Teoría general de la política - Norberto Bobbio - E-Book

Teoría general de la política E-Book

Norberto Bobbio

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Beschreibung

En las últimas décadas, Norberto Bobbio había venido albergando la idea de redactar una "Teoría general de la política", basada tanto en las enseñanzas de los autores clásicos como en los principales problemas políticos de su tiempo. El proyecto, que nunca llegó a concretarse, ha sido finalmente acometido por Michelangelo Bovero, que ha conseguido sistematizar, a través de cuarenta ensayos, lo más significativo del pensamiento bobbiano en materia de teoría del estado y de la política. Esta edición, en efecto, consigue integrar por primera vez artículos emblemáticos del profesor de Turín con algunos que hasta ahora habían pasado prácticamente inadvertidos en el conjunto de su obra. Las posibles relaciones entre ciencia política y filosofía política, o entre teoría e ideología; las lecciones y categorías legadas por los clásicos, desde Hobbes, Locke o Kant, hasta Marx o Weber; los posibles vínculos entre libertad e igualdad; los fundamentos normativos de la democracia y el alcances práctico de sus promesas; el problema de la paz y de la guerra y su ligamen con los derechos humanos; el debate entre reforma y revolución como instrumentos de cambio social o la pertinencia de los presupuestos progresistas que caracterizan buena parte de la filosofía de la historia moderna, son algunos de los temas que atraviesan este libro. El resultado es una obra trabada y novedosa, que destaca tanto por su unidad metodológica como por la variedad de contenidos que incorpora. Su riguroso orden, la actualidad de los temas abordados y su completo índice de materias, multiplican su valor y la convierten, a la vez, en resumen y culminación de la teorización del pensador italiano.

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Teoría general de la política

Teoría general de la política

Norberto Bobbio

Edición de Michelangelo Bovero

Traducción de Antonio de Cabo y Gerardo Pisarello

 

Proyecto financiado por la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura Ministerio de Cultura y Deporte

 

 

COLECCIÓN ESTRUCTURAS Y PROCESOS            Serie Derecho

 

 

Primera edición: 2003

Segunda edición: 2005

Tercera edición: 2009

Título original: Teoria generale della politica

© Editorial Trotta, S.A., 2003, 2005, 2009, 2023

www.trotta.es

© Giulio Einaudi editore s.p.a., Torino, 1999

© Michelangelo Bovero, para la introducción, 2003

© para la traducción: Antonio de Cabo de la Vega, Gerardo Pisarello Prados, José Fernández Santillán, Alfonso Ruiz Miguel, Alexéi Julio Estrada, Miguel Carbonell, Magdalena Lorenzo, Pepa Linares, Marcos Criado y Carmen Revilla Durán, 2003

© Fondo de Cultura Económica, México, 1996 para la traducción castellana de los capítulos I.I, I.III, II.II, II.III, III.I, V.III, VI.II, VI.III, VII.I, VII.III, VIII.II, VIII.III, X.I, X.II, XI.I y XI.II publicados en el volumen Norberto Bobbio: el filósofo y la política compilado por José Fernández Durán

Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de esta obra solo puede ser realizada con la autorización de sus titulares, salvo excepción prevista por la ley. Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos, www.cedro.org) si necesita fotocopiar o escanear algún fragmento de esta obra.

ISBN (edición digital e-pub): 978-84-1364-128-7

CONTENIDO

Introducción. La idea de una teoría general de la política: Michelangelo Bovero

Elenco de las fuentes

Parte I

LA FILOSOFÍA POLÍTICA Y LA LECCIÓN DE LOS CLÁSICOS

Capítulo I. La filosofía política

Capítulo II. La lección de los clásicos

Parte II

POLÍTICA, MORAL, DERECHO

Capítulo III. Política y moral

Capítulo IV. Política y derecho

Parte III

VALORES E IDEOLOGÍAS

Capítulo V. Valores políticos

Capítulo VI. Ideología

Parte IV

LA DEMOCRACIA

Capítulo VII. Democracia: los fundamentos

Capítulo VIII. Democracia: las técnicas

Parte V

DERECHOS Y PAZ

Capítulo IX. Derechos del hombre

Capítulo X. Paz y guerra

Parte VI

CAMBIO POLÍTICO Y FILOSOFÍA DE LA HISTORIA

Capítulo XI. Cambio político

Capítulo XII. Filosofía de la historia

Índice analítico

Índice onomástico

Introducción

LA IDEA DE UNA TEORÍA GENERAL DE LA POLÍTICA

Michelangelo Bovero

Nunca me he considerado filósofo en el sentido tradicional de la palabra, pese a haber impartido durante muchos años dos materias filosóficas: la filosofía del derecho y la filosofía de la política. Ahora bien, tanto una como otra, tal como yo las entiendo, poco tienen que ver con la Filosofía con mayúscula. Es más, con frecuencia he dedicado algunas lecciones introductorias de mis cursos a tratar de explicar a los estudiantes por qué estos cursos, aun titulándose “Filosofía del derecho” y “Filosofía de la política”, yo no los expongo como cursos propiamente filosóficos. La mayor parte de los apuntes que han tenido que estudiar mis alumnos no se titulaban Filosofía de..., sino Teoría general del derecho, Teoría general de la política, Teoría de las formas de gobierno, etc.

Norberto Bobbio comenzaba con estas palabras, en 1980, una disertación sobre el tema «¿Qué hacen hoy los filósofos?», dentro de un ciclo de conferencias organizado por la Biblioteca Comunale di Cattolica1. Querría destacar que sólo el tercero de los títulos citados en aquella ocasión se correspondía, entonces, con el de un volumen efectivamente publicado2. Por ello, podría pensarse que la idea de una teoría general de la política le parecía a Bobbio tan definida, y acaso la intención de llevarla a cabo tan clara, que se expresó (el texto de la conferencia que apareció después en un volumen colectivo se estableció a partir de una grabación) como si se tratase de una obra ya realizada.

La alusión de Bobbio a las dos «teorías generales», del derecho y de la política, como títulos de dos libros verdaderamente existentes, no constituía en realidad más que un expediente retórico. Servía para sugerir a los oyentes de forma inmediata cuál era la dirección preferente, aunque no exclusiva, por la que había encauzado sus estudios, además de su docencia universitaria. Ello no quiere decir que la idea de una teoría general de la política, concebida no sólo como perspectiva para sus investigaciones sino como obra que exigía una redacción sistemática, no se correspondiese con un proyecto real. Sobre este asunto Bobbio volvió a reflexionar varias veces, al menos desde 1972, año en que pasó de la cátedra de Filosofía del derecho a la recientemente instituida de Filosofía de la política (tal como, entonces, se denominaba siguiendo la redundante expresión de Croce). Ahora bien, a la reflexión nunca le siguió el paso decisivo hacia su realización. Quizá porque Bobbio siempre fue consciente de la novedad (relativa) y de las dimensiones de la empresa. Durante muchos años de estudio desarrolló la teoría general del derecho, disciplina defendida y frecuentada por numerosos autores, afrontando todos los temas principales del debate contemporáneo3; mientras que la teoría general de la política siguió pareciéndole largo tiempo un «campo vastísimo y, en gran parte, inexplorado»4. En 1984, cuando algunos alumnos organizaron un seminario dedicado a su pensamiento político con motivo de su septuagésimo quinto cumpleaños, y decidieron titularlo «Por una teoría general de la política», Bobbio afirmó, en la clausura, que dicho título parecía señalar «más una serie de buenos propósitos que una sólida realidad». Y añadió: «Después de haberme ocupado durante años de una teoría general del derecho, creo que ha llegado el momento de afrontar el problema de una teoría general de la política, mucho más atrasada que la primera. Ahora bien, [...] no he pasado de los fragmentos a las partes, del esquema a la obra completa»5. Al año siguiente, al reunir en el volumen Estado, gobierno, sociedad cuatro voces escritas entre 1978 y 1981 para la Enciclopedia Einaudi —dedicadas, respectivamente, a «Democracia/dictadura», «Público/privado», «Sociedad civil» y «Estado»—, eligió como subtítulo la misma fórmula elegida por los alumnos para encabezar el seminario: Por una teoría general de la política. En la Introducción, con fecha de julio de 1985, explicaba: «Se trata de temas sobre los que he trabajado con frecuencia en estos últimos diez años: considerados uno por uno constituyen fragmentos de una teoría general de la política aún por escribir»6. Muchos años después, en 1998, reconocería en aquel «ambicioso» subtítulo «una promesa no mantenida»7.

