Las Actas Capitulares de Salta 1648 1655 - Dora Haydeé Pérez - E-Book

Las Actas Capitulares de Salta 1648 1655 E-Book

Dora Haydeé Pérez

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Beschreibung

Las Actas son el tipo documental más importante producido por el Cabildo durante el período colonial, por ello la relevancia de su transcripción trasciende el ámbito local. A través de sus disposiciones, podemos conocer cómo se organizaba la vida pública, social, política y económica de la ciudad de Salta. La secuencia cronológica de este cuerpo jurídico revela que se adecuó a las normas implantadas por la corona española en lo que se refiere a los actos de gobierno. Sin duda, estas Actas constituyen una fuente imprescindible para conocer la historia de Salta.

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Seitenzahl: 758

Veröffentlichungsjahr: 2023

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Las actas capitulares de Salta (1648-1655)

Las actas capitulares de Salta (1648-1655)

Lila Fanny Pérez Dora Haydeé Pérez

Índice de contenido
Introducción
Síntesis de los temas que trata cada reunión del Cabildo
Actas Capitulares
Libro de Cabildo N.° 1
Libro de Cabildo N.° 2
Libro de Cabildo N.° 3
Bibliografía

Pérez, Lila Fanny

Las actas capitulares de Salta, 1648-1655 / Lila Fanny Pérez ; Dora Haydeé Pérez. - 1a ed. - Salta : EUCASA-Ediciones Universidad Católica de Salta, 2023.

Libro digital, EPUB

Archivo Digital: descarga ISBN 978-950-623-284-9

1. Historia. 2. Historia Argentina. 3. Historia de la Provincia de Salta. I. Pérez, Dora Haydeé. II. Título.

CDD 982.023

Para citar este libro:

Pérez, L. F. y Pérez D. H. (2023). Las Actas Capitulares de Salta (1648-1655). Salta: EUCASA (Ediciones Universidad Católica de Salta).

© 2023, por EUCASA (EDICIONES UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA)

© 2023 Fondo Editorial / Secretaría de Cultura de la Provincia de Salta - Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología

Colección: EUCASA Cultura

Resolución Rectoral: 369/2023

Diseño interior: Fabio Viale ([email protected])

Arte de tapa: Flavio Burstein STEREOTYPO (www.stereotypo.com.ar)

Domicilio editorial: Campus Universitario Castañares - 4400 - Salta, Argentina

Web: www.ucasal.edu.ar/eucasa

Tel./fax: (54-387) 426 8607

e-mail: [email protected]

Este libro no puede ser reproducido, total o parcialmente, sin autorización escrita del editor.

Digitalización: Proyecto451

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EDITORIAL EUCASA

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INTRODUCCIÓN

Las Actas Capitulares documentan el accionar del Cabildo de Salta entre 1648 y 1655. Su transcripción y análisis resultan de importancia no solo como fuente primaria de investigación, sino como documento histórico de relevancia del período colonial que trasciende el ámbito local y concejil.

Durante la Edad Media, el régimen municipal fue una de las instituciones más prestigiosas de España y, en especial, de Castilla, dado que la política de reconquista y repoblación de tierras se concentró en las ciudades. Con los Reyes Católicos en el gobierno, inició la decadencia de los municipios debido a la centralización del poder; no obstante, en América se dio un proceso contrario. Durante el siglo XVI se produjo la implantación y el fortalecimiento del sistema municipal, que decayó en el siglo XVIII con los Borbones.

En este sistema, cada ciudad organizaba su propio Cabildo y, en ese marco, resolvía los problemas que se le planteaban a través de un acta acuerdo. Sus temas eran variados y siempre relacionados a la vida de la ciudad, sobre hechos puntuales y no previstos con anterioridad. Lo resuelto servía para otros casos similares. Los asuntos que llegaban por vía de instituciones de mayor jerarquía, como disposiciones reales de las audiencias o virreinales, eran de carácter general y tenían un amplio tratamiento. Estos forman un corpus legal y responden a una tipología estructural clásica. En cambio, las decisiones locales no ofrecen una tipología estructural.

La ciudad de Salta fue fundada el 16 de abril de 1582 de acuerdo con las leyes españolas vigentes. Uno de los principales actos efectuados por Hernando de Lerma, su fundador, fue organizar el Cabildo como institución y disponer la manera en que se archivarían los principales documentos.

En el Archivo Histórico de Salta, institución encargada de preservar, organizar y custodiar estos escritos, solo se conservan cuatro libros correspondientes al siglo XVII. También hay actas aisladas que corresponden a los siglos XVIII y XIX que no serán objeto de nuestra investigación.

La secuencia cronológica que presenta este cuerpo jurídico principal de Salta revela que se adecuó a las normas implantadas por la corona española en lo que se refiere a los actos de gobierno. Sus disposiciones dan cuenta de la vida política, social y económica de la ciudad, que es imprescindible rescatar.

Estas Actas Capitulares son el tipo documental más importante producido por el Cabildo. En ellas el escribano debía dejar constancia de todo lo que se trataba y de las formas en que cada cabildante había opinado o votado. Se dejaba copia de la correspondencia recibida y remitida, de las Reales Órdenes, de los contratos que celebraba el Cabildo, de las resoluciones que se adoptaban, etc. Se registraban en un libro encuadernado en cuero o con tapas de cartón o, incluso, en hojas plegadas que luego eran cosidas en forma de libro. El responsable de su conservación era el escribano, que cumplía, por lo tanto, funciones de archivero. Además, era el encargado de otorgar copias legalizadas cuando se lo solicitasen.

La conservación de estas Actas en cuatro libros encuadernados (en folios que van desde el 309 al 608) ha sido relativamente buena, aunque hay algunos sin numerar, faltantes, en blanco o con partes manchadas o destruidas. Algunos también tienen traspasada la tinta en las páginas siguientes, lo que dificulta su lectura.

Para lograr un correcto análisis del material, hemos transcripto correlativamente las Actas junto con un resumen preliminar que da cuenta de los temas que tratan. Además, debemos analizar, en el estudio de un testimonio escrito en otra época y lugar como este, el significado cultural que contiene, e identificar las formas de apropiación del texto que hacen los individuos, su función social. En las Actas, los conceptos utilizados son acordes con su temporalidad histórica, y también lo son sus características lingüísticas: el cómo se dice lo que se dice. Las características ortográficas, gramaticales, estilísticas, de idioma y de la época son muy importantes para comprender el lenguaje que se llena de significado en su propia historia. El soporte papel y la escritura son depositarios del sentir y pensar de los hombres de otras épocas, son la expresión de un mundo que no conocimos y al que nos acercamos cada vez más.

En paleografía utilizamos el método comparativo. Partimos de las escrituras menos complejas de interpretar para luego ir sobre la más complejas y obtener así resultados por deducción. Se trata de un estudio inductivo-deductivo.

Los diferentes problemas que conlleva la lectura de los documentos coloniales exigen criterios muy específicos de transcripción y edición que buscan respetar los elementos originales. Como ya dijimos, es necesario realizar un estudio previo en el que se aplican los resultados de la deducción efectuada por comparación de lo conocido a lo desconocido. Para esto, es imprescindible conocer la teoría de la escritura, su evolución, su origen, su desarrollo, las áreas geográficas, la permanencia e influencias entre regiones en relación con los acontecimientos históricos.

La escritura posee dos partes bien diferenciadas: el pensamiento contenido en lo escrito y los soportes de representación gráfica. Estos últimos se presentan bajo diversas formas y tipos de material.

En estas Actas, la letra utilizada es la procesal encadenada. Esta se caracteriza por la no correspondencia entre grafía y fonética, la falta de puntuación y de separación entre palabras, las palabras abreviadas, la abundancia de vocablos en latín y de palabras en desuso en la actualidad. Para su transcripción se utilizaron las normas aceptadas en la Primera Reunión Interamericana sobre Archivos, realizadas en octubre de 1961 en Washington.

