Derecho de obligaciones y contratos - Iñigo A. Navarro Mendizabal - E-Book

Derecho de obligaciones y contratos E-Book

Iñigo A. Navarro Mendizabal

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Beschreibung

En este libro encontrarás un tratamiento claro, comprensible, lógico y sistemático del Derecho obligaciones y contratos incluyendo todas sus partes: Derecho de obligaciones, Teoría general del contrato, Contratos en particular, Cuasi contratos y Responsabilidad civil extracontractual. Cada capítulo comienza con un esquema conceptual muy útil para tener una visión sistemática del Derecho de obligaciones y, a continuación, el texto está redactado de forma ágil y amena y siguiendo las mejores tradiciones de argumentación, ejemplos y cita jurisprudencial. Con este libro podrás tener acceso a un conocimiento profundo del Derecho de obligaciones y a una comprensión razonada del mismo y de cada una de sus figuras y contratos. Es conveniente para alumnos universitarios que cursan asignaturas con contenidos tratados en el tomo y para cualquier jurista que quiera tener una obra de consulta precisa.

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JOSÉ MANUEL LETE DEL RÍO†JAVIER LETE ACHIRICA

DERECHO DE OBLIGACIONES

Teoría general de la relación obligatoria. Teoría general del contrato. Derecho de daños

VOLUMEN I

2.ª Edición

Segunda edición, 2022

El editor no se hace responsable de las opiniones recogidas, comentarios y manifestaciones vertidas por los autores. La presente obra recoge exclusivamente la opinión de su autor como manifestación de su derecho de libertad de expresión.

La Editorial se opone expresamente a que cualquiera de las páginas de esta obra o partes de ella sean utilizadas para la realización de resúmenes de prensa.

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Por tanto, este libro no podrá ser reproducido total o parcialmente, ni transmitirse por procedimientos electrónicos, mecánicos, magnéticos o por sistemas de almacenamiento y recuperación informáticos o cualquier otro medio, quedando prohibidos su préstamo, alquiler o cualquier otra forma de cesión de uso del ejemplar, sin el permiso previo, por escrito, del titular o titulares del copyright.

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Aranzadi es una marca de Thomson Reuters (Legal) Limited

© 2022 [Thomson Reuters (Legal) Limited / José Manuel Lete Del Río y Javier Lete Achirica]

© Portada: Thomson Reuters (Legal) Limited

Editorial Aranzadi, S.A.U.

Camino de Galar, 15

31190 Cizur Menor (Navarra)

ISBN: 978-84-1125-065-8

DL NA 2347-2022

Printed in Spain. Impreso en España

Fotocomposición: Editorial Aranzadi, S.A.U.

Impresión: Rodona Industria Gráfica, SL

Polígono Agustinos, Calle A, Nave D-11

31013 – Pamplona

A la memoria de mi padre.

Sumario

PRÓLOGO

ABREVIATURAS

CAPÍTULO ILA RELACIÓN OBLIGATORIA

I.Introducción

1.El Derecho de obligaciones

2.El Derecho de obligaciones en el sistema civilista

3.Evolución del Derecho de obligaciones

4.La reforma del Derecho de obligaciones español

4.1.Las Propuestas de reforma del Derecho de obligaciones de la Comisión General de Codificación

4.2.Valoración y crítica

4.3.La Propuesta de la Asociación de Profesores de Derecho Civil

II.La relación obligatoria

1.Concepto de la obligación

2.Evolución del concepto de obligación

III.Distinción entre deuda y responsabilidad

1.Deuda sin responsabilidad

2.Responsabilidad sin deuda

3.Deuda con responsabilidad limitada

IV.La unificación del derecho de obligaciones

1.La elaboración de un Derecho contractual europeo

1.1.Iniciativas académicas y legislativas en el seno de la Unión Europea: el Proyecto de Marco Común de Referencia

1.2.La revisión del acervo comunitario

1.3.La normativa común de compraventa europea

2.El Derecho de obligaciones y su impacto internacional: los Principios de Unidroit sobre los contratos comerciales internacionales

Bibliografía

CAPÍTULO IISUJETOS Y OBJETO DE LA RELACIÓN OBLIGATORIA

I.Los sujetos de la relación obligatoria

1.Concepto

2.Capacidad

3.Unidad o pluralidad

4.Determinación

II.El objeto de la relación obligatoria

1.La prestación como objeto de la obligación

2.Requisitos de la prestación

2.1.Posibilidad de la prestación

2.2.Licitud de la prestación

2.3.Determinación o determinabilidad de la prestación

3.Especial consideración del carácter patrimonial de la prestación

Bibliografía

CAPÍTULO IIINACIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

I.Introducción

II.Las fuentes de las obligaciones en el Código Civil

1.Obligaciones legales

2.Obligaciones contractuales

3.Obligaciones derivadas de los cuasicontratos

4.Obligaciones derivadas de hechos ilícitos

III.La declaración unilateral de voluntad como fuente de obligaciones

1.En el Código civil

2.En el Fuero Nuevo de Navarra

Bibliografía

CAPÍTULO IVCLASES DE OBLIGACIONES POR RAZÓN DE LOS SUJETOS

I.Mancomunidad y solidaridad

1.Introducción

2.Unidad o pluralidad de obligaciones

II.La regla de la «no solidaridad»

III.Régimen de las obligaciones mancomunadas

1.Efectos en caso de prestación divisible

2.Efectos en caso de prestación indivisible

IV.Régimen de las obligaciones solidarias

1.Solidaridad de acreedores

1.1.Efectos en la relación de los acreedores con el deudor

1.2.Efectos en la relación de los acreedores entre sí

2.Solidaridad de deudores

2.1.Efectos en la relación de los deudores con el acreedor

2.2.Efectos en la relación de los deudores entre sí

V.Solidaridad impropia

VI.Los créditos sindicados o créditos consorciales

VII.La solidaridad de obligaciones en el Fuero Nuevo de Navarra

Bibliografía

CAPÍTULO VCLASES DE OBLIGACIONES POR RAZÓN DEL OBJETO (I)

I.Obligaciones positivas y negativas

1.Obligaciones de dar

2.Obligaciones de hacer

3.Obligaciones de no hacer

4.La tutela jurisdiccional de los intereses supraindividuales (colectivos y difusos)

II.Obligaciones de tracto único y de tracto sucesivo

1.Obligaciones de tracto único

2.Obligaciones de tracto sucesivo

III.Obligaciones específicas y genéricas

1.Introducción

2.Regulación legal

3.Concentración o individualización

4.Imposibilidad de la prestación

5.Obligaciones genéricas delimitadas

IV.Obligaciones únicas y múltiples

V.Obligaciones conjuntivas

VI.Obligaciones alternativas

1.Introducción

2.La elección de la prestación

3.La imposibilidad sobrevenida en la obligación alternativa

3.1.Elección del deudor

3.2.Elección del acreedor

VII.Obligaciones facultativas

Bibliografía

CAPÍTULO VICLASES DE OBLIGACIONES POR RAZÓN DEL OBJETO (II)

I.Obligaciones divisibles e indivisibles

1.Introducción

2.Criterios legales sobre la indivisibilidad

II.Obligaciones líquidas e ilíquidas

III.Obligaciones pecuniarias

1.Introducción

2.Las deudas de dinero: modalidades y características

3.El principio nominalista: medidas correctoras

IV.Obligaciones de intereses

1.Introducción

2.Clases de intereses

3.Pago, suspensión y prescripción de los intereses

4.Anatocismo

Bibliografía

CAPÍTULO VIICLASES DE OBLIGACIONES POR RAZÓN DEL VÍNCULO

I.Obligaciones principales y accesorias

1.Introducción

2.Clases de obligaciones accesorias

II.Obligaciones unilaterales y bilaterales

1.Introducción

2.Efectos de las obligaciones recíprocas

2.1.Excepción de contrato no cumplido

2.2.Compensación de la mora

2.3.Resolución por incumplimiento

2.4.Atribución de los riesgos

2.5.Reducción del precio

III.Obligaciones, puras, condicionales y a término

1.Obligaciones puras

2.Obligaciones condicionales

2.1.Clases de condiciones

2.2.La obligación bajo condición suspensiva

2.3.La obligación bajo condición resolutoria

3.Obligaciones a término

3.1.Clases de término

3.2.El pago anticipado

3.3.El descuento o «interusurium» por pago anticipado

3.4.Pérdida del beneficio del plazo

3.5.Vencimiento del término

Bibliografía

CAPÍTULO VIIICUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN

I.El pago o cumplimiento

1.Introducción

2.Objeto del pago

3.Los sujetos del pago

3.1.Sujeto activo del pago

3.2.Sujeto pasivo del pago

4.El pago por tercero

5.El pago al acreedor aparente

6.El pago hecho a un tercero

7.Forma del pago

7.1.El pago mediante ingreso en cuenta corriente del acreedor

7.2.El pago mediante tarjeta de crédito

7.3.El dinero electrónico

8.Tiempo y lugar del pago

9.La prueba del pago

10.¿Tiene derecho el deudor a la restitución del título de la obligación?

