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La lectura de este texto permite al lector adentrarse teóricamente en temas de seguridad social qué van más allá de cuando se culmina la vida laboral de una persona. Son explicadas prestaciones referidas a determinadas contingencias acaecidas durante el periodo laboral activo que requieren protección social al tener que dejar de laborar por determinado periodo por padecer una enfermedad común o profesional, un accidente del trabajo o de origen común, debe recibir una prestación a largo plazo por el fallecimiento de un familiar cercano, así como, la protección de la mujer ante su embarazo. Se incluyen además las prestaciones de Seguridad Social a personas que no laboran, pero que necesitan de dicho amparo: ancianos, personas con discapacidad, menores de edad y personas en situación de vulnerabilidad.
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Seitenzahl: 235
Veröffentlichungsjahr: 2024
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Página legal
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Edición,correcciónydiseño:JadierI.MartínezRodríguez
Diseño de cubierta: René M. Alfara Leyva
Todos los derechos reservados
©Guillermo Eulogio Ferriol Molina, 2023
©Sobre la presente edición:
Organización Nacional de Bufetes Colectivos, ONBC, 2023
Prohibida la reproducción parcial o total de esta obra, por cualquier medio o procedimiento, sin la autorización expresa de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos.
ISBN: 9789597261629
Obra editada e impresa por:
Ediciones ONBC
Ave. 41 No. 7208
esq. a 72, Playa
La Habana, Cuba
Teléfono: 7214-4208
E-mail: [email protected]
Sinopsis
La lectura de este texto permite al lector adentrarse teóricamente en temas de seguridad social qué van más allá de cuando se culmina la vida laboral de una persona. Son explicadas prestaciones referidas a determinadas contingencias acaecidas durante el periodo laboral activo que requieren protección social al tener que dejar de laborar por determinado periodo por padecer una enfermedad común o profesional, un accidente del trabajo o de origen común, debe recibir una prestación a largo plazo por el fallecimiento de un familiar cercano, así como, la protección de la mujer ante su embarazo. Se incluyen además las prestaciones de Seguridad Social a personas que no laboran, pero que necesitan de dicho amparo: ancianos, personas con discapacidad, menores de edad y personas en situación de vulnerabilidad.
Datos de autor
Guillermo Eulogio Ferriol Molina. Presidente de la Sociedad Cubana de Derecho delTrabajo y de Seguridad Social, Miembro de número de la Asociación Iberoamericana de Derechodel Trabajo y la Seguridad Social, Miembro de número de la Asociación Iberoamericana deJuristas de Derecho del Trabajo y de Seguridad Social, Secretario General de la AsociaciónLatinoamericana de Abogados Laboralistas, Profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Facultad de Derecho de la Universidad de la Habana, Miembro del Consejo Científico de la Revista Cubana de Derecho, Miembro de la Red Latinoamericana de Análisis sobre trabajo y sindicalismo RELATS, Profesor invitado a los estudios de postgrado de la Universidad San Carlos de Guatemala, miembro del Consejo Científico Asesor del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Consejo Científico Asesor del Ministerio de Justicia.
