Poder menstruar - María Florencia Agusto - E-Book

Poder menstruar E-Book

María Florencia Agusto

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Beschreibung

El sistema patriarcal heteronormativo nos enseñó, con sus diversas prácticas sociales, que los cuerpos menstruantes valíamos menos, para poder así ser desvalorizados, domesticados, medicados, cosificados y acallados. Nos arrebataron los conocimientos ancestrales en torno a la menstruación. Se nos enseñó a vivir con un tiempo cronológico lineal, que es muy diferente al tiempo del ciclo menstrual. Se despreció a los yuyos y otras hierbas de nuestra Madre Tierra, que menguan nuestros dolores y amplían nuestra consciencia. ¡Hasta la Luna nos sacaron! Es tiempo ya de PODER poner nuestra menstruación donde merece. Porque saber es PODER y para ello necesitamos hablar y en voz muy alta desde un enfoque biológico fisiológico, psicológico, ancestral, sociológico, económico y ecológico. Es necesario analizarlo con una mirada transversal desde un enfoque de derechos humanos, perspectiva de género y políticas públicas. Es necesario para que menstruar vuelva a ser un PODER único en nuestra especie, y que merezca ser disfrutado por su maravillosidad. Y que nos dejen PODER menstruar sin vergüenza ni tabúes em PODER ando, con ello, al cuerpo menstruante. Se va a caer.

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Seitenzahl: 141

Veröffentlichungsjahr: 2021

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Producción editorial: Tinta Libre Ediciones

Córdoba, Argentina

Coordinación editorial: Gastón Barrionuevo

Diseño de tapa: Departamento de Arte Tinta Libre Ediciones.

Diseño de ilustración de tapa: Sol Vera

Diseño de interior: Departamento de Arte Tinta Libre Ediciones.

Augusto, Maria Florencia

Poder menstruar / Maria Florencia Augusto. - 1a ed. - Córdoba : Tinta Libre, 2021.

166 p. ; 21 x 14 cm.

ISBN 978-987-708-917-2

1. Ensayo. 2. Feminismo. 3. Sociología de la Mujer. I. Título.

CDD 305.4201

Prohibida su reproducción, almacenamiento, y distribución por cualquier medio,total o parcial sin el permiso previo y por escrito de los autores y/o editor.

Está también totalmente prohibido su tratamiento informático y distribución por internet o por cualquier otra red.

La recopilación de fotografías y los contenidos son de absoluta responsabilidadde/l los autor/es. La Editorial no se responsabiliza por la información de este libro.

Hecho el depósito que marca la Ley 11.723

Impreso en Argentina - Printed in Argentina

© 2021. Augusto, Maria Florencia

© 2021. Tinta Libre Ediciones

A mis hijas, Priscila y Stefania, por emPODERarme; a Ariel Fiore, por bancar.

PODER MENSTRUAR

Este libro cuenta con el apoyo de

Toallitas en tela para cuidar(se)

Agradecimientos

A Charly García, Gustavo Cerati y Catupecu Machu por la fuerza de sus canciones, que alegran mi vida.

A Martín, mi profe de yoga. Gracias por el apartado de reiki y por desbloquear mis chakras.

A Natalia Aguirre por vibrar en sintonía menstrual hasta largas horas de la noche develando nuestros dolores(gracias por poner tu mirada científica en este libro, bajar mi ansiedad y ayudar a gestionar mi energía para que no oficie de obstáculo).

A Nicolás Barrasa que, sin saberlo, me inspiró a PODER escribir, por el NO oportuno y por dejar planteadas nuevas posibilidades.

A Celeste Ramajo de 13.textil por aportar info sobre las bondades de las toallitas de tela en la gestión menstrual.

A mi prima y colega profesional, Yanina Lavieri, por el apartado de psicología y menstruación que parimos juntas.

A Nataly de la firma Bruja Cachibacha por estar con la misma energía consciente menstrual que yo, materializada en las letras, y por brindarme un montón de información para este libro. También agradezco sus palabras, que aún resuenan en mi mente en forma de mantras: “¡Pues, nena, una revolución no se hace tomando té! ¡Andá por todo!”.

A Yesi Puertas y a Pablo Santoro por darle a nuestra madre tierra un nuevo fruto que crece al compás de este libro y alegra nuestros corazones.

A Melina F. Florio, mi doctora favorita, por ser todo lo que está bien, por enseñarme el misterio de las hormonas y por poner su ojo crítico y profesional en todas las secciones donde hay descripciones médicas.

A la hermosa tucumana Nadina por el apartado de respiración ovárica y alquimia femenina, y por PODER hacer hablar a las diosas.

Y a todas las mujeres y hombres que cuando les comentaba que estaba escribiendo algo sobre menstruación me abrieron el corazón contándome sus historias dolorosas.

A mis padres.