Qué entendía Bobbio, desde un principio, por «teoría general de la política» parece deducirse, al menos formalmente y en una primera aproximación, de la comparación, varias veces recordada, con la teoría general del derecho. Una comparación que el propio Bobbio ha realizado explícitamente en una recentísima consideración retrospectiva de su obra:

[...] lo que las dos teorías tienen en común en mis escritos [...] no es tanto el fin, exclusivamente cognoscitivo (no propositivo), sino también la forma de proceder para alcanzarlo. Se trata del procedimiento [de la] «reconstrucción», mediante el análisis lingüístico nunca apartado de las referencias históricas a los escritores clásicos, de las categorías fundamentales, que permiten delimitar exteriormente y ordenar internamente ambas áreas, la jurídica y la política, y [establecer] sus relaciones recíprocas8.

A nadie se le escapa que la teoría general de la política, concebida sobre el modelo de la teoría general del derecho, resulta no sólo diferente, sino en cierto sentido incluso contraria al modelo hegemónico de la filosofía política tal como ha quedado fijado en el debate internacional de los últimos treinta años, inaugurado por la célebre obra de John Rawls, Una teoría de la justicia (1971). Existe la difundida opinión de que el extraordinario éxito de la obra de Rawls ha «resucitado» verdaderamente la filosofía política, dada por muerta quince años antes por algunos de sus estudiosos9. Dicho modelo hegemónico identifica la filosofía política con la vertiente normativa de la reflexión sobre la política, que asume como directriz propia fundamental la discusión de las cuestiones de valor y del deber ser, la de los problemas de justificación y de orientación prescriptiva. Según la más reciente valoración de Bobbio, aunque es cierto que el renacimiento de la filosofía política se debe a «una obra que pretende indicar la mejor solución posible para una sociedad justa, la teoría general, tal como yo la he concebido y la he comenzado a formular, pertenece a la fase anterior, por lo demás nunca superada en los últimos años. La teoría general de la política y la teoría normativa de la justicia pueden tranquilamente avanzar juntas sin chocar entre sí. Sus objetivos son diferentes, aunque la primera puede ayudar a la segunda a perseguir con claridad y precisión su objetivo, y la segunda puede ofrecer a la primera renovadas materias de estudio»10. Esta ecuánime valoración nos ayuda a comprender que no tiene mucho sentido tratar de separar de forma tajante la teoría general de la política y la teoría de la justicia y, mucho menos, establecer con una (apresurada) actio finium regundorum que el nombre de «filosofía política» deba quedar reservado exclusivamente a la teoría normativa. En todo caso, tampoco tiene mucha importancia. A fin de cuentas, se trata de simples convenciones lingüísticas11. Pese a todo, no puede dejar de constatarse que con la identificación hoy habitual entre la filosofía política tout court y el universo de discurso reconducible al paradigma contemporáneo de las teorías de la justicia —un universo que ha crecido desmesuradamente sobre sí mismo como una «nueva escolástica»— se corre el riesgo de reducir las funciones y, acaso, de hacer invisible la propia existencia de lo que Bobbio ha llamado teoría general de la política. Para poner en duda esta identificación (tendencialmente) exclusiva, basta con reflexionar sobre la gran variedad de perspectivas, enfoques y estilos filosóficos de las obras clásicas habitualmente adscritas a la historia de la filosofía política.

La filosofía política y sus formas

Bobbio abordó el problema de distinguir entre las diferentes formas de filosofía política o, mejor dicho, de clasificar los diferentes modos históricamente practicados de interpretar su naturaleza y funciones, en la ponencia presentada al seminario sobre «Tradición y novedad de la filosofía política», celebrado en Bari en 1970, que conmemoraba el nacimiento académico de la disciplina en Italia. La ponencia de Bobbio planteaba, en realidad, el objetivo indicado en el título de especificar las posibles relaciones entre filosofía política y ciencia política. Ahora bien, la tesis que sostuvo —que tales relaciones se configuran de forma diferente dependiendo del sentido que se atribuya a la noción de filosofía política— condujo a Bobbio a proponer, en esencia, una clasificación de la filosofía política en cuatro tipos principales: una distinción que él mismo presentaba, en el comentario oral a la ponencia, como un «mapa [...] de las regiones que los filósofos políticos han habitado en cada momento»12.

Según el mapa de Bobbio, el primer tipo de filosofía política coincide con la forma más tradicional de entender su naturaleza y funciones, y consiste en el «diseño [...] de la óptima república», es decir, en «la construcción de un modelo ideal de estado». Se refería explícitamente a las utopías, incluidas las que Bobbio denomina «utopías invertidas», como 1984 de Orwell; si bien, implícitamente, cabía la posibilidad de extenderlo a los modelos normativos de «sociedad buena» (o de «sociedad justa»). El segundo tipo de filosofía política consiste en la «búsqueda del fundamento último del poder»; se trata de lo que, principalmente en la tradición anglosajona, se interpreta como el problema de la justificación de la obligación política y que, en otras tradiciones, se entiende como el problema de los principios de legitimidad del poder político. El tercer tipo de filosofía política es el que se propone la «determinación del concepto general de política», bien mediante una reflexión sobre la llamada «autonomía de la política» respecto a la moral, bien mediante una teoría al poder destinada a «delimitar el campo de la política respecto del de la economía o el derecho». Y es en relación con este último tipo con el que Bobbio —por primera vez, si lo he entendido bien— sugiere como adecuado el nombre de «teoría general de la política», recurriendo a la analogía con la teoría general del derecho. El cuarto (y más reciente) tipo de filosofía política es el que nace de la interpretación de la filosofía en general como metaciencia, identificando como misión principal de aquélla, de un lado, la investigación de los presupuestos y condiciones de validez de la ciencia política y, de otro, el análisis del lenguaje político13.

En un trabajo del año siguiente, titulado Consideraciones sobre la filosofía política, Bobbio explicaba que su intento de clasificación surgió de la «constatación de que en la categoría de la filosofía política se suelen incluir obras aparentemente muy diferentes como la República de Platón, El contrato social de Rousseau y la Filosofía del derecho de Hegel»14. Al desarrollar estas consideraciones adicionales, Bobbio colocaba entre paréntesis el cuarto significado de filosofía política, ya fuera porque lo consideraba estancado en un estado de propuesta, ya porque no le hallaba correspondencia en la filosofía política clásica «desde Platón a Hegel» y, quizá, porque consideraba más oportuno colocarlo entre las formas de filosofía de la ciencia. Por ello, al desarrollar la distinción entre los tres primeros tipos de filosofía política, indicaba para cada uno una obra clásica, aparte de las sugeridas al principio, que podía considerarse paradigmática: la Utopía de Tomás Moro, el Leviatán de Hobbes y El Príncipe de Maquiavelo. Al contrastar las tres obras, señalaba en cada una el tipo de problema fundamental y lo reconducía al tipo de investigación en que había reconocido, en su escrito anterior, cada una de las tres formas de interpretar la misión de la filosofía política: la búsqueda de la mejor forma de gobierno, la de la justificación del Estado, y la de la naturaleza de la política.