Índice
Página legal
Sinopsis
Datos de autor
Introducción
Capítulo I. La Seguridad Social. Definiciones. Algunos elementos generales que la caracterizan
Capítulo II. Evolución histórica de la Seguridad Social. Normas internacionales sobre la Seguridad Social
Antes de la Revolución Industrial
Posterior a la Revolución Industrial (segunda mitad del siglo XVIII, inicios del siglo XIX hasta años 80-90 del siglo XX)
Finales del siglo xx
Inicios del Siglo xxi
Capítulo III. La Seguridad Social como rama autónoma del Derecho: Fundamentos y principios de la Seguridad Social, Objeto, Fuentes, Naturaleza jurídica del Derecho de la Seguridad Social, Sujetos de la Seguridad Social. Financiamiento de la Seguridad Social. Interpretación y aplicación de las normas de Seguridad Social
La Seguridad Social como rama autónoma del Derecho. Fundamentos y Principios de la Seguridad Social
Naturaleza Jurídica del Derecho de la Seguridad Social
Interpretación y aplicación de las normas de Seguridad Social en el tiempo y el espacio
Capítulo IV. La Seguridad Social en Cuba. Evolución histórica. Regímenes que la integran. Sujetos que tutela. Organización. Financiamiento. Procedimientos de solución de conflictos en materia de Seguridad Social
Régimen General
Cálculo de la pensión por edad
Reincorporación de los jubilados al trabajo
Cálculo del subsidio por enfermedad o accidente
Cálculo de la pensión por invalidez parcial
Cálculo de la pensión por invalidez total
Cálculo de la Pensión por Causa de Muerte
Tiempo de servicios
Causas de modificación, suspensión y extinción de los subsidios y las pensiones
Causas de suspensión de los subsidios y pensiones
Prestaciones en servicios
Y las Prestaciones en especies
Procedimiento ordinario de solución de conflictos de trabajo
Régimen de Asistencia Social
Regímenes especiales
De la seguridad social de los usufructuarios de tierra
De la seguridad social de los cooperativistas de las unidades básicas de producción cooperativa
De la Seguridad Social de los socios de las Cooperativas de Producción No Agropecuaria
De la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia
De la Seguridad Social de los socios y trabajadores asalariados de las micro, pequeñas y medianas empresas
Capítulo V La maternidad de la mujer trabajadora
Nuevas realidades
Introducción
En textos precedentes hemos abordado algunos elementos teóricos del Derecho del Trabajo1y también aspectos prácticos de esa propia rama jurídica.2
En el presente trataremos elementos esencialmente teóricos, y algunos retos, de esta otra rama del Derecho que es el Derecho de la Seguridad Social, la que para algunos es una disciplina que solo se activa, se ejerce, cuando se culmina la vida laboral de una persona, lo que no es exacto, pues, por ejemplo, cualquier trabajador o trabajadora ante determinadas contingencias acaecidas durante su periodo laboral activo puede recibir protección social al tener que dejar de laborar por determinado periodo por padecer una enfermedad común o profesional, un accidente del trabajo o de origen común, debe recibir una prestación a largo plazo por el fallecimiento de un familiar cercano, o en otro ejemplo, cuando una mujer precisa de protección ante su embarazo.
Pero, también acciona y trata la Seguridad Social de la protección que brinda la sociedad a personas que no laboran, pero que necesitan de dicho amparo, como ancianos, personas con discapacidad, menores de edad y personas en situación de vulnerabilidad.
Como observaremos más adelante, no se reduce la Seguridad Social al establecimiento de un sistema de prestaciones, sino que comprende también otras vías de protección social como las relacionadas con la salud, la vivienda, el empleo o el desempleo, la recreación y otras condiciones de vida. Esta idea explica la amplitud, importancia y transversalidad de esta otra rama del Derecho.
Como otra consideración, me gusta afirmar, además, que tal como se estructure y se cumplan los objetivos de la Seguridad Social en un Estado, así podrá ser calificada como adecuada o no su política social de protección a los más necesitados.
No pocas veces, varios estudiosos han tomado como referencia de lo anterior, una frase expresada por Simón Bolívar en el discurso que pronunciara en el Congreso de Angostura en 1819, empleada para explicar otros fenómenos sociales, pero que, en esencia, sintetizan muy bien lo que después se consideró en el mundo como Seguridad Social. Dijo el Libertador: El sistema de Gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social, y mayor suma de estabilidad política.3
Tomando la frase del Libertador como punto de partida, el profesor Orlando Peñate Rivero afirmaba: De lo anterior, se deduce que la Seguridad Social es uno de los pilares fundamentales para concebir un gobierno al cual pueda denominársele como en busca de la perfección. Además, esta institución, es el presupuesto para lograr la mayor felicidad y estabilidad política, porque un gobierno que procura la seguridad nacional para todos, tiende a dilatar un poco más el tiempo en el poder.4
Para algunos, la Seguridad Social no tiene vida propia, sino que la consideran parte del Derecho del Trabajo, lo que no es adecuado, pues como valoraremos la Seguridad Social tiene su objeto propio, sus sujetos son diferentes de los que integran el Derecho del Trabajo, posee su naturaleza específica, su método y procedimientos particulares. Es por ello que se constituye, luego explicaremos, como una rama autónoma del Derecho: el Derecho de la Seguridad Social.