II.Imputación de pagos

Bibliografía

CAPÍTULO IXSUBROGADOS DEL CUMPLIMIENTO

I.Introducción

II.Dación en pago

1.Concepto y requisitos

2.Naturaleza jurídica

3.Régimen legal

III.Pago por cesión de bienes

1.Introducción

2.Clases de cesión de bienes

3.Efectos de la cesión de bienes

IV.El ofrecimiento de pago y la consignación

1.Introducción

2.Casos en que procede la consignación

3.Requisitos de la consignación

4.Efectos de la consignación

5.El ofrecimiento de pago sin consignación

Bibliografía

CAPÍTULO XINCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN (I)

I.Introducción

II.La mora del deudor

1.Requisitos de la mora del deudor

2.Efectos de la mora del deudor

3.Cesación de la mora

4.La morosidad en las operaciones comerciales

4.1.Ámbito de aplicación

4.2.Plazo de pago e interés de demora

4.3.La cláusula de reserva de dominio

III.La mora del acreedor

1.Requisitos de la mora del acreedor

2.Efectos de la mora del acreedor

IV.Cumplimiento defectuoso o inexacto de la prestación

Bibliografía

CAPÍTULO XIINCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN (II)

I.Introducción

II.Incumplimiento no imputable al deudor

1.El caso fortuito y la fuerza mayor

1.1.Requisitos del caso fortuito

1.2.Distinción del caso fortuito y la fuerza mayor

1.3.Efectos del caso fortuito

III.Incumplimiento imputable al deudor

1.La culpa

1.1.Requisitos de la culpa

1.2.Apreciación de la culpa

1.3.Exoneración o modificación de la responsabilidad por culpa

1.4.Prueba de la culpa

2.El dolo

IV.Efectos del incumplimiento imputable al deudor

1.Cumplimiento forzoso en forma específica

2.El resarcimiento de daños y perjuicios

2.1.Requisitos del resarcimiento

2.2.Concurrencia de culpas

2.3.Extensión del resarcimiento

2.4.Prueba de los daños y perjuicios

V.La responsabilidad del deudor por la actividad de sus auxiliares o responsabilidad civil indirecta

Bibliografía

CAPÍTULO XIILAS GARANTÍAS DE LA OBLIGACIÓN

I.Introducción

II.Cláusula penal

1.Introducción

2.Constitución de la cláusula penal

3.Exigibilidad de la cláusula penal

4.Efectos de la cláusula penal

III.Arras

1.Concepto y clases

2.Efectos de las arras

IV.Derecho de retención

1.Concepto y casos en que procede

2.Requisitos del derecho de retención

3.Naturaleza del derecho de retención

4.Efectos del derecho de retención

5.Extinción del derecho de retención

Bibliografía

CAPÍTULO XIIIDEFENSA DEL DERECHO DE CRÉDITO

I.Introducción

II.Acción subrogatoria o indirecta

1.Introducción

2.Requisitos de ejercicio

3.Forma de ejercicio

4.Efectos

III.Acción directa

1.Introducción

2.Casos en que procede

IV.Acción revocatoria o pauliana

1.Requisitos de ejercicio

2.Forma de ejercicio y plazo

3.Efectos

4.Actos que pueden ser impugnados

5.Extinción de la acción

Bibliografía

CAPÍTULO XIVINSUFICIENCIA DEL PATRIMONIO DEL DEUDOR Y CONCURRENCIA DE ACREEDORES

I.Introducción

II.La preferencia y prelación de créditos

1.En el Código civil

1.1.Créditos preferentes sobre determinados bienes muebles

1.2.Créditos preferentes sobre determinados bienes inmuebles y derecho reales

1.3.Créditos preferentes sobre los demás bienes muebles e inmuebles

1.4.Créditos sin preferencia

1.5.Prelación de créditos

2.En la legislación concursal

2.1.Créditos con privilegio especial

2.2.Créditos con privilegio general

2.3.Créditos subordinados

2.4.Créditos ordinarios

Bibliografía

CAPÍTULO XVLA MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN OBLIGATORIA

I.Introducción

II.Transmisión del crédito

1.Cesión de créditos

1.1.Efectos entre cedente y cesionario

1.2.Efectos entre deudor y cesionario

1.3.Cesión de créditos litigiosos

1.4.Cesión de créditos hipotecarios

1.5.La prohibición contractual que prohíbe al acreedor ceder créditos

2.El descuento

3.El endoso

4.Subrogación en el crédito

4.1.Clases

4.2.Efectos de la subrogación

III.Transmisión de la deuda

1.Asunción de deuda

2.Expromisión

3.Delegación

IV.La llamada cesión de contrato

1.Legislación civil general y legislación sobre protección de los consumidores

2.Contratos internacionales

Bibliografía

CAPÍTULO XVIEXTINCIÓN DE LA RELACIÓN OBLIGATORIA (I)

I.Causas de extinción de la relación obligatoria

II.Compensación

1.La compensación legal: carácter y requisitos

2.Excepciones a la compensación legal

3.Reglas de la compensación en casos especiales

4.Efectos de la compensación legal

5.Otras clases de compensación

III.Confusión de los derechos de acreedor y deudor

1.Requisitos de la confusión

2.Efectos de la confusión

IV.Condonación

1.Requisitos de forma

2.Presunciones de condonación

3.Efectos de la condonación

Bibliografía

CAPÍTULO XVIIEXTINCIÓN DE LA RELACIÓN OBLIGATORIA (II)

I.Pérdida de la cosa o imposibilidad de la prestación

1.Régimen legal

2.Efectos de la imposibilidad sobrevenida

3.La imposibilidad transitoria o temporal

4.La dificultad extraordinaria o excesiva onerosidad de la prestación

II.Novación extintiva

1.Requisitos de la novación

2.Clases de novación

2.1.Novación objetiva

2.2.Novación subjetiva

3.Efectos de la novación extintiva

III.Otras causas de extinción de la relación obligatoria

1.Mutuo disenso

2.El desistimiento unilateral (o denuncia)

3.Muerte del deudor

4.La condición resolutoria y el término final

Bibliografía

CAPÍTULO XVIIILA PRESCRIPCIÓN

I.Introducción

II.Objeto de la prescripción

III.Plazos de prescripción

1.Plazo general

2.Plazo quinquenal

3.Plazo trienal

4.Plazo anual

5.La alteración convencional de los plazos legales

6.La existencia de un plazo especial para los derechos establecidos mediante procedimientos legales

IV.Inicio del plazo de prescripción y su cómputo

V.Interrupción y suspensión de la prescripción

VI.Efectos y funcionamiento de la prescripción

VII.La renuncia a la prescripción

VIII.La caducidad

Bibliografía

CAPÍTULO XIXLA PRUEBA DE LAS OBLIGACIONES

I.Introducción

II.Objeto de la prueba

III.La carga de la prueba

IV.Valoración de la prueba

V.Medios de prueba

1.Documentos públicos

1.1.Documentos notariales

1.2.Valor probatorio de los documentos públicos

2.Documentos extranjeros

3.Documentos privados

4.Documentos electrónicos

VI.Las presunciones

VII.Otros medios de prueba

1.Interrogatorio de las partes

2.Dictamen de peritos

3.Reconocimiento judicial

4.Interrogatorio de testigos

5.De la reproducción de la palabra, el sonido y la imagen y de los instrumentos que permiten archivar y conocer datos relevantes para el proceso

