Diccionario de términos para comprender la transformación digital - Margarita Castilla Barea - E-Book

Diccionario de términos para comprender la transformación digital E-Book

Margarita Castilla Barea

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Beschreibung

Se suele atribuir al famoso filósofo y economista británico, Sir Francis Bacon, la frase "El conocimiento es poder". Estas pocas palabras evidencian el hecho de que a través de la educación y la acumulación de saberes, se manifiesta la auténtica posibilidad del ser humano de ser influyente, de cambiar y de crecer. Actualmente, nos encontramos inmersos en la que se ha definido como la cuarta revolución industrial. Así, tras el descubrimiento y uso de la máquina de vapor, tras la aparición de máquinas automatizadas y tras la llegada de la sociedad de la información, hoy día asistimos a la implementación de tecnología disruptiva que podría cambiar la forma de entender y vivir en nuestra sociedad. Cada cambio va asociado a la preocupación, a la incertidumbre que conlleva la transformación que, a veces, parece incontrolable. En este escenario, cabe entonces preguntarse cómo podemos ser proactivos y hacer reconocible y comprensible aquello que en muchas ocasiones nos resulta ignoto. La transformación digital pone de manifiesto un lenguaje complejo que impide la comprensión del alcance de la misma y de los retos que ésta produce. Por esta razón y precisamente por querer dotar a las personas de una base sólida de conocimiento, decidimos crear el "Diccionario de términos para comprender la transformación digital". Como su título indica, se trata de un repertorio de fórmulas, palabras y expresiones que tienen el propósito de dotar el lector del conocimiento necesario para entender las particularidades de la transformación digital. Con esta obra, hemos querido contribuir a que el público especializado pero también cualquier persona que inicie un acercamiento a este ámbito, pueda establecer la forma de relacionarse con la tecnología. El Diccionario hace que el lector adquiera el dominio semántico y de contenido profundo sobre una materia en continuo crecimiento y que se ramifica en áreas de nuestras vidas como el ejercicio de los derechos, las relaciones humanas y sociales.

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DICCIONARIO DE TÉRMINOS PARA COMPRENDER LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL

GABRIELE VESTRI

Director

MARGARITA CASTILLA BAREA

Coordinadora

DICCIONARIO DE TÉRMINOS PARA COMPRENDER LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Prólogos de

Carme Artigas Brugal

Secretaria de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial

Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

e

Ibán García del Blanco

Diputado en el Parlamento Europeo. Coordinador del Grupo S&D en la Comisión Especial sobre Inteligencia Artificial en la era digital

AutoresJorge Castellanos ClaramuntMar Moreno RebatoMargarita Castilla BareaEva María Mota SánchezManuel García RodríguezDévika Pérez MedinaCristina Goenechea PermisánAntonio Rodíl GarridoJosé Ignacio Herce MazaEva María Sánchez SánchezJosé Carlos MontesGabriele VestriCarolina Wisner Glusko

Primera edición, 2023

Incluye soporte electrónico

Proyecto PID2019-108669RB-I00 financiado por:

El editor no se hace responsable de las opiniones recogidas, comentarios y manifestaciones vertidas por los autores. La presente obra recoge exclusivamente la opinión de su autor como manifestación de su derecho de libertad de expresión.

La Editorial se opone expresamente a que cualquiera de las páginas de esta obra o partes de ella sean utilizadas para la realización de resúmenes de prensa.

Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de esta obra solo puede ser realizada con la autorización de sus titulares, salvo excepción prevista por la ley. Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos) si necesita fotocopiar o escanear algún fragmento de esta obra (www.conlicencia.com; 91 702 19 70 / 93 272 04 45).

Por tanto, este libro no podrá ser reproducido total o parcialmente, ni transmitirse por procedimientos electrónicos, mecánicos, magnéticos o por sistemas de almacenamiento y recuperación informáticos o cualquier otro medio, quedando prohibidos su préstamo, alquiler o cualquier otra forma de cesión de uso del ejemplar, sin el permiso previo, por escrito, del titular o titulares del copyright.

© 2023 [Editorial Aranzadi, S.A.U. / Gabriele Vestri (Director), Margarita Castilla Barea (coord.)]

© Portada: Editorial Aranzadi, S.A.U.

Technoarchitecture: © Eunice Miranda Tapia

Editorial Aranzadi, S.A.U.

Camino de Galar, 15

31190 Cizur Menor (Navarra)

ISBN: 978-84-1163-856-2

DL NA 1645-2023

Printed in Spain. Impreso en España

Fotocomposición: Editorial Aranzadi, S.A.U.

Impresión: Rodona Industria Gráfica, SL

Polígono Agustinos, Calle A, Nave D-11

31013 – Pamplona

Autoras y Autores

Jorge Castellanos Claramunt

Profesor Ayudante Doctor de Derecho Constitucional. Universidad de Valencia

Margarita Castilla Barea

Catedrática de Derecho Civil. Universidad de Cádiz

Manuel García Rodríguez

Data Scientist. NTT Data

Cristina Goenechea Permisán

Profesora Titular de Didáctica. Universidad de Cádiz

José Ignacio Herce Maza

Abogado y Profesor de Derecho Administrativo URJC

José Carlos Montes Luna

M&A Analytics Manager. Deloitte

Mar Moreno Rebato

Profesora Titular de Derecho Administrativo. Universidad Rey Juan Carlos

Eva María Mota Sánchez

Directora del portal de control interno en Cosital

Dévika Pérez Medina

Investigadora. Instituto Derecho Público Universidad de Barcelona

Antonio Rodíl Garrido

Director Técnico Empresa Provincial de Información de Cádiz S.A.

Eva María Sánchez Sánchez

Profesora Ayudante Doctora de Derecho Tributario. Universidad Rey Juan Carlos

Gabriele Vestri

Profesor Contratado Doctor de Derecho Administrativo. Universidad de Cádiz

Carolina Wisner Glusko

Profesora Titular de Derecho Administrativo y Derecho de las Telecomunicaciones y NN.TT. Fundación San Pablo Andalucía CEU

Prólogos

Todo cambio de era necesita nuevos términos, conceptos y palabras que nos permitan construir y dar sentido a las nuevas realidades que se están configurando frente a nosotros. Vivimos un momento de cambios sin precedentes, de transformaciones históricas que se suceden a una velocidad cada vez mayor. Casi todos estos cambios están enmarcados en la digitalización, a partir de la que estamos dibujando una nueva forma de ver, entender y vivir en el mundo.

Suelo decir que la lengua no es solo una herramienta de comunicación, si no una forma de entender la vida, un mapa del mundo. Las palabras no solo representan nuestra realidad, sino que la modelan. Nombrar y poner palabras a estas ambiciones e inquietudes colectivas nos permite generar horizontes y entornos comunes sobre los que progresar como comunidad.

Pero no debemos olvidar que el lenguaje puede generar barreras, y está en nuestras manos asegurarnos que las palabras no excluyan, no dividan, sino que tiendan puentes para unir a las personas y nos ayuden a ser una sociedad más integrada.

El éxito de una transición digital verdaderamente inclusiva e integradora a nivel social pasa por impulsar esfuerzos coordinados para acercar ese lenguaje, esos conceptos sobre los que nos estamos construyendo como generación, a todas las personas que así lo requieran, particularmente a aquellos colectivos que tradicionalmente han tenido más dificultades en este acceso. Incorporar al conjunto de la sociedad a una revolución digital que ofrece estas oportunidades de progreso económico y social sin precedentes es una responsabilidad que gobiernos e instituciones, tanto públicas como privadas, debemos asumir como nuestro compromiso con una sociedad digital verdaderamente justa, inclusiva y cohesionada.