Si volvemos, ahora, al mapa «completo» de cuatro términos trazado por Bobbio en 1970, resulta fácil advertir que las dos primeras «regiones», habitadas por ejemplo, por Platón y Moro la primera, y por Hobbes y Rousseau la segunda, se ocupan principalmente de cuestiones de valor, o de validez, y que pueden ser consideradas contiguas o complementarias entre sí, como lo son los problemas de la prescripción y de la justificación; mientras que las otras dos «regiones», habitadas por Maquiavelo y Hegel la tercera, y por Alfred J. Ayer y Felix E. Oppenheim, la cuarta, se ocupan principalmente de cuestiones de hecho, o mejor dicho, de conocimiento, y que, quizá, pueden también considerarse contiguas o complementarias entre sí como la interpretación de la naturaleza de las cosas (políticas) y el análisis conceptual. Llegados a este punto, se trata de ver si las dos vertientes, normativo-prescriptiva e interpretativo-analítica, en que pueden agruparse las cuatro formas de filosofía política, deben considerarse netamente separadas y alternativas entre sí, constituyendo cada una de ellas un campo peculiar y distinto de la reflexión sobre la política; o si, por el contrario, pueden o incluso deben considerarse no sólo complementarias, sino también, de algún modo, interconectadas. Planteado en estos términos, el problema parece ser un reflejo de otro más general, el de la «gran división» entre hechos y valores (sobre el que tendremos que volver). Bobbio se ha declarado siempre «un dualista empedernido» para el que «está vedado el paso entre el mundo de los hechos y el de los valores»15. Consecuentemente, en las conclusiones de su ponencia de Bari defendía que allí donde la filosofía política asume un carácter fuertemente valorativo, como en los dos primeros tipos, la relación con la ciencia política, que se ocupa de descripciones y explicaciones avalorativas, es de separación, mientras que en el caso de los otros dos tipos, la relación con la ciencia política es de continuidad o de integración recíproca. De ahí que pareciera perfilarse en el pensamiento de Bobbio una división análoga entre lo que he llamado las dos «vertientes» de la filosofía política.

Pese a todo, en las consideraciones adicionales afirmaba que, reconducido cada tipo de filosofía política al problema principal —de «hecho» o de «valor»— de que se ocupa, la búsqueda de la respuesta a una de las preguntas fundamentales no sólo no excluye la búsqueda de las demás, sino que la exige y presupone: «Depende de la respuesta que se dé a la pregunta sobre la naturaleza de la política (si, y en qué medida, se la considere dependiente o no de la moral) la respuesta al problema de la obligación política, es decir, si, y en qué medida, debo obedecer a un orden injusto. Depende de la idea que se tenga de la naturaleza del estado y de sus fines la respuesta que se dé a la pregunta sobre cuáles son las instituciones políticas mejores»16. Si esta alegada «dependencia» se entendiera, en sentido estricto, como «deducibilidad» de los juicios de valor sobre la conducta que se debe adoptar y sobre las instituciones que se debe preferir, a partir de los juicios de hecho sobre la naturaleza de la política o del estado tal cual son, el riesgo de incurrir en la falacia naturalista (que, justamente, consiste en la errónea pretensión de extraer directamente lo que se «debe» de lo que «es») resultaría inevitable. Lo que sugiero es que tal «dependencia» no debe entenderse literalmente, sino más bien ser interpretada como «conexión», en el sentido en que se habla de conexiones entre las premisas y la conclusión de un razonamiento práctico de tipo silogístico, que no supone, formulado adecuadamente, una violación de la «ley de Hume». Lo que se confirma por el ejemplo propuesto poco después de la obra de John Locke en la que, según Bobbio, «esta estrecha conexión entre los tres problemas resulta evidente: a) la finalidad del cuerpo político es la de otorgar a los individuos la seguridad en su vida, su libertad y sus bienes; b) cuando el gobierno deja de estar en condiciones de garantizar la seguridad, la obligación política, es decir, la obligación de obediencia, desaparece; c) la mejor forma de obtener esta garantía es la existencia de un legislativo basado en el consenso y de un ejecutivo dependiente del legislativo»17. Esta observación no tiene en este punto ulteriores desarrollos. Aunque está implícito en el discurso de Bobbio que podrían buscarse «conexiones» análogas en la obra de cada uno de los grandes escritores que ha distribuido en las diferentes «regiones» del «mapa».

Éstos son los escritores que Bobbio considera «clásicos», más aun, junto a otros pocos, los mayores clásicos, es decir, según la afortunada expresión de Alessandro Passerin d’Entrèves tantas veces repetida por Bobbio, «los autores que cuentan». Y cuentan para Bobbio también en la medida en que han elaborado modelos conceptuales de amplio alcance, visiones generales del universo político y de sus problemas, afrontándolos, cada uno desde su punto de vista, en su globalidad. (Mantener que las concepciones globales ofrecidas por los mayores clásicos difieren entre sí no sólo por las diferentes soluciones propuestas, sino también por la diferente importancia que atribuyen a unos u otros de los problemas fundamentales.) Ahora bien, es justamente la visión global, la «conexión» entre los temas fundamentales de la reflexión política que han sido replanteados y discutidos por la mayor parte de los escritores políticos, empezando por los griegos, la que se califica, en la Introducción al volumen sobre La teoría de las formas de gobierno de 1976, con el nombre de «teoría general de la política». La expresión, en dicho texto y en casi todos los que la utilizan refiriéndose a las «lecciones de los clásicos», parece asumir un significado distinto del construido por analogía con la teoría general del derecho. Si bien es cierto que, en este último sentido, la teoría general de la política se hace coincidir explícitamente con sólo una de las cuatro formas de filosofía política —o, si se quiere, con sólo una de las dos vertientes, la que mira al fin «cognoscitivo» no «propositivo»—, mientras que, en el otro sentido, parece extenderse hasta incluir todas las cuestiones de «hecho» y de «valor» que constituyen el objeto principal de las diferentes formas de reflexión filosófica sobre la política. El ejemplo de la conexión entre los grandes temas en la teoría de Locke resulta esclarecedor. La noción de teoría general de la política oscila en los textos de Bobbio entre estos dos significados, lo que plantea ciertos problemas al intérprete. Trataré de hacer ver, en las siguientes páginas, cómo puede superarse dicha dificultad.

Teoría e ideología

La ocasión para volver a reflexionar sobre cuestiones de metateoría, o de «metafilosofía política», se la ofreció a Bobbio un trabajo de Danilo Zolo aparecido en 1985, en la recién nacida Teoria politica18. Zolo retomaba el problema de las posibles relaciones entre filosofía política y ciencia política, exponiendo consideraciones muy críticas frente a la concepción neo-empirista de la ciencia (y de la ciencia política) a partir de la cual Bobbio había tratado el tema en 197019. Sostenía que la distinción entre filosofía y ciencia política podía reconducirse a una diferencia de grado, derivada de una «selección y presentación de los problemas» diferente: mientras que la filosofía tiende a construir teorías muy generales e inclusivas, la ciencia construye teorías de radio más limitado e intensamente especializadas. Y, volviendo al mapa de las formas de filosofía política, proponía a Bobbio que lo corrigiese, a la luz de los avances de la epistemología post-empirista, excluyendo aquellos significados de filosofía política que ya se habían vuelto (a su juicio) obsoletos e inaceptables, en primer lugar, el de la búsqueda de la óptima república.

