Prevención De Riesgos Laborales. Mp1782. - Miguel Ángel Ladrón De Guevara - E-Book

Prevención De Riesgos Laborales. Mp1782. E-Book

Miguel Ángel Ladrón De Guevara

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Beschreibung

Puede solicitar gratuitamente las soluciones a todas las actividades y al examen final en el email [email protected] Capacidades que se adquieren con este Manual: - Relacionar los conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo con los riesgos profesionales, analizando la normativa laboral. - Evaluar de forma elemental los riesgos generales y específicos derivados de la actividad profesional, analizando las condiciones de trabajo y los factores de riesgo presentes en un entorno laboral. - Colaborar en la gestión de la prevención de riesgos, identificando las responsabilidades de todos los agentes implicados. - Analizar las distintas situaciones de riesgo que se pueden presentar aplicando técnicas básicas de primeros auxilios si fuera preciso.

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Veröffentlichungsjahr: 2025

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Prevención de riesgos laborales. MP1782.

Autor: D. Miguel Ángel Ladrón de Guevara.

© EDITORIAL TUTOR FORMACIÓN

C/ San Millán, 7, bajo 10

26004 Logroño (La Rioja)

Tlf. 610687276

Email: [email protected]

Web: https://editorial.tutorformacion.es y https://tutorformacion.es

Edición: julio 2025.

ISBN: 979-13-87566-34-0

Depósito legal: LR 1051-2025

Reservados todos los derechos de publicación en cualquier idioma. Según el código penal vigente ninguna parte de este o cualquier otro libro puede ser reproducida, grabada en alguno de los sistemas de almacenamiento existentes o transmitida por cualquier procedimiento, ya sea electrónico, mecánico, reprográfico, magnético o cualquier otro, sin autorización previa y por escrito de D. Miguel Ángel Ladrón Jiménez; su contenido está protegido por la ley vigente que establece penas de prisión y/o multas a quienes intencionadamente reprodujeren o plagiaren, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica.

Foto de portada de FreePik

Contenido

Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo .................................................... 6

1. Introducción. ......................................................................................................... 7

2. El trabajo y la salud: los riesgos profesionales. Factores de riesgo. ..................... 9

Los riesgos comunes. ...................................................................................... 11

Factor de riesgo. ............................................................................................. 12

Tipos de prevención y sistemas y técnicas preventivas. ................................. 13

3. Daños derivados del trabajo. Los accidentes y las enfermedades profesionales.

Otras patologías derivadas del trabajo. ....................................................................................... 16

El accidente laboral. ....................................................................................... 16

Las enfermedades profesionales. .................................................................... 17

La fatiga. ......................................................................................................... 18

El estrés. ......................................................................................................... 18

El envejecimiento prematuro. ......................................................................... 19

La insatisfacción. ............................................................................................ 20

4. Marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales. Derechos

y deberes básicos en esta materia. .............................................................................................. 21

Introducción a la normativa en materia de PRL. ............................................ 21

Derechos y deberes básicos en materia de PRL. ............................................ 24

Consulta y participación. Competencias y facultades. Delegados y delegadas

de prevención. Comité de seguridad y salud. ......................................................................... 27

Riesgos generales y su prevención .................................................................................... 33

1. Introducción. ....................................................................................................... 34

2. Riesgos ligados a las condiciones de seguridad. ................................................ 38

Riesgos ligados al lugar de trabajo. ................................................................ 38

Equipos de trabajo y seguridad vial. ............................................................... 47

Riesgo eléctrico. ............................................................................................. 51

Incendios. ........................................................................................................ 57

Atmósferas explosivas y espacios confinados. ............................................... 61

Trabajos en altura. .......................................................................................... 66

3. Riesgos ligados al medioambiente de trabajo. .................................................... 69

Riesgos químicos. ........................................................................................... 72

Riesgos físicos. ............................................................................................... 80

Riesgos biológicos. ......................................................................................... 92

4. La carga de trabajo, la fatiga y la insatisfacción laboral. .................................... 96

La carga de trabajo. ........................................................................................ 96

La fatiga física y mental. ................................................................................ 98

Riesgos ergonómicos. .................................................................................... 99

Insatisfacción laboral. ................................................................................... 113

Riesgos psicosociales. .................................................................................. 113

5. Sistemas elementales de control de riesgos. Protección colectiva e individual.

123

Protección colectiva. .................................................................................... 123

Protección individual. .................................................................................. 125

6. Planes de emergencia y evacuación. ................................................................ 129

Emergencias. ................................................................................................ 129

Evacuación. .................................................................................................. 132

7. El control de la salud de los trabajadores. ........................................................ 134

Introducción. ................................................................................................ 134

Vigilancia de la salud individual. ................................................................. 134

Tipos de exámenes de salud. ........................................................................ 136

La Ley de prevención de riesgos laborales respecto a la vigilancia de la salud

(art. 22). 137

Vigilancia de la salud colectiva. ................................................................... 138

Elementos básicos de gestión de la prevención de riesgos ............................................. 140

1. Organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo. ..... 141

2. Organización del trabajo preventivo: «rutinas» básicas. .................................. 144

Organización del sistema de prevención en la empresa. Modalidades

preventivas. Los servicios de prevención............................................................................. 144

Integración de la prevención. Plan de prevención. Política, objetivos,

indicadores. 146

Gestión de los riesgos. Identificación y evaluación de riesgos. Planificación de

la actividad preventiva. Auditorías. ..................................................................................... 149

3. Documentación: recogida, elaboración y archivo. ........................................... 153

Primeros auxilios ............................................................................................................. 155

1. Primeros auxilios en la empresa: organización. ............................................... 156

Los eslabones de la cadena de socorro. ........................................................ 156

Formación en socorrismo laboral. ................................................................ 158

Material y locales de primeros auxilios. ...................................................... 159

2. Soporte vital básico. ......................................................................................... 163

Paro cardiorrespiratorio. ............................................................................... 163

Obstrucción de la vía aérea y atragantamiento............................................. 168

Shock. ........................................................................................................... 170

Hemorragias. ................................................................................................ 171

3. Heridas. ............................................................................................................ 177

Tratamiento de heridas leves. ....................................................................... 177

Tratamiento de heridas graves o penetrantes. .............................................. 177

4. Quemaduras. .................................................................................................... 181

5. Fracturas. .......................................................................................................... 184

Introducción. ................................................................................................ 184

Síntomas generales. ...................................................................................... 184

Tratamiento general de las fracturas. ............................................................ 185

6. Lesiones por el calor y el frío. .......................................................................... 187

Efectos del calor. .......................................................................................... 187

Efectos del frío. ............................................................................................ 188

7. Cuerpos extraños. ............................................................................................. 191

8. Intoxicaciones. .................................................................................................. 193

Introducción. ................................................................................................. 193

Primeros auxilios. ......................................................................................... 193

Intoxicaciones más frecuentes. ..................................................................... 195

9. Manipulación y transporte de heridos. ............................................................. 198

Conceptos básicos sobre seguridad

y salud en el trabajo

1. Introducción.

Para entender mejor la prevención de los riesgos laborales, es necesario las palabras y expresiones que van a aparecer a lo largo del manual:

▪ Actividad preventiva: tareas que realizan en la empresa para conocer las condiciones de

trabajo y los factores de riesgo según las características de los trabajadores, sus capacidades y sus necesidades.

▪ Condición de trabajo: cualquier característica del trabajo que pueda tener consecuencias

para la salud y la seguridad de los trabajadores. Pueden ser los propios edificios, oficinas o talleres, las instalaciones, las máquinas, la forma de organizar el trabajo o los productos fabricados.

▪ Daño derivado del trabajo: enfermedad o lesión que un trabajador sufre en su trabajo o por

motivo de su trabajo.

▪ Factor de riesgo: todo lo que puede suponer un peligro o afectar a la salud de un trabajador.

▪ Prevención: actividades y decisiones que las empresas toman en todas las áreas y tareas

para evitar o reducir los riesgos relacionados con el trabajo.

▪ Riesgo laboral: posibilidad de que un trabajador sufra un daño causado o relacionado con

el trabajo.

▪ Salud: es un estado de bienestar de la persona. Ese bienestar afecta a todo: el cuerpo, las

emociones y las relaciones con otras personas. Es decir, es un bienestar físico, mental y social. Una persona tiene salud cuando no está enferma y cuando se siente bien.

Y para entender mejor los daños derivados del trabajo, es necesario aprender un vocabulario que va a aparecer a lo largo del manual:

▪ Seguridad en el trabajo: son las técnicas y formas de organizar las tareas que pretenden

eliminar o reducir el riesgo de que haya accidentes de trabajo.

▪ Higiene industrial: es una técnica para evitar accidentes de trabajo y enfermedades

profesionales en el entorno de trabajo, es decir, en los edificios, las oficinas o los talleres. Está relacionado con el uso de productos químicos.

▪ Enfermedad profesional: enfermedad que tiene un trabajador por el trabajo que realiza en

ella. El trabajador tiene la enfermedad porque está en contacto con materiales o sustancias que las provocan. Las enfermedades profesionales solo son las que reconoce la ley, por ejemplo, las enfermedades respiratorias de los mineros o la sordera por trabajos con mucho ruido.

▪ Enfermedad relacionada con el trabajo: enfermedad que sufre un trabajador poco a poco y

de forma lenta por tener que trabajar en situaciones con riesgo para la salud. Puede ser por el lugar donde trabaja o por la forma de trabajo, por ejemplo, un trabajo donde hay que trabajar muy rápido y la persona termina con estrés y ansiedad.