Esta ha sido siempre nuestra perspectiva desde la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial. Nacida en 2020, y perteneciente al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, como institución, hemos puesto el foco en que las iniciativas de transformación digital que impulsábamos fueran acompañadas de palabras y conceptos cercanos a todos los ciudadanos. Así, generando un nuevo mapa, hemos trabajado en darle un nuevo sentido a palabras como «vertebración» (territorial), «brecha» (digital) o «derechos» (digitales) todas cruciales en el nuevo contexto generado por la era digital. Y hemos adoptado y/o convertido en familiares conceptos como «Inteligencia Artificial», «Transparencia algorítmica» o «ciberseguridad»

Por eso, celebramos enormemente el planteamiento de este diccionario de términos tecnológicos-disruptivos, pero, sobre todo, celebramos que sea en español, que no es solo un activo y patrimonio histórico, sino también tecnológico como se ve en el PERTE de la Lengua. El diccionario camina en esta dirección, y representa un ejercicio enormemente positivo de cara a afrontar este cambio de paradigma que abordamos como sociedad. Un proyecto que sienta un precedente determinante, y marca la senda a seguir para ofrecer las herramientas adecuadas a disposición de la ciudadanía que garanticen la riqueza y diversidad en esta transición que estamos experimentando.

El conocimiento, la materia prima esencial de esta revolución digital, se sustenta sobre el uso y transmisión de nuevos conceptos. Una vocación que este diccionario representa de manera excepcional, generando un corpus dinámico y flexible que aspira a ser la base de una digitalización accesible y abierta.

En un mundo donde las plataformas digitales tienen la capacidad de amplificar el odio a través de la manipulación del lenguaje, es una gran noticia contar con herramientas que recuperen el valor de la palabra, su significado y su esencia.

Carme Artigas Brugal

Secretaria de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial

Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Vivimos en un mundo en cambio. Las transiciones verde y digital son, indudablemente, las dos grandes líneas que vertebrarán esta década, trayendo una reconfiguración de nuestras sociedades y también un importante cambio de paradigma. A esto se añaden los avances tecnológicos de los últimos años, que avanzan a un ritmo vertiginoso haciendo cada vez más complejo entender qué es lo que pasa a nuestro alrededor y, sobre todo, como gestionarlo.

Lo cierto es que la mayor parte de nuestras interacciones se han trasladado a chats, redes sociales y mensajería. Esto, sumado a las medidas para controlar la propagación del virus de la COVID-19, ha dado como resultado la generalización y la intensificación del uso de las tecnologías digitales en todos los ámbitos: el trabajo, los cuidados, la banca, las compras, la enseñanza o el aprendizaje. Pero también lo han hecho los intentos de fraude, los discursos de odio y la exclusión digital. Nuestro mundo ya es digital. Por ello es tan importante para la Unión Europea fomentar, por un lado, el potencial que tienen estas tecnologías para el bienestar y la competitividad de Europa y, por otro, controlar los riesgos inherentes o prevenir sus consecuencias.

Es en este escenario tan convulso en el que la democratización del conocimiento cobra un papel fundamental para conseguir una (re)construcción de sociedades más justas, igualitarias y resilientes. Durante siglos, el acceso al conocimiento ha estado limitado a unos pocos, haciendo de la educación un privilegio. Así, el derecho a la educación es una de las conquistas más importantes de los últimos tiempos, ya que ha ayudado a reconfigurar las jerarquías sociales y a mejorar la vida de millones de personas. Primero con la creación y difusión de la enciclopedia y posteriormente con la llegada transformadora de Internet, cada vez más ciudadanos pueden acceder a contenidos e información de la más diversa índole. No obstante, uno de los problemas que ha generado esta cantidad masiva de información ha sido, paradójicamente, la creación de sociedades de la desinformación, en las que filtrar y comprobar la veracidad de los contenidos se convierte en una tarea cada vez más complicada. Por este motivo, ya no sólo necesitamos acceso al conocimiento, sino que ahora debemos también aprender a contrastar el mismo.

En el marco de esta transición digital y de los avances disruptivos que se están produciendo, entra en acción un concepto para mí capital: la ilustración digital. Esta noción (digital literacy en inglés) toma como referencia al fenómeno de la ilustración francesa para evocar un enfoque holístico de la educación en materia digital. Es decir, no solo hace referencia a la adquisición de conocimientos técnicos para el uso de las herramientas y realidad digitales, sino que también alude a la necesidad de tomar consciencia y hacernos responsables del impacto de las tecnologías en las distintas facetas de nuestra vida, de manera que podamos ejercer un control democrático sobre ellas y alcanzar una verdadera ilustración digital que se ramifique por toda la sociedad. La ilustración digital abarca no solo la capacitación del público en general como usuarios, sino también la formación de los trabajadores, incluidos los del sector público. Por lo tanto, esta ilustración digital de la población, con especial atención a los grupos vulnerables, debe ser una prioridad política. Es esencial que utilicemos la transición digital como oportunidad para reducir brecha social en términos de desigualdades y de garantizar acceso real a las oportunidades.

Y en Europa se es consciente de esta necesidad. La Unión Europea aspira a convertirse en una economía moderna, justa, sostenible, eficiente en el uso de los recursos y competitiva en el escenario global. De ahí que haya señalado la transformación transversal de todos los sectores y su adaptación al entorno digital como el gran objetivo para estos años. Una de las prioridades de la Comisión Europea bajo el mandato de Úrsula Von der Leyen ha sido precisamente la de «Una Europa Adaptada a la Era Digital», una estrategia digital de la Unión Europea para la formación de las personas con una nueva generación de tecnologías.

El objetivo de la Unión se convierte así en el de consolidar su soberanía digital y en producir de una serie de normas que la hagan referente mundial en el ámbito digital, como es el caso de la Ley de Inteligencia Artificial o Ley de Datos, o de otros textos ya aprobados que forman parte del paquete digital como la Ley de Mercados Digitales y la Ley de Servicios Digitales. Además de esto, también se están dedicando fondos al desarrollo del Plan de Acción para las capacidades digitales, que pretende extender el conocimiento de dichas herramientas digitales entre los distintos sectores.

Concretamente en el Parlamento Europeo venimos reflexionando en los últimos años sobre las normas que pueden dirigir el desarrollo de dichas tecnologías y, en particular, sobre la necesidad de elaborar un marco ético. Uno de los mejores ejemplos de esto es la legislación que estamos llevando a cabo sobre Inteligencia Artificial. En el Informe de iniciativa legislativa sobre el marco ético aplicable a la Inteligencia Artificial, la robótica y las tecnologías conexas, aprobado en el año 2021 y en el que fui ponente del Parlamento Europeo, trabajamos por reflejar que el desarrollo tecnológico de IA se realice con una aproximación humanística y humano céntrica, que respete nuestros valores y principios europeos y los derechos fundamentales.

El uso de las nuevas tecnologías, como la IA, puede generar una amplia gama de beneficios económicos y sociales en todos los sectores al proporcionar predicciones, optimizar las operaciones y la asignación de recursos, y personalizar las soluciones digitales disponibles para los ciudadanos. Lejos de huir y dejar pasar el tren tecnológico que representa la transición tecnológica, debemos saber enfrentarnos y dar soluciones a los retos que pueden venir con ella para, así, poder explotar su enorme potencial de desarrollo social y económico. Para ello, es fundamental contar con una regulación sólida, pionera y alineada con los valores europeos.

Establecer los conceptos es crear realidad. En este contexto de cambio, donde tanto la realidad física como la digital se están redefiniendo, este diccionario es clave porque nos ayuda a concretar términos todavía en desarrollo y debate en plena transición, bajando al terreno las nuevas ideas que se están configurando. Lo que no se define no se puede abordar, sobre todo en el ámbito jurídico. Por lo tanto, es esencial fijar bien estos nuevos conceptos para poder actuar así sobre ellos, entendiendo como el ordenamiento jurídico puede actuar sobre estos, así como cuál es la extensión y los limites concretos sobre los que se puede operar desde una óptica legal.

Sociedades informadas crean democracias fuertes. La digitalización de nuestras sociedades debe ser integradora y participativa, dando prioridad a cuestiones de diversidad, accesibilidad e ilustración digital en todos los niveles. Y para lograr esto no hay mejor forma que garantizar el acceso al conocimiento, alcanzando asó algo que un libro tan sencillo y complejo a la vez como este diccionario puede conseguir: dar el poder a las personas.