En 1988, Bobbio fue invitado a pronunciar la conferencia de inauguración del seminario sobre «La filosofía política hoy», promovido por los profesores italianos de la disciplina. La conferencia, incluida ahora en el volumen de las actas del seminario aparecido en 1990, debe leerse conjuntamente con el ensayo Ragioni della filosofia politica, redactado por Bobbio en el mismo período, que incluye consideraciones paralelas y complementarias, recorriendo las diferentes fases del debate (no sólo italiano) sobre la disciplina20. La conferencia en dicho seminario se abre sugiriendo la oportunidad de distinguir dos mapas, el «mapa de los enfoques», es decir, el de las diferentes —formas filosófica, científica e histórica— de abordar el objeto «política», y el «mapa de las áreas», es decir, el de las esferas tradicionales —política, ética, jurídica y económica— del mundo de la práctica. El mapa de la filosofía política resulta, pues, en realidad, de la intersección de dos mapas diferentes. En lo relativo a la actualización y revisión del mapa, Bobbio no parece haber encontrado razones para modificarlo radicalmente, al no haber detectado más que novedades parciales y, en todo caso, no radicales, tanto desde el punto de vista de los «enfoques» como desde el punto de vista de las «áreas». Los significados de «filosofía política» identificados en 1970 parecen, por tanto, mantenerse, incluido el de la búsqueda de la óptima república. Si, aparentemente, «el problema del buen gobierno ha perdido mucha de su actualidad», explica Bobbio, ello depende fundamentalmente «del hecho de que el problema se ha ido trasladando del buen gobierno a la “buena sociedad”. Y ello ha sucedido porque en el mundo moderno «ya no se cree que para cambiar la sociedad baste con cambiar el régimen político, como podía creerse cuando el estado lo era todo y la sociedad fuera del estado no era nada». Pero el problema, en su esencia, es el mismo. Como mucho, menos limitado. Justamente, las obras de filósofos políticos que han suscitado un más debate amplio en los últimos años, desde la Teoría de la justicia de Rawls a las Esferas de justicia de Walzer, no pueden entenderse más que como continuaciones ideales, y actualizadas, del tema tradicional del óptimo estado. Se trata, efectivamente, de «intentos de proponer soluciones, o por lo menos de ofrecer indicaciones, para la consecución de una buena, o al menos, mejor sociedad»21.

La única novedad relevante registrada en el «mapa de los enfoques» consiste, según Bobbio, en el «intento de dar vida a una teoría general de la política». Se refiere a Zolo y a su idea de una contigüidad substancial entre teoría filosófica y teoría científica de la política, aunque, más generalmente, Bobbio se refería también aquí a la tarea propiciada por la revista Teoria politica, que desde su primer número, aparecido a comienzos de 1985, se proponía «la confrontación entre filósofos de la política y científicos de la política, e invita[r] a colaborar e interactuar a filósofos, sociólogos, historiadores, políticos y juristas»22. En la ponencia del seminario de 1988, comentando la redefinición de la filosofía política propuesta por Zolo en términos de «teoría general» (frente a la «teoría especial» atribuida a la ciencia política), Bobbio sugería que «Zolo pensaba más que en la filosofía política entendida, en sentido amplio, en la teoría política considerada, como se hace en la teoría general del derecho, como la elaboración del conjunto de conceptos generales, Grundbegriffe, empezando por el de «política», que sirven para delimitar el área de una disciplina, y para establecer sus principales puntos de referencia»23. En este texto, por tanto, parece que Bobbio todavía identifica sustancialmente la noción de teoría general de la política, como había hecho en su ponencia de 1970, con sólo uno de los cuatro significados tradicionales: el de la búsqueda de la naturaleza de la política. En su ensayo inmediatamente posterior, Razones de la filosofía política, tal noción aparece, si no modificada, al menos enriquecida. Aquí, la teoría general de la política no parece coincidir simplemente con una de las formas de filosofía política, delimitada por su objeto, sino instituir al tiempo un horizonte de investigación potencialmente abierto a la consideración y reformulación de los problemas típicos de las otras dos formas.

En este nuevo texto, tras haber subrayado cómo la redefinición de la filosofía política en términos de «teoría política», propuesta por la revista homónima, resultaba no sólo admisible sino oportuna, ya que parecía «más idónea para encontrar un mayor punto de convergencia que el permitido por la antigua expresión «filosofía política»» sujeta «a las más diversas interpretaciones y contiendas»24. Bobbio vuelve sobre el problema de la enseñanza universitaria de la disciplina y recuerda haber indicado hacia 1976, en el ya citado curso sobre La teoría de las formas de gobierno, su «razón de ser» en el estudio y análisis de los «temas recurrentes». Es decir, de aquellos temas, como precisamente la teoría de las formas de gobierno, «que atraviesan toda la historia del pensamiento político de los griegos a nuestros días [...], y que en cuanto tales constituyen una parte de la teoría general de la política». Añadiendo que el estudio de los temas recurrentes, es decir, la recepción de las «lecciones de los clásicos» (junto con las de los contemporáneos) en referencia a los grandes problemas permanentemente repropuestos por la reflexión política sirve fundamentalmente para «individualizar algunas grandes categorías (comenzando por aquella generalísima de política), que permiten fijar en conceptos generales los fenómenos que entran a formar parte del universo político»25. El ensayo concluye con la manifestación de lo que Bobbio denomina con su habitual understatement «su preferencia»:

[...] hoy la función más útil de la filosofía política es aquella de analizar los conceptos políticos fundamentales, empezando por el concepto mismo de política. Más útil porque son los mismos conceptos que vienen siendo usados por los historiadores políticos, por los historiadores de las doctrinas políticas, por los politólogos, por los sociólogos de la política, pero con frecuencia sin andarse con sutilezas en la identificación de su significado, o de sus múltiples significados26.

Debe señalarse, también, la precisión final:

Contrariamente a una interpretación limitativa de la filosofía analítica, el análisis conceptual no se queda en el puro y simple análisis lingüístico, ya que éste aparece continuamente entremezclado con el análisis fáctico [...], realizado con las herramientas metodológicas consolidadas por las ciencias empíricas, de situaciones políticamente relevantes27.

Así entendida, la teoría general de la política —como resulta, o puede resultar, del desarrollo sistemático del estudio analítico de los grandes problemas, identificados, redefinidos y discutidos (también) mediante la identificación de los temas recurrentes en los clásicos— se revela no sólo como una forma circunscrita, preferida por Bobbio, de interpretar la naturaleza y la función de la filosofía política, sino una forma de reflexión sobre la política capaz de incluir, en su perspectiva específica, las cuatro regiones de la filosofía política delineadas en el mapa de 1970. En lo relativo al método, que en otro lugar Bobbio ha definido como «empírico-analítico»28, la teoría general de Bobbio parece reconducible a la cuarta forma de filosofía política. Ahora bien, se aclara en seguida que, por un lado, el análisis conceptual no se resuelve enteramente (como acabamos de ver) en el análisis del lenguaje y que, por otro, en la medida en que coincide con el análisis lingüístico, su lenguaje-objeto no es sólo el de los científicos políticos, ni tan sólo el lenguaje ordinario de los políticos o el de la discusión política cotidiana, sino sobre todo el de los clásicos que a lo largo de los siglos han contribuido a plasmar, enriqueciéndolo y modificándolo permanentemente, el vocabulario del que hacemos uso para hablar de política. En lo relativo al campo de investigación, es decir, al universo de fenómenos al que el vocabulario se refiere, la teoría general, justo en la medida en que lo es, tiende a cubrir, en principio, todo el horizonte de la experiencia política, no pudiendo eludir, en primer lugar, el problema, típico de la tercera forma de filosofía política, de la delimitación de su propio campo y de la reconstrucción de sus complejas articulaciones internas. La teoría general viene de esta forma a copar completamente la segunda vertiente, como aquí la he denominado, de la filosofía política, la que mira a los «hechos». Pero, al mismo tiempo, debe inevitablemente tener en cuenta los términos del problema tratados por las dos primeras formas de filosofía política, que he agrupado en la primera vertiente, la de los «valores», sin por ello asumir directamente la función de éstas. Manteniendo, como teoría no-normativa, el enfoque preferente de la clarificación conceptual, la teoría general somete a análisis y reconstruye los significados descriptivos de las nociones (y de los juicios) de valor que emplean las teorías normativas (y también los movimientos políticos reales) para elaborar los argumentos que justifiquen o no las acciones e instituciones políticas, y para la construcción de modelos prescriptivos de buena convivencia.

