Fenómenos de brujería - Alex Rock - E-Book

Fenómenos de brujería E-Book

Alex Rock

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Beschreibung

En este libro se recogen y explican en que consisten los casos relacionados con la brujería y posesión.

Das E-Book Fenómenos de brujería wird angeboten von und wurde mit folgenden Begriffen kategorisiert:
Exorcismo, Brujería, Ouija, Conspiraciones, criminología

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Seitenzahl: 48

Veröffentlichungsjahr: 2023

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Página de créditos

Quiero agradecer a todos los redactores de websites que he visitado en mi búsqueda de información en la que basarme para escribir éste libro

Índice

Prólogo

1.0. Criminología

2.0. Psicología forense

3.0. Convenio de Oviedo

4.0. Brujería

5.0. Posesiones

6.0. Rehabilitación

7.0. Maldiciones

8.0. Sinestesia

9.0. Radiación

10.0. Cáncer

11.0. Mutaciones genéticas

12.0. Ouija

Prólogo

En este libro expondré

Las causas de acusaciones de brujería y sus atroces castigos excusados con el salvar el alma de la víctima sometida a atroces rituales.

Se producen una alta tasa de casos de exorcismo cada año que dejan a los forenses perplejos con el estado de las victimas cuando pueden ser rescatadas… Muchas veces no se da el caso

Lo recomendable siempre es acudir al médico si alguien presenta alguno de estos síntomas y denunciar al o los agresores. Pues tratamos de grupos de fanáticos homicidas.

Se anima a las víctimas recrearse en sus aquelarres para superar los males recibidos tras su recuperación hospitalaria.

Espero poder expandir mentes con este libro y fomentar el entendimiento crítico de las situaciones recogidas.

Todo parece un cuento de hadas cuando hablamos de brujería, hasta que aparecen los grupos de fanáticos para humillarte de las mil maneras posibles hasta conseguir que pierdas la cabeza o fallezcas en el acto.

La ciencia y el arte son entornos muy bonitos para ensuciarlos con temor homicida.

Si conoces a alguien en esta situación, lo que necesita es asistencia médica, no que le llenes la casa de morbosos homicidas, o que le abandones frente a su agresor bajo el argumento de creencia religiosa.

No más brutalidades.

1.0. CRIMINOLOGÍA

La criminología es la parte del derecho que estudia el delito, sus causas, las maneras de evitarlo y el modo de actuar de las personas que lo cometen.

La criminología en términos generales, investiga el porqué de los delitos.

Es decir, afronta la actividad delictiva desde una perspectiva multidisciplinar.

La criminología estudia las causas y diferentes formas en la que se manifiestan los delitos, así como a la víctima y el control social.

2.0. PSICOLOGÍA FORENSE

La psicología forense es una rama de la Psicología jurídica que se ocupa de auxiliar al proceso de administración de Justicia en el ámbito tribuna licio. Es una división de la psicología aplicada relativa a la recolección, análisis y presentación de evidencia psicológica para propósitos judiciales.

3.0. CONVENIO DE OVIEDO

El 4 de abril de 1997, en la ciudad asturiana de Oviedo, en España, 21 países del consejo de Europa (CEB) suscriben el Convenio para la protección de los Derechos Humanos y la Dignidad del ser humano Respecto de las Aplicaciones de la Biología y la Medicina. También conocido como Convenio sobre Derechos Humanos y Biomedicina (CEB)

O Convenio de Oviedo, su objetivo es funcionar como fundamento ético del desarrollo tecnológico en materia biomédica.

El año de 1997 fue de suma importancia para el desarrollo de la bioética en relación con la dignidad y los derechos humanos, pues no sólo se firmó el Convenio de Oviedo, también se estableció la convención de la UNESCO sobre el genoma humano, esencial para el desarrollo de las leyes sobre biomedicina en Europa. Estos acuerdos fueron resultado de alrededor de una década de reuniones, discusiones, argumentaciones, investigaciones y toma de decisiones finales por parte de, sobre todo, los miembros del Comité director para BioÉtica del Consejo (CBDI) de Europa, quienes abordaron problemas de tecnología biomédica vinculados a, por ejemplo, la clonación y la consideración del cuerpo humano, sus órganos y componentes, como objetos o productos de comercialización.

El CEB se divide en tres secciones: científica, jurídica y ética. En la primera resaltan como temas el genoma humano (capítulo IV); la investigación científica desde su libertad, la cual implica no abusar, y la donación y trasplante de órganos. En la segunda, es considerado básico el derecho a una información previa, personal y expresa antes de cualquier consentimiento, estableciéndose en el artículo 6 cinco reglas a seguir para garantizar este principio incluso a quienes no son capaces de manifestar su consentimiento:

Respeto a las condiciones generales de cada individuo.

Ausencia de rechazo por parte de la persona implicada.

Obtención de autorización escrita del representante legal, en caso necesario.

Eficacia demostrada en otras personas.

Beneficio directo para la persona en cuestión

A estas cinco normas se suman una serie de garantías cuya finalidad es reforzar el consentimiento informado y el bienestar de la persona sobre el de la sociedad y la ciencia. La modificación del genoma humano sólo se autoriza por razones preventivas, diagnosticas o terapéuticas. Además, los artículos 20 y 30 reconocen al Tribunal Europeo de Derechos Humanos como organismo mediador y emisor de dictámenes ante controversias por posibles violaciones o vulneraciones de derechos humanos, y a los comités de ética como los impulsores de la educación y el debate social alrededor de los avances científicos en este terreno (Art. 28), consagrando el principio de respeto a la privacidad en materia de salud y a la libre decisión de los individuos, tras haber sido debidamente informados (Art.10.2).

A continuación, el dicho convenio tal cual figura en el BOE

CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LA DIGNIDAD DEL SER HUMANO CON RESPECTO A LAS APLICACIONES DE LA BIOLOGÍA Y LA MEDICINA

CAPITULO I

Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto y finalidad

Las Partes en el presente convenio protegerán al ser humano en su dignidad y su identidad y garantizarán a toda persona, sin discriminación alguna, el respeto a su integridad y a sus demás derechos y libertades fundamentales con respecto a las aplicaciones de la biología y la medicina.

Cada parte adoptará en su legislación interna las medidas necesarias para dar aplicación a lo dispuesto en el presente Convenio.

Artículo 2. Primacía del ser humano

El interés y el bienestar del ser humano deberán prevalecer sobre el interés exclusivo de la sociedad o de la ciencia.

Artículo 3. Acceso equitativo a los beneficios de la sanidad.