Ibán García del Blanco

Diputado en el Parlamento Europeo. Coordinador del Grupo S&D en la Comisión Especial sobre Inteligencia Artificial en la era digital

Presentación

Presentar este texto colectivo representa una mezcla de responsabilidad, emociones y nervios. Todo esto se acentúa cuando no existen, por lo menos hasta donde yo sepa —fácilmente puedo equivocarme— libros que tratan la transformación digital desde la perspectiva de comprender los términos que la caracterizan (1) . Como les decía, la tarea no es fácil, pero intentaré recorrer el camino que nos ha llevado hasta la publicación de este «Diccionario de términos para comprender la transformación digital».

Debo decir que no se trata de un texto colectivo sólo porque haya sido escrito por un conjunto de personas especializadas en la materia. Es colectivo porque la idea inicial es también colectiva y nació de una pregunta que nos hicimos el 12 de diciembre de 2022 en el seno de una reunión científica organizada por el Observatorio Sector Público e Inteligencia Artificial que tengo el honor de dirigir. La pregunta, en su sencillez, desató un reto. ¿Conocemos y entendemos, en profundidad, los términos tecnológicos que a diario utilizamos en nuestros trabajos y desempeños laborales?

Hubo un momento de silencio, aunque, como pueden imaginar, fue en realidad un silencio fragoroso. A partir de este silencio, por unanimidad, decidimos explorar la posibilidad de crear lo que inicialmente llamamos un glosario de términos.

Se me propuso dirigir la futura obra y a partir de ahí empezamos a trabajar para determinar la estructura del libro y su posterior desarrollo.

Uno de los propósitos del Observatorio Sector Público e Inteligencia Artificial es valorar las necesidades del sector público en materia de transformación digital y ofrecer respuestas razonadas acerca del alcance, factibilidad y adaptación de estas. Esto pasa por la investigación y el compromiso al servicio de la sociedad y de la ciudadanía. Esta obra cumple con la misión que nos proponemos en el Observatorio.

Como señalaba, este libro se caracteriza por ser una obra horizontal. Me explico. A pesar de existir un director, tras determinar los y las autoras cuyos conocimientos pudieran aportar un valor añadido a la obra, solicité que cada participante, desde su especialidad, propusiera desarrollar aquellas fórmulas que considerara más oportunas.

Esta operación produjo 128 fórmulas que fueron puestas en común para ser analizadas y debatidas entre todas las personas implicadas. Finalmente, el equipo de trabajo individuó 115 fórmulas definitivas, las mismas que hoy componen la obra. Asimismo, entre todo el equipo decidimos que la estructura del texto debía tener seis componentes (siempre que esto fuera posible por el tipo de fórmula desarrollada):

1) Definición breve de la fórmula2) Desarrollo de la definición de la fórmula3) Normativa de referencia4) Indicaciones y/o normas complementarias5) Bibliografía de interés y6) Palabras de glosario complementarias

Queríamos que el lector tuviera una aproximación directa a la fórmula propuesta de manera que el texto debía de contener una enunciación breve que recogiera la particularidad y lo esencial de la fórmula desarrollada. Asimismo, pensamos que el lector pudiese tener interés en profundizar sobre la definición breve de la fórmula. Por eso, decidimos crear un texto más largo que abordara con mayor profundidad el término propuesto. Como es sabido, muchas —no todas— las fórmulas que caracterizan la transformación digital encuentran una regulación normativa. Nos pareció interesante dotar el texto de las normas específicas sobre la materia tratada. En este mismo sentido, detectamos la necesidad de indicar aquellas cartas, recomendaciones etc. que aun sin tener valor jurídico vinculante, pudieran servir como fuente colaborativa de estudio y aprendizaje. Por eso, donde fue posible, las fórmulas desarrollan también las «Indicaciones y/o normas complementarias». A pesar de tratarse de un diccionario, no debemos olvidar que el texto sigue siendo una obra científica y como tal debía de incluir las referencias bibliográficas oportunas. Además, la indicación de las referencias bibliográficas, básicas, permite al lector conocer el estado del arte de la doctrina sobre una determinada materia. Por último, el diccionario hubiera quedado incompleto sin un glosario complementario. Durante la redacción de sus fórmulas, los y las autoras han individuado palabras poco o menos comunes cuya definición escueta ayuda a la comprensión de la lectura. Las palabras de glosario adicionales se encuentran en la parte final de la obra por orden alfabético.

Debo señalar que el equipo de trabajo ha sido trasversal y complementario, exactamente como lo es la materia disruptiva a la que nos aproximamos. Así, la multidisciplinariedad es el leitmotiv de la obra. Han colaborado trece autoras y autores de distintas disciplinas: del área jurídica, de la ingeniería computacional, de la ingeniería de sistema, de la didáctica y de las áreas público-institucionales. Recibimos apoyo externo de lingüistas que, por la tipología de la obra, fueron esenciales. Asimismo, quiero señalar la voluntad de garantizar la igualdad de género entre hombres y mujeres. En este sentido, la obra cuenta con siete autoras y seis autores. Este dato asume mayor relevancia si consideramos que en las materias relacionadas con la tecnología, la presencia de mujeres es muy escasa, lo que frecuentemente da como resultado una producción de aplicaciones y de software con visión androcéntrica. Ojalá, este diccionario colabore a iniciar el cambio de esta realidad.

La obra incluye también una parte denominada «Listado sinóptico de las fórmulas». Se trata de un listado que, en orden alfabético, recoge todas las fórmulas desarrolladas de manera que el lector pueda tener una panorámica general de los términos que caracterizan la transformación digital.

Asimismo, los y las autoras se han comprometido a asociar su biografía personal a las fórmulas desarrolladas. Esto, además de ser un ejercicio de transparencia, permite individuar las áreas de especialización de los y las autoras de manera que, de facto, se constituye una suerte de catálogo de especialistas en materia de transformación digital.

Como se puede apreciar, el esfuerzo realizado por todas las personas implicadas en este proyecto ha sido muy grande, pero creemos que es un esfuerzo necesario para construir una obra que, esperemos, se convierta en un texto de referencia.

Dicho esfuerzo se debe al compromiso de muchas personas. En primer lugar, quiero agradecer a todos los y las autoras sin cuyas aportaciones la obra no hubiera podido ver la luz. Permítanme, en este sentido, citar cada una y cada uno de ellos. En orden alfabético, gracias a Jorge Castellanos Claramunt, Margarita Castilla Barea, Manuel García Rodríguez, Cristina Goenechea Permisán, José Ignacio Herce Maza, José Carlos Montes, Mar Moreno Rebato, Eva María Mota Sánchez, Dévika Pérez Medina, Antonio Rodíl Garrido, Eva María Sánchez Sánchez y Carolina Wisner Glusko. Fue un lujo colaborar con todos ustedes.

En segundo lugar, quiero agradecer a todos los miembros del Proyecto de investigación «Derecho e inteligencia artificial: nuevos horizontes jurídicos de la personalidad y la responsabilidad robóticas» (PID2019-108669RB-I00), financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación que a través de su IP, la Profesora Dra. Margarita Castilla Barea, Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Cádiz, han creído en la necesidad de esta obra brindando así los apoyos necesarios para que hoy podamos tenerla entre nuestras manos.

En tercer lugar, quiero mencionar a los miembros del Observatorio Sector Público e Inteligencia Artificial y las entidades que representan que, como ha sido expuesto anteriormente, fueron los verdaderos visionarios de este proyecto que hoy se traduce en esta obra.

Por último, quiero agradecer a la editorial Aranzadi que no tardó en darnos una respuesta positiva para la publicación del diccionario. Gracias por estar.

Quiero concluir esta presentación pensando en el futuro de esta obra. Como les decía, recopilamos y desarrollamos un gran número de fórmulas, sin embargo, somo conscientes de que quizá algunas hayan «quedado en el tintero». En este sentido, entendemos esta obra como un punto de partida, como el comienzo de nuevas actividades que nos llevarán, esperemos, a actualizar constantemente nuestro, vuestro Diccionario de términos para comprender la transformación digital.