No niega este autor, sin embargo, que existe una especial relación entre el Derecho del Trabajo y el Derecho de la Seguridad Social, incluso se reconoce que la Seguridad Social, como ciencia, surge a la par que el Derecho del Trabajo, estableciéndose una especial y estrecha relación entre una y otra rama del Derecho, a tal punto que el sostenimiento de la Seguridad Social tiene una importante fuente en el ejercicio y en los resultados del adecuado cumplimiento del Derecho del Trabajo, en las contribuciones, las aportaciones que en su etapa laboral activa realizan los trabajadores y trabajadoras.
Y refiero lo anterior porque, en el orden práctico e histórico, el origen de la Seguridad Social está relacionado con el desarrollo de las relaciones de trabajo y con el surgimiento de esa categoría económica que determinó el desarrollo del Derecho del Trabajo que es el salario, ya que desde el mismo momento en que el hombre se incorporó al trabajo asalariado, comenzó a procurar fórmulas que le permitieran enfrentar los riesgos sociales y laborales que le posibilitaran contar con un mínimo de garantías para el momento en que, por determinadas circunstancias, no pudiera tener la totalidad de los ingresos que consuetudinariamente provenían de su labor, lo que podría ocurrir ante accidentes, ante enfermedades, ante el fallecimiento del trabajador sostén de la casa, ante interrupciones en el proceso de trabajo, ante la maternidad y, a partir de ella, también en la regulación de protección a la paternidad.
Unas y otras consideraciones nos motivan a analizar en este texto, con la mayor amplitud posible y desde nuestra modesta opinión, qué se entiende como Seguridad Social, su evolución histórica, algunos modelos que se han adoptado en su estructuración, algunas variantes de su financiamiento, ex- pondremos por qué se considera como una rama autónoma del Derecho, y en correspondencia con ello sus fundamentos y principios, objeto, naturaleza jurídica, sujetos, su importancia para cualquier sociedad.
Igualmente abordaremos la evolución histórica de la Seguridad Social en Cuba, antes y después del triunfo de la Revolución, y dentro de ella, de modo particular, por su importancia e impacto social, la protección a la maternidad de la mujer trabajadora, como más recientemente a la paternidad. También esbozaremos los retos que se pueden presentar a esta rama del saber y del hacer en el país en el periodo inmediato.
Observará, lector(a), que a la Seguridad Social no solo tributan e impactan aspectos económicos, sino también demo- gráficos, políticos, sociales, históricos, técnicos, laborales, de seguridad y salud en el trabajo, así como jurídicos, por lo que en su análisis e instrumentación deben participar especialistas diversos, como también se conoce que en su operacionalidad laboran diversas áreas del conocimiento.
Al concluir la lectura del texto, si Ud. siente la motivación de profundizar en el conocimiento de esta rama jurídica y continuar fertilizándola, pues este autor recibirá la satisfacción de saber que el tiempo empleado en la conformación del libro resultó provechoso.
Le agradezco desde el inicio su atención.
Capítulo I. La Seguridad Social. Definiciones. Algunos elementos generales que la caracterizan
Hemos establecido, desde la introducción, que tributan e impactan a la Seguridad Social elementos económicos, demográficos, políticos, sociales, históricos, técnicos, laborales, de seguridad y salud en el trabajo, como aspectos jurídicos.