Bibliografía

CAPÍTULO XXEL CONTRATO

I.Introducción

II.Concepto del contrato

III.El contrato como situación jurídica objetiva

IV.La crisis de la autonomía de la voluntad y sus manifestaciones

V.Clasificación de los contratos

1.Contratos consensuales, reales y formales

2.Contratos unilaterales y bilaterales

3.Contratos onerosos y gratuitos

4.Contratos conmutativos y aleatorios

5.Contratos principales y accesorios

VI.Contratos típicos y atípicos

Bibliografía

CAPÍTULO XXILOS ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO (I)

I.Introducción

II.El artículo 1261 del Código Civil

III.El consentimiento

1.Concepto

2.Requisitos

3.Capacidad para contratar

4.Prohibiciones legales para contratar

5.Autocontrato

IV.Las obligaciones precontractuales de información

V.Vicios del consentimiento

1.Error propio

1.1.Errores invalidantes

1.2.Error de hecho y error de derecho

2.Violencia e intimidación

3.Dolo

Bibliografía

CAPÍTULO XXIILOS ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO (II)

I.El objeto

1.Concepto

2.Requisitos

2.1.Posibilidad

2.2.Licitud

2.3.Determinabilidad

II.La causa

1.Concepto

2.La causa en el Código Civil

3.Requisitos de la causa

3.1.Existencia

3.2.Licitud

3.3.Veracidad

III.Contratos causales y abstractos

IV.La forma

1.Introducción

2.La exigencia de forma según los artículos 1279 y 1280 del Código Civil

2.1.Contratos (y otros actos) que han de constar en documento público

2.2.Contratos que han de constar por escrito, aunque sea privado

3.La obligación de documentar el contrato

Bibliografía

CAPÍTULO XXIIIPREPARACIÓN Y PERFECCIÓN DEL CONTRATO

I.Fases de la vida del contrato

II.Tratos previos

III.La oferta y la aceptación

1.La oferta

1.1.Concepto y requisitos

1.2.Forma

1.3.Extinción

1.4.Las ofertas públicas de adquisición de valores

2.La aceptación

2.1.Concepto y requisitos

2.2.Forma

2.3.Revocación

IV.La influencia de las prácticas comerciales desleales en la formación de la voluntad del consumidor

V.Momento y lugar de perfección del contrato

1.El contrato entre ausentes

2.Lugar de perfección del contrato

3.Oferta y aceptación en la contratación mediante subasta o concurso

VI.Culpa in contrahendo

Bibliografía

CAPÍTULO XXIVLAS CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN

I.Introducción

1.Concepto y características

2.Funciones de las condiciones generales

3.Fundamento de validez de las condiciones generales

II.El control de las condiciones generales

1.El control de incorporación

1.1.Requisitos de incorporación

1.2.Efectos

2.El control de contenido

2.1.La cláusula general de abusividad

2.2.La lista de cláusulas abusivas

2.3.Efectos

3.El control de transparencia y sus consecuencias

III.La interpretación de las condiciones generales

1.La regla de la prevalencia de las condiciones particulares sobre las generales

2.La regla de la interpretación más favorable al adherente

IV.Las acciones colectivas de cesación, retractación y declarativa de condiciones generales

V.El registro de condiciones generales

Bibliografía

CAPÍTULO XXVEFICACIA DEL CONTRATO

I.Efectos del contrato entre las partes

1.La relatividad del contrato

2.La irrevocabilidad del contrato

2.1.La regulación del Código civil y sus excepciones

2.2.El derecho de desistimiento en los contratos celebrados con consumidores

3.La inalterabilidad del contrato y la aparición sobrevenida de circunstancias exorbitantes

II.Efectos del contrato respecto a terceros

1.Contrato en favor de tercero

1.1.Sujetos

1.2.Adquisición del tercero y su aceptación

1.3.Efectos

1.4.Extinción

2.El contrato a cargo de tercero

3.Contrato a favor de persona por designar

4.Contrato en daño de tercero

Bibliografía

CAPÍTULO XXVIINTERPRETACIÓN DEL CONTRATO

I.Interpretación y figuras afines

II.Método interpretativo

III.Normas de interpretación: su carácter y consecuencias

IV.Examen de las reglas del Código Civil

1.Interpretación subjetiva

2.Interpretación objetiva

V.El criterio de la buena fe

VI.Interpretación auténtica

VII.Normas interpretativas

Bibliografía

CAPÍTULO XXVIILA REPRESENTACIÓN EN LOS CONTRATOS

I.La representación en general

II.La representación voluntaria. El apoderamiento

1.Concepto y características

2.Requisitos necesarios para otorgar el negocio de apoderamiento

2.1.Capacidad

2.2.Forma

2.3.Contenido y límites

3.El ejercicio del poder de representación

3.1.Sustitución del representante

3.2.El abuso del poder de representación

3.3.El autocontrato

3.4.El representante sin poder

4.La ratificación

4.1.Concepto, naturaleza y clases

4.2.Requisitos

4.3.Eficacia retroactiva de la ratificación

5.La extinción del poder

5.1.Revocación

5.2.La renuncia del representante

5.3.Muerte, declaración de prodigalidad, concurso o insolvencia del representante o representado. Incapacitación sobrevenida

5.4.La extinción de la representación y los terceros

III.El poder irrevocable

IV.La representación indirecta

Bibliografía

CAPÍTULO XXVIIIINEFICACIA DEL CONTRATO

I.Introducción

1.Ineficacia inicial

2.Ineficacia sobrevenida

3.Inoponibilidad

II.Nulidad absoluta

1.Idea general y causas

2.La acción de nulidad

3.Efectos

4.Efectos especiales de la nulidad por ilicitud de la causa o del objeto

5.Conversión del contrato nulo

6.La nulidad parcial

III.Anulabilidad

1.Idea general y causas

2.La acción de anulabilidad

3.Plazo de ejercicio

4.Efectos

5.La confirmación

IV.Rescisión

1.Idea general y causas

2.La acción de rescisión

3.Efectos

Bibliografía

CAPÍTULO XXIXANOMALÍAS CONTRACTUALES

I.Introducción

II.Contrato simulado

1.Concepto y requisitos

2.Clases

3.Efectos

3.1.Entre las partes

3.2.Frente a terceros de buena fe

4.Ejercicio de la acción

III.Contrato fiduciario

1.Concepto y clases

2.Efectos

IV.Contrato indirecto

V.Contrato en fraude de ley

Bibliografía

CAPÍTULO XXXEL PRECONTRATO

I.El precontrato

1.Concepto y función

2.Clases

3.Requisitos

4.Efectos

5.La emisión de una declaración de voluntad conforme a la Ley de enjuiciamiento civil