El ejemplo de la teoría de las formas de gobierno, al que Bobbio ha dedicado dos cursos universitarios de filosofía política, puede resultar esclarecedor. En sus apuntes, tras haber recordado que «casi no hay escritor político que no haya propuesto y defendido una cierta tipología de las formas de gobierno» y tras haber subrayado «la importancia de estas tipologías [...] porque mediante ellas han sido elaborados y continuamente discutidos algunos conceptos generales de la política, como oligarquía, democracia, despotismo, gobierno mixto, etc.», Bobbio observa que «generalmente cualquier teoría de las formas de gobierno presenta dos aspectos: uno descriptivo y otro prescriptivo». En el primer aspecto, todo tratamiento del tema se resuelve «en una tipología o en una clasificación de los diversos tipos de constitución política»; aunque, subraya Bobbio, «no hay tipología que solamente tenga una función descriptiva. A diferencia del botánico [...], el escritor político no se limita a describir; generalmente se plantea otro problema, que es el de indicar, de acuerdo con un criterio de selección que naturalmente puede cambiar de autor a autor, cuál de las formas de gobierno descritas es buena, cuál mejor y cuál peor, y eventualmente también cuál es la óptima y cuál la más incorrecta»29. Se podría, por tanto, afirmar (aunque, como sabemos, resultaría restrictivo) que en cuanto reconstruye los conceptos empleados por los escritores políticos, y más ampliamente en el lenguaje político, la teoría general de Bobbio consiste en un metalenguaje descriptivo cuyo lenguaje objeto es, en buena medida, un lenguaje prescriptivo.

Es cierto que el discurso de Bobbio, y no sólo en los escritos de «filosofía militante»30, se extiende con frecuencia, más allá de la pura reconstrucción, a la discusión de los criterios de valoración elaborados por los escritores (y otros actores) políticos, a los argumentos normativos y de orientación prescriptiva, y, por tanto, al discurso ideológico (en el sentido más amplio del término). En cierta medida, valen también para la teoría de Bobbio las observaciones del propio Bobbio sobre las teorías políticas en general. La primera, más suave y hasta obvia, señala que «no existe una teoría tan aséptica que no deje intuir elementos ideológicos que ninguna pureza metodológica llega a eliminar por entero»31; la segunda, más fuerte, subraya que una teoría «que se refiera a cierto aspecto de la realidad histórica y social casi siempre es también una ideología, es decir, un conjunto más o menos sistematizado de evaluaciones que debería inducir a quienes la escuchan la preferencia de un estado de cosas en lugar de otro»32. Y, sin embargo, no puede dejar de señalarse, por el contrario, la importancia que han tenido en la defensa de valores e ideales sostenida por Bobbio en tantos años de batallas intelectuales la operación en sí no ideológica, sino propiamente teórica, de reconstrucción de conceptos claros y distintos, la superación de equívocos mediante la expulsión de los significados ambiguos del lenguaje político, y la elaboración de definiciones rigurosas y no persuasivas de las categorías fundamentales33. Valga por todos el ejemplo del ensayo titulado De la libertad de los modernos comparada con la de los posteriores, que pese a ser un escrito de filosofía militante, en defensa de la libertad de tradición liberal contra las críticas de quien se colocaba en la pretendida (y pretendidamente superior) «libertad comunista», basa sus propias argumentaciones en la redefinición y rigurosa distinción de los dos significados de «libertad», y que, justamente por ello, merece encontrar sitio en la teoría general de la política de Bobbio34. Querría añadir, por último, que también en este caso, el trabajo de reconstrucción conceptual parte de la referencia a un clásico: Benjamin Constant.

La lección de los clásicos

En la Introducción, con fecha de Pascua de 1973, al volumen de apuntes correspondiente a su primer curso de filosofía política, titulado Società e stato da Hobbes a Marx, Bobbio escribía: «Si hubiese querido dar a mis apuntes un título académico, con gusto los habría denominado La lección de los clásicos»35. Bobbio ha vuelto en diferentes ocasiones a la relación entre el estudio de los clásicos y la elaboración de una teoría general de la política. En el prefacio al volumen que recoge la bibliografía de sus obras de 1934 a 1984, editado en 1984, tras hacer notar que sus escritos tienen con frecuencia por objeto autores del pasado, advertía que no deben considerarse «propiamente escritos de historia del pensamiento político, ya que su finalidad última es la definición y sistematización de conceptos que deberían servir para la elaboración de una teoría general de la política»36. Es obvio que dicha finalidad puede pretenderse tan sólo si se emprende la lectura de los clásicos con los instrumentos del método analítico. En su ensayo sobre las Razones de la filosofía política, Bobbio defiende las ventajas de la lectura analítica de los textos clásicos contra las «exorbitancias» de la interpretación historicista y las deformaciones de la ideológica, ya que permite «poner en evidencia el aparato conceptual con el cual el autor construye su sistema, [...] estudiar las fuentes, [...] sopesar los argumentos en pro y en contra, y de este modo preparar los instrumentos necesarios para la comparación entre los textos, independientemente de la cercanía en el tiempo y de las eventuales influencias de uno sobre otro, y para la elaboración de una teoría general de la política»37. Desde 1965, en la Introducción a su primera recopilación de ensayos dedicados a los clásicos del pensamiento político moderno, titulada De Hobbes a Marx, Bobbio afirmaba:

En el estudio de los autores del pasado nunca me he sentido especialmente atraído por el milagro del así llamado marco histórico que convierte las fuentes en precedentes, las ocasiones en condiciones, que se extiende de tal modo en los detalles que pierde de vista el conjunto. En lugar de ello, me he dedicado, con especial interés, a la identificación de los temas fundamentales, a la clarificación de los conceptos, al análisis de los argumentos y a la reconstrucción del sistema38.

En su explicación del método analítico de Bobbio, Riccardo Guastini lo ha resumido en un término-clave: «distinción»39. Yo añadiría, aunque en cierto sentido va implícito en el primero, un segundo término: «comparación». No existe prácticamente texto alguno dedicado al estudio de los clásicos, en el que Bobbio no insista en la fecundidad de las comparaciones. En el pasaje ya recordado, donde por primera vez otorga a la filosofía como perspectiva el estudio de los «temas recurrentes» en la historia del pensamiento político, que en cuanto tales «forman parte de una teoría general de la política», asigna a este estudio una «doble importancia»: de un lado, sirve, como sabemos, para identificar los conceptos políticos fundamentales; por otro, «permite establecer entre las diversas teorías políticas, que han sido sostenidas en diferentes épocas, afinidades y diferencias»40. La importancia atribuida por Bobbio a la comparación entre las teorías políticas de todos los tiempos tiene su raíz en la propia noción de «clásico» y ésta, a su vez, presupone una determinada concepción de la historia.