▪ Otras patologías relacionadas con el trabajo: son dolencias o trastornos relacionados con el

trabajo que afectan a las emociones, la salud mental o las relaciones de la persona. Por ejemplo, el estrés, la insatisfacción en el trabajo o la fatiga mental, que es una sensación de cansancio para pensar.

▪ Ergonomía: técnicas aplicadas y materiales para que el trabajo sea adecuado a la persona.

Afecta, por ejemplo, a cuestiones como los muebles, las sillas, la iluminación del puesto de trabajo o la altura de las pantallas de ordenador. También está relacionado con la manipulación de objetos pesados o con los movimientos repetitivos para hacer una tarea.

▪ Psicosociología aplicada a la prevención de riesgos laborales: estudia cómo la organización

del trabajo y el comportamiento de las personas afectan a la salud de los trabajadores, por ejemplo, un mal ambiente en el trabajo.

▪ Medicina del trabajo: es la medicina aplicada a situaciones de trabajo y trata de prevenir

problemas de salud, curar enfermedades o rehabilitar de daños a los trabajadores, por ejemplo, recibir rehabilitación por una lesión.

▪ Seguridad Social: organismo encargado de pagar las pensiones de jubilación, el sueldo de

los trabajadores cuando están enfermos o ayudas cuando la empresa despide a un trabajador.

▪ Costes directos por problemas de salud en el trabajo: son los pagos que las empresas hacen

a la Seguridad Social para que se encargue del pago a los trabajadores cuando tienen que dejar de trabajar por un accidente de trabajo o una enfermedad profesional.

▪ Costes indirectos por problemas de salud en el trabajo: es el dinero que pierde la empresa

cuando un trabajador tiene un accidente o una enfermedad y no puede trabajar y producir, o porque pierde clientes debido a que el trabajador no puede atenderles. También es el dinero que tiene que pagar para que otro trabajador sustituya al enfermo. Estos costes son difíciles de calcular, pero suelen ser mayores que los costes directos.

2. El trabajo y la salud: los riesgos

profesionales. Factores de riesgo.

El trabajo es una de las

cualidades distintivas del ser

humano. A través suyo, el

hombre satisface una serie de

necesidades. Estas necesidades

abarcan distintas facetas: la

biológica, la personal y la

social. De este modo, mediante

el trabajo obtenemos los

medios necesarios para la

subsistencia, la mejor calidad

de vida, nos desarrollamos y

maduramos como persona,

obtenemos satisfacciones

personales y nos sentimos

útiles e integrados en la

sociedad.

El trabajo tiene dos características fundamentales: la tecnificación y la organización. La primera hace referencia a la utilización de máquinas y herramientas que facilitan al hombre la transformación del medio ambiente, objetivo básico del trabajo. Mediante la organización, se coordinan y planifican las tareas para realizarlas con el menor esfuerzo posible. Sin embargo, si no se controlan adecuadamente, de estos dos aspectos pueden derivarse efectos no deseados que ponen en peligro la salud de los trabajadores.

La Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) define salud como “el estado completo de bienestar físico mental y social y no solamente la ausencia de daño o enfermedad”. Se prima el aspecto positivo de la salud, definiéndola como un objetivo al que hay que dirigirse de forma constante.

Integrando estos dos conceptos, la Organización Internacional del Trabajo y la O.M.S. declaran que la salud laboral es una actividad que “tiene como finalidad fomentar y mantener el más alto nivel de bienestar físico, mental y social de los trabajadores de todas las profesiones, prevenir todo el daño a la salud de éstos por las condiciones de trabajo protegernos en su empleo contra los riesgos para la salud y colocar y mantener al trabajador en un empleo que convenga a sus aptitudes psicológicas y fisiológicas”.

1. En grupos pequeños y, con el soporte de la tabla expuesta a continuación, trabajar

de qué hablamos cuando nos referimos al trabajo, a la salud y a la relación entre ambos. Pedir al grupo que individualmente y por un minuto responda a las preguntas. Se les plantea que alguien del grupo recoja lo que se va diciendo para exponerlo posteriormente. No se trata de discutir ni de ponerse de acuerdo sino de compartir sus experiencias.

Posteriormente, la persona que haya recogido las aportaciones expondrá a la clase un resumen de lo que se ha hablado. El o la docente recogerá las conclusiones y hará un resumen relacionándolo con lo que se va a trabajar a lo largo del Módulo.

Respecto a vuestra experiencia laboral y su relación con la salud, comentad:

TRABAJO-SALUD Y SALUD-TRABAJO

Efectos positivos del trabajo y su relación con Efectos negativos del trabajo y su relación

la salud con la salud

2. En parejas, trabajad el cuestionario de respuestas abiertas sobre el trabajo y la salud

que se expone a continuación.