II.La promesa de vender o comprar

III.Contrato de opción

1.Concepto y caracteres

2.Efectos

3.Forma y plazo de ejercicio

4.Transmisión del derecho de opción

5.Extinción

Bibliografía

CAPÍTULO XXXICUASICONTRATOS

I.Origen histórico y justificación

II.Definición según el Código Civil

III.Clases de cuasicontratos

IV.La gestión de negocios ajenos

1.Concepto y requisitos

2.Objeto de la gestión

3.Efectos

3.1.Obligaciones y responsabilidad del gestor

3.2.Obligaciones del dueño del negocio

V.Gestiones especiales

1.Suministro de alimentos

2.Gastos funerarios

VI.El cobro de lo indebido

1.Concepto y requisitos

2.La acción de restitución

3.Excepción a la obligación de restitución

4.Efectos

4.1.Caso de buena fe en el accipiens

4.2.Caso de mala fe en el accipiens

4.3.Mala fe sobrevenida

Bibliografía

CAPÍTULO XXXIIENRIQUECIMIENTO INJUSTIFICADO

I.Introducción

II.Fundamento

III.Requisitos de la acción de enriquecimiento

IV.Casos de aplicación

V.Contenido

VI.Subsidiariedad y prescripción

Bibliografía

CAPÍTULO XXXIIICONFLICTOS DE LEYES Y DERECHO DE CONTRATOS

I.Conflictos de leyes en el espacio

1.Introducción

2.Competencia judicial internacional

II.Derecho aplicable

1.Introducción

2.Ámbito de aplicación

2.1.Ámbito material

2.2.Ámbito espacial

2.3.Ámbito temporal

3.Determinación de la ley aplicable

3.1.El principio de autonomía de la voluntad

3.2.Ley aplicable en defecto de elección

3.3.Leyes de policía

III.Obligaciones específicas

1.Contratos de transporte

2.Contratos de consumo

2.1.Ámbito de aplicación material

2.2.Ámbito de aplicación territorial

2.3.Determinación de la ley aplicable

2.4.Laguna de regulación

3.Contratos de seguro

4.Contratos individuales de trabajo

4.1.Principio de mayor favorabilidad

4.2.Determinación de la ley aplicable en defecto de elección

IV.Ámbito de la ley aplicable

V.Cesión, subrogación y responsabilidad múltiple

1.Sustitución de la posición acreedora: cesión y subrogación convencional

2.Subrogación legal

3.Responsabilidad múltiple

4.Compensación

VI.Cláusulas generales

Bibliografía

CAPÍTULO XXXIVLA RESPONSABILIDAD POR ACTOS PROPIOS (I). LA ACCIÓN U OMISIÓN

I.Introducción

II.La acción u omisión

1.Antijuridicidad

1.1.Concepto

1.2.Causas de justificación

2.Culpabilidad

2.1.El dolo

2.2.La culpa o negligencia

3.Imputabilidad

3.1.Menores de edad

3.2.Personas con discapacidad

3.3.Personas jurídicas

Bibliografía

CAPÍTULO XXXVLA RESPONSABILIDAD POR ACTOS PROPIOS (II). EL DAÑO Y SU REPARACIÓN

I.El daño: concepto, requisitos y clases

1.Concepto

2.Requisitos

3.Clases

3.1.Por su naturaleza

3.2.Por su duración

4.El daño moral

5.La prueba del daño

II.La obligación de reparar el daño

1.Características de la obligación de reparar

2.Formas de reparación de daño

2.1.La restitución del bien

2.2.El resarcimiento en forma específica

2.3.La indemnización de daños y perjuicios

Bibliografía

CAPÍTULO XXXVIRESPONSABILIDAD POR ACTOS PROPIOS (III). LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD

I.Introducción

II.La causalidad material

III.La causalidad jurídica: la imputación objetiva

1.Planteamiento

2.El criterio del Tribunal Supremo

IV.Interferencias en la relación de causalidad

1.Caso fortuito y fuerza mayor

2.Intervención de un tercero

3.Culpa de la víctima y concurrencia de culpas

4.Asunción del riesgo por parte de la víctima

V.La prueba del nexo de causalidad

VI.Pluralidad de responsables

1.Daño causado por miembro indeterminado de un grupo

2.Coautoría

3.Pluralidad de responsables propiamente dicha

Bibliografía

CAPÍTULO XXXVIILA RESPONSABILIDAD POR ACTOS AJENOS

I.Introducción

1.Concepto y fundamento

2.Características de la responsabilidad por actos ajenos

II.La responsabilidad de los padres y tutores

1.Concepto y fundamento

2.Presupuestos

3.Sujetos responsables

4.La acción de regreso

III.La responsabilidad del empresario

1.Concepto y fundamento

2.Presupuestos

3.Sujetos responsables

4.La acción de regreso

IV.La responsabilidad de los titulares de centros docentes

1.Concepto y fundamento

2.Presupuestos

3.La acción de regreso

Bibliografía

CAPÍTULO XXXVIIILA RESPONSABILIDAD POR DAÑOS CAUSADOS POR ANIMALES Y COSAS

I.Daños causados por animales

1.Introducción

2.Daños causados por las piezas de caza

3.Daños causados por animales fieros

II.Daños causados por las cosas

1.La responsabilidad del propietario

1.1.Introducción

1.2.La responsabilidad por los daños causados por la caída de edificios

1.3.La responsabilidad por explosiones e inmisiones

1.4.La responsabilidad por la caída de árboles

2.La responsabilidad de los técnicos por defectos de la construcción

3.La responsabilidad por cosas que se arrojan o se caen

Bibliografía

CAPÍTULO XXXIXTIPOS ESPECIALES DE RESPONSABILIDAD

I.Introducción

II.Responsabilidad por accidentes de circulación de vehículos a motor

1.Introducción

2.Sujetos responsables

3.Régimen de responsabilidad

3.1.Daños corporales y daños materiales

3.2.Reclamación de la indemnización

3.3.El Consorcio de Compensación de Seguros

3.4.El Sistema de valoración de daños y perjuicios («Baremo»)

III.Responsabilidad por daños en la navegación aérea

1.Introducción

2.Clases de daños

2.1.Daños sufridos por los viajeros

2.2.Daños causados a las cosas transportadas

2.3.Daños causados a terceras personas o a cosas en la superficie terrestre

3.El carácter tasado de las indemnizaciones

IV.Responsabilidad por accidentes nucleares

V.Responsabilidad por daños en el ejercicio de la caza

VI.La responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas

1.Introducción

2.El principio general de responsabilidad y su concreción

3.Presupuestos

3.1.Lesión del particular en cualquiera de sus bienes y derechos

3.2.Que la lesión se haya producido por el funcionamiento normal o anormal de las administraciones públicas

3.3.La relación de causalidad

Bibliografía

CAPÍTULO XLLA RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS CAUSADOS POR PRODUCTOS DEFECTUOSOS

I.La responsabilidad del productor

II.Concepto de producto

1.Bienes muebles

2.Productos agrícolas o ganaderos

3.El gas y la electricidad

III.Concepto de defecto

IV.Sujetos responsables

V.La carga de la prueba y la relación de causalidad

VI.Causas de exoneración de la responsabilidad

VII.Culpa del perjudicado

VIII.Daños cubiertos y límites cuantitativos

IX.Limitaciones en el tiempo a la reparación

1.Prescripción de la acción

2.Extinción de la responsabilidad

Bibliografía

CAPÍTULO XLICONFLICTOS DE LEYES Y RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

I.Derecho aplicable

1.Introducción

2.Ámbito de aplicación

2.1.Ámbito material

2.2.Ámbito espacial

2.3.Ámbito temporal

II.Determinación de la ley aplicable

1.Regla general

2.Elección de la ley aplicable

3.Leyes de policía

III.Modalidades

1.Accidentes de circulación por carretera

1.1.Reglamento «Roma II»

1.2.Convenio de La Haya sobre ley aplicable en materia de accidentes de circulación por carretera

2.Daños causados por productos defectuosos

2.1.Reglamento «Roma II»

2.2.Convenio de La Haya sobre ley aplicable a la responsabilidad por productos

3.Protección del mercado

3.1.Competencia desleal y actos que restrinjan la libre competencia

3.2.Infracción de los derechos de propiedad intelectual o industrial

3.3.Acción de conflicto colectivo

4.Daños medioambientales

5.Enriquecimiento injustificado o sin causa

6.Gestión de negocios ajenos

7.Tratos preliminares o culpa in contrahendo

IV.Ámbito de la ley aplicable

1.Cuestiones reguladas por la ley aplicable designada por la norma de conflicto del Reglamento «Roma II»

2.Acción directa contra el asegurador del responsable

3.Subrogación

Bibliografía

Prólogo

Cuando mi padre terminó la redacción de este libro entre los años 1988 y 1989 tenía claro que su intención primordial era exponer de manera completa y rigurosa el Derecho de obligaciones español con una clara finalidad docente, pero sin renunciar por ello a servir también de instrumento de trabajo a estudiosos y profesionales. Con este fin, no escatimó esfuerzos a la hora de redactarlo de la manera más completa posible, incluyendo siempre las reformas legislativas más recientes realizadas en nuestro ordenamiento, así como los últimos pronunciamientos jurisprudenciales. Siempre tuvo en mente que se trataba de un manual de la asignatura que no debía limitarse al contenido de una materia impartida de forma concreta en tal o cual Universidad, y por tanto no estaba obligado a cumplir los estrictos (y a menudo estrechos) criterios de planes de estudio y programaciones docentes. Al convertirme en coautor en 2005, quisimos ampliar esta visión del libro incorporando nuevas referencias que tuvieran relación con el entonces emergente Derecho contractual europeo, al igual que con el Derecho europeo de daños, lo que nos llevó a añadir los Principles of European Contract Law (PECL) y los Principles of European Tort Law (PETL). Cuando mi padre falleció de forma inesperada y trágica en 2007, los dos éramos conscientes de que todavía quedaba mucho por hacer en la senda que nos habíamos trazado. De hecho, él ya había comenzado a actualizar y a adaptar la última edición nada más ser publicada, asumiendo cambios en la estructura del libro, tanto de tipo formal como material.