Como director de la obra asumo el compromiso de recibir indicaciones y nuevas fórmulas que podrían ser consideradas para futuras actualizaciones. Por eso, he procedido a crear una cuenta en la que quienes así lo deseen puedan enviarnos nuevas fórmulas. No puedo garantizar que se publiquen en una futura re-edición, pero sí que serán leídas y tratadas detenidamente.

E-mail: [email protected]

Espero que le tomen al Diccionario de términos para comprender la transformación digital el mismo cariño que le tenemos yo y todo el equipo de trabajo que durante meses nos volcamos anima y cuerpo en este proyecto, en dotar a la sociedad de un texto que intenta mejorar la comprensión de una materia en la que todos y todas estamos implicadas.

Muchas gracias.

Gabriele Vestri

Prof. de Derecho Administrativo de la Universidad de Cádiz

Director del Observatorio Sector Público e Inteligencia Artificial

www.ospia.org

(1)

Quiero señalar la obra Glossary of human-centric artificial intelligence escrito por Estévez Almenzar, M., Fernández Llorca, D. Gómez, E. Martínez Plumed, F. publicada en 2022 por el JCR Science for Policy Report. Esta obra, así como señalan los Autores, trata los términos especialmente relacionados con la inteligencia artificial. Recomendamos encarecidamente que quienes tengan interés en esta materia consulte el glosario citado. Puede consultarse en: https://publications.jrc.ec.europa.eu/repository/handle/JRC129614 [Última consulta 26 de mayo de 2023].

Ver Texto

Desarrollo de las fórmulas por Autores

(en orden alfabético)

Dr. Jorge Castellanos Claramunt

Es profesor de Derecho constitucional en la Universitat de València. Licenciado en Derecho por la Universidad CEU Cardenal Herrera (2009) y en Ciencias Políticas y de la Administración por la Universitat de València (2014), siendo premio extraordinario de licenciatura. Es doctor en Derecho por la Universidad de Valencia con la tesis «Participación ciudadana en la era digital: posibilidades y riesgos», que obtuvo la máxima calificación: sobresaliente cum laude y mención internacional. En su trayectoria investigadora ha realizado períodos de investigación en Universidades italianas como la Università degli Studi di Roma Tor Vergata, la Università degli Studi di Palermo y Università degli Studi di Bari.

En este libro ha desarrollado las siguientes fórmulas:

Blackbox

Blockchain

Caja de arena (sandbox)

Gobernanza de datos

Identificación biométrica

Machine learning

Policía predictiva

Robótica

Token

Dra. Margarita Castilla Barea

Licenciada en Derecho por la Universidad de Sevilla y Doctora en Derecho por la Universidad de Extremadura. Pertenece al Área de Derecho Civil del Departamento de Derecho Privado de la Universidad de Cádiz donde es Catedrática de Universidad. Su actividad investigadora está avalada por cuatro sexenios de investigación y uno de transferencia de la CNEAI. Ha recibido el Premio Nacional de Investigación Castán Tobeñas de la Academia Aragonesa de Jurisprudencia y Legislación y el Premio Extraordinario de Doctorado de la Universidad de Extremadura. Es IP del Proyecto «Derecho e inteligencia artificial: nuevos horizontes jurídicos de la personalidad y la responsabilidad robóticas».

En este libro ha desarrollado las siguientes fórmulas:

Algoritmo

Aprendizaje profundo (deep learning)

Big Data

Datos biométricos

Derechos digitales

Identidad digital

Neuroderechos

NFTs

Smart contract

Dr. Manuel J. García Rodríguez

Es Ingeniero de Telecomunicación, Máster en Dirección de Proyectos y Doctor por la Univ. de Oviedo con una tesis sobre el análisis de datos en contratación pública aplicando Big Data e Inteligencia Artificial. Tiene más de 10 publicaciones sobre cómo las tecnologías digitales ayudan a resolver los actuales retos en la contratación. La Comisión Europea lo ha incluido en su lista de expertos en public procurement y ha impartido más de 15 conferencias en varias Universidades y AA.PP. Ha sido premiado por la Comisión Europea, el Gobierno Vasco y el Tribunal de Cuentas de Galicia por sus trabajos y programas informáticos sobre contratación. Tiene 14 años de experiencia laboral en varias empresas de ingeniería, I+D+i y desarrollo informático. Actualmente trabaja en la consultora NTT Data como ingeniero de datos desarrollando proyectos para las AA.PP.

En este libro ha desarrollado las siguientes fórmulas:

Computación

Derecho al olvido

Digitalización

Hardware

Licencia software

Minería de datos

Perfilado algorítmico

Predicción

Software

Dra. Cristina Goenechea Permisán

Es Profesora Titular del área de Didáctica y Organización Escolar de la Universidad de Cádiz. Su investigación se centra en temas de ciudadanía, interculturalidad, justicia social y formación del profesorado. Sus líneas de investigación abordan la ciudadanía, la interculturalidad, la justicia Social, la formación del Profesorado y la inteligencia artificial aplicada a las distintas etapas educativas. Entre los resultados destacables, ha contribuido a la creación y consolidación de un campo de conocimiento (educación intercultural) en las dos últimas décadas, pasando de entender la interculturalidad como celebración de las diferencias a la lucha contra la desigualdad generada por esas diferencias.

En este libro ha desarrollado las siguientes fórmulas:

Alfabetización en datos

Ciudadanía digital

Competencias digitales

Data brokers

Educación digital

Privacidad digital

Sistemas de enseñanza adaptativos/personalizados

Sostenibilidad digital

Dr. José Ignacio Herce Maza

Es Doctor en Derecho y profesor de Derecho Administrativo en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. Ejerce como abogado especialista en Derecho público. Miembro de la Red Docente Eurolatinoamericana de Derecho Administrativo y del Foro Iberoamericano de Derecho Administrativo.

En este libro ha desarrollado las siguientes fórmulas:

Ciberseguridad

Datos abiertos

Firma digital

Gobernanza algorítmica

Huella digital

Justicia predictiva

Reconocimiento facial

Reutilización de datos

Smart city

Vehículo autónomo

José Carlos Montes Luna

Es experto en el campo de la Ciencia de Datos, con título de Maestría en Ciencia de Datos por CUNEF. Durante su carrera, José Carlos ha desempeñado roles clave en el ámbito de la banca de inversión y consultoría, destacando su contribución en JP Morgan y Deloitte. Ha brindado servicios de consultoría especializada en analítica avanzada para una amplia gama de sectores, incluida su participación como consultor en el desarrollo de una solución analítica implementada por el Ministerio de Sanidad, diseñada para hacer frente a la pandemia de COVID-19. Además, ha contribuido en la lucha contra el fraude en la contratación pública. A través de la aplicación de algoritmos de inteligencia artificial, ha desarrollado herramientas de detección de fraude que han sido utilizadas por reconocidos periodistas de investigación, como El País y resultado en investigaciones iniciadas por el Tribunal de Cuentas.

En este libro ha desarrollado las siguientes fórmulas:

Arquitectura de datos

Computación cuántica

Cookies

Datos de entrada

Datos de validación

Economía del dato

Hash

Interoperabilidad

Minero

Realidad aumentada

Dra. Mar Moreno Rebato

Licenciada en Derecho por la UCM. Máster en Urbanismo por la Escuela Libre de Derecho y Economía. Doctora en Derecho por la URJC. Premio Extraordinario de Doctorado. Profesora Titular de Universidad de Derecho Administrativo en la URJC. Ha impartido numerosos cursos de formación dirigidos a empleados públicos y participado en procesos selectivos de personal, tanto dentro de la Universidad como fuera de ella. Miembro de CETINIA/URJC (Centro de Tecnologías Informáticas e Inteligencia Artificial), donde forma parte de un grupo de investigación de alto rendimiento sobre Inteligencia Artificial. Amplia trayectoria investigadora y dilatada experiencia docente en distintos grados y dobles grados en el ámbito de las Ciencias Jurídicas y en el Grado de Inteligencia Artificial (adscrito a la Escuela de Ingeniería Informática), donde imparte docencia en la asignatura de Ética y Legislación en Inteligencia Artificial.