SÍNTESIS DE LOS TEMAS QUE TRATA CADA REUNIÓN DEL CABILDO

LAS ACTAS CAPITULARES DE SALTA

El accionar del Cabildo de Salta entre 1648 y 1655 fue registrado en las Actas Capitulares que transcribimos. De 1648, el primer año, hay 7 actas de las cuales la primera está incompleta. Van desde el folio 309 a 341 vuelta.

Las 14 actas de 1649 inician con la elección de los cabildantes y van desde el folio 342 al 377 vuelta. Lo destacado es que faltan los folios desde el 351 al 361 vuelta.

Las 7 actas que se realizaron durante 1650 no incluyen la elección de los cabildantes a pesar de que la paginación tiene su secuencia desde el 378 al 392.

Las actas de 1651 inician con la elección de los capitulares y van desde los folios 392 vuelta al 430 vuelta. Los cabildantes efectuaron 10 reuniones.

El año 1652 comienza con la elección de los cabildantes. Se realizaron 12 actas que van desde el folio 431 al 467 vuelta.

En 1653 se efectuaron 8 actas que inician con la elección de los capitulares. Van desde el folio 468 al 498.

El año 1654 comienza con la elección de los cabildantes y se realizaron 15 actas que van desde el folio 498 vuelta al 524.

En 1655 se realizan 18 actas. La primera es la elección de los cabildantes. Van desde el folio 524 vuelta al 608 vuelta. Faltan los folios 527, 528 y 529. Hay folios en blancos: 561 vuelta, 562, 566 vuelta y 567.

LIBRO DE CABILDO N.º 1

AÑO 1648

Fecha: 1648

Folio: 309

Tema: acta incompleta (falta el inicio). Petición para que Pedro Balladoz no ejerza el oficio de teniente de gobernador de la ciudad de Salta por ser vecino y hacendado en dicha ciudad.

Fecha: 15 de junio de 1648

Folio: 311

Tema: notificar a Pedro Balladoz que no ejerza el oficio de teniente de gobernador de la ciudad de Salta.

Desalojar a los extraños que se hayan establecidos en el ejido de la ciudad.

Hacer padrón de indios de Cochinoca, Casabindo, Valle Rico, Rinconada hasta Calahoya, para lo cual se designa a Melchor Díaz Zambrano, alcalde ordinario, junto a Hernando de Villegas, regidor de primer voto.

Fecha: 7 de septiembre de 1648

Folio: 312

Tema: nombramiento de Juan Fernández de Andrada como lugarteniente, justicia mayor y capitán a guerra de la ciudad de Salta. Se transcribe el título otorgado por don Gutiérrez de Acosta y Padilla, gobernador y capitán general de la provincia de Tucumán.

Fecha: 22 de septiembre de 1648

Folio: 315v.

Tema: referido a los bienes del hospital de la ciudad para recuperar el dinero prestado y que los beneficiarios de los préstamos los reconozcan.

Fecha: 2 de noviembre de 1648

Folio: 316

Tema: presentación de un recibo por 300 pesos para la provisión de granos de la ciudad. Se ordena que se paguen del fondo de los propios.

El corregidor de Chichas intenta entrometerse en Valle Rico, jurisdicción de Salta.

Francisco Luis de Chaves presenta título de regidor y fiel ejecutor. Se discute su aceptación entre los miembros del Cabildo.

Fecha: 16 de noviembre de 1648

Folio: 319

Tema: se resuelve usar el producto de la venta de 50 arrobas de vino para proseguir la obra de la Iglesia Matriz.

Es necesario que se repare el río por las próximas lluvias con la mita que llegará en 15 días, y también el edificio del Cabildo.

Se presentan los autos con título y confirmación del oficio de fiel ejecutor de Francisco Luis de Chaves.

El alguacil mayor Hernando de Herbas pide licencia por el descubrimiento de minas.

Fecha: 17 de noviembre de 1648 al 23 de diciembre de 1648

Folio: 321v.

Tema: presentación del título de regidor y fiel ejecutor de Francisco Luis de Chaves. Se transcribe presentación, decreto, petición, treinta pregones (dados en Potosí), remate en 310 pesos, certificación, testimonio, exhortatorio, cédula real, auto. Notificación.

En esta Acta se transcribe la del 17 de abril de1582, en la cual Hernando de Lerma establece que se haga un libro de Cabildo y que se nombre alcalde ordinario, regidor, procurador de la ciudad, mayordomo y alguacil mayor. Como allí no figura el cargo de fiel ejecutor, esto se esgrime como oposición al nombramiento de Chávez.

AÑO 1649

Fecha: 1 de enero de 1649

Folio: 342

Tema: elección de los miembros del Cabildo y su juramento.

Fecha: 2 de enero de 1649

Folio: 344

Tema: nombramiento de oficios: procurador general, mayordomo del hospital, mayordomo de san Bernardo y diputados para la cobranza de la Capellanía de Andrés Rubio.

Se dispone que a los alcaldes de indios los nombren los alcaldes ordinarios.

Fecha: 21 de enero 1649

Folio: 345

Tema: reparación de los daños ocasionados por el río utilizando los indios de la última mita y se paga con los fondos de los propios.

Fecha: 5 de mayo de 1649

Folio: 345v.

Tema: por enfermedad del alguacil mayor se nombra a su reemplazante. Se dispone que se repare la acequia con la primera mita. Se comisiona a un alcalde para verificar la cantidad de trigo que hay en la ciudad.

Fecha: 5 de junio de 1649

Folio: 346v.

Tema: arreglo de la Iglesia Matriz, descripción del estado de la obra. Para la paga se dispone que se pida limosna y que se venda una partida de vino.

Presentación de Cédula Real de confirmación del oficio de alcalde provincial. Se reitera por cuanto esta confirmación se hizo en el Libro de Cabildo de 1646, que está extraviado.

Fecha: 14 de junio de 1649

Folio: 348

Tema: reparación de la Iglesia. Por falta de propios y rentas se dispone que se venda una partida de vino y con esto se pague.

Se transcribe un Auto del gobernador Gutiérrez de Acosta y Padilla, donde consta una Real Cédula que ordena que no se permita la entrada y permanencia de ningún religioso de cualquier religión sin licencia expresa de su majestad. Se ordena que se informe de esto a través de Pedro, indio pregonero.

Fecha: 27 de julio de 1649

Folio: 349v.

Tema: por orden del gobernador Acosta y Padilla de enviar españoles e indios a Jujuy, el Cabildo designa a dos de sus miembros para presentar los inconvenientes de sacar a esa gente.

Fecha: 31 de julio de 1649

Folio: 350v.

Tema: se reitera no sacar a los vecinos de esta ciudad ni a los indios pulares (Acta incompleta).

Se deja constancia de que faltan los folio 351 a 361v del Libro N.º 1.

LIBRO DE CABILDO N.º 2

Fecha: agosto 1649

Folio: 362

Tema: acta incompleta por la cual el gobernador Gutiérrez de Acosta y Padilla ordena que en el asiento de los pulares se publique y pregone que ninguna persona tenga indios para trabajar en las minas.

Fecha: 30 de agosto de 1649

Folio: 363v.

Tema: orden del gobernador del Tucumán de sacar hombres e indios de Tucumán, Santiago del Estero, Esteco, Jujuy y Salta para hacer una entrada al Chaco. El Cabildo de Salta se opone por temor a otro alzamiento de los calchaquíes y pulares, ya que la ciudad está indefensa.

Se describen las atrocidades y daños ocasionados por estas belicosas tribus.

Fecha: 11 de septiembre de 1649

Folio: 370v.