En parejas, cada persona, por un espacio de 2 minutos, responderá al cuestionario. La persona que escucha recogerá lo que expresa la otra persona.

Se efectuará una ronda y la persona que ha escuchado y recogido comparte un resumen con el grupo. La o el docente plantea un resumen y las conclusiones de lo que se ha dicho.

Completad las siguientes frases:

▪ El trabajo es positivo para mi salud porque…

▪ El trabajo es negativo para mi salud porque…

▪ Considero que en mi trabajo el mayor peligro es…

▪ En mi trabajo me da seguridad…

▪ En relación con la seguridad, lo que más me cuesta de mi trabajo es…

En la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales vienen recogidas las definiciones de Prevención, Riesgo Laboral, Daños derivados del trabajo y Condición de trabajo.

• Define Prevención como el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en

todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.

• Factores de riesgo. Son condiciones de trabajo que pueden provocar un riesgo para la

seguridad y la salud.

El artículo 4 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales define riesgo laboral como la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.

Para ampliar y precisar lo que es un riesgo laboral es muy útil tener en cuenta los siguientes términos:

- La gravedad del riesgo: El citado artículo 4 de la Ley de Prevención define la gravedad del

riesgo como la probabilidad de que se produzca el daño por la severidad del mismo. Es decir, para poder calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se habrá de valorar conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y su severidad.

En función de las posibilidades de que un accidente se produzca, la ley establece diversos niveles de gravedad. Según este concepto básico, el delegado de prevención debe priorizar el empleo de los recursos y las medidas preventivas ante de aquellos riesgos que tengan una más alta probabilidad de causar un daño y que además sea grave.

- La inminencia del riesgo: La ley define como riesgo laboral grave e inminente, aquel que

resulte probable de materializarse en un futuro próximo y que suponga un daño grave para la salud de los trabajadores.

- El peligro: Se define peligro como un riesgo con una probabilidad muy elevada de producir

un daño -grave o no-en un periodo de tiempo muy corto o inmediato.

En la siguiente figura se muestran algunas situaciones en las que se pueden generar riesgos.

Ahora que sabemos dónde ubicar los riesgos laborales y sus posibles consecuencias, veamos cuáles son los más frecuentes.

Los riesgos comunes.

Encontramos riesgos comunes en diferentes empresas y sectores, aunque existen riesgos propios de cada tipo de actividad. Podemos señalar que los riesgos más comunes, denominados así porque es posible encontrarlos en multitud de actividades laborales, son:

❖ Físicos: generados por los elementos del entorno como la humedad, el frío o el calor.

❖ Químicos: Provocados por la presencia y manipulación de agentes químicos (alergias,

asfixias, etcétera).

❖ Mecánicos: Producidos por utilizar máquinas, útiles o herramientas (cortes, quemaduras o

golpes).

❖ De las alturas: Originados por trabajar en zonas altas, galerías o pozos profundos.

❖ De origen eléctrico: Derivados de trabajar con máquinas o aparatos eléctricos.

❖ Por gas: Ocasionados por manipular gases o se trabaja cerca de una fuete de gas.

❖ De incendios: Causados por operar con materiales y elementos inflamables.

❖ De elevación: Provocados por trabajar con equipos de elevación, transporte, etcétera.

❖ De carácter psicológico. Creados por exceso de trabajo, clima social desfavorable, etc.

(pueden producir depresión o fatiga laboral, entre otros).

❖ Biológicos: Resultados de trabajar con agentes infecciosos.

Factor de riesgo.

De acuerdo con la legislación

vigente, podemos definir factor

de riesgo de la siguiente manera:

un factor de riesgo es toda

condición potencialmente

productora de un daño para la

salud; así, las máquinas y

equipos, las condiciones del

entorno y las propias operaciones pueden constituir

factores de riesgo.

Clasificación de los factores de

riesgo:

• De seguridad. Los

factores directamente relacionados con los equipos, objetos, aparatos, máquinas, sustancias e instalaciones de trabajo.

• Higiénicos. Los elementos presentes en el ambiente del trabajador tales como las

radiaciones, el calor, la humedad, etcétera.

• De proceso. Los relativos a las operaciones, tiempos y métodos de trabajo.

• Sociales. Los factores donde la acción humana puede originar claramente un riesgo.

• Del sistema o procedimiento en la prevención. Los aspectos del procedimiento preventivo,

como las guías de procedimiento en la evaluación, medidas, etcétera, que por su incorrecta realización prevención pueden causar daños.

Según la empresa en que se trabaje, existen unos riesgos propios de cada actividad. Por tanto, se deben detectar los factores de riesgo para utilizar las medidas preventivas oportunas y así evitar o minimizar los riesgos laborales.