En un ensayo de 1980 sobre Max Weber, considerado como «el último de los clásicos» de la filosofía política, Bobbio indica cuáles son las características que p ermiten reconocer en un escritor a un clásico41. Se trata de una definición que plantea ciertas dificultades. De las tres características enumeradas por Bobbio, la segunda, que define como «clásico» aquel escritor «siempre actual, por lo que cada época, es más, cada generación, siente la necesidad de releerlo y al releerlo lo reinterpreta», parece no ya debilitar sino hacer inútil el significado de la primera, según la cual «clásico» es el escritor considerado «intérprete auténtico» de su propio tiempo; y también el de la tercera, según la cual «clásico» es el autor que «[ha] construido teorías-modelo de las cuales nos servimos continuamente para comprender la realidad» y que «se han vuelto, con el curso de los años, verdaderas categorías mentales». Si el pensamiento de un clásico resulta permanentemente reinterpretado en forma diferente y hasta opuesta, ¿cuál es la interpretación «auténtica» de su tiempo incluida en sus obras? Y ¿de qué forma podremos establecer reglas precisas de uso de sus «teorías-modelo»? ¿No tenderán sus construcciones conceptuales a convertirse en fórmulas vacías o excesivamente elásticas? Con todo, quizá la principal dificultad de la definición de «clásico» propuesta por Bobbio pueda consistir en una cierta tensión, por no decir incongruencia, entre la primera y la tercera característica: ¿cómo es posible que una construcción teórica exprese la interpretación (sea cual sea) de una cierta realidad histórica y, al tiempo, ofrezca modelos conceptuales útiles para comprender igualmente una «realidad diferente» de aquella de la que se deriva y a la que ha sido aplicada, es decir —parece sugerir Bobbio—, también para comprender los problemas de nuestro tiempo? Me parece que, en este sentido, quedaría puesta en cuestión la propia posibilidad de la «lección de los clásicos» tal como la entiende Bobbio: la posibilidad de encontrar en las obras de los escritos antiguos y modernos teorías válidas, es decir, resistentes al tiempo. Incluso, se podría decir, la probabilidad de reconocer a un escritor como un clásico, en el sentido en que «clásico», también en el lenguaje común, no es sinónimo de «pasado» sino, por el contrario, de «permanente». De forma similar, Marx admitía la dificultad no tanto de demostrar la conexión entre el arte griego y su tiempo, sino de explicar cómo puede seguir representando para nosotros «una norma y un modelo»42.

El problema puede reformularse en los términos siguientes. No es difícil comprender en qué sentido una teoría clásica puede ser considerada una interpretación directa o indirecta de una cierta época, en la misma medida en que dicha teoría parece presentar una visión, o mejor dicho, una «versión» global de la (su) realidad. Como suele decirse, la de un testigo que da su versión de los hechos. Más difícil resulta comprender cómo ciertas construcciones conceptuales pertenecientes a una teoría clásica, o incluso su estructura categorial subyacente, su «modelo», pueden ser consideradas válidas no sólo en relación con la realidad histórica a la que se refieren sino también para interpretar realidades de épocas diferentes, sin por ello presuponer anuladas las propias diferencias. La validez transtemporal de las teorías clásicas, varias veces señalada por Bobbio43, sólo parece concebible en la medida en que se asuma que dichas teorías llegan a captar, o a reflejar y revelar, una suerte de continuidad en la historia que permanece a pesar de y a través de las transformaciones —al menos, una continuidad de los problemas a los que en cada momento se otorgan soluciones diferentes—. Del conjunto de escritos bobbianos dedicados a los clásicos se deduce de forma clara, aunque no siempre explícita, la convicción de que existe una continuidad de este tipo, que encuentra expresión y al mismo tiempo confirmación justamente en los «temas recurrentes» siempre replanteados y rediscutidos a lo largo de los siglos de la historia del pensamiento político. Así, el problema de las formas de gobierno, cuántas y cuáles son, cuál es la mejor o la peor; el problema «del origen, la naturaleza, la estructura, el destino, la fundamentación, la legitimidad» del poder político44. Ahora bien, no sólo son recurrentes los problemas, sino también, aunque con innumerables variantes (que Bobbio denomina «variaciones sobre el tema»), sus diferentes planteamientos y soluciones, de las que resulta, por tanto, posible y fecundo reconocer las semejanzas y diferencias, agrupándolas en géneros y especies, reconstruyendo modelos y paradigmas conceptuales que, afirmados en cierto tiempo y lugar, se agotan y desaparecen, resurgiendo y renovándose en otros momentos y lugares. De ahí, la periódica reaparición de la «vuelta a los antiguos» y, en general, el resurgimiento en varias ocasiones y de forma diferente de conceptos que en un cierto momento parecieron superados: neo-kantismo, neo-hegelianismo, neo-marxismo, etc. Bobbio suele citar con agrado el horaciano Multa renascentur.

No se trata, obviamente, de que Bobbio ignore la realidad de los cambios históricos, negando los cuales la propia historia se reduciría a una mera apariencia. Considera ciertos cambios profundos y radicales y, en ocasiones, aunque con cierta cautela, irreversibles, lo que excluye una visión cíclica del tiempo; pero, sin embargo, no capaces de excluir netamente la continuidad entre el antes y el después. Si tuviese que ejemplificar con un lenguaje metafórico, por tanto simplificador, la representación bobbiana del devenir histórico —la historia de los eventos reales y la del pensamiento que los refleja, al menos dentro del ámbito occidental al que Bobbio se refiere—, diría que su marcha muestra ciertamente «giros», en casos excepcionales tan drásticos que casi parecen «vuelcos», pero no verdaderas «fracturas». Es cierto que Bobbio ha subrayado con frecuencia la relevancia del crucial giro que implica el paso de la era premoderna a la era moderna, una verdadera «revolución copernicana» derivada de la afirmación de la primacía de los derechos sobre los deberes45, pero igualmente ha recordado que los clásicos modernos, de Maquiavelo a Montesquieu y Rousseau, han seguido reflexionando sobre los acontecimientos, instituciones y teorías de los antiguos, no sólo a modo de historiadores, sino también como estudiosos de la política, para extraer de ellos enseñanzas. «No se explicaría —afirma Bobbio en la voz «Estado», redactada en 1981 para la Enciclopedia Einaudi— este continuo reflexionar sobre la historia antigua y sus instituciones si, llegados a cierto punto del desarrollo histórico, hubiese habido una fractura tal que originase un tipo de organización social y política incomparable a las del pasado»46. En un ensayo de 1980, enfrentándose polémicamente a cuantos afirmaban apreciar un cambio radical en los «connotados» y en las «leyes del movimiento» de la política, Bobbio advertía: «Para no dejarse engañar por las apariencias y no verse inducido a creer que cada diez años la historia recomienza de cero, es preciso tener mucha paciencia y volver a escuchar la lección de los clásicos»47. Cierto es que en este ensayo Bobbio recorría la lección de los clásicos a partir de Maquiavelo, pero lo hacía precisando inmediatamente que se podría regresar «mucho más atrás». No por casualidad había citado antes el pasaje de los Discursos sobre la Primera Década en el que se afirma que «todas las cosas del mundo en todo tiempo tienen su propio reencuentro con los tiempos antiguos».

La idea de la continuidad de la historia, y de su inevitable reflejo en la historia del pensamiento, resulta evidente en aquellos epígrafes de la voz «estado», antes citada, en los que se discute el problema de si el término «estado» conviene exclusivamente al Estado moderno o si, por el contrario, conviene también a las formas políticas anteriores. Tras haber examinado los argumentos en favor de la primera tesis, y aclarado que todo se reduce a la cuestión de si deben ponerse en evidencia más las analogías o las diferencias entre el así llamado estado moderno y los ordenamientos anteriores, Bobbio invita a la «constatación» de que «un tratado de política como el de Aristóteles, dedicado al análisis de la ciudad griega, no ha perdido su eficacia descriptiva y explicativa en relación con los ordenamientos políticos que se han sucedido desde entonces hasta nuestros días». Y, poco después: «Como la Política de Aristóteles para las relaciones internas, las Historias de Tucídides para las relaciones externas son, aún hoy, fuente inagotable de enseñanzas y puntos de referencia y comparación»48.