Tema: presentación de título y confirmación de los oficios de regidor y depositario general. Se transcriben dos Cédulas Reales que incluyen las funciones correspondientes a cada oficio y su ritual de obediencia.

Se acuerda que los cabildantes vayan a ver el Río Primero por si necesita reparo.

Fecha: 7 de noviembre de 1649

Folio: 374v.

Tema: presentación de título de Juan de Abreu como lugarteniente, justicia mayor, capitán a guerra y alcalde mayor de minas, del asiento de Cochinoca, Cerrillos, Casabindo y demás asientos de minas de la jurisdicción de Salta y Jujuy.

Se transcribe el título anotando sus funciones.

Se acuerda que se arreglen las casas del Cabildo y se saquen dos manos de papel para el libro del Cabildo y un candado para la puerta.

Fecha: 30 de noviembre de 1649

Folio: 377

Tema: presentación de fianza dada por Ambrosio Ruiz de Pastrana como fiador del capitán Juan de Abreu.

AÑO 1650

Fecha: 12 de marzo de 1650

Folio: 378

Tema: presentación del título otorgado por el gobernador Acosta y Padilla, de Melchor Díaz de Sambrano como teniente de gobernador, por ausencia de Juan de Abreu. Se transcribe el título y el juramento con el respectivo ritual.

Fecha: 5 de mayo de 1650

Folio: 380

Tema: Juan Pacheco de Mendoza, teniente de esta provincia, propone conocer el estado de las cuentas del mayordomo del hospital, de San Bernardo y de la ciudad.

Fecha: 25 de mayo de 1650

Folio: 380v.

Tema: notificación a los cabildantes del auto del gobernador Gutiérrez y Padilla donde se ordena que cobren (como patronos del hospital) su renta, con pena de privación del patronato, so pena de no poder elegir y ser elegido como alcalde.

Fecha: 8 de agosto de 1650

Folio: 382v.

Tema: ante la llegada del gobernador Francisco Gil Negrete a Santiago del Estero, se acuerda enviar carta de bienvenida.

Ordenan que no se saque harina ni trigo por su escasez y que se busque casa para alquilar en la cual viva el teniente de gobernador nombrado para esta ciudad. También se llama a castigar los excesos de los indios pulares que no cumplen con la mita y que el fiel ejecutor mande arreglar las acequias.

Fecha: 23 de agosto de 1650

Folio: 384v.

Tema: presentación de título de teniente de gobernador, justicia mayor y capitán a guerra del capitán Francisco Lunel. Se transcribe el título, se enumeran las funciones. Se registra el juramento, la fianza, el pago de la media anata.

Fecha: 30 de diciembre de 1650

Folio: 388

Tema: transcripción de dos exhortatorios de los jueces oficiales reales de Potosí, que presentan como mayores ponedores de remate del oficio de regidor y fiel ejecutor al capitán Andrés de Frías Sandoval y a Alonso Martín Rasedo, para que ambos puedan votar en la elección del próximo Cabildo.

AÑO 1651

Fecha: 1 de enero de 1651

Folio: 392 v.

Tema: elección de los miembros del Cabildo y su juramento.

Fecha: 1 de enero de 1651

Folio: 395

Tema: nombramiento del mayordomo del hospital y de dos mayordomos de San Bernardo. También se acuerda que tome las cuentas de dicha mayordomía el capitán Miguel de Elizondo. Procurador general, mayordomo de la ciudad.

Fecha: 14 de febrero de 1651

Folio: 395

Tema: nombramiento de Diego de Leguizamo como alguacil mayor, por ausencia de su titular.

Fecha: 27 de marzo de 1651

Folio: 396

Tema: presentación de la confirmación del oficio de teniente de gobernador en Francisco Lunel.

Presentación de la confirmación del oficio de regidor y fiel ejecutor en Andrés de Frías Sandoval. Se transcriben las diligencias referidas a la posesión del oficio: vacancia, pago, fianza, impuestos, títulos, juramento, etc.

Fecha: 14 de abril de 1651

Folio: 420

Tema: se nombra un reemplazante del alférez real para que saque el portaestandarte real en las fiestas organizadas en homenaje a la corona.

Fecha: 2 de junio de 1651

Folio: 421

Tema: acuerdo del Cabildo, ante la peste de viruela entre los indios pulares, de enviar a quienes los curen.

Fecha: 13 de septiembre de 1651

Folio: 422

Tema: el Cabildo acuerda que se haga padrón de indios pulares y que no se saque de la ciudad comida de trigo, harina y maíz.

Fecha: 2 de noviembre de 1651

Folio: 422v.

Tema: ante la llegada del nuevo gobernador del Tucumán Roque Nestares y Aguado, se envía carta de bienvenida a Jujuy y ordena que se alquile una casa en La Caldera.

Fecha: 9 de noviembre de 1651

Folio: 424

Tema: el Cabildo, con asistencia de Roque Nestares y Aguado, trata lo tocante a la jurisdicción de esta ciudad y de la de Jujuy, y que se traiga pólvora y municiones.

Se transcribe el título de teniente de gobernador de Salta otorgado a José Martínez de Lezana. Se enumeran las funciones, los impuestos, fianza y juramento.

Fecha: 29 de noviembre de 1651

Folio: 428

Tema: nombramiento como teniente de gobernador, Justicia Mayor y capitán a guerra del sargento mayor Hernando de Sanabria y Saavedra. Entre sus funciones están administrar justicia y casos de guerra, por ser esta ciudad frontera por el poniente con el valle de Jujuy y por el oriente el Chaco. Los indios de ambos espacios son belicosos. También debe hacerse padrones de los indios de esta jurisdicción.

Figura el pago de impuesto y el juramento.

AÑO 1652

Fecha: 1° de enero de 1652

Folio: 431

Tema: elección de los miembros del Cabildo y su juramento.

Fecha: 3 de enero de 1652

Folio: 433

Tema: continúa la elección y juramento de cabildantes.

Se exponen los daños provocados por gran cantidad de perros a los ganados menores y terneras.

Transcripción de un poder otorgado por el Cabildo al procurador para que realice diligencias judiciales y extrajudiciales.

Fecha: 22 de enero de 1652

Folio: 436

Tema: se acuerda que se repare el río y otros daños causados por la tormenta e inundación. Para ello se dispone que se cobre un impuesto a los habitantes de la ciudad y se saquen indios de todos los pueblos. También se dispone que no se hagan acequias ni tomas de los ríos.

Consta que termina el libro de Cabildo y comienza otro.

LIBRO DE CABILDO N.º 3

Fecha: 23 de abril de 1652

Folio: 437

Tema: se transcribe una petición de la Audiencia del Perú que dispone que no se puede ser corregidor ni teniente, en ningún pueblo, quien fuera vecino o hacendado de este. El 23 de abril de 1652 el teniente de gobernador Fernando de Sanabria y Saavedra y los miembros del Cabildo cumplen la ceremonia del “obedecimiento”. Y suplican se suspenda su cumplimiento, en espera de que la Audiencia esté mejor informada y tenga noticias de un posible levantamiento indígena.

Consta que los documentos transcriptos son copia fiel y firman los cabildantes y el escribano real.

Fecha: (no figura)

Folio: 442

Tema: se transcribe una Real Cédula de 22 de diciembre de 1651 que detalla la introducción de moneda falsa por falta de plata, de 8 y 4 reales. Se ordena que se refundan con nuevo cuño. Se pregona esta Cédula en las ciudades de Santiago del Estero, Tucumán, Esteco, Jujuy y Salta (el día 6 de junio).

Fecha: 1° de julio de 1652

Folio: 455

Tema: el Cabildo resuelve, a través de un bando, que no se saque comida sin su autorización, por haber escasez de ella.

Fecha: 13 de agosto de 1652

Folio: 456

Tema: Fernando de Sanabria y Saavedra presentó una Real Provisión de la Audiencia de la Plata en la que confirma el oficio de teniente de gobernador a su nombre. Se hizo el ritual de obedecimiento.