Sin embargo, el tiempo no pasa en balde. Los largos años transcurridos desde su fallecimiento han visto sucederse de forma ininterrumpida cambios legislativos, numerosas decisiones jurisprudenciales de indudable interés y, sobre todo, nuevas, y a menudo complejas, iniciativas europeas. Además, la elaboración de la Propuesta de reforma del Derecho de obligaciones y contratos contenido en el Código Civil, y la Propuesta de un nuevo (y discutible) Código mercantil por parte de la Comisión General de Codificación han venido a añadirse al panorama expuesto para incrementar aún más, si cabe, la complejidad del actual Derecho de obligaciones en España. Obviamente, todo ello plantea más dificultades a la hora de decidir cómo poner al día un libro que quiere continuar sirviendo a sus destinatarios como instrumento útil de estudio y de trabajo, tal y como hubiera deseado su autor original. Es por todo ello que como continuador de su obra y mantenedor de su memoria me corresponde ahora a mí la exclusiva responsabilidad de tomar las decisiones oportunas para poner al día un manual bien necesitado de revisión y cuidado. No obstante, he querido ser fiel al planteamiento inicial del autor, respetando la estructura general del libro. Con esta idea, más bien he intentado en la medida de lo posible, otra cosa es haberlo logrado, mejorar y corregir, antes que añadir y cambiar. Solo he hecho esto último cuando me ha parecido absolutamente necesario.

A los textos europeos ya mencionados se unen ahora las Propuestas de reforma de nuestro Derecho de obligaciones (civil y mercantil), así como el Borrador de Marco Común de Referencia o Draft Common Frame of Reference (DCFR), en su versión española de 15 de mayo de 2012, realizada bajo la supervisión del Prof. Dr. Hans Schulte-Nölke y coordinada por la Prof.ª Dr.ª Carmen Jerez Delgado (revisión española de la Reglas) y por el Prof. Dr. Francisco Oliva Blázquez (revisión española de los Comentarios), en la que he tenido el honor de participar. Las citas de los Principles of European Contract Law se hacen de conformidad con la edición española publicada en 2003 por la Fundación Cultural del Notariado (Principios de Derecho contractual europeo, edición española a cargo de Pilar Barres Benlloch, José Miguel Embid Irujo y Fernando Martínez Sanz). Las citas de los Principles of European Tort Law del grupo de Viena proceden de la traducción española realizada por el Prof. Dr. Miquel Martín Casals, Catedrático de Derecho civil de la Universidad de Girona. La edición de los Principios de Unidroit sobre los contratos comerciales internacionales de 2016 (PCCI) utilizada ahora ha sido la correspondiente a la versión española que figura en la web de UNIDROIT.

Por otra parte, en lo que respecta a las sentencias que se citan corresponden siempre, como es habitual en ediciones anteriores, a la Sala 1ª del Tribunal Supremo. De manera que cuando se hace referencia a las de otras Salas, se hace mención expresa de la Sala a la que corresponde. Como es natural, la información bibliográfica que figura al final de cada capítulo tiene un carácter meramente indicativo y selectivo, sin ninguna pretensión de exhaustividad.

No puedo terminar estas líneas sin mencionar a varias personas, colegas universitarios, que han contribuido, más de lo que ellos piensan, con sus opiniones y sugerencias a pulir y mejorar la nueva edición de este libro. En primer lugar, la Profª. Drª. María Paz García Rubio, Catedrática de Derecho civil en la Universidad de Santiago de Compostela, bajo cuya tutela académica (en régimen compartido con una supervisión paterna, todo hay que decirlo) comencé mi carrera universitaria hace ya más de dos décadas. Inmediatamente a continuación, el Dr. Ricardo Pazos Castro, Profesor colaborador asistente de Derecho civil en la Universidad Pontificia Comillas de Madrid, que en esta ocasión ha asumido principalmente la ingrata tarea de la búsqueda y actualización de la jurisprudencia. No obstante, su labor ha sido también esencial para mejorar y corregir muchos epígrafes del libro. A ambos mi más sincero agradecimiento. En todo caso, la responsabilidad por el resultado final de esta edición es exclusivamente mía.

Santiago de Compostela, a 10 de octubre de 2022.

Abreviaturas

AAMNAnales de la Academia Matritense y del NotariadoAA VVAutores VariosACActualidad CivilADCAnuario de Derecho CivilADFAnuario de Derecho ForalAr.Civ.Aranzadi CivilATJUEAuto del Tribunal de Justicia de la Unión EuropeaAUMAnales de la Universidad de Murciaart.artículoBGBCódigo civil alemánBMJBoletín del Ministerio de JusticiaBOEBoletín Oficial del EstadoCEConstitución EspañolaCCCódigo civil españolCCCatCódigo civil de cataluñaCCBCódigo civil belgaCComCódigo de comercioCCFCódigo civil francésCDTCuadernos de Derecho TransnacionalCDFUECarta de Derechos Fundamentales de la Unión EuropeaCESLPropuesta de Reglamento relativa a una normativa común de compraventa europeaCfrcompárese, véaseCISGConvención de Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de MercaderíasComp.CompilaciónCOCódigo de las obligaciones suizoCPCódigo PenalDDigestoDGRNDirección General de los Registros y del Notariadodisp.DisposiciónETEstatuto de los Trabajadoresíd.el mismoIMEInstituto Monetario EuropeoIPCÍndice de precios al consumoLACLey de Auditoría de CuentasLARLey de Arrendamientos RústicosLAULey de Arrendamientos UrbanosLCLey de CazaLCATLey de Contratos de Aprovechamiento por TurnoLCBORPLey de Protección de los Consumidores en la Contratación de Bienes con Oferta de Restitución del PrecioLCCLey de Contratos de Crédito al ConsumoLCCILey de Contratos de Crédito InmobiliarioLCChLey Cambiaria y del ChequeLCGCLey de Condiciones Generales de la ContrataciónLCSLey de Contrato de SeguroLCSPLey de Contratos del Sector PúblicoLDELey de Desindexación de la Economía EspañolaLDeLey de Dinero ElectrónicoLECLey de Enjuiciamiento CivilLECrimLey de Enjuiciamiento CriminalLEFLey de Expropiación ForzosaLENLey de Energía NuclearLFLey de FundacionesLGPLey General de PublicidadLGSLey General de SubvencionesLGTLey General TributariaLHLey HipotecariaLHMLey de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de PosesiónLJCALey de la Jurisdicción Contencioso-AdministrativaLJVLey de la Jurisdicción VoluntariaLMOCLey de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones ComercialesLNALey de Navegación AéreaLNMLey de Navegación MarítimaLOCMLey de Ordenación del Comercio MinoristaLOALey Orgánica de AsociacionesLOELey de Ordenación de la EdificaciónLOPDHLey Orgánica de Protección del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia ImagenLOPJLey Orgánica del Poder JudicialLOPJMLey Orgánica de Protección Jurídica del MenorLORPMLey Orgánica de Responsabilidad Penal de los MenoresLPACLey de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasLPHLey de Propiedad HorizontalLRCDNLey sobre Responsabilidad Civil por Daños Nucleares o Producidos por Materiales RadiactivosLRPIVTLey de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del TerrorismoLRMLey de Responsabilidad MedioambientalLSLey del SueloLSSILey de Servicios de la Sociedad de la InformaciónLSCLey de Sociedades de CapitalLSECLey de regulación de determinados aspectos de los Servicios Electrónicos de ConfianzaLSMPHLey de Subrogación y Modificación de Préstamos HipotecariosLSPLey de Sociedades ProfesionalesLTAPPLey de Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente PeligrososLULey sobre Nulidad de los Contratos de Préstamos UsurariosLVPBMLey de Venta a Plazos de Bienes Mueblesnúm.númeroOMOrden Ministerialp.páginaPCCIPrincipios Unidroit sobre los Contratos Comerciales InternacionalesPCMPropuesta de Código MercantilPECLPrincipios de Derecho Contractual EuropeoPJPoder JudicialPMDOCPropuesta para la Modernización del Derecho de Obligaciones y ContratosRCDIRevista Crítica de Derecho InmobiliarioRDEARevista de Derecho Español y AmericanoRDGRNResolución de la Dirección General de los Registros y del NotariadoD-LeyDecreto-LeyRDReal DecretoRDLegReal Decreto LegislativoRDMRevista de Derecho MercantilRDNRevista de derecho NotarialRDPRevista de Derecho PrivadoREDIRevista Española de Derecho InternacionalREFDUGRRevista de la Facultad de Derecho de la Universidad de GranadaRGLJRevista General de Legislación y jurisprudenciaRHReglamento HipotecarioRISDReglamento del Impuesto de Sucesiones y DonacionesRJCRevista Jurídica de CatalunyaRLCReglamento de la Ley de CazaRNReglamento NotarialRRCGCReglamento del Registro de Condiciones Generales de la ContrataciónRSRCCVMReglamento del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil en la Circulación de Vehículos a Motorss.siguientesSTEDHSentencia del Tribunal Europeo de Derechos HumanosSTJCESentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades EuropeasSTJUESentencia del Tribunal de Justicia de la Unión EuropeaSTCSentencia del Tribunal ConstitucionalSTSSentencia del Tribunal Supremot.tomotrad.TraducciónTFUETratado de Funcionamiento de la Unión EuropeaTJCETribunal de Justicia de las Comunidades EuropeasTJUETribunal de Justicia de la Unión EuropeaTRLCTexto Refundido de la Ley del Mercado de ValoresTRLGDCUTexto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y UsuariosTRLPITexto Refundido de la Ley de Propiedad IntelectualTRLRCSCVMTexto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a MotorUMEUnión Monetaria Europeavol.volumen

