUMPLIR LA LEY (Resolución 169/34 Asamblea General de la O.N.U.)
Artículo 1: Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley cumplirán en todo momento los deberes que les impone la ley, sirviendo a su comunidad y protegiendo a todas las personas contra actos ilegales, en consonancia con el alto grado de responsabilidad exigido por su profesión.
Artículo 2: En el desempeño de sus tareas, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respetarán y protegerán la dignidad humana y mantendrán y defenderán los derechos humanos de todas las personas
Artículo 3: Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrán usar la fuerza solo cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas.
Artículo 4: