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El señorío, como base material de la hegemonía social de la aristocracia, ha constituido uno de los temas de estudio centrales del medievalismo europeo. En el caso valenciano, dejando aparte las posesiones de las órdenes militares, los grandes estados señoriales apenas habían recibido la atención de los historiadores, en buena parte por la inexistencia o la dificultad de acceso a las fuentes. En este sentido, la contabilidad de los receptores del condado de Dénia conservada en el Archivo del Reino de Valencia ha permitido el análisis minucioso de la tipología y evolución de los ingresos que Alfonso de Aragón recibió de sus dominios a finales del siglo XIV. Este libro reconstruye, de esta manera, la organización fiscal y la estructura tributaria de las posesiones valencianas de uno de los grandes señores feudales peninsulares de la baja Edad Media.
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Seitenzahl: 300
Veröffentlichungsjahr: 2014
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EL CONDADO DE DÉNIAEN TIEMPOS DE ALFONSO EL VIEJO
RENTAS Y PODER SEÑORIAL
EL CONDADO DE DÉNIAEN TIEMPOS DE ALFONSO EL VIEJO
RENTAS Y PODER SEÑORIAL
Bernardo Tomás Botella
AJUNTAMENT DE DÉNIAUNIVERSITAT DE VALÈNCIA
Esta obra ha obtenido la XI Beca d’Investigació de l’Ajuntament de Dénia (2008) con un jurado integrado por Juan Sancho Noguera, Vicent Olmos i Tamarit, Pasqual Costa Cholbi, Antonio José Mira Jódar y Rosa Seser Pérez.
Esta publicación no puede ser reproducida, ni total ni parcialmente, ni registrada en, o transmitida por, un sistema de recuperación de información, en ninguna forma ni por ningún medio, ya sea fotomecánico, fotoquímico, electrónico, por fotocopia o por cualquier otro, sin el permiso previo de la editorial.
© Del texto: Bernardo Tomás Botella, 2013
© De esta edición: Ajuntament de Dénia y Universitat de València, 2013
Coordinación editorial: Maite Simón
Maquetación: Inmaculada Mesa
Cubierta:
Fotografía: Sello usado por el consell municipal de Gandia que reproduce el escudo de armas del primer conde de Dénia
Diseño: Celso Hernández de la Figuera
Corrección: Pau Viciano
ISBN: 978-84-370-9311-6
Edición digital
ÌNDICE
INTRODUCCIÓN
1. LA CONFIGURACIÓN DEL DOMINIO SEÑORIAL
1. La construcción territorial
2. Los ingresos del señor: distritos, receptorías y rentas
2. LAS RENTAS ORDINARIAS: ESTRUCTURA Y TIPOLOGÍA
1. El predominio del arrendamiento conjunto de las rentas
2. La punción sobre la producción agrícola: el terç-delme
3. Dos tributos fijos: la peita y la cena d’absència
4. Exacciones procedentes de la imposición sobre el individuo y la comunidad islámica
5. Los derechos privativos del señor
5.1 El monopolio de actividades productivas.
5.2 Parcelas de tierra e inmuebles urbanos.
5.3 El monopolio de la escrituración.
5.4 Rentas sobre la ganadería.
6. Rentas derivadas de la actividad comercial y mercantil
7. Luismos
8. Emolumentos derivados del ejercicio de la justicia
9. Completando los esdeveniments
10. El impuesto del morabatí
3. LA GESTIÓN DE LAS RENTAS
1. El procedimiento fiscalizador
2. Los oficiales señoriales
3. Los recursos del señor
3.1 El arrendamiento de las fuentes de ingresos.
3. Establecimientos enfitéuticos.
3.3 La gestión directa.
3.4 La recaudación del morabatí.
4. Gestores y beneficiarios
4. LA PRESIÓN SOBRE LOS VASALLOS: SUBSIDIOS Y CRÉDITO
1. Alfonso de Aragón, prisionero de guerra
2. Acumulando capital: el donativo de 1381
3. El subsidio de 1388
4. La definitiva liberación de Alfonso el Joven
5. La compra de censales
6. La Vila Nova de Gandia
CONCLUSIONES
APÉNDICES
1. Las rentas señoriales del condado de Dénia (1369-1392)
2. Arrendatarios y enfiteutas de las rentas del condado de Dénia (1369-1392)
3. Fogatge de 1381
BIBLIOGRAFÍA
ABREVIATURAS
ACA
Archivo de la Corona de Aragón
AMG
Archivo Municipal de Gandia
ARV
Archivo del Reino de Valencia
cit.
obra citada anteriormente
comp.
compilador
coords.
coordinadores
d.
dineros
ed./eds.
editor/editores
f./ff.
folio/folios
ibíd.
ibídem
íd.