Capítulo I

La relación obligatoria

SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.1. El Derecho de obligaciones.2. El Derecho de obligaciones en el sistema civilista.3. Evolución del Derecho de obligaciones.4. La reforma del Derecho de obligaciones español.4.1. Las Propuestas de reforma del Derecho de obligaciones de la Comisión General de Codificación.4.2. Valoración y crítica.4.3. La Propuesta de la Asociación de Profesores de Derecho Civil.II. LA RELACIÓN OBLIGATORIA.1. Concepto de la obligación.2. Evolución del concepto de obligación.III. DISTINCIÓN ENTRE DEUDA Y RESPONSABILIDAD.1. Deuda sin responsabilidad.2. Responsabilidad sin deuda.3. Deuda con responsabilidad limitada.IV. LA UNIFICACIÓN DEL DERECHO DE OBLIGACIONES.1. La elaboración de un Derecho contractual europeo.1.1. Iniciativas académicas y legislativas en el seno de la Unión Europea: el Proyecto de Marco Común de Referencia.1.2. La revisión del acervo comunitario.1.3. La normativa común de compraventa europea.2. El Derecho de obligaciones y su impacto internacional: los Principios de Unidroit sobre los contratos comerciales internacionales.BIBLIOGRAFÍA.

I. INTRODUCCIÓN
1. EL DERECHO DE OBLIGACIONES

El Derecho de obligaciones es la rama del Derecho civil en la que se contienen los principios y normas que regulan la constitución, modificación y extinción de la relación obligatoria.

Suelen utilizarse indistintamente las expresiones «Derecho de obligaciones» y «Derechos de crédito», pero ninguna de las dos es exacta o completa. La primera denominación hace referencia al aspecto pasivo de la relación jurídica, al deber de prestación que incumbe al deudor. En cambio, la segunda resalta el aspecto activo de la relación jurídica, el poder del acreedor para exigir y recibir la prestación. Como indica Hernández Gil, «sería más completa la expresión que comprendiera ambos aspectos, pero esa expresión no existe o, por lo menos, no se utiliza». En el Derecho civil español normalmente se usa, salvo excepciones, la denominación «Derecho de obligaciones», de mayor raigambre en los ordenamientos de tipo latino.

Arias Ramos opina que «la importancia que en los derechos de crédito tiene la colaboración (“prestación”) del deudor hace parecer natural que se les estudie enfocándoles desde el punto de vista del sujeto pasivo y que se hable preferentemente de obligaciones».

Algunos autores utilizan como sinónima la expresión «derechos personales», quizás por influjo de la vieja dicotomía romana de actio in rem et actio in personam (Gayo4.2.3), y así resaltar la oposición con los derechos reales. Pero esta terminología debe desecharse por su equivocidad, pues con la misma expresión se hace referencia a otras clases de derechos, como los «intransmisibles», que se extinguen a la muerte de su titular, o a aquellos que los acreedores no pueden utilizar en nombre de su deudor (derechos de la personalidad).

La importancia social y económica del Derecho de obligaciones, así como su influencia doctrinal y técnica, es tan evidente que no se discute. La relación obligatoria es el medio a través del cual se lleva a cabo la colaboración económica entre las personas: el intercambio de toda clase de bienes y servicios. Por ello, puede afirmarse que la naturaleza patrimonial de los intereses en juego constituye la nota predominante del Derecho de obligaciones, aunque no debe olvidarse que la teoría general del Derecho de obligaciones extiende su ámbito a otras ramas del Derecho (Derecho mercantil, Derecho internacional privado, Derecho administrativo, etc.). Por consiguiente, no ha de extrañar que Ascoli se refiriese al Derecho de obligaciones como el Derecho del diario comercio de la vida; y que Hedemann afirmase que toda persona humana está comprendida en esta red económica del Derecho de obligaciones, pues, aunque se limite a mendigar, ya irrumpe en este Derecho bajo la forma de la donación. El número de relaciones obligatorias que son concertadas cada día alcanzan millones, y en un año se eleva a miles de millones, por lo que no hay estadística que pueda abarcar este fenómeno, estimulado en todas partes por el factor económico. Ahora bien, tampoco se puede desconocer que el intercambio de bienes y servicios no constituye el único sector del Derecho de obligaciones, ya que otro ámbito importante del mismo es el del ilícito civil o responsabilidad extracontractual. Este dato es el que ha permitido a Wieacker afirmar que el título «Derecho de obligaciones» no se contrae a un campo unitario, y por ello sugiere distinguir entre el ordenamiento contractual y el ordenamiento del daño.

Esta circunstancia o realidad es la que ha dado lugar a la moderna tendencia, de origen anglosajón, del «análisis económico del Derecho» (economic analysis of law). Este análisis, en última instancia, pretende trabajar mediante una verificación de costes y beneficios de las soluciones jurídicas, de modo que si se llevase a sus últimas consecuencias podría dar lugar a una completa subordinación del Derecho de obligaciones a la racionalidad económica. Es decir, a una funcionalización del Derecho, que lo despojaría de todo valor ético-social. En este sentido, dicha postura parece rechazable al suponer la utilización de meros criterios pragmáticos y utilitaristas, pues no ofrece duda que la eficacia no puede ni debe colocarse por encima de la justicia como único patrón de la regulación jurídica. Sin embargo, como antes se ha indicado, la relación del Derecho de obligaciones con la economía es hoy incuestionable, y por ello no puede ignorarse tanto la importancia como la conveniencia de un enlace equilibrado, en la medida de lo posible, entre la economía y la ciencia jurídica en la búsqueda de la solución que pueda ser más eficiente y justa. Se trata, en definitiva, de valorar adecuadamente los diferentes intereses en juego.

2. EL DERECHO DE OBLIGACIONES EN EL SISTEMA CIVILISTA

El Código civil francés, que sigue fundamentalmente el plan romano o de Gayo, se ocupa de los derechos de obligaciones en el Libro III como uno de los modos de adquirir la propiedad. Esta concepción, que era una consecuencia del principio general adoptado por el legislador francés de que la adquisición de la propiedad se produce por el solo efecto del contrato, había sido muy criticada, tildándola de poco rigurosa. Dicha crítica consideraba que el legislador francés había contemplado la obligación únicamente desde el punto de vista del contrato traslativo o constitutivo de derechos reales, cuando en realidad otros tipos de contratos y obligaciones con contenido diverso, que no dan lugar a la adquisición de la propiedad o a la atribución de otro derecho real, eran regulados en el citado Libro III, por ejemplo, el arrendamiento, el mandato, etc.

El Código civil español se aparta, en este punto, de su modelo francés, pues concede tratamiento independiente al Derecho de obligaciones y, bajo la rúbrica «De las obligaciones y contratos», le dedica el cuarto y último Libro de los que consta (arts. 1088-1975 CC). La razón de que el legislador español siguiera una línea sistemáticamente más perfecta no obedece a la crítica que se había hecho al Código civil francés, ni tampoco a la excesiva amplitud de su Libro III, sino a lo establecido en la base 20 de la Ley de Bases de 11 de mayo de 1888, a cuyo tenor «los contratos, como fuente de las obligaciones, serán considerados como meros títulos de adquirir en cuanto tengan por objeto la traslación de dominio o de cualquier otro derecho a él semejante (…)». Es decir, lo dispuesto en esta «base» obliga al legislador español a rechazar el sistema francés de transmisión de la propiedad, ya que en nuestro Derecho el contrato es un simple título que necesita de la tradición o modo para que pueda tener lugar el fenómeno adquisitivo (arts. 609 y 1095 CC).