Se podría decir que, desde la perspectiva de Bobbio, para mantener la continuidad entre los clásicos y nosotros estamos nosotros mismos y los clásicos. Éstos, en la medida en que inauguran tradiciones que se difunden y que, a través de miles de mediaciones, llegan hasta los modos de pensamientos ordinarios y al mundo de los usos lingüísticos cotidianos; y, recíprocamente, nosotros mismos, con nuestra mirada retrospectiva, en la medida en que recurrimos de forma más o menos consciente al patrimonio de sus ideas, reelaborándolo. Ahora bien, esto no es más que la doble forma de producirse y reproducirse, la forma de continuar una cultura. En este sentido, Bobbio se refiere a la «cultura occidental» —«comienzo por los griegos dado mi escaso conocimiento del pensamiento oriental»49— como a la cultura que hemos heredado y que poseemos, fundamentalmente, en el lenguaje. Es, en efecto, dentro de los confines de esta continuidad donde encontramos a los «clásicos», en la medida en que se mantiene nuestra capacidad de reconocerlos como tales. Vuelve a resultar evidente que, desde esta perspectiva, lo que se pretende extraer de los clásicos no es tanto su significado histórico en sentido estricto, sino más bien, como sugiere Bobbio en la Introducción a los Estudios hegelianos, «hipótesis de investigación, motivos de reflexión, ideas generales»50. De esta forma, el estudio de los clásicos abre la puerta a la construcción de una teoría general de la política.

De los «autores» a los conceptos para la teoría general

El propio Bobbio nos aclara en su ya recordada Introducción de 1984 a la bibliografía de sus obras51 cuáles son los clásicos a los que ha dedicado mayor atención en la búsqueda de los temas recurrentes, cuáles son, por tanto, sus «autores». Como él mismo reconoce, la lista se limita a diez nombres, divididos en dos series de cinco. De un lado, Hobbes, Locke, Rousseau, Kant y Hegel, y, de otro, Cattaneo, Croce, Kelsen, Pareto y Weber, por amor de la simetría. Ahora bien, recorriendo el índice de nombres del presente volumen es posible extraer algunas ideas útiles para completarlo. Es obvio que no todos han tenido el mismo peso en el itinerario intelectual de Bobbio. Si tuviese que elegir de entre los autores asiduamente estudiados por Bobbio cuál ha sido el que ha dejado la mayor impronta sobre su pensamiento político, no tendría dudas a la hora de señalar a Thomas Hobbes. Añado inmediatamente que, a mi juicio, la influencia de Hobbes sobre Bobbio o, si se prefiere, la inspiración hobbesiana del pensamiento de Bobbio se refiere más a la forma que al contenido52. En primer lugar, puede decirse que Hobbes, con su vocación por la precisión y la sobriedad del lenguaje y las definiciones rigurosas, fue el indicador en el campo de la filosofía política del estilo analítico en sentido moderno, adoptado por Bobbio. No por casualidad la obra hobbesiana, a su vez, ha sido objeto privilegiado de la historiografía filosófica de orientación analítica que Bobbio ha defendido contra los excesos de la crítica «contextualista». También hay que señalar la afinidad entre Hobbes y Bobbio en esa actitud frente a los problemas políticos que no sabría denominar más que «realista», y que encuentra su manifestación radical, y casi patológica, tanto en Bobbio como en Hobbes, en la inclinación a considerar y describir una situación bajo su luz más desfavorable, a plantear los problemas en los términos más difíciles para el hallazgo de una solución satisfactoria53. Baste recordar, de un lado, las más célebres fórmulas de Hobbes, homo homini lupus, bellum omnium contra omnes, y de otro, la aplicación del modelo hobbesiano propuesta por Bobbio al problema del estado de naturaleza entre los estados54.

Ahora bien, más allá de la claridad resultante del rigor analítico y de la actitud realista frente a los problemas políticos, la principal similitud entre Bobbio y Hobbes se revela en la estructura del razonamiento. Al igual que sucede con Hobbes, el pensamiento de Bobbio resulta, en su núcleo vital, dicotómico. Bobbio ha teorizado explícitamente la importancia metodológica general de las «grandes dicotomías», definidas como el producto del «proceso de ordenación y organización del propio campo de investigación» en virtud del cual «toda disciplina tiende a dividir su universo propio en dos subclases que resultan recíprocamente exclusivas y conjuntamente exhaustivas»55. De este tipo serían, según Bobbio, la dicotomía entre público y privado en el campo del derecho y en el campo de la política, por recordar la más sencilla y amplia de las formuladas acuñadas por él, la dicotomía entre Estado y no-Estado56 que, por otra parte, refleja en cierto modo la hobbesiana entre estado natural y estado civil. Junto a las «grandes dicotomías» e inscritas en ellas, encontramos en la obra de Bobbio innumerables dicotomías que denomina «parciales» o «secundarias». Incluso los temas recurrentes, tal como los identifica y analiza Bobbio mediante el estudio de la lección de los clásicos, y que deben sistematizarse, siguiendo sus indicaciones, en el diseño de la teoría general de la política como articulación de la misma, pueden encontrar expresión adecuada y conveniente en fórmulas dicotómicas, tales como sociedad y estado, política y moral, democracia y autocracia, reforma y revolución, etc. Sugeriría, como ejercicio de interés, subrayar las dicotomías explícitas e identificar las implícitas, que constituyen la verdadera trama conceptual del presente volumen como de todo el resto de escritos teóricos de Bobbio.

Para construir las bases de la teoría general de la política mediante el estudio analítico de los clásicos, Bobbio ha utilizado, prioritariamente, dos estrategias complementarias. La primera consiste en partir de una noción de uso corriente para buscar sus diferentes interpretaciones en la historia del pensamiento político, con frecuencia insertas en una red de pares dicotómicos. La segunda consiste en partir de la obra de un gran autor para identificar un concepto fundamental del lenguaje político, clarificar su significado y, eventualmente, distinguir sentidos confundidos en la misma, con frecuencia (de nuevo) mediante la construcción de dicotomías. Constituyen ejemplos evidentes de la primera estrategia los ensayos bobbianos dedicados a la noción de sociedad civil57 y, en general, las numerosas voces de diccionarios y enciclopedias. De la segunda, entre los muchísimos escritos que podría señalar, considero ejemplar el ensayo sobre Kant y las dos libertades58, que continúa y profundiza la investigación provocada por la polémica contra los detractores de la libertad liberal. Pero existen igualmente en la obra de Bobbio toda una serie de ensayos en los que el «arte de la comparación» alcanza, a mi juicio, los resultados más fecundos para la construcción de las categorías fundamentales de una teoría general de la política. Se trata de los ensayos en que Bobbio relaciona determinados aspectos del modelo conceptual de un clásico con los de otros clásicos. Entre ellos, colocaría en primer lugar el ensayo dedicado a El modelo iusnaturalista59, en el que se reconstruyen, contraponiéndolas al modelo aristotélico, las constantes y las variantes de la teoría que han acompañado al afianzamiento del Estado moderno, desde Hobbes a Hegel, con los términos «incluido-excluido». A este mismo género pertenece también su famoso ensayo sobre Hegel y el iusnaturalismo60. En relación con la teoría general de la política, por la relevancia de los temas tratados, destacan los ensayos sobre Marx, el Estado y los clásicos y sobre Max Weber y los clásicos61. En el primero, Bobbio afirma querer «indicar, mediante un procedimiento comparativo por afinidades y diferencias, cuál puede ser el lugar de la teoría del Estado de Marx en la historia del pensamiento político»62. Esta contraposición se produce mediante cuatro grandes «distinciones» en las teorías políticas que se clasifican en idealistas y realistas, en racionalistas e historicistas, en concepciones positivas o del Estado como reino de la razón y negativas o del Estado como reino de la fuerza y, por último, como distinción interna a esta última, concepciones del Estado como mal necesario y como mal no necesario. En el segundo ensayo, tras haber considerado «sorprendente» el escaso interés demostrado por Weber hacia los clásicos de la filosofía política, afirma que incluso si se admitiera «[q]ue la teoría política weberiana ha sido elaborada prescindiendo de cualquier modelo anterior no quiere decir que sea incompatible con la tradición». Añadiendo, por otro lado, que «la comparación es tanto más necesaria en cuanto que el pensamiento político weberiano parece haber producido [...] la ruptura con una tradición que de Platón a Hegel mostró una extraordinaria vitalidad y continuidad. Solamente la comparación permite responder a la pregunta fundamental: ¿cómo se sitúa la teoría política weberiana en la tradición del pensamiento político occidental, al que aparentemente no tiene en cuenta, y cuáles son los elementos de ruptura y cuáles los de continuidad?». Bobbio considera fundamental esta pregunta «porque sólo respondiéndola [...] puede comprenderse de forma plena una obra extremadamente compleja» como es la weberiana63. Tras haber sometido a un minucioso análisis la definición del Estado, la teoría de los tipos de poder y la teoría del poder legalracional de Weber, y tras haber comparado estas definiciones y teorías weberianas con las grandes teorías del pasado, concluye, como cabía esperar, que «[e]l vínculo con el pasado existe: se trata de saber verlo», aunque, obviamente, «el nexo inevitable entre Weber y los clásicos no quita nada a la originalidad de su pensamiento»64.