ídem
m.
mealla
MR
Maestre Racional
p./pp.
página/páginas
s.
sueldos
vol./vols.
volumen/volúmenes
INTRODUCCIÓN
Si hay dos nombres propios importantes para cualquier investigador que pretenda acercarse al estudio del condado de Dénia y de su primer señor, Alfonso de Aragón y Foix, son sin duda los de Julia Campón y Jaume Castillo. Partiendo de historias locales clásicas que intentó completar, corregir y superar,1 Campón ofreció por vez primera una imagen de conjunto, analizando la creación del condado, definiendo sus límites, y abordando distintos aspectos de su historia, todo ello en un buen número de trabajos publicados desde mediados de los años ochenta.2 Por su parte, en 1999 veía la luz el trabajo de Jaume Castillo sobre la figura de Alfonso el Viejo, uno de los grandes señores feudales de las coronas castellana y aragonesa en la baja Edad Media. Marqués de Villena, conde de Ribagorza y Dénia, barón de Arenós, señor de los valles de Ayora y Cortes y duque de Gandia desde 1399, aglutinó un inmenso patrimonio que permaneció intacto, salvo algunas modificaciones puntuales y poco significativas, desde 1366 hasta que el marquesado de Villena fue confiscado y revirtió al reino de Castilla en 1395, para finalmente reintegrarse en la Corona de Aragón tras la desaparición de la dinastía de los primeros duques de Gandia a la muerte de Alfonso el Joven en 1425. El autor, además de compendiar y revisar una larga lista de publicaciones, aportaba gran cantidad de información nueva sobre un personaje que abordaba en el sentido más amplio del término, tanto desde la perspectiva familiar y señorial, como en el papel protagonista que jugó en la alta política de su tiempo, reconstruyendo así, con todas sus derivaciones e implicaciones, una apasionante trayectoria vital marcada por las luces y sombras propias de su relevancia histórica.3
Como no podía ser menos, nuestro estudio es deudor de las aportaciones de Campón y Castillo, más aún si tenemos en cuenta que la fuente utilizada por ambos, en el primer caso de manera casi exclusiva, y en el segundo como parte importante del conjunto de la masa documental consultada, es la misma que nutre el presente trabajo: los registros contables que los dos receptores del condado de Dénia compusieron entre 1369 y 1419. Nuestro objetivo es presentar las diversas fuentes de ingresos señoriales gestionadas por esos oficiales y el numerario efectivo que de ellas recibían, el líquido que cada ejercicio administrativo entraba físicamente en los cofres de las receptorías.
Para la organización de sus dominio señoriales, Alfonso de Aragón tomó como modelo la hacienda real, algo lógico si tenemos en cuenta que tanto él como sobre todo su padre fueron educados a la sombra de la corte regia, que constituía un ejemplo excelente del que extraer el organigrama de gestión y las herramientas administrativas necesarias para vertebrar un señorío tan vasto y disperso. Al frente de los territorios alfonsinos encontramos tres bailes generales (para el condado de Ribagorza, para la baronía de Arenós, y para los valles de Ayora y Cortes) y tres receptores (uno para el marquesado de Villena, otro para los cristianos, judíos y ciertas morerías de la circunscripción fiscal del condado de Dénia, y un tercero para el resto de musulmanes de dicho condado). Estos seis oficiales confeccionaban anualmente unas memorias financieras de similar estructura interna: divididas en sendos capítulos de entradas y salidas, los ingresos se agrupaban por lugares, y dentro de cada uno de éstos según el concepto por el que se percibían, anotándose quienes lo hacían efectivo y la suma abonada; por su parte, en el apartado de gastos se anotaba la fecha, el destinatario del pago, su importe y el motivo del mismo.
Fue el estado de conservación de las cuentas expedidas por los receptores del condado de Dénia lo que condicionó la cronología del presente trabajo. Estos registros, junto con los confeccionados por los bailes de Ribagorza y Arenós, se custodian actualmente en el fondo Maestre Racional del Archivo del Reino de Valencia, donde forman parte de una vasta serie documental catalogada como «marquesado de Villena».4 En cuanto a la fecha inicial, nuestra decisión quedó supeditada a las propias circunstancias históricas: además de afectar a la economía señorial, la llamada Guerra de los Dos Pedros también se llevó por delante el archivo de Alfonso de Aragón (com cremaren los castellans la major part de Gandia, en special l’arxiu ab les escriptures qe·y eran, foren cremats los comptes tots e altres cauteles),5 y por tanto, la información que aportan los registros de Maestre Racional es posterior a 1365 en su práctica totalidad.6 Pudimos elegir, por el contrario, el período cronológico a abarcar, aunque a la postre esta fue una de las decisiones más difíciles de tomar.