Esta afirmación se ratifica cuando observamos varias de las definiciones que de la Seguridad Social se han realizado. Veamos: Mario Pasco Cosmópolis afirma que el concepto de Seguridad Social fue definido, por primera vez, en la Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), reunida en Filadelfia (Estados Unidos) en 1944, en los siguientes términos:
...la “Seguridad Social” engloba un conjunto de medidas adoptadas por la sociedad con el fin de garantizar a sus miembros, por medio de una organización apropiada, una protección suficiente contra ciertos riesgos a los cuales se hallan expuestos. El advenimiento de esos riesgos entraña gastos imprevistos, a los que el individuo que dispone de recursos módicos no puede hacer frente por sí solo, ni por sus propios medios, ni recurriendo a sus economías, ni siéndole tampoco posible recurrir a la asistencia de carácter privado de sus allegados.5
Para Walter Leen, Seguridad Social es el conjunto de medidas e instituciones destinadas a conferir a aquellos que se procuran una renta por su trabajo asalariado sin derecho a la obtención de ciertas prestaciones, cuando ellos se encuentren en circunstancias determinadas que tengan por consecuencia privarles de todo o parte de su salario o de imponerles cargas que les sean difíciles de soportar.6
Refiere Guillermo Cabanellas de Torres que la Seguridad Social integra el conjunto de normas preventivas y de auxilio que todo individuo por el hecho de vivir en sociedad recibe del Estado, para hacer frente así a determinadas contingencias previsibles y que anulan su capacidad de ganancia. Para otro análisis se está ante los medios económicos, que se le procuran al individuo, con protección especial, para garantizarle un nivel de vida suficiente, de acuerdo con las condiciones generales del país y en relación con un momento dado.7
Para Julio Armando Grisolia El derecho de la Seguridad Social es el conjunto de normas jurídicas que regulan la protección de las denominadas contingencias sociales, como la salud, la vejez o la desocupación. Se trata de casos de necesidad biológica y económica. Es una rama del derecho que ampara al trabajador dependiente, al autónomo y también al desempleado, de las contingencias de la vida que pueden disminuir la capacidad de ganancia del individuo. Se materializa mediante un conjunto de medidas y garantías adoptadas a favor de los hombres para protegerlos contra ciertos riesgos.8
Arthur Altmeyer, por su parte, reconoce que la Seguridad Social, es el deseo universal de todos los seres humanos por una vida mejor, comprendiendo la liberación de la miseria, la salud, la educación, las condiciones decorosas de vida y principalmente el trabajo adecuado y seguro.9
Para William Beveridge, uno de los precursores de la Seguridad Social moderna, es la abolición del estado de necesidad asegurando a todo ciudadano la renta suficiente en todo momento para eliminar las cargas que pesan sobre él.10
Para Ángel Guillermo Ruiz Moreno la Seguridad Social es también un derecho humano exigible al Estado. Y, precisa, con todo tino, que el Derecho del Trabajo y la Seguridad Social poseen un mismo fundamento y su propósito, a pesar de las aparentes diferencias, es uno solo: asegurar al hombre una vida digna. La diferencia entre los dos Estatutos mira más bien al tiempo, pues el Derecho del Trabajo contempla el momento de la prestación de los servicios a fin de que no se dañe la salud del trabajador o se ponga en peligro su vida, de que se respeten la dignidad y la libertad del hombre y se le pague una retribución adecuada y equitativa. La Seguridad Social contempla al niño, a la familia y al anciano o inválido, independientemente de la prestación actual de un servicio.