3. En la siguiente imagen marca con una “x” donde encuentres un peligro. Reflexiona

sobre algunos factores que los condicionan y las posibles consecuencias que pueden tener.

Tipos de prevención y sistemas y técnicas

preventivas.

La actividad de prevención, como ya se ha expuesto anteriormente, consiste en poner la medida que elimine o disminuya el riesgo antes de que se produzca el daño laboral. Por ello, a la hora de prevenir tenemos que tener en cuenta los siguientes aspectos:

➢ El sistema preventivo. Para prevenir hay que disponer de un procedimiento o sistema

preventivo determinado.

Este sistema es un conjunto de disposiciones técnicas diseñadas para actuar sobre los factores de riesgo con el fin de mejorar la seguridad de los trabajadores en todas las fases de su actividad.

Así pues, para prevenir, el empresario –o el trabajador encargado de la seguridad laboral designado por el empresario-tiene que diseñar un sistema preventivo que reduzca o elimine los factores de riesgo.

➢ Los tipos de prevención. Se pueden distinguir dos formas de prevención:

o Prevención reactiva: es aquella acción que se limita a estudiar los accidentes y

daños en general que ocurren en la empresa, averiguar las causas que los provocan y tomar medidas de seguridad que los eliminen. Es decir, la prevención se hace después de que el daño ha sucedido.

Este tipo de prevención sólo es eficaz durante un tiempo y sobre las áreas y factores de riesgo conocidos a través de los estudios sobre accidentes y daños. No aporta nada acerca de otros factores potenciales de riesgo que se puedan producir en un futuro próximo.

o Prevención proactiva: cuando se han tomado las medidas antes de que se haya

producido algún daño para la salud se dice que se está haciendo una prevención proactiva. Lo que se hace es estudiar las áreas, los métodos y los equipos de la empresa para detectar los riesgos potenciales y se desarrollan medidas con el fin de que no se llegue a producir ningún tipo de accidente.

Naturalmente, es preferible realizar una acción de prevención proactiva, si bien no hay que ignorar el análisis de los accidentes y enfermedades profesionales ya producidos. La aparición de un accidente o una enfermedad profesional demuestra que el sistema de prevención que se ha establecido en la empresa no es todo lo bueno que debiera.

➢ Técnicas preventivas. Para prevenir hay que disponer de procedimientos y técnicas

preventivas, dirigidos a la detección y corrección de los distintos factores que intervienen en la aparición de los riesgos.

Las ciencias de la salud en el trabajo cuentan con potentes técnicas preventivas que actúan desde perspectivas diferentes y se complementan. Las más importantes son: o La seguridad es una técnica que se encarga, sobre todo, de la prevención de los

accidentes de trabajo.

Actúa sobre los equipos de trabajo y sobre ciertas condiciones del entorno (seguridad de los edificios y lugares de trabajo, superficies de los locales de trabajo, suelos, techos y paredes, pasillos, escaleras, puertas, barandillas, ventanas, limpieza, etc.). Esta técnica localiza y analiza los riesgos y plantea acciones de prevención, protección y corrección.

o La higiene es una técnica que se aplica contra los posibles agentes productores de

enfermedades profesionales. Detecta agentes biológicos (virus, bacterias...), físicos (ruido, temperatura, humedad, luz...), químicos (gases, sustancias...), además de tensiones psicológicas y sociales que pueden estar presentes en el medio ambiente del trabajador.

Esta técnica analiza y evalúa dicha presencia a través de la comparación con los estándares máximos permisibles e implanta medidas que reduzcan los riesgos y protejan al trabajador.

o La ergonomía estudia la adaptación del trabajo a las condiciones fisiológicas y

psicológicas de las personas. En conjunto, estudia y diseña los puestos de trabajo, sus procesos y los equipos de trabajo de acuerdo con las características del trabajador.

o La psicosociología estudia los daños de carácter psicológico que puede sufrir una

persona en el entorno de trabajo, así como los factores que producen insatisfacción.

La medicina aplicada al mundo del trabajo presenta tres especialidades básicas:

o Medicina preventiva

o Medicina curativa laboral

o Medicina reparadora laboral

3.Daños derivados del trabajo. Los accidentes

y las enfermedades profesionales. Otras

patologías derivadas del trabajo.

Las situaciones de riesgo pueden materializarse en daños a las personas e igualmente generar una diversidad de incidentes (defectos en la producción, averías, etc.) Ambas consecuencias producen una serie de costes, humanos, materiales y económicos, indeseables tanto para la empresa como el trabajador.

Centrándonos en el trabajador, se definen los daños derivados del trabajo como las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.

4. Responde a preguntas relacionadas con experiencias sobre:

• La notificación de daños a la salud tras un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

• Mutuas, en relación con el tratamiento y seguimiento de la patología.