Fecha: 22 de agosto de 1652

Folio: 457

Tema: el Cabildo decide que se haga un inventario del vino en la bodega de la Viña y que se use el dinero que le corresponde al Cabildo por ser patrón de una capellanía.

Fecha: 22 de octubre de 1652

Folio: 458

Tema: petición de préstamo realizado por cabildantes, quienes ofrecen hipoteca y fiadores. El dinero procede de las capellanías.

Fecha: 18 de noviembre de 1652

Folio: 459

Tema: se acuerda el reemplazo del teniente de gobernador y del alcalde, por cuanto estos fueron a hacer el padrón de indios pulares.

Se notifica a quienes atajan el agua de la acequia que viene a la ciudad que se les aplicarán multas.

Fecha: 10 de diciembre de 1652

Folio: 460

Tema: acuerdo para que se repare el río con la mita de este mes y que se arreglen las casas del Cabildo.

Fecha: 17 de diciembre de 1652

Folio: 462

Tema: por mandato del visitador, el Cabildo resuelve que se haga casa de hospital y en el interín se alquile una casa donde se pongan dos o tres camas para los pobres.

Pedro Gregorio de Aguirre presenta el remate de un oficio de regidor a su nombre.

Se transcriben pregones, exhortatorio, aceptación del remate, impuesto, certificación, etc.

AÑO 1653

Fecha: 1° de enero de 1653

Folio: 468

Tema: elección de cabildantes.

Fecha: 2 de enero de 1653

Folio: 469

Tema: nombramiento de procurador general de la ciudad, mayordomo de la ciudad, mayordomo de San Bernardo (debe hacer inventario de bienes), mayordomo del hospital.

Acordaron comprar una caja con llave para poner los papeles que andan sueltos.

Fecha: 7 de enero de 1653

Folio: 470

Tema: juramento del alguacil y del alcalde de la Hermandad.

Fecha: 3 de febrero de 1653

Folio: 470v.

Tema: el Cabildo acuerda que los 400 pesos de la Capellanía de la que es patrón sigan en poder del capitán Andrés de Frías y que se hagan nuevos pregones para ofrecerla a censo.

Orden del virrey que la moneda antigua siga circulando hasta mayo de 1653 (luego se fundirá y sellará con el nuevo cuño).

Carta poder general del Cabildo al capitán Juan Castellanos (alcalde ordinario) que viaja al Potosí.

Fecha: 12 de mayo de 1653

Folio: 477v.

Tema: el Cabildo recibe el depósito de 400 pesos de plata de la Capellanía de Andrés Rubio. El depósito lo hizo el capitán Andrés de Frías Sandoval y el Cabildo le entregó recibo. Se narra la historia de la Capellanía. Hace 4 años que el Cabildo cobra sin aportar al convento San Francisco. Ante la denuncia de los prelados, el obispo excomulgó y multó a los miembros del Cabildo. Estos desistieron del patronazgo y pidieron la absolución.

Fecha: 17 de mayo de 1653

Folio: 479v.

Tema: el Cabildo nombra dos diputados para seguir el pleito sobre la Capellanía de la que es patrón.

Fecha: 9 de septiembre de 1653

Folio: 480

Tema: transcripción de título y confirmación del cargo de regidor perpetuo de esta ciudad a Pedro Gregorio de Aguirre.

Se acuerda que se alquilen casas para el hospital y que el fiel ejecutor reparta la carne del matadero.

Se transcriben antecedentes, pedimentos, autos, certificación, notificación, pregones y remates.

Fecha: 13 de diciembre de 1653

Folio: 498

Tema: el Cabildo acuerda la compra de una caja con dos llaves para los libros de Cabildo, protocolos y demás documentos.

Reparación del río con la mita. Venta de yerba para el pago de los indios.

Se manda hacer una marca de hierro de la ciudad con la cual se marcará el ganado.

AÑO 1654

Fecha: 1° de enero de 1654

Folio: 498 v.

Tema: Elección de cabildantes.

Fecha: 2 de enero de 1654

Folio: 502

Tema: nombramiento de procurador general de la ciudad, mayordomo del hospital, mayordomo de la ciudad, mayordomo de San Bernardo.

Fecha: 5 de enero de 1654

Folio: 503

Tema: juramento del alcalde de la Santa Hermandad.

Fecha: 7 de enero de 1654

Folio: 503v.

Tema: Juramento del procurador general.

Fecha: 9 de febrero de 1654

Folio: 504 v.

Tema: nombramiento y juramento del alguacil mayor.

Fecha: 13 de febrero de 1654

Folio: 505v.

Tema: el Cabildo resuelve por votación que se entregue la vara y haga el juramento de alcalde ordinario al capitán Diego de Trejo, a pesar de haber empatado en la elección del 1° de enero de 1654.

Fecha: 17 de febrero de 1654

Folio: 507

Tema: el Cabildo es informado de que en Casabindo y Cochinoca, jurisdicción de Salta, están administrando justicia por comisión de la ciudad de Jujuy.

Se acuerda la reparación de la Iglesia de San Bernardo y del río.

Se acuerda que el oficio de alcalde ordinario se reparta en su ejercicio la mitad del año para Ruiz de Alarcón y la otra mitad para Diego de Trejo.

Fecha: 11 de abril de 1654

Folio: 508v.

Tema: se acuerda que, por no haber alférez real, el alcalde Diego de Alarcón saque el estandarte real.

Por no haber quien entregue la carne, se estableció que se haga remate en la plaza pública y que se hagan 500 garrochas para las fiestas de los toros.

Fecha: 12 de abril de 1654

Folio: 509v.

Tema: en vísperas del domingo de Cuasimodo, fiesta de la ciudad, se entrega el estandarte real al alcalde Ruiz de Alarcón.

Se describe la solemnidad de la ceremonia.

Fecha: 30 de junio de 1654

Folio: 511

Tema: el Cabildo acuerda que el alcalde viaje a Casabindo y Cochinoca a hacer padrón y visita de indios, y a solucionar el problema de la administración de justicia. También debe llevar yerros de esta ciudad para marcar el ganado de aquellos.

El regidor debe ir a la Viña de Jujuy a hacer cala y cata de todo el vino que se ha sacado y debe notificar a los interesados.

Fecha: 13 de julio de 1654

Folio: 512

Tema: se reciben Cédulas Reales que el Cabildo debe hacer cumplir.

Por segunda vez se ordena a los indios que en 15 días deben traer las cabalgaduras.

Se transcribe una Real Cédula de 23 de enero de 1653 sobre gabelas e impuestos para socorrer al puerto de Buenos Aires y se ordena que no se apliquen los impuestos a los súbditos.

Se transcriben otras Cédulas Reales sobre juicios de residencia. Agradecimiento por festejo del casamiento real.

Prohibición de fundar conventos religiosos o de monjas o de frailes sin licencia real y se acuerda que se demuelan los que se hayan fundado sin licencia.

Fecha: 20 de julio de 1654

Folio: 517v.

Tema: se acordó queregidores entreguen al procurador general la madera que se sacó del alto de las casas de Cabildo.

Fecha: 25 de julio de 1654

Folio: 518

Tema: presentación del título de alférez real de Sebastián Díaz Zambrano, dado por el virrey. Paga la mitad de su valor por la reducción de la población.

Se transcriben documentos sobre características del cargo, alcances y formalidades del oficio. Juramento.

Fecha: 14 de agosto de 1654

Folio: 523

Tema: por ausencia del alguacil mayor se nombra su reemplazante. Se le toma el juramento.

El Cabildo acuerda que se busque casa para hospital y que la próxima mita arregle el camino al Perú y que las fiestas de San Bernardo se publiquen y hagan como de costumbre.

El alférez real presenta su título.