La cantidad y calidad de la fuente (que en el caso de las cuentas del receptor de los cristianos del condado de Dénia está prácticamente completa hasta el momento en que los señoríos de Alfonso el Joven revirtieron a la corona) se hizo patente desde el primer momento en que nos aproximamos a su estudio. La idea de cubrir toda la extensión cronológica que ofrecía era muy atractiva, pero pronto fuimos conscientes de que la tarea rebasaba con mucho las posibilidades de este trabajo. Por último, y tras barajar distintas posibilidades, decidimos centrarnos en el lapso temporal comprendido entre 1369, cuando estaba recién terminada la Guerra de Castilla y se compuso el libro de cuentas más antiguo que conservamos, y el año de la liberación de Alfonso el Joven, 1392, con lo que abarcábamos las consecuencias directas del conflicto sobre la hacienda de Alfonso de Aragón y la mayor parte de sus años de esplendor. Durante las tres últimas décadas del Trescientos, el poder del ambicioso primer conde de Dénia alcanzó su máxima expresión, convirtiéndose en uno los personajes más importantes de su tiempo, pero también en esos años se sentaron las bases de su posterior declive. El descomunal rescate al que hubo que enfrentarse tras ser capturado en el campo de batalla de Nájera, en 1367, pesó como una losa durante los siguientes 25 años, pues abrió un complejo proceso de pago que no concluyó hasta 1392, con la puesta en libertad de su hijo Alfonso el Joven, que había sido entregado como rehén en uno de los acuerdos conducentes a la liberación de su padre, y que permaneció en manos de los ingleses durante veinte años: un hecho que provocó continuos choques entre padre e hijo desde el mismo momento en que este último abandonó su cautiverio.7 A los problemas financieros se sumó el declive de la influencia que Alfonso de Aragón tenía en la corte castellana, patente tras su destitución como condestable (una dignidad que le había otorgado Juan I de Castilla en 1382 y de la que fue desposeído en 1392) y agravado por la confiscación del marquesado de Villena en 1395.
Entre 1369 y 1392 fue Pere Carbonell, ciudadano de Gandia, quien regentó una de las dos receptorías que conformaban la administración del condado de Dénia, la conocida como receptoria dels cristians (aunque, como veremos, también se encargaba de la población judía y de una parte de la musulmana). Carbonell estuvo al frente del cargo durante más de 25 años y de su gestión se han conservado un total de once cuentas para el periodo estudiado.8 Baile general de la baronía de Arenós desde 1365, accedió a la receptoria dels cristians dos años más tarde, cuando el anterior responsable, Berenguer Salelles, pasó a ocuparse de las morerías del condado. De hecho, Salelles ya actuaba como receptor de los musulmanes desde la muerte del anterior oficial al cargo, Bartomeu Boïgues, el 15 de agosto de 1366, aunque su nombramiento no se produjo hasta 1367, año en que tanto él como Carbonell presentaron la primera cuenta en sus nuevas ocupaciones.9 Mientras que Carbonell se mantuvo en el oficio como mínimo hasta 1394, Salelles fue sustituido en 1375 por l’honrat Bernat Torres, de cuyas cuentas se han conservado tan sólo las correspondientes a los ejercicios fiscales de 1376 y 1379.10 Tras el fallecimiento de Torres, ocurrido en algún momento de 1391, la receptoría de los musulmanes fue administrada algun temps del dit any por el propio Pere Carbonell, hasta que se designó como nuevo receptor a Pere Martorell, que aún llegó a ejercer el cargo durante algunos meses de ese año 1391.11
Por último, y aunque pueda parecer algo más que evidente, no podemos terminar esta introducción sin subrayar que aún queda mucho por decir acerca de Alfonso de Aragón, de su sucesor y de sus posesiones señoriales; aquí hemos trabajado tan sólo uno de los tipos de documentación que integran la serie «marquesado de Villena»: los ingresos producidos por algunas de las posesiones de Alfonso el Viejo, y eso durante un periodo cronológico relativamente breve. Queda pendiente el análisis de las entradas en una cronología más amplia y también el estudio sistemático de los gastos, además de las cuentas conservadas para otros territorios. Pero además, en ese mar de registros que conforman la serie, encontramos la contabilidad doméstica del linaje, dotada de un enorme potencial que poco a poco está siendo explotado, como demuestran los recientes trabajos de Jorge Sáiz sobre la estructura y funcionamiento de la clientela militar de Alfonso de Aragón entre las décadas de 1360 y 1390,12 y de Juan Vicente García Marsilla sobre la alimentación cortesana, donde se estudian tanto los propios alimentos como el ritual que acompañaba su consumo y los oficios implicados en la compra, manipulación y presentación, además de definir los cargos que controlaban el servicio doméstico y los que se encargaban de gestionar el resto de provisiones.13 Tenemos a nuestro alcance una fuente extraordinaria que no está, ni de lejos, agotada: quedan por conocer las pautas de servicio y formas de retribución tanto del resto de domésticos como de quienes ocupaban los cargos administrativos, es decir, de todos aquellos con una presencia regular en las distintas cortes.14 Hablamos de los artesanos (sastre, sabater, argenter, pellisser, obrer), médicos, barberos, doncellas, amas de cría y bufones que integraban el séquito de domésticos, y de los tesoreros, escribanos, abogados, mensajeros, porteros y correus que poblaban las oficinas condales; en definitiva, todo un universo humano que sigue esperando ser desentrañado.