Agrega Ruiz Moreno que el Derecho del Trabajo y la Seguridad Social nacieron juntos, sin llegar a ser siameses… Al paso del tiempo sucede que, ni se desarrollaron igual y cada uno ha debido tomar su propio camino, asumiendo sus propias figuras y regulaciones. El Derecho de la Seguridad Social (ya no son pocos los que lo reconocen) es ya por méritos propios una disciplina autónoma, por completo desligada del Derecho Laboral. La Seguridad Social comprende un escenario mayor que el que abarca el Derecho Laboral. (Carácter universal).11
Para Orlando Peñate Rivero la Seguridad Social es la parte de la política social constituida por el conjunto de instituciones que crea el Estado y que se sufragan con cotizaciones, impuestos de la población frente a las circunstancias que privan de ingresos, aumento de las cargas económicas o que afectan la salud, con el objetivo de reparar o atenuar sus consecuencias.12
Valoradas estas definiciones sobre la Seguridad Social, pueden observarse como elementos comunes en ellas los siguientes:
En ratificación de lo anterior, en junio del año 2001 la OIT adoptó, en la 89 reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, una resolución relativa a la Seguridad Social que enfatiza que la misma es muy importante para el bienestar de los trabajadores, de sus familias y de toda la sociedad (…) es un derecho humano fundamental y un instrumento esencial de cohesión social (...), que forma parte indispensable de la política social de los gobiernos.14
La seguridad social se reconoce, de igual modo, como un derecho humano consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos,15así como en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de Naciones Unidas.16
Es decir, de este conjunto de definiciones podemos concluir que no quedan dudas del carácter y la necesidad de la Seguridad Social para cualquier sociedad, sin ella se crearía un vacío en materia de protección social ante fenómenos como la enfermedad, la maternidad, el accidente del trabajo o la enfermedad profesional, el desempleo, la invalidez, la vejez y la muerte, pues comprende, en su estructuración y desarrollo, actividades como la asistencia médica y estomatológica, la ayuda a los más vulnerables, el acceso a la vivienda, la entrega de bienes y servicios como de prestaciones ante contingencias que no solo ocurren en los procesos de trabajo, sino también en otros escenarios sociales.
Se presenta así la Seguridad Social como aquella vertiente de la política social de los Estados, que encuentra asiento en la legislación y que persigue proteger a los trabajadores y, en algunas naciones, a la familia de aquellos, ante contingencias que ocurren durante el proceso de trabajo (como las enfermedades o los accidentes) o persigue su protección una vez vencida la etapa activa de vida laboral (como la jubilación por edad o muerte del trabajador), y también extiende su protección ante incidentes que se originan en el contexto social, más allá de los escenarios de trabajo y que determinan que una persona se constituya en estado de necesidad.
Para no pocos autores constituye la seguridad social un repertorio de medidas que conceden prestaciones, en dinero o en especie, para garantizar la protección en caso de, entre otras:
Por lo anterior, se concluye que la seguridad social tiene así dos dimensiones principales:
a. Seguridad de ingreso: como modo de aliviar el estado de necesidad e impedir o limitar la disminución de ingresos, restableciendo, en un nivel razonable, los ingresos perdidos, a causa de la incapacidad para trabajar (comprendida la vejez), o para obtener trabajo remunerado o a causa de la muerte del jefe de familia.
b. Disponibilidad de recursos para garantizar a las personas la asistencia necesaria y amparar a todos los miembros de la comunidad ante posibles riesgos.
Así, establecidos estos aspectos, y para complementar lo expuesto, realicemos un recorrido histórico de lo que hoy conocemos como Seguridad Social, e incluso apreciaremos cómo algunos autores estiman se ha de comportar esta materia en el siglo XXI cuando, por diferentes factores, han surgido nuevas formas de producción o de servicios, nuevos modelos de organización del trabajo y se transita por una nueva revolución tecnológica.
Pero, antes de analizar su evolución histórica se adelantan algunos aspectos sobre los que se ha de profundizar después, lo que permitirá establecer algunas diferencias en el desarrollo histórico de esta temática, pues podrá apreciarse que en cierta etapa de su evolución algunos de sus principios han resultado o resultan omitidos o quebrantados, con lo que se negó o se niega la existencia y los fines de la Seguridad Social.
Por ello, de modo preliminar, comento algunos principios de la Seguridad Social, aunque no son todos:
En este adelanto de consideraciones es pertinente conocer sobre los fines de la Seguridad Social lo siguiente: Julio Grisolia expone que el Derecho de la Seguridad Social es la rama del Derecho que se ocupa de amparar al trabajador dependiente, al autónomo y al desempleado, de las contingencias de la vida, que pueden disminuir la capacidad de ganancia del individuo. Expresa que se le conceptúa como un conjunto de medidas y garantías adoptadas en favor de los hombres para protegerlos contra ciertos riesgos. Añade el citado autor que los fines de la Seguridad Social no son los mismos que los del Derecho del Trabajo, pero los dos se caracterizan por su carácter protector y por garantizar determinado nivel de subsistencia a las personas.