Fecha: 18 de agosto de 1654

Folio: 524

Tema: juramento como alcalde ordinario del alférez real, por ausencia del titular.

AÑO 1655

Fecha: 1° de enero de 1655

Folio: 524v.

Tema: elección de alcaldes y demás oficios. Juramento y entrega de vara.

Fecha: 2 de enero de 1655

Folio: 526

Tema: los cabildantes juntos y congregados eligen procurador general de Salta, mayordomo del hospital, mayordomo de la ciudad, mayordomo de San Bernardo, alguacil mayor de la ciudad.

Se otorga poder a un miembro del cabildo, que viaja a Perú, para que solicite se conceda la tercera vida a los repartimientos que poseen los feudatarios.

Propuesta para que se repare el río, se junte la madera de las casas de Cabildo y se reedifique. Disposición de que no se altere el precio de la yerba, vino y azúcar cuando se compren y vendan por cuenta de la ciudad, para no perturbar el comercio.

Observación: faltan los folios 527, 528 y 529.

Fecha: 18 de marzo de 1655

Folio: 530

Tema: juramento del procurador general de la ciudad.

Fecha: 31 de marzo de 1655

Folio: 530v.

Tema: el Cabildo acuerda dar comienzo a la obra de casa de Cabildo y cárcel, y que se utilice la mita que viene a Salta y se repartan los indios para hacer las distintas tareas.

Se nombra mayordomo del patrón San Bernardo por la muerte de su titular.

Fecha: 10 de abril de 1655

Folio: 531

Tema: el Cabildo dispone que, para acabar con brevedad las casas de Cabildo, se saquen indios de la mita que viene a la plaza.

Fecha: 26 de mayo de 1655

Folio: 532v.

Tema: el Cabildo acuerda que se vaya a Jujuy a dar la bienvenida al gobernador del Tucumán Alonso de Mercado y Villacorta.

Se transcribe el título del gobernador, dado por el rey por 5 años. Figuran derechos, obligaciones, funciones y juramentos.

Fecha: 29 de mayo de 1655

Folio: 537

Tema: el gobernador de Tucumán reúne Cabildo con vecinos feudatarios para tratar que, en el cerro del Acay, se labra plata y se está haciendo un ingenio de agua de moler metales. El gobernador propone que cada encomendero envíe 30 indios hasta que el ingenio se termine.

Figuran los encomenderos, administradores y pueblos.

Fecha: 31 de mayo de 1655

Folio: 540v.

Tema: el gobernador de Tucumán distribuye los indios entre los que están construyendo ingenio y hornos de fundición. Afirma que es en beneficio para los quintos reales y bien común de esta provincia.

Se transcribe un auto del gobernador del Tucumán relacionado con el Capítulo de la Orden de San Francisco a realizarse en Jujuy. Por los excesos de algunos religiosos, se toman recaudos para que estos no causen disturbios y que el Capítulo se realice en paz.

Se transcribe un auto del gobernador del Tucumán que considera que los eclesiásticos no deben perturbar la elección del año nuevo ni excomulgar a algún funcionario, y que los que estuvieren excomulgados deben ser absueltos para evitar el caos.

Fecha: 18 de agosto de 1655

Folio:545v.

Tema: presentación del título de juez de Residencia para juzgar al exgobernador Francisco Gil Negrete, sus sucesores y otros funcionarios.

Se transcribe la Real Cédula que autoriza las residencias. Se comisionan jueces ordenando se haga residencia al mismo tiempo y en todas las ciudades, previa publicación. Figuran los pasos por seguir en el juicio de residencia conforme a derecho.

Consta título, impuesto pagado y juramento del juez de Residencia.

Se presentó el vecino Alejo Pacheco de Melo fiador del capitán Alonso de Salcedo Poblete, teniente de Gobernador y Justicia Mayor de Salta.

Fecha: 25 de agosto de 1655

Folio: 556v.

Tema: el alguacil mayor pide licencia y nombra a su reemplazante. El Cabildo recibe su juramento.

El fiel ejecutor se encuentra ausente, por lo cual el Cabildo nombra su reemplazante.

Fecha: 31 de agosto de 1655

Folio: 557v.

Tema: el Capitán Sedano presenta al Cabildo el título de alcalde mayor de Minas y Registro de asientos de la Vera Cruz, dado por el gobernador del Tucumán. Se transcribe el título, juramento, fiador e impuestos.

Se acuerda que el médico forastero no impida a nadie que cure en esta ciudad.

Fecha: 22 de septiembre de 1655

Folio: 560v.

Tema: el Cabildo designa dos representantes para que se trasladen a Jujuy a darle la bienvenida al señor oidor de la Audiencia con carta del Cabildo.

Presentación del título de tesorero oficial real de esta ciudad de Domingo de Acevedo.

Observación: los folios 561v. y 562 están en blanco.

El Cabildo admite el oficio y recibe el juramento. Acevedo presenta su fiador y paga impuestos.

Se transcribe un auto que dispone que no se tenga en consideración la actuación de los comisionados ya que a veces lo hacen por mala voluntad, exceso y venganza. Se ordena que p este auto en los libros de Cabildo de cada ciudad y se pregone su contenido.

Fecha: 29 de septiembre de 1655

Folio: 566

Tema: presentación del título de corregidor de los indios pulares dado por el gobernador del Tucumán.

Observación: en blanco folios 566v. y 567.

Fecha: 8 de octubre de 1655

Folio: 568

Tema: el teniente de gobernador dispuso que se cumpla con la obligación de hacer Cabildo cada semana y el Cabildo dispuso que sea el día lunes.

Se transcribe Cédula Real de 1° de junio de 1574 sobre derecho del patronazgo eclesiástico. Ordena que no se instituya iglesia catedral, parroquial, monasterio, hospital ni otro lugar pío. También ordena que no se provea arzobispado, obispado, dignidad canónica, beneficio u oficio eclesiástico sin la autorización real, teniendo en cuenta el Real Patronazgo.

Se transcribe Cédula Real del 10 de abril de 1628 que ordena comunicar a la autoridad inmediata toda vez que haya que nombrar o remover un religioso para la doctrina o administración de sacramentos.

Se transcribe Cédula Real de 6 de abril de 1629 que ordena la manera en que han de ser visitados por los prelados, los religiosos de las órdenes mendicantes, que tienen a cargo doctrina de indios. Y dispone que no se innove, reiterando lo mandado por la Cédula Real del 22 de junio de 1624, que se transcribe. Se reglamenta el nombramiento de doctrineros no curas; estos deben ser examinados también en la lengua de los indios.

Se transcribe Cédula Real de 7 de diciembre de 1634 que ordena los pasos por seguir para el nombramiento de prior o guardián del convento en curatos y doctrinas.

Se transcribe Cédula Real de 18 de junio de 1650 que ordena remitir al Consejo de Indias los documentos sobre el conflicto entre el obispo de Asunción y la Compañía de Jesús.

Se transcribe Cédula Real del 15 de junio de 1654 que ordena cumplir con el patronato sobre la instrucción, doctrina, educación y enseñanza de los indios por parte de la Compañía de Jesús en las Misiones de Paraguay.

Transcripción de un auto del gobernador del Tucumán del 9 de agosto de 1651 que ordena que se entreguen los dineros que se adeuden a las reales cajas, so pena de confiscación de todos los bienes. Y a los encomenderos que no pagasen se dejarán vacantes sus encomiendas. Se publica, pregona e inscribe en los libros de cabildo de todas las ciudades.

Se transcribe un auto del gobernador del Tucumán, que habiendo indios extraños a esta provincia que no pagan tasas, se hará padrón de los naturales con distinción de edad, familia, tasa y reducción. El oficial real debe cobrar y asentar en libros reales el pago de las tasas.