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1. Nos referimos a estudios como los de Roque Chabás, Marcelino Gutiérrez del Caño o Salvà Ballester, de los que citamos la publicación original y entre paréntesis la última reedición, en caso de que se haya producido: R. Chabás Llorens: Historia de Denia, Dénia, 1874-1876 (reed. Alicante-Dénia, 1985); M. Gutiérrez del Caño: Monografía histórica de la villa de Altea, Valencia, 1920 (reed. Altea, 1998); A. Salvà Ballester: La villa de Callosa de Ensarrià: monografía histórica documentada, Alicante, 1960.
2. J. Campón Gonzalvo: «Denia, su incorporación al señorío nobiliar y problemas con la ciudad de Valencia», Dianium, 3, 1984, pp. 69-84, íd.: «Consecuencias de la Guerra de los Dos Pedros en el condado de Denia», Anales de la Universidad de Alicante. Historia Medieval, 8, 1990-1991, pp. 57-68, íd.: «El condado de Dénia en la Edad Media», en Historia de la Marina Alta, Alicante, 1999, vol. I, pp. 313-324, íd.: «Organización administrativa del condado de Dénia», en Historia de la Marina Alta, cit., pp. 325-336.
3. J. Castillo Sainz: Alfons el Vell. Duc reial de Gandia, Gandia, 1999.
4. Rafael Conde Delgado de Molina ya apuntaba en su inventario de la documentación procedente del archivo de los duques reales de Gandia, la forma en que todos esos libros y legajos llegaron a su actual ubicación: tras la muerte de Alfonso el Joven (hijo primogénito y sucesor de Alfonso el Viejo) sin descendencia legítima en 1425, sus señoríos revirtieron a la corona de Aragón, un hecho que se explica por las condiciones en que su abuelo Pedro recibió tales posesiones. Se trató de un tipo de donación patrimonial conocida como apanage, hecha a favor de un hijo no primogénito del monarca y que implicaba el retorno de esos territorios al dominio de la corona una vez extinguido el linaje. Junto con las posesiones, también llegó a manos reales toda la memoria escrita de la familia, transportada ese mismo año desde Gandia a Valencia, donde se integró en varias secciones del Archivo Real (el actual Archivo del Reino de Valencia), una documentación que se empezó a inventariar y, de alguna manera, reunificar, ya en el siglo xx, véase R. Conde Delgado de Molina: «El Archivo de los duques reales de Gandia», en Primer Congreso de Historia del País Valenciano, Valencia, 1976, vol. I, pp. 429-437 y J. L. Pastor Zapata: «Un ejemplo de apanage hispánico: el Señorío de Villena (1250-1445)», Anales del Instituto de Estudios Alicantinos, 31, 1980, pp. 15-40 y Gandia en la Baixa Edat Mitjana: la vila i el senyoriu dels Borja, Gandia, 1992, pp. 127-139.
5. ARV, MR, 9.599, f. 142.
6. Campón recoge una noticia similar relacionada con la cuenta del año 1362 de Pere d’Orriols, «capellà e tinent loch de dispenser del senyor comte», la cual «ab les cauteles e diverses comptes, encartaments, foren cremats, que eren a l’arxiu de l’alberch del senyor compte, com los castellans lo cremaren» (J. Campón Gonzalvo y J. Pastor Fluixà: Nuevas aportaciones a la historia de Calp, Calp, 1989, p. 105). Recordemos que la llamada Guerra de los Dos Pedros enfrentó a mediados del siglo XIV a la Corona de Aragón y al reino de Castilla, en una lucha por la hegemonía peninsular que tuvo en las comarcas meridionales valencianas uno de sus principales teatros de operaciones, y que, además de un grave conflicto entre ambas monarquías, fue también una ramificación de la Guerra de los Cien Años. Iniciada con el ataque y toma de Alicante por parte de Pedro I de Castilla en septiembre de 1356, la guerra se recrudeció entre 1363 a 1366, periodo en que las posesiones de Alfonso de Aragón cambiaron de manos en más de una ocasión hasta que, finalmente, el conflicto se trasladó a tierras castellanas en ese último año. A este respecto, las informaciones que aportan los coetáneos pueden presentar ocasionales contradicciones en las fechas concretas, pero nunca respecto a los hechos: en aquella época «la terra se perd» ante las tropas castellanas, que prendieron y «desenpararen tots los castells e lochs del comtat de Dénia», véase J. Castillo Sainz: Alfons el Vell, cit., pp. 55-56 y 71-72.