Es hoy un lugar común afirmar que el Derecho de obligaciones y contratos no fue precisamente objeto de especial atención durante la elaboración de nuestro Código civil. En palabras de la Exposición de Motivos de la Propuesta para la modernización del Derecho de obligaciones y contratos de 2009, «no es aventurado decir que los codificadores españoles de 1889 no pusieron en la materia que nos ocupa sus máximos empeños. Estuvieron preocupados (y ocupados incesantemente, por lo que tras los años hay que dirigirles merecidas palabras de agradecimiento) por otras cuestiones que entonces eran más agudas y nunca han dejado de serlo, de manera que la mayor dedicación a ellas resulta explicable porque en la actividad política cada hora tiene su afán. Fueron estas materias, señaladamente, la relación del Código civil con las entonces llamadas legislaciones forales, los problemas de la relación entre el Estado y la Iglesia católica en materia de matrimonio y, de modo muy especial, la aproximación del Derecho sucesorio del Código civil a los Derechos sucesorios de algunas regiones, sobre todo en materia de legítimas. En este sentido, está perfectamente claro el contraste de las bases 19 y 20 de la Ley de 11 de mayo de 1888 con todas las que precedían a las antes mencionadas. El legislador de 1889 debió pensar que el Derecho de contratos no era, en rigor, una materia conflictiva, y que el principio de autonomía de la voluntad podría contribuir a solucionar la mayor parte de las cuestiones».

Ahora bien, también hay que señalar que no todo el contenido del Libro IV pertenece al Derecho de obligaciones, pues nuestro Código civil, con evidente desorden, incurre en el defecto sistemático de incluir en él materias que no le son propias, como ocurre con el contrato sobre bienes con ocasión del matrimonio, en la actualidad titulado «del régimen económico matrimonial, que corresponde al Derecho de familia, ya que las relaciones jurídicas de carácter patrimonial y obligatorio son consecuencia del matrimonio y, además, pueden existir sin necesidad de contrato. Lo mismo puede afirmarse de los censos, la prenda, la hipoteca y la anticresis, que son derechos reales, pues si bien su nacimiento suele tener lugar por medio del contrato, en algunos casos su origen puede no ser contractual (por ejemplo, usucapión o constitución unilateral). Asimismo, otros derechos reales, que no están contenidos en el mencionado Libro IV, pueden tener origen contractual, como sucede con el usufructo o las servidumbres, y con la prescripción adquisitiva, que es una institución no aplicable a las obligaciones, sino solamente a los derechos reales. En todo caso, desde el momento en que se han separado los modos de adquirir de los contratos, no hay razón alguna que justifique poner la prescripción adquisitiva en el Libro IV, por ejemplo (Cárdenas). Sin embargo, el Código contiene instituciones que exceden de su ámbito por su carácter general, como sucede con la prescripción extintiva y la prueba de las obligaciones, no incluyéndose, en cambio, en este Libro, sino en el Libro II, las donaciones inter vivos, que tienen un claro origen contractual.

Respecto de la prueba de las obligaciones hay que advertir que los artículos 1214, 1215, 1226, y 1231-1253 del CC, correspondientes al capítulo dedicado a la «prueba de las obligaciones», fueron derogados por la disposición derogatoria única, 2.1 de la LEC. Por otra parte, en cuanto a las transmisiones a título gratuito, como pone de relieve Clemente De Diego, la donación es un simple título que necesita de la tradición para que el dominio quede trasladado de un modo efectivo al donatario.

Igualmente debe señalarse que en otras partes o ramas del Derecho civil surgen relaciones de obligación, como en el Derecho de familia la obligación alimenticia entre parientes (arts. 142-153 CC), o en el Derecho de sucesiones la obligación recíproca de evicción y saneamiento que el artículo 1069 del CC impone a los coherederos una vez hecha la partición, etc. Asimismo, no puede obviarse la existencia de una importante legislación especial y al margen del Código: Leyes de arrendamientos rústicos y urbanos, Ley de arbitraje, Ley de venta de bienes muebles a plazos, Ley de condiciones generales de la contratación, Texto refundido de la ley general de defensa de los consumidores y usuarios, etc. En resumen, el Código civil español confiere tratamiento independiente al Derecho de obligaciones, pero puede afirmarse que no todo el contenido del Libro IV versa sobre el Derecho de obligaciones, del mismo modo que tampoco todo el Derecho de obligaciones se encuentra contenido en dicho Libro.

Otra cuestión es si el Derecho de obligaciones debe preceder a los Derechos reales o, a la inversa, si éstos deben anteponerse a aquéllos. En realidad, desde un punto de vista legislativo, la cuestión no reviste excesiva trascendencia, pero sí la tiene desde una perspectiva lógica, en virtud de la cual se considera preferible anteponer el estudio del Derecho de obligaciones al de los derechos reales, ya que, como dice Hernández Gil, esta materia es la más directamente entroncada con la llamada «Parte general» del Derecho civil que, sin perjuicio de ciertas crisis, sigue siendo la más generalmente aceptada.

3. EVOLUCIÓN DEL DERECHO DE OBLIGACIONES

En general, los autores del siglo XIX consideraron el Derecho de obligaciones como una herencia del Derecho romano, que había pasado a través de Domat y Pothier casi inalterado al Código civil francés, y de éste a los demás Códigos latinos que lo tomaron como modelo. En este sentido, afirmaba Saleilles que la materia de obligaciones constituye una parte casi esencialmente teórica y abstracta, lo cual da a esta parte del Derecho un carácter de obra racional y científica más acentuado; añadiendo que la materia de las obligaciones, a consecuencia de su carácter especulativo, ha constituido la obra maestra de la legislación romana. Esto explicaría que todas las legislaciones posteriores hayan extraído de aquella legislación los principales elementos del Derecho de obligaciones.

Esta declaración tiene una explicación sencilla y lógica. Así como la propiedad y la familia han sufrido grandes transformaciones como consecuencia de los cambios sociales y políticos, que han repercutido decisivamente en las legislaciones que las regulan, el Derecho de obligaciones ha sido en cierta medida resistente o impermeable a las influencias ideológicas, sociales y políticas, o por lo menos sin afectar a la esencia misma de las instituciones tal y como las había concebido el Derecho romano.

Sin embargo, una afirmación de esta naturaleza no ofrece duda que peca de exagerada y olvida la propia evolución del Derecho de obligaciones, de la que indicativamente se deben resaltar los siguientes datos:

a) Que el Derecho romano estuvo vigente a lo largo de más de trece siglos, a través de los cuales sufrió una profunda evolución. Y a pesar de que los investigadores de este Derecho consideren como más perfecto e interesante el Derecho romano clásico, a los civilistas nos interesa el Derecho romano de la primera mitad del siglo VI d. de J.C., es decir, la compilación legislativa hecha por el emperador Justiniano, pues, como advierte Arias Ramos, «tal Compilación constituía la base con cuya guía y exégesis se había ido formando el Derecho privado de los pueblos de Europa (el llamado «Derecho común»), incluso el de aquellos que, como Alemania, no estuvieron en la antigüedad dentro del Imperio romano».