Fecha: 9 de noviembre de 1655

Folio: 607

Tema: se propuso a este Cabildo que se vea la comida que hay, que se compren manos de papel para un libro nuevo de Cabildo, y se haga un novenario a San Bernardo por la sequía que hay. (Documento roto y manchado).

Fecha: 23 de noviembre 1655

Folio: 608

Tema: se informa que no hay alguacil mayor porque su propietario está ausente. (Documento roto).

ACTAS CAPITULARES

LIBRO DE CABILDO N.º 1

AÑO 1648

Fecha: 1648

Tema: acta incompleta (falta el inicio). Petición para que Pedro Balladoz no ejerza el oficio de teniente de gobernador de la ciudad de Salta por ser vecino y hacendado en dicha ciudad.

(Folio 309) (Al margen: año 1648) del dicho asistente o juez de residencia o sus alcaldes mayores o teniente, ni sus yernos ni cuñados casados con ermanos o ermanas de sus mujeres, sin nuestra licencia y mandado so pena que pierda el tercio de su salario y otro se guarde la primera que mandamos acer cerca de los que an salido de los estudios, antes de aber estudiado el tiempo por nos hordenado y que no lleve alcaldes ni alguaciles que persona alguna de nuestra corte ni de fuera della le diese por ruego, salvo que escoja el que entendiere que se cumple para descargo de su conciencia y para la buena administración de la xusticia por los cuales se ha obligado a dar cuenta y razón y satisfacer lo que ellos hiciesen salvo en caso que les entregare como de derecho quiere, y aora en la nuestra audiencia y chancillería real que re-

(Folio 309 vuelta) side en la ciudad de La Plata del Peru, se presentó la petición que con el decreto a ella proveído es como se sigue.

(Al margen: Petición) Muy poderoso señor doctor don Favian de Valdes Carrillo fiscal de su magestad, digo que por leyes reales de la nueva recopilación, está dispuesto no poder ser corregidor ni teniente en ningun pueblo y lugar quien fuere vecino de él, en cuya oservación por ser en execución de ley real no puede haber dispensación ni es por quejas y porque en la ciudad de Salta usa oficio de teniente Pedro Balladoz vecino y acendado en ella a usted, pido y suplico mande se me despache carta y provisión real inserta la voz del reyno para que se guarde y cumpla y que en su conformidad y observancia el dicho Pedro Balladoz, no use ni exerza el dicho oficio de tal teniente de la dicha ciudad de Salta por ser vecino y acendado en ella y pido

(Folio 310) justicia. Doctor Valdez. En la ciudad de La Plata en cuatro dias del mes de abril de mil y seiscientos y quarenta y ocho años en audiencia pública ante los señores presidente y oidores della se presentó esta petición. Los dichos señores mandaron que se le de al señor fiscal la provissión real que pide don Joan Xiron, en cuya conformidad fue acordado que debíamos mandar dar esta nuestra carta y provisón real en la dicha razón y nos tuvímoslo por bien por la qual os mandamos que veais la dicha nuestra ley real que de suso va yncorporada y la guardeis y cumplais y agais guardar y cumplir en todo y por todos según y como en ella se contiene y declara sin excedencia

(Folio 310 vuelta) y decreto que va insserto en manera alguna. Y en su conformidad y observancia no usareis ni consentiréis que use el dicho Pedro Balladoz en manera alguna el oficio de teniente de la ciudad de Salta por ser vecino y acendado en ella lo qual cumplireis so pena de la nuestra merced y de cada quinientos pesos para la nuestra cámara, de la qual mandamos a qualquier nuestro escribano público o real y a su falta a persona que sepa leer y escribir ante dos testigos vos la leas y notifique y de testimonio dello para que nos sepamos como se cumple nuestro mandado, dada en la ciudad de La Plata en quatro dias del mes de abril de mil y seiscientos y quarenta y ocho años Licenciado don Antonio Quixano y Eredia, Doctor don Luis Joseph Merello de la Fuente, el Licenciado Pedro de Azaña Soler y Palazio.

(Folio 311) Yo don Joan de Cabrera Xiron vasallo del rey nuestro señor la hice escribir por mandado de los señores presidentes y oidores, rubricado Mateo de Arastizaval. Por el gran Canciller Mateo de Arastizaval.

Fecha: 15 de junio de 1648

Tema: notificar a Pedro Balladoz que no ejerza el oficio de teniente de gobernador de la ciudad de Salta.

Desalojar a los extraños que se hayan establecidos en el ejido de la ciudad.

Hacer padrón de indios de Cochinoca, Casabindo, Valle Rico, Rinconada hasta Calahoya, para lo cual se designa a Melchor Díaz Zambrano, alcalde ordinario, junto a Hernando de Villegas, regidor de primer voto.

(Al margen: Respuesta) En la ciudad de Lerma en quinze dias del mes de junio de mill y seiscientos y quarenta y ocho años, estando en cavildo como lo tienen de costumbre a tratar y conferir algunas cosas convinientes de la república, Melchor Diaz Zambrano alcalde ordinario, presentó la real provissión de atrás y abiéndose leydo y entendido y el tenor della todos juntos y cada uno de por si la tomaron en sus manos, besaron y pusieron en su cabeza y la obedecieron como a carta y mandato de su rey y señor natural a quien la divina magestad guarde y conserve en su sano servicio como la christiandad a menester y en cuanto a su cumplimiento el Capitán Pedro Balladoz teniente de gobernador y justicia mayor desta ciudad dijo que suplicaba y suplico de la dicha real provissión para que resueltos por la causa y razones siguientes la primera por que la ley real ynserta en la dicha real provissión fue hecha en quanto que no fuesen vecinos y tenientes por ser emparentados en las ciudades y que el dicho capitán y justicia mayor no tiene deudo ni pariente ninguno en ella como se contiene en este testimonio del y que tiene aprobado por la dicha real audiencia y assi mismo por que la dicha real audiencia está mandado por auto de la dicha real audiencia que sean tenientes y vecinos de la ciudades vecinos de la provincia y en la del Río de la Plata por ser este pobre y por el daño que acen los señores forasteros por no tener salarios y tambien por quanto el dicho capitán es vecino de la ciudad de Córdoba y de sinco años a esta parte se vino a ésta con cantidad de ganado para vender y por haber estado año y tanto enfermo en ésta le fue fuersa acer casa donde vivir con su casa y familia como todo es notorio a este cavildo y siendo su alteza servido que sin enbargo de las dichas causas dejo y no está dicho oficio desta puesto del cumplió y pido y suplico a este cavildo zertifique y declare el oficio dicho para que conste y (manchado) por su respuesta. Y el cavildo es a saber los dichos Capitán Antonio de Ubierna Frias y Sandoval,

(Folio 311 vuelta) Melchor Diaz Zambrano alcalde ordinario, el Capitán Sebastián Diaz alférez real, Hernando de Hervas alguacil mayor, Capitán Miguel de Elizondo alcalde provincial, Hernando de Villegas regidor de primer voto, Luis de Medina depositario general, todos unánimes y conformes dixeron que se guarde cumpla y ejecute la dicha real provissión como su alteza lo manda y en su conformidad se notifique al dicho Capitán Pedro Balladoz no use ni ejerza el oficio y cargo de tal teniente de governador y justicia mayor y esto dieron por su respuesta y lo firmaron de sus nombres juntamente con el dicho teniente y si quisiere testimonio se le dé de todo lo actuado y lo firmaron Pedro Balledoz. Antonio de Ubierna Frías y Sandoval, Melchor Diaz Zambrano, Sebastián Diaz, Hernando de Hervas, Miguel de Elizondo, Hernando de Villegas, Luis de Medina,