Presentación

Me enseñaron las cosas equivocadamente aquellos que enseñan las cosas: padres, maestros docentes, sacerdotes, pues me dijeron “tienes que ser buena”.

Rosario Castellanos

Aproximadamente, más de la mitad de los cuerpos humanos que habitan este mundo sienten o sentirán alguna vez fluir sangre entre las piernas; sangre que no es producto de una agresión, sino de una compleja y fascinante danza de vida. Menstruamos y aun antes de hacerlo aprendemos a nombrar esta experiencia con las palabras de un Otro que otorga significado a ese fenómeno. Es que “me vino Andrés” , “me bajó”, “tengo la regla”, “la prima roja”, “pancho”, “cosas de chicas”, “Juana, la colorada” (en Colombia), “me cantó el gallo” (Puerto Rico), “me vino la que te conté” (Venezuela), “estoy indispuesta”, “estoy en esos días”.

Nos enseñan a ser discretas, a ocultar todo lo que pueda sugerir la presencia de nuestra sangre, a estar perfumadas y “protegidas”. También a seguir la recomendación “calladita se te ve más bonita”1.

La publicidad nos vende frescura, libertad, comodidad para “esos días” en los que un “líquido azul” nos arruina todo. Vamos aprendiendo que, por alguna misteriosa razón, sangrar es vergonzoso, sucio y hay que ocultarlo. Aprendemos a hablar bajito y si es posible a no hablar de ello, a dejar en el silencio nuestra sangre, al menos por aproximadamente los treinta años que vivimos esa experiencia.

Estoy de acuerdo, la menstruación es un proceso biológico, es sangre, y es mucho más que sangre…

Para descolonizar nuestros cuerpos, se debe tener PODER sobre nosotras mismas y ese PODER lo da el autoconocimiento, el cuidado y el respeto. Se nos enseñó culturalmente que nosotras, las mujeres, valemos menos que los hombres, que no se puede hablar de nuestra sexualidad, que esta debe estar reprimida y controlada, ¡y ni que hablar de la masturbación femenina! Se nos enseñó que de esas cosas no se hablan porque “no corresponde” y punto, y en realidad lo que es obvio es que esta sociedad patriarcal nos quiere dominadas, y para conseguir eso, el primer paso es que estemos desconectadas de nuestro propio cuerpo.

Conocer nuestro cuerpo es PODER, del que nos hace fuertes y libres. Conocernos para respetarnos, para saber lo que necesitamos y lo que no, para PODER, desde ahí, ejercer nuestros derechos con total libertad. Nuestro cuerpo es nuestro y somos responsables de él, para ello debemos conocerlo y cuidarlo, para PODER protegerlo también de los abusos.

Creo que como círculo femenino podemos recuperar el PODER de nombrar lo que pasa en nuestros cuerpos ejerciendo soberanía sobre ellos. Nombrarnos, definirnos con nuestras palabras y si es posible en voz muy alta. Creo que de eso se trata, de incomodar el cómodo orden social de silencio y vergüenza en el que han encerrado a nuestros cuerpos con el fin de disciplinarnos, generando con esta práctica desigualdad social y violencia de género.

Honremos nuestra menstruación, prendamos fuego los tabúes y dancemos cíclicas.

Aquelarre2:somos brujas del siglo XXI

La batalla entre el bien y el malentre la sociedad capitalistaproductivistaheteropatriarcaly tú.

Tú con tu mismidadtu realidad y tus ciclostú que somos nosotras, ellas, tod@s.

Sangre, flujo, cicloshormonas, fertilidad, desajustessíndrome premenstrual, ovario poliquístico, endometriosis, violencia obstétrica3, invisibilización…Producir, (re)producir, producir, (re)producir.

Todo se paralas prisas, los trabajos, las obligaciones, la presión, la ansiedadsin pócimas, conjuros, ni ungüentoscon amor propio. LIBRES, en un espacio seguro,el aquelarre va a comenzar.

Conocimiento

Verdad

Sangre

Emoción

Arte

Empatía

Sororidad

Amor

Aquelarre del siglo XXIfeministas en lucha contra el sistema opresorbrazos que acunan, que cuidan, compartencompañeras cómplices guerreras creadorasarderemos en la hogueracomo ya hicieron nuestras ancestras: brujas y hechiceraspor crear comunidadtransmitir conocimientodesafiar las normas socialesdefender otra femineidadsituándonos en el centro de nuestras propias vidascuidándonos, conociéndonos, queriéndonos.

Sangre que amar, semillas de vida, fruto de bienestar.Bienvenid@ a PODER MENSTRUAR.Vivida, sentida, consciente, visible y orgullosa.

Goiuri Barriga

Menstruar es político4

Porque es un derecho humano.

Existe una serie de derechos humanos universalmente aceptados e incorporados en nuestra constitución nacional argentina que pueden verse vulnerados en función de las políticas públicas vigentes en materia de salud y educación de los cuerpos menstruantes.