• Patología laboral que no ha sido asumida por mutua sino por el Servicio de salud de tu

Comunidad autónoma.

El accidente laboral.

Se define accidente laboral como aquel suceso brusco, inesperado y normalmente evitable que puede causar lesiones corporales con disminución o anulación de la integridad física de las personas.

Es la lesión corporal que sufre el trabajador con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta. Incluye los accidentes ocurridos:

➢ Durante el trayecto de ida o vuelta del trabajo.

➢ Durante el desempeño de funciones sindicales.

➢ Durante actos de salvamento, pero en relación con el trabajo.

Para comprender mejor el concepto de "accidente de trabajo" es necesario entender:

El origen de los accidentes puede encontrarse en:

❖ Causas técnicas: son los fallos de las máquinas y equipos, de manera que suelen ser fáciles

de reconocer.

¿Se puede prevenir? ➔ Se descubre el error y se corrige o reduce.

❖ Causas humanas: actos de los trabajadores que producen directamente efectos dañinos.

¿Se pueden controlar? ➔ Se controlan mediante información, formación y sanción.

❖ Causas técnicas y humanas: se combina el error técnico con un acto de imprudencia o de

desconocimiento por parte del trabajador.

¿Se pueden controlar? ➔ Hay que descubrir el fallo y formar al personal.

Además, los accidentes se suelen clasificar en función de la gravedad del daño causado, que se determina en función de si se origina o no una baja médica.

❖ Accidentes sin baja médica: son accidentes leves y se caracterizan por una gravedad baja y

sin secuelas.

❖ Accidentes con baja médica: son accidentes de mayor gravedad ocasionados por atropellos

de vehículos, caídas, exposición a contactos eléctricos, sustancias gaseosas, etcétera.

Las enfermedades profesionales.

Se dice que una enfermedad profesional es aquella que contrae la persona durante la realización de su trabajo como consecuencia de su exposición a sustancias peligrosas o a unas condiciones ambientales nocivas.

Se suele manifestar:

- En un plazo breve de tiempo.

- En ocasiones sus efectos se advierten tiempo después, cuando ya no se ejerce el trabajo que

la generó.

Los requisitos para definir una enfermedad profesional son:

➢ Que se produzca como consecuencia del trabajo.

➢ Que su origen se deba al desempeño de las actividades especificadas en el cuadro de

enfermedades profesionales publicado en el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro. BOE núm. 302 de 19 de diciembre.

➢ Que esté provocada por la acción de elementos y sustancias indicadas en el citado cuadro.

Cualquier enfermedad que no reúna estos requisitos se considerará enfermedad común.

Si no se toman las medidas oportunas se puede padecer alguna de las siguientes enfermedades profesionales:

❖ Enfermedades producidas por agentes químicos.

❖ Enfermedades de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de

los

❖ otros apartados.

❖ Enfermedades provocadas por inhalación (asma, irritación de la nariz o la boca, etcétera).

❖ Enfermedades infecciosas y parasitarias.

❖ Enfermedades producidas por agentes físicos.

❖ Enfermedades sistémicas (ulceración de la córnea, etcétera).

La fatiga.

Es el resultado de una carga

de trabajo excesiva, ya sea

física o mental. Aunque es

evidente que todo trabajo

genera un cierto nivel de

fatiga, hay que evitar que su

mantenimiento prolongado

desemboque en alteraciones

fisiológicas más perjudiciales

para el trabajador.

Los distintos tipos de fatiga

(nerviosa, psicológica,

muscular, intelectual y/o

sensorial), pueden provocar:

• Pérdida de capacidad

funcional.

• Pérdida de resistencia.

• Sensación de impotencia y malestar.

El estrés.

Se dice que nos encontramos ante una situación de estrés cuando el trabajador percibe que lo que se le exige supera su

capacidad para afrontarlo

y, además, considera esta

situación una amenaza a

su estabilidad.

El estrés puede obedecer

a causas objetivas, como

un ritmo excesivo, si bien

también a factores

subjetivos derivados de

las circunstancias del

trabajador.

Los síntomas del estrés

son:

❖ Ansiedad.

❖ Depresión.

❖ Agresividad.

❖ Frustración.

El estrés: causas y consecuencias.

Veamos de manera esquemática cuáles pueden ser la causas y consecuencias del estrés:

o Causas del estrés por factores...

o Físicos: temperatura, ruido, vibraciones, etcétera. o Intelectuales: toma de decisiones, sobrecarga de trabajo, falta de definición de los

puestos.

o Emocionales: miedos, culpas, ansiedades en las relaciones sociales.

o Consecuencias del estrés como...

o Abandono de la actividad. o Reducción del rendimiento o Formulación de quejas y causa de conflictos.

