Estatuto de la víctima del delito - Panet Claudo - E-Book

Estatuto de la víctima del delito E-Book

Panet Claudo

0,0
3,00 €

oder
-100%
Sammeln Sie Punkte in unserem Gutscheinprogramm und kaufen Sie E-Books und Hörbücher mit bis zu 100% Rabatt.

Mehr erfahren.
Beschreibung

Victima es el Sujeto pasivo de un delito. Persona que padece daño por culpa ajena o por causa fortuita. El diccionario panhispánico del español jurídico define como víctima como Sujeto pasivo del delito a quien corresponde el ejercicio de la acción particular y de la acción civil derivada del delito, a quien se efectúa el «ofrecimiento de acciones» y que se constituirá en parte si las ejercita mediante la correspondiente querella o personándose en el proceso ya en marcha, siempre que sea antes del escrito de calificación o de acusación. Persona que sufre los efectos del delito, no solo el sujeto pasivo o titular del bien jurídico, que es la víctima más directa, sino también otros perjudicados materiales o morales, directos o indirectos, como familiares, herederos, la empresa, sus integrantes y acreedores, etc.

Das E-Book können Sie in Legimi-Apps oder einer beliebigen App lesen, die das folgende Format unterstützen:

EPUB

Veröffentlichungsjahr: 2023

Bewertungen
0,0
0
0
0
0
0
Mehr Informationen
Mehr Informationen
Legimi prüft nicht, ob Rezensionen von Nutzern stammen, die den betreffenden Titel tatsächlich gekauft oder gelesen/gehört haben. Wir entfernen aber gefälschte Rezensionen.



ff

Libro victima

UUID: 088b048d-0b8d-4c77-a773-db1708742bcb
This ebook was created with StreetLib Writehttps://writeapp.io

Table of contents

I

II

III

IV

V

VI

VII

VIII

IX

Estatuto de la víctima del delito

Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito

ÍNDICE

[Preámbulo]

TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales

Artículo 1. Ámbito.

Artículo 2. Ámbito subjetivo. Concepto general de víctima.

Artículo 3. Derechos de las víctimas.

TÍTULO I. Derechos básicos

Artículo 4. Derecho a entender y ser entendida.

Artículo 5. Derecho a la información desde el primer contacto con las autoridades competentes.

Artículo 6. Derechos de la víctima como denunciante.

Artículo 7. Derecho a recibir información sobre la causa penal.

Artículo 8. Período de reflexión en garantía de los derechos de la víctima.

Artículo 9. Derecho a la traducción e interpretación.

Artículo 10. Derecho de acceso a los servicios de asistencia y apoyo.

TÍTULO II. Participación de la víctima en el proceso penal

Artículo 11. Participación activa en el proceso penal.

Artículo 12. Comunicación y revisión del sobreseimiento de la investigación a instancia de la víctima.

Artículo 13. Participación de la víctima en la ejecución.

Artículo 14. Reembolso de gastos.

Artículo 15. Servicios de justicia restaurativa.

Artículo 16. Justicia gratuita.

Artículo 17. Víctimas de delitos cometidos en otros Estados miembros de la Unión Europea.

Artículo 18. Devolución de bienes.

TÍTULO III. Protección de las víctimas

Artículo 19. Derecho de las víctimas a la protección.

Artículo 20. Derecho a que se evite el contacto entre víctima e infractor.

Artículo 21. Protección de la víctima durante la investigación penal.

Artículo 22. Derecho a la protección de la intimidad.

Artículo 23. Evaluación individual de las víctimas a fin de determinar sus necesidades especiales de protección.

Artículo 24. Competencia y procedimiento de evaluación.

Artículo 25. Medidas de protección.

Artículo 26. Medidas de protección para menores, personas con discapacidad necesitadas de especial protección y víctimas de violencias sexuales.

TÍTULO IV. Disposiciones comunes

CAPÍTULO I. Oficinas de Asistencia a las Víctimas

Artículo 27. Organización de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas.

Artículo 28. Funciones de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas.

Artículo 29. Funciones de apoyo a actuaciones de justicia restaurativa y de solución extraprocesal.

CAPÍTULO II. Formación

Artículo 30. Formación en los principios de protección de las víctimas.

Artículo 31. Protocolos de actuación.

CAPÍTULO III. Cooperación y buenas prácticas

Artículo 32. Cooperación con profesionales y evaluación de la atención a las víctimas.

Artículo 33. Cooperación internacional.

Artículo 34. Sensibilización.

CAPÍTULO IV. Obligación de reembolso

Artículo 35. Obligación de reembolso.

[Disposiciones adicionales]

Disposición adicional primera. Evaluación periódica del sistema de atención a las víctimas del delito en España.

Disposición adicional segunda. Medios.

[Disposiciones transitorias]

Disposición transitoria única. Aplicación temporal.

[Disposiciones derogatorias]

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

[Disposiciones finales]

Disposición final primera. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a efectos de la transposición de algunas de las disposiciones contenidas en la Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos.

Disposición final segunda. Modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Disposición final tercera. Título competencial.

Disposición final cuarta. Habilitación al Gobierno para el desarrollo reglamentario.

Disposición final quinta. Adaptación de los Estatutos Generales de la Abogacía y de la Procuraduría.

Disposición final sexta. Entrada en vigor.

[Firma]

FELIPE VI

REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley:

PREÁMBULO