Numerosos instrumentos de derecho internacional y que tienen jerarquía constitucional reconocen el derecho del ser humano a la salud y el respeto a su dignidad. En el primer párrafo del artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos5, se afirma que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y en especial la alimentación, la vestimenta, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales6 contiene el artículo más exhaustivo del derecho internacional sobre el derecho a la salud7. En virtud del primer párrafo del artículo 12 del Pacto, los Estados parte reconocen “el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental”, mientras que en el segundo párrafo del artículo 12 se indican, a título de ejemplo, diversas “medidas que deberán adoptar los Estados parte a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho”.

Además, el derecho a la salud se reconoce, en particular, en el inciso iv del apartado e del artículo 5 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial8, de 1965; en el apartado f del primer párrafo del artículo 11 y el artículo 12 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer9, de 1979, así como en el artículo 24 de la Convención sobre los Derechos del Niño10, de 1989.

El derecho a la dignidad humana se ve vulnerado cuando: los seres menstruantes no pueden acceder a instalaciones de baño seguras y medios seguros y eficaces de manejo de la higiene menstrual, no pudiendo manejar su menstruación con dignidad. Las burlas relacionadas con la menstruación, la exclusión y la vergüenza también vulneran el derecho a la dignidad humana.

El derecho a un nivel adecuado de salud y bienestar se ve vulnerado cuando: las personas menstruantes pueden sufrir consecuencias negativas para la salud si carecen de suministros y servicios para manejar su salud menstrual. El estigma de la menstruación también puede impedir que los cuerpos menstruantes procuren tratar con profesionales los fuertes dolores menstruales que no son normales, lo cual termina afectando su salud y bienestar.El derecho a la educación se ve vulnerado cuando: la falta de un lugar seguro o de la capacidad para manejar la higiene menstrual, así como la falta de medicamentos para tratar el dolor relacionado con la menstruación pueden contribuir a elevar las tasas de ausentismo escolar, lo que provoca resultados deficientes a nivel educativo. Algunos estudios han confirmado que cuando las personas con útero no pueden manejar adecuadamente la menstruación en la escuela, su asistencia escolar y su rendimiento se resienten. También se vulnera el derecho a la educación cuando se da solo una versión del proceso menstrual y es desde el discurso biologicista.El derecho al trabajo se ve vulnerado cuando: el escaso acceso a medios seguros de manejo de la higiene menstrual y la falta de medicamentos para tratar los trastornos o el dolor relacionados con la menstruación también limitan las oportunidades de empleo para las mujeres. Las mujeres pueden abstenerse de realizar ciertos trabajos, o pueden ser obligadas a renunciar a horas de trabajo y salarios. Las necesidades relacionadas con la menstruación, tales como pausas para ir al baño, podrían ser sancionadas, conduciendo de ese modo a la desigualdad en las condiciones de trabajo. Los seres menstruantes pueden enfrentar discriminación en el lugar de trabajo relacionada con tabúes en torno a la menstruación.El derecho a la no discriminación y la igualdad de género se ve vulnerado cuando: los estigmas y las normas relacionadas con la menstruación refuerzan las prácticas discriminatorias. Los obstáculos relacionados con la menstruación en la escuela, el trabajo, los servicios de salud y las actividades públicas también perpetúan las desigualdades de género11.

La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, ratificada por la Ley 23.179 del año 1985) establece en su artículo 3 que

Los Estados Parte tomarán en todas las esferas, y en particular en las esferas política, social, económica y cultural, todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre.

Del mismo modo, y a nivel de nuestro sistema jurídico local argentino, la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales, establece en su artículo 2, como uno de sus objetivos, el de promover y garantizar “la eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida”. Asimismo, la ley garantiza en su artículo 3 todos los derechos reconocidos por la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos de los Niños y la Ley 26.061 de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Puntualmente me refiero a los derechos a:

a) La salud, la educación y la seguridad personal; b) La integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial; c) Que se respete su dignidad; d) Recibir información y asesoramiento adecuado; e) Gozar de medidas integrales de asistencia, protección y seguridad; f) La igualdad real de derechos, oportunidades y de trato entre varones y mujeres.

Porque la vergüenza con que suele vivirse el cuerpo menstrual fue utilizada comercialmente para vender “protectores” femeninos.

La vergüenza y el estigma de la menstruación fueron reproducidos a través del uso de metáforas negativas sobre los cuerpos que menstrúan en las variaciones de retórica publicitaria utilizada a lo largo del siglo XX en Argentina para difundir comercialmente estos productos.

Protección, higiene y liberación de la mujer formaron un trípode semántico estable a lo largo de ese siglo para presentar publicitariamente las toallas y los tampones. Dentro de ese soporte estable de sentidos, el significante “protección” fue constante.