7. Inmediatamente después de ser liberado, Alfonso el Joven recibió el título de conde de Dénia de manos de su padre; sin embargo, tal y como afirma Castillo, sólo se trataba de la transferencia de la dignidad condal, la cual no llevaba consigo asignación económica alguna, ya que el control de la recaudación y las rentas de las tierras del condado quedaban en manos de Alfonso el Viejo, junto con los títulos de conde de Ribagorza y marqués de Villena, véase J. Castillo Sainz: Alfons el Vell, cit., p. 102. En ese momento, Alfonso el Viejo no podía ni imaginar el impacto personal y económico que supondría la llegada del heredero a tierras gandienses: a los ya de por si elevados gastos llevados a cabo por Alfonso de Aragón para hacer valer su posición en la pirámide feudal, se sumó el despilfarro que suponía el nivel de vida pretendido por Alfonso el Joven y su corte, todo un séquito de individuos que pronto provocaron la aversión del padre. Ante los controles y restricciones que intentaba imponer Alfonso el Viejo, el indisciplinado hijo recurrió al endeudamiento, al cobro sin autorización de rentas de lugares de su padre y otras acciones similares, mientras la relación entre ambos se deterioraba a pasos agigantados. Año tras año, los 50.000 sueldos anuales que Alfonso el Viejo le había asignado en 1403 eran rápidamente desbordados, antes incluso del comienzo del ejercicio fiscal, y la situación no haría más que empeorar. Los últimos años de vida del ya por entonces duque de Gandia, estuvieron marcados por un rosario de luctuosos episodios que terminaron de vencer a uno de los personajes más poderosos de su tiempo, fallecido el 5 de marzo de 1412 entre las disputas familiares y traiciones que preludiaban el desmoronamiento de su linaje.
8. ARV, MR, 9.599, ff. 1-35v (1369), 9.599, ff. 94-130 (1370), 9.585, ff. 28-63 (1373), 9.598, ff. 129-174 (1376), 9.595, ff. 1-62v (1382), 12.551, ff. 1-57 (1384), 9.586, ff. 1-72v (1387), 9.602, ff. 113-177v (1388), 12.552, ff. 1-58 (1389), 9.608, ff. 126-198v (1391), 9.586, ff. 105-159 (1392).
9. ARV, MR, 9.599, ff. 144v y 146v.
10. ARV, MR, 9.599, ff. 43-90v (1376) y 9.824, ff. 1-48 (1379), esta última publicada por J. Argente Vidal: «Un libro de cuentas de las morerías del condado de Dénia», Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura, 63, 1988, pp. 285-329.
11. ARV, MR, 9.599, f. 210.
12. J. Sáiz Serrano: «Una clientela militar entre la Corona de Aragón y Castilla a fines del siglo XIV: caballeros de casa y vasallos de Alfons d’Aragó, conde de Dénia y marqués de Villena», En la España Medieval, 29, 2006, pp. 97-134.
13. J. V. García Marsilla: La taula del senyor duc. Alimentació, gastronomia i etiqueta a la cort dels ducs reials de Gandia, Gandia, 2010; parte de la documentación de este trabajo ya fue utilizada en su momento por el propio autor para la confección de su tesis de licenciatura, Los sistemas alimentarios en la sociedad bajomedieval: el modelo de la ciudad de Valencia, Universidad de Valencia, 1992, publicada en parte en La jerarquía de la mesa. Los sistemas alimentarios en la Valencia bajomedieval, Valencia, 1993. Sobre este asunto cabe destacar también la aportación de J. Campón Gonzalvo: «La dieta cotidiana de la casa ducal de Gandia», en Ier Col·loqui d’Història de l’Alimentació a la Corona d’Aragó, Lleida, 1995, vol. II, pp. 347-356.
14. Al estilo de los linajes reales, existían y funcionaban de una manera más o menos independiente tantas cases como miembros adultos tenía la familia en cada momento; así, en vida de Alfonso de Aragón llegaron a funcionar cuatro casas con sus propios cargos y contabilidad: la suya, la de su esposa Violant de Arenós, la de su hijo Pedro de Villena, desde que este se casó hasta el momento en que murió, y la de Alfonso el Joven desde que fue liberado, véanse J. Castillo Sainz: Alfons el Vell…, op. cit., p. 153 y J. V. García Marsilla: La taula del senyor duc, cit., p. 14.