En este libro ha desarrollado las siguientes fórmulas:

Administración electrónica

Auditoría algorítmica

Clave pública y clave privada

Discriminación algorítmica

Elaboración de perfiles

Fronteras inteligentes

Notificación electrónica

Registros públicos de algoritmos

Stablecoin (criptomonedas estables)

Supervisión humana

Eva María Mota Sánchez

Es Viceinterventora del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera. Presidenta COSITAL Network-Proyecto Esperanto

En este libro ha desarrollado las siguientes fórmulas:

Automatización de procesos (Robotización)

Brecha digital

Internet de las cosas

Robots humanoides

Datos personales

Neutralidad de la red

Transhumanismo

Dévika Pérez Medina

Graduada en Derecho y Máster en Sistema Penal y Criminalidad. Doctoranda en Derecho penal en la Universidad de Cádiz. Coordinadora del comisionado de Sociedad Digital en el Observatori de Dret Public. Sus principales líneas de investigación son las nuevas tecnologías en relación con el Derecho penal y la migración y los derechos humanos.

En este libro ha desarrollado las siguientes fórmulas:

Ciberataque

Ciberespacio

Criptoactivo

Criptomoneda

Dinero electrónico

Moneda digital de Banco Central

Monedero digital

Tecnología de registro distribuido

Videovigilancia

Antonio Rodíl Garrido

Tiene más de 30 años de experiencia en proyectos informáticos. Actualmente es el Jefe del Área de Informática de Gestión de EPICSA, Diputación de Cádiz. Posee una amplia formación académica, siendo Ingeniero Técnico en Informática por la Universidad de Cádiz y varias titulaciones oficiales por la Universitat Oberta de Catalunya, como Ingeniero en Informática, Graduado Multimedia, Graduado en Ingeniería de Telecomunicaciones y dos másteres —uno en Software Libre y otro en Dirección y Gestión de Calidad—. Ha sido coautor de los materiales docentes de la asignatura El Software Libre en el Sector Público del Máster de Software Libre de la UOC. En la actualidad, es profesor colaborador de la asignatura HTML y CSS de distintos grados de los estudios del área de Informática, Multimedia y Telecomunicación de la UOC.

En este libro ha desarrollado las siguientes fórmulas:

Datos de prueba

Lenguaje de programación

Metaverso

Neurotecnología

Nube (Cloud)

Redes neuronales

Sistemas de caracterización biométrica

Sistemas de identificación biométrica remota

Sistemas de identificación biométrica remota «en diferido»

Trazabilidad

Dra. Eva Sánchez Sánchez

Profesora Ayudante Doctora de Derecho Financiero y Tributario en la Universidad Rey Juan Carlos, acreditada como Contratada Doctora. Obtuvo su Licenciatura en Derecho en 2010, por la Universidad de Castilla-La Mancha. Terminó su Doctorado en Derecho Financiero y Tributario en la Universidad de Jaén en 2015, con calificación sobresaliente "cum laude", obteniendo en 2019 el Premio Extraordinario de Doctorado en Ciencias Jurídicas y Sociales. Autora de dos libros y más de 30 contribuciones científicas, entre artículos publicados en las revistas de mayor reconocimiento científico en la materia y capítulos de libros publicados en editoriales reconocido prestigio. Ha participado en más de 25 congresos científicos como ponente y comunicante, habiendo impartido cursos de alta especialización en numerosas instituciones públicas y privadas.

En este libro ha desarrollado las siguientes fórmulas:

Capitalismo de vigilancia

Inteligencia Artificial

Mercados Digitales

Metadatos

Ontología computacional

Personalidad electrónica

Realidad virtual

Servicios Digitales

Servicios electrónicos de confianza

Sesgo algorítmico

Dr. Gabriele Vestri

Es Doctor en Derecho y Ciencias Políticas. Profesor Contratado Doctor de Derecho Administrativo de la Universidad de Cádiz. Es miembro del Grupo de investigación Administraciones públicas, libertades públicas y políticas sectoriales de la Universidad de Cádiz. Actualmente es el Director del Observatorio Sector Público e Inteligencia Artificial (OspIA) de la Universidad de Cádiz y responsable de indexación y difusión de la Revista Española de la Transparencia. Es también miembro del Consejo Editorial de la European Review of Digital Administration & Law (ERDAL). Nombrado por la Agencia Digital de la Junta de Andalucía, es miembro del Comité de Expertos para la redacción de la Estrategia Andaluza de Inteligencia Artificial.

Recientemente ha dirigido la obra colectiva titulada: «La disrupción tecnológica en la Administración pública. Retos y desafíos de la inteligencia artificial» editada por Thomson-Aranzadi.

Ha dirigido este libro y ha desarrollado las siguientes fórmulas

Acceso a la información algorítmica

Administración digital

Asistente virtual (Chatbot)

Decisión automatizada

Ética algorítmica

Transparencia algorítmica

Dra. Carolina Wisner Glusko

Doctora en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid. Profesora de Derecho Administrativo y Derecho de las Telecomunicaciones y de las Nuevas Tecnologías en el Centro de Estudios Universitarios «Cardenal Spínola» CEU (Centro adscrito a la Universidad de Sevilla). Miembro de la Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo (AEPDA) y del Observatorio Sector Público e Inteligencia Artificial (OspIA). Actualmente es Gestora del Área de Conocimiento del Grado en Derecho. Coordinadora del Máster en Derecho Empresarial de las Nuevas Tecnologías del Instituto de Posgrado de la Fundación San Pablo Andalucía CEU, Profesora en el Máster Universitario en Derecho de las Telecomunicaciones, Protección de Datos, Audiovisual y Sociedad de la Información) de la Universidad Carlos III de Madrid y Profesora colaboradora en el Máster Universitario de Estudios Avanzados en Dirección de Empresas de la Universidad de Sevilla.

En este libro ha desarrollado las siguientes fórmulas:

Activismo de datos

Anonimización

Aprendizaje automático supervisado y no supervisado

Expediente administrativo electrónico

Gobernanza digital

Principio de precaución

Redes Generativas Antagónicas (Generative Adversary Networks)

Reserva de Humanidad

Seudonimización

Abreviaturas

AEPDAgencia Española de Protección de DatosAA.PP.Administraciones PúblicasBIDBanco Interamericano de DesarrolloBOEBoletín Oficial del EstadoCBDCMonedas Digitales de Banco Centrales (en inglés Central Bank Digital Currency)CCTVCircuito cerrado de televisión de videovigilanciaCEConstitución EspañolaCOMPASCorrectional Offender Management Profiling for Alternative SanctionsCPUUnidad Central de procesamiento (en inglés Central Processing Unit)CSComputación informáticaCSICConsejo Superior de Investigaciones CientíficasDDoSAtaque de denegación de servicio distribuido, (en inglés Distributed Denial of Service)DESIDigitalización de la Economía y la SociedadDLTTecnología de registro distribuido (en inglés Distributed Ledger Technology)ENIEsquema Nacional de InteroperabilidadENIAEstrategia Nacional de Inteligencia artificialENISAEuropean Network and Information Security AgencyETLExtraer, Transformar, CargarGPLLicencia Pública General (en inglés General Public License)GPSGlobal Position SystemHPCHigh Performance Computing (supercomputación)IAInteligencia Artificial (en inglés Artificial Inteligence)IoTInternet de las cosas (en inglés Internet of Things)LMDLey de Mercados Digitales (en inglés, Digital Markets Act)LOPDGDDLey Orgánica 3/2018, del 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitalesLPACLey 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasLRJSPLey 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector PúblicoLTAIPBGLey 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobiernoMiCAPropuesta de Reglamento relativa a los mercados de los criptoactivosOCDEOrganización de Cooperación y Desarrollo EconómicosOTANOrganización del Tratado del Atlántico NortePERTEProyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación EconómicaPKIEn inglés Public Key InfrastructurePLNProcesamiento de Lenguaje NaturalPoSPrueba de participación (en inglés Proof of Stake)PoWPrueba de trabajo (en inglés Proof of Work)RAMMemoria de acceso aleatorio (en inglés Random Access Memory)RDReal DecretoRGPDReglamento Europeo de Protección de DatosRSA(Rivest, Shamir y Adleman)SESSistema informático automatizado para el registro de las entradas y salidas de los viajeros de terceros países en las fronteras exterioresTFUETratado de Funcionamiento de la Unión EuropeaTICTecnologías de la Información y de la ComunicaciónUEUnión EuropeaUNESCOOrganización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (en inglés United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization)