La organización puede y debe actuar principalmente de forma preventiva para reducir las condiciones estresantes que se producen en el trabajo. Las acciones pueden dirigirse hacia: Factores como…Medidas

El análisis y la clarificación del rol Explicar qué se exige del trabajador

Reestructurar del trabajo para que sea más

gratificante

La mejora del clima de la organización Favorecer la participación de los trabajadores

en la toma de decisiones

El ambiente físico Actuar en las condiciones del entorno

Medidas preventivas de los trabajadores

Debemos saber qué aspectos pueden conducir al estrés, a qué nos enfrentamos y qué acciones o medidas tomar para evitarlo. Veamos entonces los elementos sobre los que hay que basar las medidas preventivas para disminuir el nivel de estrés: ✓ La actitud psicológica

✓ La visión positiva

✓ La vida sana

✓ Las técnicas de respiración

✓ El apoyo social

✓ El trabajo organizado

El envejecimiento prematuro.

El envejecimiento prematuro es un proceso regresivo del ciclo vital humano que se inicia por una fatiga crónica originada por el desarrollo de la actividad laboral.

Podríamos decir que el trabajador vive una aceleración del proceso normal de envejecimiento, algo muy común en trabajadores sometidos a altas temperaturas o mucha fatiga, etc.

¿Cómo prevenir el envejecimiento laboral?

✓ Medidas ergonómicas.

✓ Medidas de adaptación individual Favorecer el cambio ocupacional.

✓ Medidas de salud laboral.

✓ Mantener una buena relación entre la carga de trabajo y la capacidad humana.

✓ Favorecer el cambio ocupacional.

✓ Proporcionar reconocimientos médicos regulares a los trabajadores.

La insatisfacción.

Es un daño difícilmente evaluable, puesto que puede ser ocasionado por una diversidad de factores: monotonía, poca participación, falta de autonomía, estilo de mando, etc. Puede traducirse en alteraciones para la salud y también repercutir negativamente en el rendimiento.

El hecho de no atender la insatisfacción de una persona puede originar unas consecuencias desencadenantes de toda una serie de comportamientos agresivos.

¿Qué podemos hacer para evitar la insatisfacción?

➢ Controlar la cantidad y calidad de la información.

➢ Dar interés a las tareas.

➢ Proporcionar una definición clara de objetivos.

4. Marco normativo básico en materia de

prevención de riesgos laborales. Derechos

y deberes básicos en esta materia.

Introducción a la normativa en materia de PRL.

Por ser la ley de

referencia obligada,

haremos una clara

mención de la Ley

31/95 de Prevención

de Riesgos Laborales,

ya que recoge las

normas comunitarias

más importantes en

materia de seguridad

laboral:

- La Directiva

Marco 89/391/CEE, relativa a la aplicación de las medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo.

- Las Directivas 92/85/CEE, 94/33/CEE y 91/383/CEE, relativas a la protección de la

maternidad y de los jóvenes y al tratamiento de las relaciones de trabajo temporales, de duración determinada y en empresas de trabajo temporal.

La legislación española no sólo contiene preceptos de carácter general, sino la obligatoriedad para los gobernantes de desarrollarla a través de normativa como el Reglamento de Servicios de Prevención, que presenta la pauta para la planificación de la acción preventiva.

4.1.1.Antecedentes de la normativa sobre prevención de riesgos

laborales.

Constitución española

Si nos vamos al origen de la normativa de prevención de riesgos laborales, la Constitución española de 1978 ya contempla el derecho al trabajo, a la salud y a la integridad física y encomienda a los poderes públicos velar por la seguridad e higiene en el trabajo: “Los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo…” (art. 40.2).

“Se reconoce el derecho a la protección de la salud” (art. 43.1).

“Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud a través de las medidas preventivas…” (art. 43.2).

Estatuto de los Trabajadores

También en el Estatuto de los Trabajadores se contemplan los derechos y obligaciones fundamentales de los trabajadores y trabajadoras en el campo de las relaciones laborales: “En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho a su integridad física y a una adecuada política de prevención de riesgos laborales” (art. 4.2.d).

“El trabajador, en la prestación de sus servicios, tendrá derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo” (art. 19.1).

4.1.2.Marco legal de la normativa de prevención de riesgos laborales.

Directiva Comunitaria

Fue la Directiva Comunitaria 89/391/CEE, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores, la primera de las normas de prevención de riesgos laborales que estableció el marco legislativo en materia de PRL y definió los principios básicos que deben cumplir tanto el empresariado como las personas trabajadoras, con objeto de mejorar la seguridad y salud laboral.

Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales.

La mencionada directiva fue traspuesta al ordenamiento jurídico español a través de la Ley 31/1995. A raíz de la publicación de la Ley 31/1995 se dio el pistoletazo de salida para el desarrollo de todo un conjunto de normas de prevención de riesgos laborales.

La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales es la base de toda la legislación existente sobre la seguridad y salud de los trabajadores ante los riesgos derivados del trabajo.