Durante el periodo aquí considerado, el último cuarto del siglo XIV, el condado de Dénia comprendía todas las posesiones de Alfonso de Aragón en el reino de Valencia (a excepción de la baronía de Arenós y los valles de Ayora y Cortes), y se encontraba dividido en cuatro demarcaciones territoriales claramente diferenciadas: a) el distrito de Gandia, que incluía la propia vila e terme de Gandia, el terme del castell de Palma y los valles de Gallinera y Ebo;1b) la circunscripción de Dénia, con la actual capital de la Marina Alta y Xàbia como principales núcleos de población; c) la unidad administrativa conocida como Montanyes d’en Sarrià, un grupo de territorios donde destacaban Tàrbena, Polop, Bellaguarda, Benidorm, Relleu, Finestrat, Castell de Castells, Confrides y Guadalest, con Callosa como centro;2 d) el terme del castell de Calp e loch d’Altea, con Calp, Teulada y Benissa como lugares más importantes.3
En el camino recorrido por esas posesiones hasta llegar a manos de Alfonso de Aragón, un proceso minuciosamente explicado por Campón en la mayoría de sus trabajos y posteriormente recogido y completado por Castillo,4 hay sin duda un personaje clave: su padre y fundador del linaje, Pedro de Ribagorza. Centrándonos en la unidad gandiense, sabemos que Jaime II donó al infante Pedro, con motivo de su mayoría de edad, el condado de Ribagorza el 20 de mayo de 1322, y el 22 de mayo de ese mismo año añadió el castillo de Gallinera con el valle de Ebo, junto a los castillos de Crevillent, Pego, Pop y los valles de Laguar y Xaló; pero considerando el monarca que las rentas de estos lugares eran insuficientes para cubrir las necesidades de todo un miembro de la familia real, también le hizo donación del castillo de Bairén y de la vila y término de Gandia en junio de 1323. Por su parte, Pedro el Ceremonioso entregó a Pedro de Ribagorza, en febrero de 1341, el castillo de Palma con todas las tierras y lugares que conformaban su término: el infante había acordado, en enero de ese año, una permuta con su hermano, Ramón Berenguer, de los condados de Prades y Empúries, quedando Pedro como titular del primero y Ramón del segundo; ante esto, y deseando que la permuta fuese justa para ambos, el monarca intervino compensando al supuesto perjudicado con unos territorios sobre los que, además, le concedió la plena jurisdicción en 1346.
Posiblemente, uno de los motivos que llevó a Jaime II a realizar esas numerosas donaciones, tan alejadas de Ribagorza, el 22 de mayo de 1322, fue la intención de Bernat de Sarrià de ceder sus dominios valencianos al infante: el 21 de julio de 1321, el almirante firmaba una venta mortis causa de todos sus señoríos en la Marina, un buen número de castillos y lugares entre los que se encontraban Callosa, Tàrbena, Polop, Bellaguarda, Albalat, Benidorm, Relleu, Finestrat, Castell de Castells, Confrides, Algar, Xirles, Macet y Senta Illa. Dicha venta, aceptada por el monarca en octubre de 1323, se hizo efectiva trece años después, tras la muerte de Sarrià sin descendencia el 31 de diciembre de 1335 en Xàtiva. Por otro lado, el 6 de noviembre de 1323, sólo cinco meses después de que el infante recibiese Gandia, se producía un intercambio entre Jaime II y su hijo: Pedro devolvió al monarca el castillo de Crevillent a cambio del castillo de Dénia (una de las villas y puertos más importantes del sur valenciano) y del lugar de Xàbia.
MAPA 1
El condado de Dénia a finales del siglo XIV
Alfonso de Aragón se convirtió en heredero de todos esos territorios y del resto de posesiones valencianas de su padre tras contraer matrimonio con Violant de Arenós el 8 de mayo de 1355, tal y como se había estipulado en las capitulaciones matrimoniales firmadas el 1 de abril de 1348 en Vilafermosa, aunque Pedro de Ribagorza mantenía el usufructo vitalicio. El día de navidad de 1355, en la corte papal de Aviñón, Pedro el Ceremonioso otorgaba a su primo Alfonso el título de conde de Dénia, creado a tal efecto (siempre respetando los derechos usufructuarios del infante), y el oficio de la mayordomía en el reino de Valencia. El monarca incluyó en los límites del condado tot lo terme del castell de Dénia, así como tots los castells e lochs de les Montanyes que foren del noble en Bernat de Sarrià, y el castell de Calp ab son terme e loch de Altea ab son terme;5 sin embargo, estos últimos territorios, los señoríos que habían pertenecido a otro de los grandes almirantes de la época, Roger de Llúria, formaban parte en aquel momento del patrimonio real.
Nos encontramos ante toda una declaración de intenciones por parte de Pedro el Ceremonioso, que pretendía poner en manos de su primo Alfonso los enclaves costeros de Calpe y Altea, así como el castillo de Guadalest,6 a fin de garantizar la continuidad territorial de sus señoríos. La voluntad de Pedro el Ceremonioso pronto se vio cumplida: el 19 de febrero de 1356, apenas dos meses después de erigir el condado y tras recabar la aprobación del Consell de Valencia, vendió todos esos territorios a un infante Pedro que estaba en los últimos momentos de su vida pública, y al mismo tiempo concedió a Alfonso la plena jurisdicción sobre ellos. Sin embargo, cabe considerar con mayor detalle el proceso de integración de Calp y Altea en el patrimonio real, por cuanto afectó a las rentas que, más adelante, Alfonso de Aragón percibiría de esos señoríos.