Listado sinóptico de las fórmulas

(en orden alfabético)

Acceso a la información algorítmica

Activismo de datos

Administración electrónica

Administración pública digital

Alfabetización en datos

Algoritmo

Anonimización

Aprendizaje automático supervisado y no supervisado

Aprendizaje profundo (deep learning)

Arquitectura de datos

Asistente virtual (Chatbot)

Auditoría algorítmica

Automatización de procesos (Robotización)

Big Data

Blackbox

Blockchain

Brecha digital

Caja de arena (sandbox)

Capitalismo de vigilancia

Ciberataque

Ciberespacio

Ciberseguridad

Ciudadanía digital

Clave pública y clave privada

Competencias digitales

Computación

Computación cuántica

Cookies

Criptoactivo

Criptomoneda

Data brokers

Datos abiertos

Datos biométricos

Datos de entrada

Datos de prueba

Datos de validación

Datos personales

Decisión automatizada

Derecho al olvido

Derechos digitales

Digitalización

Dinero electrónico

Discriminación algorítmica

Economía del dato

Educación digital

Elaboración de perfiles

Ética algorítmica

Expediente administrativo electrónico

Firma digital

Fronteras inteligentes

Gobernanza algorítmica

Gobernanza de datos

Gobernanza digital

Hardware

Hash

Huella digital

Identidad digital

Identificación biométrica

Inteligencia Artificial

Internet de las cosas

Interoperabilidad

Justicia predictiva

Lenguaje de programación

Licencia software

Machine learning

Mercados Digitales

Metadatos

Metaverso

Minería de datos

Minero

Moneda digital de Banco Central

Monedero digital

Neuroderechos

Neurotecnología

Neutralidad de la red

NFTs

Notificación electrónica

Nube (Cloud)

Ontología computacional

Perfilado algorítmico

Personalidad electrónica

Policía predictiva

Predicción

Principio de precaución

Privacidad digital

Realidad aumentada

Realidad virtual

Reconocimiento facial

Redes Generativas Antagónicas (Generative Adversary Networks, GANs)

Redes neuronales

Registros públicos de algoritmos

Reserva de Humanidad

Reutilización de datos

Robótica

Robots humanoides

Servicios Digitales

Servicios electrónicos de confianza

Sesgo algorítmico

Seudonimización

Sistemas de caracterización biométrica

Sistemas de enseñanza adaptativos/personalizados

Sistemas de identificación biométrica remota

Sistemas de identificación biométrica remota «en diferido»

Smart city

Smart contract

Software

Sostenibilidad digital

Stablecoin (criptomonedas estables)

Supervisión humana

Tecnología de registro distribuido

Token

Transhumanismo

Transparencia algorítmica

Trazabilidad de datos

Vehículo autónomo

Videovigilancia

a

Acceso a la información algorítmica

Es la posibilidad que permite a cualquier persona solicitar, acceder y conocer la información relativa al conjunto de operaciones y/o instrucciones que permiten al sistema informático arrojar un resultado.

En el panorama jurídico español, el concepto de acceso a la información pública no es una novedad. El respaldo de esta afirmación se encuentra en la misma Constitución Española que, en el artículo 105b señala que la Ley regulará: «El acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas». Por lo tanto, la premisa constitucional permitió desarrollar la conocida Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común que, en su artículo 37, establecía que «Los ciudadanos tienen derecho a acceder a la información pública, archivos y registros en los términos y con las condiciones establecidas en la Constitución, en la Ley de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y demás leyes que resulten de aplicación». Sin embargo, uno de los problemas del que adolecía la ley de 1992 consistía en la dificultad de concretar el objeto del acceso. En este sentido, y entre otras cuestiones, el legislador ratificó las necesidades de reforma en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Hoy día, el Capítulo III de la citada ley se ocupa de regular el «Derecho de acceso a la información pública» (artículos de 12 a 24). Expresamente, señala el artículo 12: «Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105.b) de la Constitución Española, desarrollados por esta Ley».

Naturalmente, estas normas no se ocupan, directamente, de regular el acceso a la información algorítmica y esto, no es un problema secundario. Precisamente en este sentido, no podemos afirmar que la ley establezca un derecho de acceso a la información algorítmica, aunque, el mismo artículo 13 de la Ley 19/2013, parece dejar cierto espacio interpretativo. En este sentido, señala el artículo 13, en materia de información pública, que: «Se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones». Un algoritmo, cual fórmula matemática que es y a través del cual funciona un sistema utilizado por una Administración Pública, parecería cumplir con los requisitos indicados. En realidad, la cuestión es más complicada. Como es debido, la Ley 19/2013 debe señalar y señala los límites al derecho de acceso. Especialmente, el artículo 14.1.j establece que «El derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para: El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial». En otras palabras, aunque se pueda solicitar el acceso al algoritmo —y por añadidura al código fuente—, dicha solicitud, muy probablemente, se vería rechazada debido a la aplicación del derecho a la propiedad industrial e intelectual que «envuelve» el sistema algorítmico. Es lo que ha ocurrido, por ejemplo, en el caso conocido como Bono Social-Fundación Civio en el que, el Ministerio competente, rechaza el acceso a la información alegando el artículo mencionado.

Sin embargo, este escenario, puede cambiar. La forma más directa consiste en crear registros públicos de algoritmos. De esta manera, se superaría el límite impuesto por la ley haciendo un verdadero juicio de ponderación. En definitiva, que prevalezca el interés del ciudadano sobre el interés industrial o intelectual. Esto ya se encuentra recogido normativamente. Es el caso, por ejemplo, de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana. El artículo 16.1 l. Establece: «Las administraciones públicas del artículo 3.2 deben publicar: La relación de sistemas algorítmicos o de inteligencia artificial que tengan impacto en los procedimientos administrativos o la prestación de los servicios públicos con la descripción de manera comprensible de su diseño y funcionamiento, el nivel de riesgo que implican y el punto de contacto al que poder dirigirse en cada caso, de acuerdo con los principios de transparencia y explicabilidad».

En el entorno europeo existen avances en estos tipos de registros. Así ocurre, por ejemplo, en las ciudades de Ámsterdam y Helsinki. En ambos casos, se introduce el registro algorítmico y se informa que: «A través del registro, puede obtener una visión rápida de los sistemas algorítmicos de la ciudad o examinar información más detallada según sus intereses. También puede dar su opinión y participar así en la creación de algoritmos centrados en el ser humano».

Normativa de referencia

Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana.

Bibliografía de interés

Bermúdez Sánchez, Javier (Coordinador) (2022): «La reforma de la regulación de transparencia y buen gobierno en España». Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

Fernández Ramos, Severiano, Pérez Monguió, José María, Galdámez Morales, Ana (Coordinadores) (2022): «Nuevos enfoques sobre transparencia y derecho de acceso a la información pública». Cizur Menor, Thomson Reuters-Aranzadi.

Fernández Ramos, Severiano, Pérez Monguió, José María, (2020): «El derecho de acceso a la información pública en España». Cizur Menor, Thomson Reuters-Aranzadi, 2ª edición.

Guichot, Emilio, Barrero Rodriguéz Concepción (2020): «El derecho de acceso a la información pública». Valencia, Tirant lo Blanch.

Vestri, Gabriele (2022): «El acceso a la información algorítmica a partir del caso bono social vs. Fundación ciudadana Civio». Revista General de Derecho Administrativo, núm. 61, octubre, págs. 1-22. Editor Iustel.

Activismo de datos

Práctica social que adopta una actitud crítica hacia los Big Data y que incluye acciones de resistencia a la intrusión y recolección masiva de datos por parte de los sectores público y privado, o bien de utilización y explotación de los datos disponibles para el cambio social.