Porque las sanciones sobre aquellas personas que exponen públicamente y sin pudor la sangre menstrual en sus propios cuerpos, o sobre quienes hablamos acerca del tema, evidencian la vigencia del estigma de la menstruación y la continua naturalización de un orden de género injusto.

El cuerpo menstrual suele considerarse aceptable como índice de fertilidad y, con suerte, como signo de la vitalidad de un cuerpo, cuando se encuentra en una localización específica: lo íntimo, lo privado, el espacio de esa persona consigo misma. Esa sería la territorialidad adecuada para la expresión tangible del cuerpo menstrual en alguien que aspira a lo femenino y, diría, la decencia. Toda expresión por fuera de este territorio es anulado, maltratado, enjuiciado. Es objeto de denigraciones y de descalificaciones.

Porque la menstruación fue construida como un símbolo de “condición femenina”. Tanto es así que parece un contrasentido hablar de cuerpos menstruantes no femeninos, cuerpos masculinos que menstrúan, etcétera.

Resulta importante desestabilizar la sinonimia cuerpo menstrual-cuerpo de mujer y/o cuerpo femenino para hacer lugar a la diversidad. Hay muchas “biomujeres” que no menstrúan, algunas porque no pueden por problemas médicos, otras porque por ejemplo hoy eligen anticonceptivos que suprimen el sangrado periódico. Pero también hay personas que se sienten identificadas con el género femenino sin ser biológicamente mujeres, y es tan fuerte la construcción de lo que es ser mujer desde la materialidad del cuerpo que muchas personas trans sienten que no serán nunca una “verdadera” mujer. Y hay varones trans que tienen que ocultar muy bien esa sangre para no ser agredidos por otros varones. Por lo expuesto, hoy se propone hablar de menstruadorxs o de personas que menstrúan. Con el lenguaje también hacemos un lugar más digno e inclusivo a otras existencias que viven fuera del binarismo de género12.

Porque parece natural que paguemos por productos de gestión menstrual como si fueran artículos de lujo en vez de productos de primera necesidad.

El IVA sobre los productos de gestión menstrual es un impuesto regresivo y desigual. Gloria Steinem, periodista y un ícono del feminismo norteamericano, en un ensayo dijo: “Si los hombres menstruaran, estos productos serían gratuitos”. Este es nuestro caso en Argentina, donde poco a poco se empieza a visibilizar esta cuestión y existen en nuestra agenda política varios proyectos de ley13 que intentan cambiar esta realidad.

La provincia argentina de Tucumán es la primera en declarar de interés provincial la promoción del derecho a la salud menstrual con su Ley N.° 9349 de diciembre de 2020.

Porque aún no sabemos demasiado sobre la seguridad de los productos de gestión menstrual desechables.

Sabemos que el uso de toallitas y tampones descartables pueden producir el síndrome de shock tóxico.

¿Te pusiste a pensar que al usar estos productos desechables estás exponiendo a tu vulva y al órgano de la piel a la absorción de productos químicos durante horas, meses, años, y que no sabemos a qué nos estamos exponiendo o cuáles son las consecuencias negativas que podrían ocasionar en nuestra salud?

Las publicidades nos venden artículos que anulan el olor de nuestra menstruación cuando en realidad son estos artículos los que generan mal olor, no tu sangre, ya que estos productos son plásticos y no permiten el intercambio con el aire.

Por eso necesitamos que en Argentina las empresas expliciten en el packaging de estos productos descartables cuáles son sus componentes: asbesto (grupo de minerales del tipo silicato utilizados para embragues); cemento; dioxina (químico decolorante para blanquear las fibras del tampón); rayón, tejido sintético que proporciona absorbencia impidiendo que la vagina respire; poliacrilato, químico conocido como gel absorbente muy peligroso; ftalatos (representan la fragancia que muchas veces causan reacciones alérgicas en la piel y también contienen disruptores hormonales); raxion, fibra altamente absorbente y peligrosa ya que puede conducir al síndrome del shock toxico; formaldehido (su exposición prolongada genera enfermedades como el cáncer); parabenos (disruptor endocrino); metilisotiazolinona y metilcloroisotiazolinona (son causantes de alergias en la piel); pulpa de madera blanqueada (requiere de una serie de baños químicos para convertir la madera en las fibras esponjosas que se encuentran dentro de las toallitas descartables: pesticidas, herbicidas y fertilizantes sintéticos que se utilizan para producir algodón no orgánico).

Queremos que el Estado realice investigaciones sobre la seguridad de esos productos, y no se conforme con las provistas por las empresas, para así poder decidir sobre la salud del pueblo argentino y regular su continuidad o prohibición en el mercado.

Porque también se debe enseñar acerca del uso de plantas medicinales ancestrales y salir del discurso hegemónico de la medicina occidental.