Mientras el Derecho del Trabajo se ocupa exclusivamente del trabajador en relación de dependencia, el sujeto del Derecho de la Seguridad Social es el hombre. Para lograr sus objetivos utiliza métodos y técnicas jurídicas propias que también lo diferencian del derecho del trabajo.17
Como se conoce los principios descritos, en tanto conceptos o proposiciones de naturaleza axiológica o técnica que informan la estructura, la forma de operación y el contenido mismo de las normas, grupos normativos, conjuntos normativos y del propio Derecho, reflejan la importancia, los fines, la naturaleza de la Seguridad Social, apuntan, guían el ordenamiento jurídico sobre esta materia, por lo que el lector o la lectora podrán arribar a conclusiones importantes cuando en el siguiente capítulo apreciemos cómo surge esta rama del Derecho, cómo ha evolucionado, su necesidad, por qué en determinada etapa se incumplen sus principios por diferentes motivos, así como podrá valorar cómo puede estructurarse en el futuro a partir de los retos que enfrenta esta disciplina.
Al abordar este inmenso campo que es la Seguridad Social, de modo indistinto, y sin que constituya un juego de palabras, trataremos por un lado sobre la Seguridad Social como rama autónoma del Derecho, como disciplina jurídica, y de otro, como esa parte de la política social de los Estados destinada a brindar protección a sus miembros ante diversas contingencias, en esencia, haremos referencia al Derecho de la Seguridad Social como el conjunto de normas jurídicas que tutelan a la población ante la ocurrencia de eventos y riesgos determinados y nos encontraremos también al derecho a la Seguridad Social como ese derecho de toda persona de acceder a los medios y la protección de esta rama jurídica.
Es decir, se vinculan en determinados momentos de nuestro análisis la política de protección que es la Seguridad Social con el conjunto de normas jurídicas que es el Derecho de la Seguridad Social y con el derecho de toda persona de acceder a los beneficios de esta rama jurídica que es del derecho de la persona a la Seguridad Social. Se integra el bloque Constitucional y legal con las políticas estatales en una suerte de mezcla indisoluble entre Estado de bienestar y protección social de los ciudadanos.
Establecidos estos elementos preliminares abordemos la evolución histórica de la Seguridad Social y algunos elementos que la caracterizan, como modo de observar su importancia, en tanto sus elementos esenciales serán objeto de un capítulo particular.
Capítulo II. Evolución histórica de la Seguridad Social. Normas internacionales sobre la Seguridad Social
Como expresamos, el nacimiento de la Seguridad Social está muy relacionado con el desarrollo de las relaciones de trabajo y el surgimiento del salario como categoría económica, pues desde elmomento en que el hombre se incorporó al trabajo asalariado, comenzó a procurar fórmulas ygarantías que le permitieran enfrentar los riesgos sociales y laborales que provocaban disminución de sus ingresos o de sus vías de su sostenimiento, lo que podría ocurrir ante accidentes, ante enfermedades, ante el fallecimiento del trabajador sostén de la casa, con motivo de la maternidad, como podría acontecer por los efectos de desastres naturales, o por la incapacidad física no derivada del trabajo, la existencia de personas que no pueden laborar y que no tienen medios propios de subsistencia, o de igual modo ante interrupciones en el proceso de trabajo.
La formación de la seguridad social, tal como se considera hoy, es el resultado de un prolongado proceso que se extiende desde los inicios del siglo XIX hasta la época presente.
Pero muchos antes, en un inicio, para solucionar las diferentes contingencias que acontecían en los procesos de trabajo y sociales se organizaron, indistintamente, gremios y sociedades mutualistas, sumándose igualmente a este empeño primario de brindar protección a los necesitados varias instituciones religiosas.