Según la doctrina, la noción del activismo de datos representa una innovación conceptual que se sitúa en la intersección de dos fenómenos: por un lado, la interacción entre los datos, la tecnología y las prácticas comunicativas —incluyendo las profesiones relacionadas con la información (análisis de datos y periodismo de investigación)— y, por el otro, la participación democrática y la movilización social. Estamos frente a un fenómeno empírico de naturaleza multidimensional que abarca un proceso sociológico (la organización colectiva para actuar), a una actividad cognitiva (dar sentido a la información compleja), y a una práctica sociotécnica (el tratamiento de datos).

Las personas y las organizaciones usan la infraestructura de datos —obteniendo o generando tales datos— como una herramienta fundamental en sus estrategias y prácticas de carácter independiente que contribuyen al activismo social. Por tanto, el activismo debe ser reconocido como un esfuerzo, individual —como base para unirse a grupos solidarios— o colectivo, diseñado para fomentar o guiar políticas, socioeconómicas o ambientales, con la intención de introducir mejoras en la sociedad o corregir injusticias sociales.

En el mundo actual, las posibilidades de emplear las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC) para la movilización colectiva se multiplican y, en consecuencia, su uso favorece que las comunidades de activistas de datos compartan datos inteligentes. Este tipo de compartición repercute en dos claras ventajas: la primera, la reducción de costes para la organización y coordinación de protestas y, la segunda, las posibilidades de colaboración tanto bajo modelos más conservadores basados en la presencialidad como de forma virtual u online. De esta manera, las campañas de los activistas de datos pueden combinar una serie de actividades como la investigación y creación de conocimiento; la comunicación y difusión de información y mensajes; y la promoción de acciones destinadas a poner el foco o llamar la atención de la sociedad sobre un determinado problema a la par que proponen posibles soluciones.

Las campañas que llevan adelante los activistas de datos se conforman como una colección de acciones, combinadas estratégicamente durante un período específico, para lograr cambios en las políticas públicas o en los procesos de toma de decisiones, la modificación de las actitudes sociales o el empoderamiento de los grupos vulnerables o de afectados a fin de que puedan transformar las situaciones que les afectan. Este tipo de activismo social, que emergió de la periferia de la sociedad en ámbitos asociados con el activismo de base y el compromiso cívico, poco a poco ha ido evolucionando hacia un activismo más difuso.

Es posible diferenciar dos tipo o subáreas de activismo de datos: la reactiva y la proactiva. Ambos constituyen dos facetas del mismo fenómeno, que tiene los datos y el tratamiento de la información en su núcleo.

El activismo de datos reactivo comprende las prácticas críticas de oposición y resistencia a las amenazas contra los derechos humanos y civiles que derivan de la aplicación y la utilización de la tecnología digital. Su actividad se apoya en artefactos sociotécnicos para trabajar con datos o albergar interacciones digitales de recogida automatizada de datos. Incluyen el desarrollo y uso de redes de encriptación y anonimato para resistir la vigilancia gubernamental o empresarial.

Por su parte el activismo de datos proactivo implica a aquellos individuos y organizaciones de la sociedad civil que se aprovechan de las posibilidades que ofrece el Big Data para llevar a cabo proyectos que cuestionan la narrativa social establecida y que pretenden lograr el compromiso cívico hacia el cambio social.

En definitiva, su fundamentación teleológica se basa en la idea de que en una sociedad cada vez más datificada, todas las personas están llamadas a convertirse en activistas, en el ejercicio de sus derechos y en la defensa de los valores democráticos, mediante alternativas de uso de datos. De esta forma, la ciudadanía, consciente del potencial que encierran los datos y el impacto de la tecnología lleva a cabo prácticas sociales para promover el cambio social.

Bibliografía de interés

Gutiérrez, Miren. (2018). Data activism and social change. Palgrave Macmillan.London. (2020). Activismo de datos y cambio social: alianzas, mapas, plataformas y acción para un mundo mejor. Dykinson.

Milan, S., & Almazor, M. G. (2015). «Medios ciudadanos y big data: La emergencia del activismo de datos». Mediaciones, 11(14), enero-junio, p. 15,

Milan, Stefania. & Gutiérrez, Miren. (2015). «Medios ciudadanos y big data: La emergencia del activismo de datos». Mediaciones, 11(14), enero-junio, 10-26.

Sastre Domínguez, Paz., & Gordo López, Ángel Juan. (2019). «El activismo de datos frente al control algorítmico. Nuevos modelos de gobernanza, viejas asimetrías». IC: Revista Científica de Información y Comunicación, 16, 157-182.

Sedeño Valdellós, Ana (2015). «La visualización de datos como recurso social: posibilidades educativas y de activismo». Razón y Palabra, (92),1-14.

Administración electrónica

La Administración electrónica, e-Administración u Administración digital, hace referencia al conjunto de soluciones que permiten a los ciudadanos y otros sujetos, como las empresas, poder relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos. Supone la incorporación de las TICS y las tecnologías digitales en la Administración Pública.

La administración electrónica, también llamada la e-Administración, es el conjunto de soluciones que permiten a los ciudadanos y a otros sujetos, como las empresas, poder relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos. Supone, al mismo tiempo, la incorporación de las TICs (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones) en las Administraciones Públicas; lo cual implica, a nivel interno, asumir cambios organizativos dentro de las propias estructuras administrativas, como las relaciones electrónicas entre las Administraciones Públicas. Y todo ello, con el objetivo de mejorar los servicios públicos, los procedimientos administrativos y las políticas públicas como, por ejemplo, la atención a los ciudadanos.

Uno de los principales objetivos de la Administración Electrónica es eliminar el papel en las oficinas administrativas («oficinas sin papeles»), contribuyendo así a una mejora del medio ambiente. Su implantación también está relacionada con la satisfacción de principios de organización administrativa como la productividad, el servicio a los ciudadanos, la eficacia, la eficiencia y la economía administrativa, entre otros. Convirtiéndose, al mismo tiempo, en un nuevo medio para relacionarse con los ciudadanos y las empresas.

La implantación de la Administración electrónica ha supuesto la configuración legal de nuevos derechos de los ciudadanos: a comunicarse con las Administraciones Públicas a través de un Punto de Acceso General electrónico de la Administración, a ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Públicas, a elegir si prefieren relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos o no (si bien para ciertos colectivos se impone la relación por medios electrónicos al igual que para las personas jurídicas), a poder identificarse electrónicamente a través de sistemas de certificados electrónicos, DNI electrónico, sistemas de clave concertada u otros que sean considerados válidos, a poder firmar electrónicamente, a presentar solicitudes, recursos, u otro tipo de escritos dirigidos a una Administración Pública a través de medios electrónicos, a poder acceder al expediente administrativo a través de una capeta ciudadana, etc. Por su parte, también implica una nueva manera de trabajar en la Administración, que implica contar con registros electrónicos interoperables, archivos electrónicos, documentos electrónicos, copias electrónicas, expedientes que se tramitan de forma electrónica, notificaciones electrónicas (a través de dirección electrónica habilitada y sedes electrónicas), adoptar decisiones administrativas automatizadas y, en definitiva, crear y mantener todo tipo de infraestructuras y sistemas que permitan a los ciudadanos ejercer su derecho a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

La implantación y el desarrollo de la Administración Electrónica se debe a una prolija legislación administrativa que ha configurado sus propios perfiles y a un amplio abanico de Planes, Estrategia y Agendas, tanto del ámbito de la Unión Europea, organizaciones internacionales, nacionales, autonómicas y locales.

En los últimos años se observa una transición del concepto de Administración electrónica al de Administración Digital; concepto que ha acabado imponiéndose a través de Planes, Agendas y Estrategias de Administración Digital. De esta forma, el concepto de Administración electrónica se referiría al uso de las TIC para mejorar el funcionamiento de la Administración, mientras que la Administración Digital hace uso de las tecnologías digitales en un sentido más amplio, como las redes de comunicación 5G, el Internet de las Cosas, las tecnologías para el tratamiento de datos masivos y bases de registro distribuido (blockchain), la supercomputación (HPC), la computación difusa y en la nube, el Edge computing, la realidad virtual, la ciberseguridad, la micro/nano electrónica o la propia Inteligencia Artificial. Y todo ello con el fin de que la Administración aporte valor a la sociedad.