La Ley 31/1995 establece el cuerpo básico de obligaciones y responsabilidades para garantizar un adecuado nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo.

Las disposiciones de carácter laboral contenidas en esta ley y en sus normas reglamentarias tendrán el carácter de derecho necesario mínimo indisponible.

Reglamento de los Servicios de Prevención

El RD 39/1997 es el texto legal que desarrolla reglamentariamente la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, en nuestro país.

Esta es una de las principales normas de PRL y tiene por objeto integrar la prevención de riesgos laborales en el seno de la empresa, dentro de su sistema general de gestión, comprendiendo tanto al conjunto de las actividades como a todos sus niveles jerárquicos, a través de la implantación de un plan de prevención de riesgos laborales cuya estructura y contenido se determinan en su articulado.

Otras normas de prevención de riesgos laborales

Reales Decretos. Listado no exhaustivo:

· RD 486/1997 – sobre lugares de trabajo.

· RD 1215/1997 – sobre equipos de trabajo.

· RD 614/2001 – sobre riesgo eléctrico.

· RD 681/2003 – sobre ATEX.

· RD 485/1997 – sobre señalización.

· RD 171/2004 – sobre coord. de actividades empresariales.

· …

Guías técnicas

Directrices

• Notas técnicas de prevención

4.1.3.Principios de la acción preventiva: Artículo 15 LPRL.

➢ Evitar los riesgos.

➢ Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.

➢ Combatir los riesgos en su origen.

➢ Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los

puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.

➢ Tener en cuenta la evolución de la técnica.

➢ Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.

➢ Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la

organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.

➢ Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.

➢ Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

Como primera actuación se debe evitar el riesgo y si esto no es posible evaluar los riesgos adoptando medidas necesarias para: (artículo 3 RSPL).

➢ Eliminar o disminuir el riesgo al nivel más bajo posible teniendo en cuenta:

o Prevención en el origen. o Medidas organizativas.

o Protección colectiva.

o Protección individual.

o Formación e información.

➢ Medidas destinadas a controlar periódicamente las condiciones de trabajo, organización,

métodos de trabajo y estado de salud de los trabajadores y trabajadoras.

De tal forma que, cuando no hemos podido evitar los riesgos y no poseemos información necesaria para tomar decisiones preventivas a adoptar, procederemos a la evaluación de los mismos según los artículos 3 y 5 del RSP.

Derechos y deberes básicos en materia de PRL.

El derecho de las personas trabajadoras a la protección frente a los riesgos laborales se encuentra garantizado en el ordenamiento jurídico español en diferentes normas legales, desde la Constitución española de 1978, pasando por el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores), así como en la LPRL.

De igual modo que el ordenamiento jurídico español recoge los derechos de las personas trabajadoras en materia de protección frente a los riesgos laborales y el deber empresarial de protección, cabe destacar que las personas trabajadoras, como sujetos susceptibles de sufrir daños derivados del trabajo y elementos fundamentales en la relación laboral, también tienen asignadas una serie de obligaciones que les impone la normativa de aplicación, y sin cuyo obligado cumplimiento no sería posible el éxito en materia preventiva dentro de la organización.

Derechos y deberes básicos

El capítulo III de la LPRL regula el conjunto de derechos y obligaciones derivados del derecho básico de los trabajadores y trabajadoras a su protección, así como, de manera más específica, las actuaciones a desarrollar en situaciones de emergencia o en caso de riesgo grave e inminente, las garantías y derechos relacionados con la vigilancia de la salud de las personas trabajadoras. Presta especial atención a la protección de la confidencialidad y el respeto a la intimidad en el tratamiento de estas actuaciones, y detalla las medidas particulares a adoptar en relación con categorías específicas de trabajadores, tales como jóvenes, trabajadoras embarazadas o que han dado a luz recientemente y trabajadoras y trabajadores sujetos a relaciones laborales de carácter temporal. Incluye 16 artículos, del 14 al 29.

Derecho general de protección eficaz y correlativo deber empresarial

La LPRL, en su artículo 14, establece de forma expresa el derecho de trabajadores y trabajadoras a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, lo que supone un correlativo deber del empresario o empresaria de protección de sus trabajadores y trabajadoras frente a los riesgos laborales.

Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud, forman parte del derecho de los trabajadores y trabajadoras a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.

La Ley también recoge, directa o indirectamente (como consecuencia de las obligaciones impuestas a las empresas), los siguientes derechos:

- Derecho a disponer de equipos de protección individual.

- Derecho de información, consulta y participación.

- Derecho a recibir formación, teórica y práctica, en materia preventiva.

- Derecho a la vigilancia periódica de su estado de salud.

- Derecho de protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos.

- Derecho de protección de la maternidad.

Deberes de los trabajadores y de las trabajadoras