El Capitán Fabián Morillo procurador general propusso en este cabildo que por quanto en la fundación y hordenanzas desta ciudad el fundador della señaló para éxido desta dicha ciudad una legua de tierra el rio abajo della, de la otra banda de tagarete desde la angostura donde están los paredones del inca y algunas personas se an entrometido en ellas a título de merced y compras que tienen. Exorta y requiere a este cavildo se sirva de amparar a esta ciudad en ellas lanzando y echando fuera a las que parecieren estar dentro, midiendo y amojonando lo que assí le perteneciere conforme a la dicha fundación. E visto por este cavildo se remite a los alcaldes hordinarios que con asistencia del dicho procurador general bean las dichas tierras y probean en el casso lo que fuere de justicia a pedimento del dicho procurador general. Este cabildo acordó que por quanto combiene que la jurisdicción de Cochinoca y Cassavindo pertenecientes a esta ciudad se corra, actue y provea lo necesario aziendo padrón de los indios de la dicha jurisdicción y balle Rico Rinconada hasta

(Folio 312) Calahoya y que sea persona con autoridad de justicia hordinaria y se nombra a Melchor Dias Zambrano, alcalde hordinario, para que corra la dicha jurisdicción y aga el padrón y lo demas que se ofreciere de justicia y lleve en su compañía a Hernando de Billegas regidor de primer voto, los quales que estaban presentes lo acetaron y con esto se acabó este Cabildo y lo firmaron.

Juan Balledoz (rubricado)

Antonio de Ubierna Frias y Sandoval (rubricado)

Melchor Dias Zambrano (rubricado)

Sebastián Dias (rubricado)

Hernando de Hervas (rubricado)

Miguel de Elizondo (rubricado)

Hernando de Villegas (rubricado)

Luis de Medina Pomar (rubricado)

Fecha: 7 de septiembre de 1648

Tema: nombramiento de Juan Fernández de Andrada como lugarteniente, justicia mayor y capitán a guerra de la ciudad de Salta. Se transcribe el título otorgado por el gobernador don Gutiérrez de Acosta y Padilla, gobernador y capitán general de la provincia de Tucumán. Se decide que todos los vecinos, estante y habitantes reciban las monedas de marca.

(Al margen: Cavildo) En la ciudad de Lerma valle de Salta en siete dias del mes de septiembre de mill y seiscientos y quarenta y ocho años se juntaron a cavildo el Capitán Antonio de Ubierna Frias y Sandoval alcalde hordinario, Sevastián Días alferes real, Hernando de Hervas alguacil mayor, el Capitán Miguel de Elissondo alcalde provincial, Hernando de Villegas y Luis de Medina Pomar regidores

(Folio 312 vuelta) todos oficiales del dicho cavildo y estando juntos en él como lo an de costumbre para tratar y conferir las cossas tocantes al pro y utilidad desta republica acordaron lo siguiente.

En este cavildo estando en este estado vino a él Melchor Dias alcalde ordinario, y estando en él el Capitán Juan Fernández de Andrada presentó un nombramiento de teniente de gobernador y justicia mayor y capitán a guerra desta ciudad dado por el señor don Gutierres de Acosta y Padilla governador y capitán general desta provyncia que es del tenor siguiente.

(Al margen: Título del Capitán Juan Fernández de Andrada) Don Gutierre de Acosta y Padilla, governador y capitán general desta provinzias de Tucumán por su magestad etc, por quanto el Capitán Pedro Balladoz a hecho dejazión del oficio de mi lugarteniente y capitán a guerra que estaba ejerziendo en la ziudad de Lerma valle de Salta y está la dicha plaza vaca y para que aya persona que acuda a la administrazión de justicia en los dichos ofizios y que sea persona tal de conziencia y esperienzia que con selo cristiano govierne la república de la dicha ziudad y su juridicion y la mantenga en pas y justizia y teniendo entera satisfazion del Capitán Juan Fernándes de Andrada

(Folio 313) hombre hijodalgo notorio buen cristiano celoso de la onra de Dios nuestro señor y que ha servido a su magestad en el dicho ofizio en la ziudad de la Rioja, San Salvador de Jujui y a sido alcalde ordinario en la ziudad de Santiago del Estero y a tenido otros oficios y cargos dando muy buena cuenta dellos a común aprovazión y a acudido a todas las demas ocassiones que se an ofresido del servizio de su magestad a su costa y mensión y en las residencias que a dado a sido declarado por buen juez y por que semejantes personas se deven buscar para los dichos ofizios por concurrir en (tachado: en los dichos offizios) el suso dicho, las calidades referidas y ser hombre de mucha y larga experienzia en los casos de justicia y guerra en nombre de su magestad y por sus reales poderes que tengo que son notorios como su governador y capitan general y justicia mayor, nombro y elijo por mi lugarteniente justizia mayor y capitán a guerra de la dicha ziudad de Salta sus términos y juridicción al dicho Capitán Juan Fernándes de Andrada para que la administre con bara alta de la real justicia en nombre de su magestad conozca de todas y cualesquier causas civiles y criminales asi pendientes por sus antezesores y las que adelante se ofrezieren asi de ofizio como entre partes contra todas y qualesquier personas de qualquier calidad y condición

(Folio 313 vuelta) que sean, oyéndolas ygualmente de justizia sustanziando las causas sentenciándolas definitivamente, llevando a devida execuzión sus autos y sentenzias guardando en todo la forma del derecho leyes y ordenanzas premáticas cédulas y provisiones y otorgar las apelaziones que ynterpusieren las partes para ante los tribunales superiores si fueren otorgables conforme a derecho y las que no lo fueren, las llevara a devida execución sentenciándolas y determinando las que antes fueren en grado de apelación en la segunda ynstanzia y en las cosas tocantes a la guerra hará con maduro acuerdo lo que mas conbiniere al real servizio y lo que la ocasión pidiera de manera que surta buen efecto como surtirá por la entereza y satisfazión que tengo del suso dicho, amparará a los caciques e demas yndios con justicia aziéndoles pagar su travajo y que guarden las ordenanzas de manera que no sean bejados ni molestados por sus encomenderos y otras personas y a los que los agraviaren los castigara con el rigor que mandan las dichas ordenanzas sobre que le encargo la conzienzia y descargo la de su magestad y mia que para todo lo contenido en esta, dicho título le doy todo el poder nesesario en bastante forma en el real nombre con libre y general administración y por quanto el dicho officio no tiene salario ni aprovechamientos ningunos pagará por este titulo y nombramiento dies y seis pesos de a ocho reales de media

(Folio 314) anata en la real caxa de la dicha ziudad que es lo que an pagado los demas tenientes desta provinzia por tazación de la Real Audiencia y con certificación de su entero se ha de presentar ante el cavildo justizia y regimiento de la dicha ziudad donde hará el juramento acostumbrado del buen uso de los dicho offizios y que los administrará fielmente y dará fianza legal llana y avonada por estar a residencia quando le fuere mandado del tiempo que usare los dichos offizios y haviendo cumplido con lo suso dicho ordena y mando a las justizias cavildo justizia y regimiento de la dicha ciudad le resivan en el uso y exerzicio dellos, y le hayan y tengan por tal teniente justicia mayor y capitán a guerra pena de cada quinientos pesos de oro para la real cámara y fisco y los vesinos encomenderos moradores estantes y havitantes y demas personas de qualquier calidad y condizión que sean estén a sus órdenes obedezcan sus mandatos y llamamientos so las penas que el pusiere que las ha por puestas y condenadas y le hagan guardar y guarden todas las honras y preheminenzias franquezas libertades e ynmunidades que se le deven guardar por razón de los dichos ofisios y se hagan recurrir y recurran con los derechos y emolumentos que se le devieren conforme a derecho y deste titulo y nombramiento a de traer confirmasión de los señores de la Real Audiencia de La Plata dentro de ocho meses desde el dia de su resivimiento en el cavildo de la dicha ziudad y a de presentarse con ella en el dicho cabildo y los fiadores que diere se an de obligar a pagar los derechos de media anata si el juez privativo della mandan

(Folio 314 vuelta) se paguen mas derechos de los referidos y este titulo balga por tiempo de un año mas o menos, lo que fuere mi voluntad en testimonio de lo qual mande dar y di el presente firmado de mi nombre y sellado con el sello de mis armas refrendado del ynfraescrito secretario, fecho en la ziudad de Córdova a diez y ocho dias del mes de abril de mil y seiscientos y quarenta y ocho años don Gutierre de Acosta y Padilla por mandado del señor governador Juan Alvarrazin Pereyra escrivano público y de cavildo.