A finales de 1324, cuando murió Berenguer de Llúria y Entença, último de los dos hijos varones de Roger de Llúria, los señoríos pasaron a manos de su madre Saurina de Entença, segunda esposa del almirante. Saurina, que sólo sobrevivió unos meses a su hijo, redactó su último testamento el 25 de agosto de 1325; en él nombró herederos universales y en fideicomiso a su hija Margarita, condesa de Terranova y hermana de Berenguer, y a un convento de monjas clarisas que debía construirse en Xàtiva con cargo a sus bienes, que recibiría para su mantenimiento una renta anual de 16.000 sueldos. A su vez, Margarita otorgó testamento el 9 de marzo de 1341 y, careciendo de descendencia, designó al rey como heredero universal de sus bienes valencianos, cuyo usufructo vitalicio otorgó a su marido, Nicolau de Janvilla. La donación a la corona estaba sujeta a la condición de que tales bienes no fueran enajenados del patrimonio real, debiendo pasar, en caso contrario, a manos del Papa. Cuando falleció su esposa, Nicolau de Janvilla hubo de hacer frente a las reclamaciones del convento de Santa Clara de Xàtiva, que exigía el dinero que su suegra le había asignado. El conflicto se resolvió con una sentencia arbitral dictada por Hug de Fenollet, obispo de Valencia, en enero de 1351, que concedía a las religiosas un tercio del señorío y rentas del castillo de Calp, así como el lugar de Altea; luego, en 1355, tras la muerte del conde de Terranova, Pedro el Ceremonioso se convirtió en señor de las otras dos partes de Calp; por esta razón, tal y como veremos en su momento, las rentas y gastos debían repartirse siguiendo la mencionada proporción. Todo parece indicar que la convivencia entre ambos poderes feudales fue tranquila: Alfonso de Aragón se encargaba de gestionar el señorío, en tanto que la abadesa se limitaba a cobrar su parte de la renta y a nombrar un procurador que sancionara las decisiones del conde; aunque, por supuesto, recibía el preceptivo juramento de fidelidad de los funcionarios designados por Alfonso.7
Si como acabamos de ver las condiciones del testamento de Margarita de Llúria impedían que esos territorios abandonasen el patrimonio real, ¿cómo se las arregló el Ceremonioso para soslayar semejante obstáculo? Ni más ni menos que aprovechando un codicilo que la condesa había redactado en 1343, en el que autorizaba la venta de bienes muebles para pagar sus deudas y últimas voluntades. Argumentando que tales bienes eran insuficientes para cumplir las disposiciones testamentarias de la difunta, y con el beneplácito de los albaceas (que no debió costarle mucho recabar), el rey ordenó la subasta pública de Calp y Altea, y remató su plan comprando él mismo ambos lugares por 120.000 sueldos en junio de 1356, pudiendo disponer libremente de ellos a partir de ese momento.
Finalmente, el proceso iniciado en 1322 con las primeras donaciones de Jaime II a su hijo Pedro de Ribagorza culminó el 12 de noviembre de 1358, cuando el infante ingresó en la orden franciscana y se hizo efectivo el traspaso de poder y el reparto de la hacienda familiar, quedando Alfonso de Aragón a la cabeza del linaje.8 Tras recibir de Pedro el Ceremonioso el señorío de los valles de Ayora y Cortes en 1364, y de Enrique II de Castilla el marquesado de Villena en 1366, Alfonso se hizo con el control de un gran estado.
A efectos recaudatorios y contables, y con independencia de las cuatro demarcaciones señoriales antes referidas (los distritos de Dénia, de Gandia, de las Montañas y del término del castillo de Calp y Altea), los territorios que formaban el condado de Dénia eran administrados por dos receptores, cada uno de ellos al frente de sendas receptories. Por un lado, estaba Pere Carbonell, responsable de la receptoría que percibía les rendes, drets e esdeveniments dels cristians del comtat de Dénia e de les moreries del termes dels castells de Palma e de Calp e del loch d’Altea. Dicho en otras palabras: Pere Carbonell cobraba los derechos señoriales que recaían sobre toda la población cristiana (y en su caso hebrea) del condado, residiera donde residiera, y recibía las rentas que pagaban los musulmanes de los términos de los castillos de Palma y de Calp y Altea. Además, cuando el señor reclamaba un subsidio, Carbonell percibía las cantidades satisfechas por los musulmanes que vivían en la morería de Gandia y en los límites municipales de dicha vila y de Dénia. En resumidas cuentas, Carbonell recogía en sus cuadernos contables los ingresos procedentes del distrito de Dénia, de la villa de Gandia con su contribución general y del término del castillo de Palma, del distrito del castillo de Calp y Altea y de aquellas localidades del distrito de las Montañas que contaban con habitantes cristianos, a saber: Callosa, Tàrbena, Polop, Bellaguarda, Benidorm, Relleu, Finestrat y Guadalest.9
Por su parte, Bernat Torres administraba les rendes e altres drets de les moreries del comtat de Dénia, es decir, los ingresos procedentes del resto de la población musulmana del condado, registrando en su contabilidad las cantidades proporcionadas por las aljamas de los valles de Gallinera y Ebo (que pertenecían a la unidad administrativa de Gandia) y por las del distrito de las Montañas, donde encontramos detallados los valles de Castell de Castells, Confrides y Guadalest (diferenciándose las alquerías que foren de la senyora reyna, de las que foren del senyor infant), las morerías de Tàrbena, Finestrat, Relleu y Callosa ab sa collita (Micleta, Algar, Xirles, la Nucia, Polop, Macet y Senta Illa), y las alquerías de l’Arc (Alarch) y Sanxet y de Maserof (Almoçorof) y Olocau.