Normativa de referencia

Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Real Decreto 203/2021, 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del Sector Público por medios electrónicos.

Indicaciones y/o normas complementarias

Plan España Digital 2025 [https://avancedigital.mineco.gob.es/programas-avance-digital/Documents/EspanaDigital_2025_TransicionDigital.pdf]

Plan de Digitalización de las Administraciones públicas 2021-2025. Estrategia en materia de Administración Digital y Servicios Públicos Digitales [https://portal.mineco.gob.es/RecursosArticulo/mineco/ministerio/ficheros/210127_plan_digitalizacion_administraciones_publicas.pdf]

Plan de Digitalización de PYMES 2021-2025 [https://portal.mineco.gob.es/RecursosArticulo/mineco/ministerio/ficheros/210127_plan_digitalizacion_pymes.pdf]

Plan/estrategia UE 20-30 [https://commission.europa.eu/strategy-and-policy/priorities-2019-2024/europe-fit-digital-age/europes-digital-decade-digital-targets-2030_es].

Bibliografía de interés

Cerrillo i Martínez, Agustí (2016). «¿Cómo facilitar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos en la Administración electrónica?». En DELGADO GARCÍA, Ana María (Directora). Nuevas tendencias en Internet, Derecho y Política. Huygens. Barcelona.

Cotino Hueso, Lorenzo (2021). «La preocupante falta de garantías constitucionales y administrativas en las notificaciones electrónicas». Revista General de Derecho Administrativo no 57. Y en https://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1511913

García-Valdecasas Rodríguez de Rivera, Pablo (2022). «Blockchain y automatización de procedimientos en la administración pública». El Consultor de los Ayuntamientos, Wolters Kluwer, págs. 73 a 139 (Administración Electrónica).

Martín Delgado, Isaac. (Director) (2017). La reforma de la Administración Electrónica: Una oportunidad para la innovación desde el Derecho. INAP.

Administración pública digital

Se identifica con la finalización del proceso que transforma completamente la Administración Pública de analógica a electrónica.

El concepto de administración digital, en ocasiones, puede solaparse con el de administración electrónica, que por ejemplo ha definido la Comisión Europea asociándolo a los avances en materia de TICs. Así, se explica la administración electrónica como el uso de las TICs en las administraciones públicas que consiguen transformar las entidades públicas para fortalecer, reforzar y mejorar las políticas públicas, su funcionamiento y la prestación de los servicios a la ciudadanía.

Si este es el punto de partida, la administración digital puede entenderse como sinónimo de transformación integral de la administración pública y de la forma de desarrollar su labor. Precisamente en este sentido, debemos considerar la administración digital mirando a los cambios en los procesos de actuación de la administración. En este sentido, una primera aproximación al tema es introducida por el Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 (Estrategia en materia de Administración Digital y Servicios Públicos Digitales), impulsado por el Gobierno de España. Así, señala la estrategia que: «España cuenta con una buena posición de partida para impulsar la administración digital. En efecto, a lo largo de las últimas décadas, se ha producido una importante inversión en la digitalización de las administraciones públicas que ha situado nuestro país en la segunda posición del Índice de Digitalización de la Economía y la Sociedad (DESI) en 2022. Las importantes reformas normativas, y en particular, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, han supuesto un impulso en la adopción de procesos y medios digitales en la Administración Pública, avanzando en la digitalización de la gestión de los servicios públicos, reduciendo los costes unitarios y los plazos de tramitación. En la actualidad, se está culminando este esfuerzo de adaptación derivado de estas dos normas».

Asimismo, el eje 5 (Transformación digital del Sector Público) de la Agenda España Digital 2026 asocia la transformación digital de la economía y la sociedad a la transformación digital de las Administraciones públicas de manera que es necesario facilitar la realización de los trámites burocráticos, así como simplificar y hacer más accesible la relación de la ciudadanía y las empresas con la Administración pública.

La realización del modelo que llevará a una Administración digital supone una posible y clara mejora de la eficacia y eficiencia de la Administración Pública. Existen sectores públicos con claras necesidades de transformación digital, es el caso de los ámbitos relacionados con empleo, la justicia o las políticas sociales. Según establece la Agenda España Digital 2026, en 2025, el 50 % de los servicios públicos estarán disponibles a través de app móvil y se simplificará y personalizará la relación de la ciudadanía y las empresas con las Administraciones públicas.

Asimismo, cabe señalar que la buena realización de una Administración pública digital pasa por la interoperabilidad de los datos. En este sentido, ésta debe entenderse como la capacidad de los sistemas de información, y por ende de los procedimientos a los que éstos dan soporte, de compartir datos y posibilitar el intercambio de información y conocimiento entre ellos.

Normativa de referencia

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. B.O.E. núm. 236, de 2 de octubre de 2015. Especialmente las normas en materia de Administración electrónica (sólo a modo de ejemplo: artículos 6, de 9 a 12, 70 —expediente en formato electrónico—).

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. B.O.E. núm. 236, de 2 de octubre de 2015. Especialmente véase el Capitulo V: funcionamiento electrónico del sector público (artículos 38 a 46bis).

Glosario del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Bibliografía de interés

Agenda España Digital 2026 en: https://portal.mineco.gob.es/RecursosArticulo/mineco/ministerio/ficheros/EspanaDigital_2026.pdf [Consultado el 28 de marzo de 2023].

Arenilla Sáez, Manuel (2022), La Administración digital. Los riesgos de la desintermediación, las escisiones y las centralizaciones. Instituto Nacional de Administración Pública (INAP). Madrid, España.

Carta Derecho Digitales de España en https://portal.mineco.gob.es/RecursosNoticia/mineco/prensa/noticias/2021/Carta_Derechos_Digitales_RedEs_140721.pdf [Consultado el 28 de marzo de 2023].

Cerrillo i Martínez, Agustí (Director), Castillo Ramos-Bossini, Susana (Coordinadora) (2022), La Administración digital. Marcial Pons, España.

Government and digital public services en https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/policies/egovernment [Consultado el 16 de marzo de 2023].

Jiménez, Sergio (2020), Transformación digital para administraciones públicas. Crear valor para la ciudadanía del siglo XXI. Instituto Nacional de Administración Pública (INAP). Madrid, España.

Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 en: https://portal.mineco.gob.es/RecursosArticulo/mineco/ministerio/ficheros/210127_plan_digitalizacion_administraciones_publicas.pdf [Consultado el 28 de marzo de 2023].

Ramió Carles (Coordinador) (2021), Repensando la Administración digital y la innovación pública. Instituto Nacional de Administración Pública (INAP). Madrid, España.

Alfabetización en datos (data literacy)

La alfabetización en datos hace referencia a la necesidad de capacitar a las personas para que entiendan el funcionamiento de una sociedad basada en datos y sus implicaciones en la vida cotidiana. Se trata de comprender el valor y las oportunidades que aportan los datos, pero también las cuestiones éticas y los problemas relacionados con la privacidad y la seguridad que pueden derivarse de ellos. A nivel laboral, se refiere a las capacidades que necesitamos para trabajar con datos, ante la creciente dataficación de las empresas, productos y servicios.

El desarrollo tecnológico creciente nos ha llevado a una sociedad crecientemente hiperconectada. La ciudadanía está inmersa, ya sea voluntaria o involuntariamente, en un sistema del Big Data (1) en el que se recogen datos constantemente sobre cada persona. Los datos son el nuevo petróleo (2) , la nueva materia prima del mundo digital.

La alfabetización en datos forma parte de la educación digital. Es relevante no sólo para las nuevas generaciones sino para toda la ciudadanía, que vive en una sociedad de datos sin ni siquiera ser consciente a menudo de qué tipo de información se recopila en sus interacciones diarias, ya sean voluntarias o involuntarias, con la tecnología. Como ejemplo de las interacciones voluntarias podemos pensar en el ciudadano que visita una web y acepta las cookies de seguimiento (pequeños fragmentos de texto que los sitios web que visita envían al navegador); que paga su compra con tarjeta de crédito, que utiliza un reloj digital de tipo