El qual dicho titulo visto por el dicho cavildo dixeron que admitían y admitieron al dicho Capitán Juan Fernández de Andrada al uso y exercicio de los dichos oficios de teniente de gobernador justicia mayor y capitán a guerra desta ciudad y para cumplir con el tenor del dicho título mandaron llamar al dicho Capitán Juan Fernandez de Andrada, el qual aviendo entrado en este cavildo exibió en él dies y seis pesos que son los que el dicho señor governador por agora manda pague de media anata y por que desta ciudad tiene mandamiento del señor jues privativo del dicho de la media anata para que no se pague a este derecho de los oficios de justicia y guerra mandaron que sin perjuicio del derecho que esta ciudad se entreguen los dichos dies y seis pessos al Capitán Favián Morillo oficial real desta ciudad el qual que estava pressente lo ressivió para que los tenga hasta tanto que por este cavildo se pida al señor jues privativo deste derecho si deven pagar media anata los tenientes de governador que se nombran para esta ciudad, con lo qual mandaron asi mesmo de la fecha que por el dicho

(Folio 315) título se le manda de dar rasón pues a presentado a ellos los dichos oficios cada y quando que se le pida, y para el buen uso del dicho oficio el Capitán Antonio de Ubierna alcalde ordinario resibió juramento a Dios y a una cruz en forma de derecho del dicho Capitán Juan Fernández de Andrada el gobernador aviéndolo celebrado prometió de usar bien y fielmente los dichos oficios guardando en todo las leyes del reyno, zédulas, proviciones y ordendanssas de su magestad y con esto se le entregó la vara de justicia y dio por sus fiadores a don Fernando de Sanabria y a Juan Castellanos escribano de su magestad y los dichos oficiales admitieron las dichas fianzas y mandaron las otra que el presente escribano al pie deste cavildo y con esto se acavó y lo firmaron.

Otro si acordaron que se pregone públicamente que todos los vecinos desta ciudad y demas personas estante y avitante resivan la moneda por lo que cada una tiene de marca, pena de veinte pesos y dies dias de carzel y a los yndios negros y mulatos de cinquenta assotes

Antonio de Ubierna Frias y Sandoval (rubricado)

Melchor Diaz Zambrano (rubricado)

Sebastián Días (rubricado)

Hernando de Hervas (rubricado)

Miguel de Elizondo (rubricado)

Hernando de Villegas (rubricado)

Luis de Medina Pomar (rubricado)

Juan Fernández de Andrada (rubricado)

Ante mi Juan Castellanos, escribano real de su majestad (rubricado)

Fecha: 22 de septiembre de 1648

Tema: referido a los bienes del hospital de la ciudad para recuperar el dinero prestado y que los beneficiarios de los préstamos los reconozcan.

(Folio 315 vuelta) (Al margen: Cavildo) En la ciudad de Lerma en veinte y dos dias del mes de septiembre de mil y seiscientos y quarenta y ocho años se juntaron en cavildo como lo an de costumbre con asistencia del Capitán Juan Fernández de Andrada teniente de gobernador e justicia mayor es a saber, el Capitán Antonio de Ubierna Frias y Sandoval alcalde ordinario, Hernando de Erva alguacil mayor, Capitán Miguel de Elissondo alcalde provincial, Hernando de Villegas regidor, Luis de Medina Pomar depositario y regidor y acordaron lo siguiente.

En este cavildo se presentó una petición por el Capitán don Diego Ruis Alarcón en que pidió que quatrocientos y dies pessos que devia al hospital desta ciudad de alcansse que se le hisso del tiempo que fue mayordomo y corridos del tiempo que a título o queria tomar a censo los trecientos y cincuenta y los demas hacía demostración para pagarlos al dicho hospital y al pie de la dicha petición se pressentó lo que por ella contara

En este cavildo propusso el Capitán Antonio de Ubierna alcalde hordinario que los tributos que el hospital desta ciudad, los tributos que tiene en ella los mas dellos se an muerto los obligados prinzipales y poseen los bienes segunda persona.

(Folio 316) los quales no an reconossido los dichos censsos y así mismo algunos de los dichos bienes están deteriorados y los fiadores muertos por cuya caussa están en riesgo de perderse para remedio de lo qual y que los bienes del dicho ospital bayan en aumento conviene que las personas que gossaren bienes del dicho ospital que estuvieren atributo los reconozcan y que los que los tubieren menoscavados y deteriorados y sin fianzas se les obligava que los tengan reparados y aseguren el prinzipal y réditos y que el mayordomo del dicho ospital de razón de los que son, todo lo qual visto por el dicho cavildo mandaron se aga según y como lo a propuesto el dicho alcalde y con esto se acavó este cavildo y lo firmaron

Juan Fernández de Andrada (rubricado)

Antonio de Ubierna Frias y Sandoval (rubricado)

Hernando de Hervas (rubricado)

Miguel de Elisondo (rubricado)

Hernando de Villegas (rubricado)

Luis de Medina Pomar rubricado)

Fecha: 2 de noviembre de 1648

Tema: presentación de un recibo por 300 pesos para la provisión de granos de la ciudad. Se ordena que se paguen del fondo de los propios.

El corregidor de Chichas intenta entrometerse en Valle Rico, jurisdicción de Salta.

Francisco Luis de Chaves presenta título de regidor y fiel ejecutor. Se discute su aceptación entre los miembros del Cabildo.

En la ciudad de Lerma valle de Salta en dos de nobiembre de mil y seiscientos y quarenta y ocho años el cavildo justicia y rejimiento desta dicha ciudad es a saber, el Capitán Juan Fernández de Andrada te-

(Folio 316 vuelta) niente de governador justicia maior, el Capitán Antonio de Ubierna Frias y Sandoval alcalde ordinario y Melchor Dias Zambrano alcalde ordinario y el Capitán Sebastián Diaz alférez real y el Alguacil Maior Hernando de Erbas y el Capitán Miguel de Elizondo alcalde provincial, Hernando de Villegas regidor de primer voto y Luis de Medina depositario, nos juntamos como lo tenemos de costumbre para tratar y conferir las cosas que convengan, el Capitán Sevastian presentó en este Cavildo un recibo de sincuenta pesos que pagó por la provición que se ganó en fabor desta ciudad, sobre no se paguen las medias anatas y pidió se le pagasen a vos dando lo que ubiere recevido a cuenta desto y se remita el ajustamiento al Capitán Antonio de Ubierna y ajustado lo que reparte se le pague de los propios de la ciudad.

El Capitán Fabian Morillo procurador general propuso de que ha tenido abiso del asiento del balle Rico juridición de esta ciudad como el corregidor de los Chichas trata de venir al dicho balle a perturbar la poceción que tiene esta ciudad y de fecho entrometerse a adquirir juridición en lo que no le toca y para remedio de esto abisa el dicho teniente del valle Rico y Cuchinoca se le despachen recaudos para la defensa, por no tenerlos ni rason de los límites que pertenesen a esta ciudad y se acuerda por este cavildo se le despache un tanto de los recaudos que tiene esta ciudad para que como tal teniente y en nombre de ella la defienda, y se le remita y escriba por este cavildo y de cuenta de lo que resul-

(Folio 317) tare.