A partir de 1385, Torres también gestionó las rentas procedentes de les terres que foren d’en Gascó, después de que Alfonso de Aragón las recomprase a Castellana Gascó, viuda de Joan Martínez de Eslava y heredera universal de su padre, Guillem Gascó, el 13 de noviembre de 1384.10 Por otro lado, sabemos que su antecesor se encargaba de las rentas de la morería de Gandia (destruida en la Guerra de Castilla y que començà a tornar en 1366), cuya recaudación era dirigida por el batle de la moreria Mateu Sarriba. En algún momento anterior a 1375, Alfonso de Aragón asignó a su esposa Violant las cantidades que anualmente se recaudasen en la morería, de manera que dicha renta pasó directamente de la competencia de Mateu Sarriba a la del tesorero de la señora (cargo que ocupó el propio Pere Carbonell entre 1375 y 1377), razón por la cual no aparece registrada en la contabilidad de Bernat Torres.11
En el conjunto territorial del condado de Dénia, Alfonso de Aragón ejercía la jurisdicción sobre un total de 2.263 focs (entendiendo fuego como unidad fiscal básica, como familia nuclear), según el fogatge de 1381, del que hablaremos más adelante. Si atendemos a este documento, la unidad administrativa de Gandia fue la más poblada, con un total de 963 fuegos fiscales; de ellos, 438 correspondían a los cristianos, 42 a los judíos y 187 a los musulmanes de la vila y término de Gandia, otros 54 a los cristianos y 49 a los sarracenos del término del castillo de Palma, y 193 a los musulmanes de los valles de Gallinera y Ebo. Le seguía en número de focs el bloque territorial de las Montañas con 684, 93 de cristianos y 591 de musulmanes. La tercera unidad administrativa con más población fiscal fue la de Dénia, distribuyéndose sus 416 fuegos totales de la siguiente manera: 371 de cristianos (207 en la propia Dénia y 164 en el loch de Xàbia) y 45 de musulmanes del término de la vila. Por último, el término del castillo de Calp y Altea contaba, según la documentación, con 200 fuegos, de los que 131 eran de cristianos y 51 de musulmanes del término de Calp, y 13 correspondían a los cristianos y 5 a los sarracenos del loch de Altea. Con esos casi 2.300 fuegos, el condado de Dénia fue el más poblado de todos los territorios valencianos y aragoneses de Alfonso el Viejo; de hecho, sólo el condado de Ribagorza se le aproximaba con un total de 1.771 focs, mientras que la baronía de Arenós y los valles de Ayora y Cortes se quedaban en 788 y 520 fuegos respectivamente. Unas cifras que hacen de Alfonso de Aragón uno de los principales señores de vasallos del reino de Valencia.12
Uno de los problemas clásicos que suscita cualquier estudio sobre el señorío medieval es el de la naturaleza de los ingresos y rentas que su titular obtenía en función del poder que ejercía. En el caso valenciano, su rasgo más visible fue la fragmentación y diversidad de conceptos bajo los cuales se percibían,13 y su composición venía determinada, tal y como señalaba Antoni Furió, por el modo en que se creaba el señorío. Así, cuando éste nacía de la alienación y señorialización del patrimonio real, como en el caso que nos ocupa, los titulares adquirían los mismos dominios y derechos que tenía el rey, produciéndose una transferencia de poder entre corona y nobleza que difuminaba las diferencias entre señorío real y nobiliario, adoptando este último, tal y como veremos, muchas de las características del primero.14
Los ingresos que recibía Alfonso de Aragón del condado de Dénia se pueden agrupar en tres grandes bloques: por un lado, las rentas ordinarias, una variada gama de derechos, exacciones y cargas que constituían la base de los recursos provenientes de su dominio patrimonial sobre las villas, alquerías y lugares del señorío; en segundo lugar, los subsidios y contribuciones especiales que eventualmente demandaba a sus vasallos como expresión económica de sus atribuciones feudales y jurisdiccionales; y, por último, los réditos derivados de los préstamos censalistas (las pensiones) que esos mismos vasallos pagaban a su señor, unas cantidades fruto de la participación de Alfonso en el mundo del crédito.