«Estado» y «poder», los temas fundamentales analizados en los citados ensayos sobre Marx y Weber, pueden considerarse las categorías primarias a través de las cuales Bobbio llega a la determinación del concepto general de política.

La política y sus confines

De las tres contribuciones que Bobbio ha señalado expresamente como «esbozos»65 para un diseño completo de la teoría, los dos primeros —la voz «Política» redactada a mediados de los años 70 para el Diccionario de política de Utet, y el ensayo La política aparecido en un volumen colectivo en 1987 pero escrito algunos años antes (que en el presente volumen66 se titulan, respectivamente, El concepto de política y Los confines de la política, a los que en lo sucesivo denominaremos, por brevedad, «voz» y «ensayo»)— persiguen la misma finalidad de definir el objeto general de la teoría trazando sus confines respecto a las otras «áreas» del mundo de la práctica o de la «acción social». Inevitablemente, ambos trabajos se parecen y los itinerarios conceptuales propuestos por Bobbio para delinearlos, pese a que el segundo sea más completo que el primero, terminan por sobreponerse considerablemente. Pero ello no sin variantes merecedoras de consideración.

La voz comienza con el origen de la palabra «política», derivada de politikós, adjetivo de pólis, llegando así a una primera definición formal de la noción de política según la cual tal noción aparece relacionada con la de estado (en su sentido más amplio). Resulta, por ello, definida como «política» la esfera de «actividades» que cuentan con el estado como «término de referencia». Ahora bien, las actividades políticas se clasifican en dos tipos, dependiendo de que el curso de la acción proceda del estado, es decir, que la pólis sea el sujeto, como en los actos eminentemente políticos de ordenar o dar leyes, o que proceda hacia el estado o, mejor dicho, hacia el «poder estatal», que resulta objeto de actos igualmente políticos como su conquista o derrocamiento67. De esta forma, la noción de estado como término de referencia directo de la noción de política tiende implícitamente a resolverse en, y a ser sustituido por, la de poder, principio y fin, a su vez, de la actividad política. Si pasamos al ensayo, en la definición inicial de política, también aquí identificada con una «esfera de las acciones», los dos procesos de la acción política se designan brevemente mediante los términos «conquista» y «ejercicio», sin particular referencia a su distinción con referencia directa al «poder último (supremo o soberano)», y tan sólo indirecta a la «comunidad de individuos» y al «territorio»68. Por otro lado, cualquiera podría reconocer en esta definición los tres elementos constitutivos de la noción jurídica más habitual de estado. Ahora bien, no hay duda de que de las nociones primarias mediante las cuales Bobbio construye la definición de política, la principal es la de poder. Entre otras cosas porque resulta la más amplia. En el modelo de Bobbio, la esfera del poder es más amplia que la de la política y ésta, a su vez, más amplia que la del estado.

Aunque es cierto que no es posible concebir en modo alguno la política sin poder, resulta igualmente cierto que no todo poder es político. En la voz, tras haber analizado brevemente la tipología clásica de las formas de poder paterno, despótico y político de la teoría de Aristóteles, basada en el criterio del «interés de aquel en favor del cual se ejerce el poder», y en la teoría de Locke, basada en el criterio de los principios de legitimidad, considera que cualquiera de las dos versiones es inadecuada para identificar el poder político como tal. Los gobiernos paternalistas y despóticos no son, en realidad, menos «gobiernos», es decir, menos «políticos» que los ejercidos en interés público o legitimados por el consenso69. Por ello, propone como más adecuada la tipología que denomina «moderna», la que distingue tres clases principales de poder —económico, ideológico y político— basándose en el criterio de «los medios de que se sirve el sujeto activo de la relación para condicionar el comportamiento del sujeto pasivo»70. La tipología de Bobbio, que, en su simplicidad y aparente obviedad, permite abarcar la mayor parte de las teorías sociales contemporáneas, resulta ciertamente construida mediante la extrapolación y la extensión por analogía a todo el ámbito del concepto más amplio de poder, de la célebre definición weberiana de poder político basada en el «medio específico» de la fuerza física. Tan es así que desemboca en la misma caracterización del poder político como «poder coactivo» y «exclusivo», es decir, detentador del monopolio del uso de la fuerza (o de los medios de coacción).

El reconocimiento del vínculo necesario entre poder político y fuerza constituye para Bobbio el núcleo esencial de una concepción realista de la política, capaz en cuanto tal de hacernos comprender la «verdad efectiva». Respecto de ésta, considera desorientadoras las tradicionales concepciones teleológicas que definen la política no a partir del medio sino del fin o fines que persigue. Parece, pues, admitir sin reservas el conocido rechazo weberiano a considerar caracterizador del poder político el fin junto al medio, hasta el punto de afirmar perentoriamente que «no existen fines de la política de una vez y para siempre, y mucho menos un fin que los incluya a todos y que pueda ser considerado el fin de la política»71. Sin embargo, Bobbio corrige parcialmente esta drástica afirmación admitiendo que «pueda hablarse correctamente de, al menos, un fin mínimo de la política: el orden público»72. En realidad, la crítica de las concepciones teleológicas sirve a Bobbio para excluir como inadecuadas aquellas definiciones no descriptivas de la política, que él denomina «persuasivas», es decir, las «que atribuyen a la política fines diferentes del orden, como el bien común [...] o la justicia» u otras nociones de fin «como la felicidad, la libertad, o la igualdad». En otras palabras, sostiene Bobbio, no es posible recurrir a la noción de valores «excesivamente controvertidos [...] para identificar el fin específico de la política». Ahora bien, Bobbio, de esta forma, parece reconocer, en contradicción con el perentorio rechazo anterior, la existencia de un fin específico y no sólo de un medio específico de la política, aunque se trate de un fin «mínimo» que «forma un todo con el medio». Tanto es así que, inmediatamente después, critica la teoría según la cual el carácter político del poder consistiría en ser un fin en sí mismo: «Si el fin de la política [...] fuera realmente el poder por el poder, la política no serviría para nada»73.

Sin embargo, en el ensayo —en el que la reconstrucción del concepto de política aparece enriquecido con ciertas variantes respecto a la voz, y sigue un recorrido, en parte diferente, y en su primera parte, inverso, en el orden de los argumentos— Bobbio vuelve a insistir perentoriamente en que «[d]esde la perspectiva del juicio de hecho, que sólo permite distinguir la acción política de las acciones no políticas», el criterio del fin resulta inadecuado. Admite, eso sí, la existencia de un «objetivo mínimo de cualquier Estado» y lo identifica como el orden público interno e internacional; pero se trata de poco más que de una alusión, rápidamente superado por la insistencia sobre el criterio del medio, a partir del cual se reformula la tipología de las clases de poder74.

La división de las formas de poder en las tres clases de poder político, poder económico y poder ideológico permite a Bobbio, tanto en la voz como en el ensayo, pasar al problema de los «confines de la política», distinguiéndola de las dos esferas sociales contiguas, la religiosa, o genéricamente espiritual o intelectual, y la económica, o de la sociedad civil en el sentido hegelo-marxiano de la expresión. Son aquellas que en la voz Bobbio había denominado las dos esferas del «no-estado»75