A juicio de A. d’Ors, «para la historia cultural de Occidente, la Compilación de Justiniano constituye uno de los tres grandes hitos fundamentales, juntamente con la Biblia y los filósofos griegos».

b) Que el denominado «Derecho común», si bien romano de origen, sufrió el influjo del Derecho germánico en algunas de sus instituciones, y concretamente en las del Derecho de obligaciones, aunque también resulte excesiva la afinación de Mayer, de que «el Derecho de obligaciones español es una forma muy antigua del Derecho de obligaciones germánico». Sin que tampoco pueda desconocerse la influencia ejercida por la moral cristiana y el Derecho de la Iglesia, ya que, como señala Díaz Pairó, el factor que después del Derecho romano ha intervenido con mayor fuerza en nuestro actual Derecho de obligaciones ha sido la obra de los canonistas. La influencia de la moral cristiana ha sido puesta de relieve por Ripert, quien afirma que «una vez que esta moral ha triunfado en el mundo, es imposible que no haya modificado profundamente el Derecho de obligaciones que los romanos habían ya elevado a tan alto grado de perfección. Sin duda, la técnica jurídica ha utilizado el método y el lenguaje que los romanos crearon; sin duda, también, las inteligencias romanas poseían ya una idea de la justicia que habían recibido de Grecia y que, en muchos puntos, anunciaba la concepción cristiana. Pero no sería justo que, engañados por la forma, olvidásemos la diferencia fundamental que existe entre su moral (la de los romanos) y la nuestra. No conocieron ellos ni la fuerza obligatoria de la palabra dada, ni el justo equilibrio de las prestaciones prometidas, ni la protección del contratante más débil, ni la seguridad frente al que abusa de su derecho, ni la reparación del perjuicio causado a otro, ni el deber de asistencia, por no citar otros ejemplos». Estas reglas de la moral cristiana fueron aplicadas al Derecho por Domat, cuyo libro, Les loix civiles dans leur ordre naturel, ejerció una influencia decisiva sobre los juristas posteriores y, entre ellos, de manera primordial sobre Pothier.

c) Tampoco se puede ignorar que el individualismo liberal, que presidió las codificaciones del siglo pasado, y entre ellas la nuestra, hace tiempo que comenzó a declinar, dejándose notar la influencia de las ideas de bien común y solidaridad; así como de ciertos factores económico-políticos que han obligado a transformar determinadas figuras jurídicas o a introducir otras fórmulas nuevas. Como datos demostrativos y relevantes pueden citarse: el reconocimiento del contrato de adhesión, la estipulación a favor de tercero, el compromiso por voluntad unilateral, la limitación del ejercicio del derecho a través del principio de la buena fe y de la prohibición del abuso, la responsabilidad objetiva, etc.

4. LA REFORMA DEL DERECHO DE OBLIGACIONES ESPAÑOL

Es preciso reconocer que hoy en día el Derecho de obligaciones español todavía se encuentra desfasado en muchos aspectos de su regulación legal como consecuencia de la revolución tecnológica y de la contratación en masa, poniendo en evidencia la inadecuación de ciertos principios y normas tradicionales para hacer frente a las nuevas demandas económicas y sociales. Como indica Díez-Picazo, no existe apenas un tratamiento del comercio de bienes de consumo en masa y falta casi en absoluto un tratamiento de las obligaciones de hacer; y, de otra parte, «la tecnificación y los procesos de racionalización del trabajo conducen a la automatización de la producción y de la distribución de los bienes y de los servicios». Además, «se ha producido una inversión de la relación existente entre la producción y el mercado (…), es el mercado quien tiene que adaptarse a las exigencias de la producción a través de la captación de consumidores». Todo ello pone de relieve, según advierte este autor, la necesidad de construir una nueva teoría general que suponga una ampliación de los anteriores sistemas fácticos y que, al mismo tiempo, permita dar un trato jurídico nuevo, a través de unos principios generales y de unas directrices también nuevas, a la problemática económico-social de aquellos hechos que no pueden ser resueltos con los antiguos esquemas normativos.

Eso sí, esta nueva teoría general habrá de construirse al amparo de la Constitución vigente, ya que, como ha dicho Perlingieri, «también el Derecho de obligaciones, a primera vista el más técnico, el más ahistórico, el más inmutable, casi un derecho sub specie aeternitatis, se halla en realidad en una etapa de desarrollo, de cambio, de indispensable adecuación a los nuevos valores y a las nuevas opciones fundamentales que el ordenamiento jurídico ha asumido en España con la Constitución de 1978». Tarea que hoy se encuentra indefectiblemente marcada por nuestra pertenencia a la Unión Europea y, por tanto, condicionada por las normas del Derecho europeo que en esta materia ya hemos asumido o que iremos asumiendo conforme vayan siendo promulgadas.

4.1. Las Propuestas de reforma del Derecho de obligaciones de la Comisión General de Codificación

Expuesto lo anterior, no resulta extraño la Sección de Derecho Civil de la Comisión General de Codificación haya venido trabajando en las últimas décadas en una profunda reforma del Derecho de obligaciones contenido en nuestro venerable Código civil. De hecho, las propuestas presentadas en 2005 fueron las siguientes:

1.ª La Propuesta de Anteproyecto de Ley de modificación de los artículos 10 y 11 del Código civil de 2005: su finalidad era ajustar la redacción de esos preceptos al Convenio sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales, hecho en Roma el 19 de junio de 1980.

2.ª La Propuesta de Anteproyecto de Ley de modificación del Código civil en materia de contrato de compraventa de 2005: se trataba de modernizar el Código civil incorporando las nuevas ideas sobre la materia, ya plasmadas en la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos internacionales de mercaderías, hecho en Viena el 11 de abril de 1980 (CISG) y en la Directiva 1999/44/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, sobre determinados aspectos de la venta y las garantías de los bienes de consumo. También tomaba en consideración los Principios de Derecho Contractual Europeo (PECL).

3.ª La Propuesta de Anteproyecto de Ley de modificación de los Capítulos II y III del Título XVII del Libro IV del Código civil de 2005: intentaba dar respuesta a la previsión de la disposición final trigésima tercera de la Ley concursal, que encomendaba al Gobierno remitir a las Cortes Generales un proyecto de ley reguladora de la concurrencia y prelación de créditos en las ejecuciones singulares.

Cuatro años más tarde, la Sección de Derecho Civil presentó la Propuesta para la modernización del Derecho de obligaciones y contratos de 2009. El objetivo que se pretendía alcanzar era, en palabras de su Exposición de Motivos, «establecer las reglas que resulten más acordes con las necesidades apremiantemente sentidas en los tiempos que corren», siendo evidente su finalidad de «buscar la mayor aproximación posible del Derecho español a los ordenamientos europeos, tal y como éstos son concebidos hoy. No es discutible que la existencia de diferencias no muy grandes entre unos y otros ordenamientos dentro de la Unión Europea, puede facilitar lo que reiteradamente se denominan operaciones transfronterizas. Y todo ello, en espera de una unificación de las normas de Derecho europeo de contratos que, en algún momento, podrá producirse». En definitiva, se trata de situar a nuestro Derecho de obligaciones y contratos al nivel de los actuales textos jurídicos de referencia internacional (reforma alemana del Derecho de obligaciones de 2002, Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías, Principios de Derecho Contractual Europeo, Principios de Unidroit sobre los contratos comerciales internacionales, Directivas europeas). Con este fin, la Propuesta ofrece una nueva redacción de los Títulos I (De las obligaciones) y II (De los contratos) del Libro IV del Código civil. Además, introduce modificaciones en numerosos artículos relativos al contrato de compraventa, y asimismo, cambios puntuales, en materia de arrendamiento, préstamo, transacción, fianza y prescripción.

Por su parte, la Sección de Derecho mercantil de la Comisión General de Codificación presentó las siguientes Propuestas en 2006:

1.ª La Propuesta de Anteproyecto de Ley de modificación de Código de comercio en la parte general sobre contratos mercantiles y sobre prescripción y caducidad de 2006: tiene por objeto iniciar el proceso de modernización de la legislación mercantil en materia de contratos, regulando además otras instituciones como la prescripción y la caducidad. Como sus iniciativas análogas de la Comisión General de Codificación se inspira en la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos sobre compraventa internacional de mercaderías, los Principles of European Contract Law y los Principios de Unidroit sobre los contratos comerciales internacionales.

2.ª La Propuesta de Anteproyecto de Ley de contratos de distribución de 2006: intenta colmar la laguna existente en nuestro ordenamiento a propósito de este tipo de contratos vinculados al fenómeno de la moderna distribución comercial.

Mediante Orden de 7 de noviembre de 2006 se encargó a la Sección de Derecho mercantil, de la Comisión General de Codificación la elaboración de un nuevo Código mercantil que sustituyera al vigente Código de comercio de 1885, «en el que se integrará y delimitará la legislación mercantil existente, y se modernizará y completará, en la medida que se estime oportuno, la regulación existente que afecta a las relaciones jurídico-privadas vinculadas a las exigencias de la unidad de mercado. Se utilizará para la sistematización del nuevo texto legal la numeración de los libros, títulos, capítulos y artículos característica de la nueva codificación francesa». El resultado final ha sido la Propuesta de Código mercantil de 2013