La cárcel llamada Modelo - Concepción Arenal - E-Book

La cárcel llamada Modelo E-Book

Concepción Arenal

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Beschreibung

La cárcel llamada Modelo es un ensayo de la escritora Concepción Arenal. Se articula como un estudio penitenciario centrado en el aspecto penal. En él analiza el estado de la cárcel Modelo de Madrid y propone una serie de mejoras para aumentar tanto las condiciones de los internos como las posibilidades de reinserción.

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Seitenzahl: 48

Veröffentlichungsjahr: 2022

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Concepción Arenal

La cárcel llamada Modelo

 

Saga

La cárcel llamada Modelo

 

Copyright © 1877, 2021 SAGA Egmont

 

All rights reserved

 

ISBN: 9788726509854

 

1st ebook edition

Format: EPUB 3.0

 

No part of this publication may be reproduced, stored in a retrievial system, or transmitted, in any form or by any means without the prior written permission of the publisher, nor, be otherwise circulated in any form of binding or cover other than in which it is published and without a similar condition being imposed on the subsequent purchaser.

This work is republished as a historical document. It contains contemporary use of language.

 

www.sagaegmont.com

Saga Egmont - a part of Egmont, www.egmont.com

Tratando del proyecto de ley para la construccion de una cárcel en Madrid, de lo absurdo de confundir la prision preventiva y la penitenciaría, de llevar al mismo edificio y poner en las mismas condiciones á los presos y á los penados, hace más de un año decíamos en el núm. 153 de La Voz de la Caridad:

«Si se considera el régimen tan diferente que debe tener un preso y un penado; el diverso objeto que al recluirlos se propone la ley, y hasta la circunstancia de que por la vigente el uno está á cargo del Estado, y del Municipio el otro; teniendo alguna idea de la teoría y alguna experiencia de la práctica, se comprenderá, que si confundir cosas que deben estar separadas puede hacerse y se hace como ha dicho el Sr. Ministro de la Gobernacion, no se hará sin menoscabo de la justicia y del órden, que no podrá establecerse, estamos seguros de ello, aunque haya mucha inteligencia de parte del arquitecto que proyecte la cárcel.

»Despues de tantos años de inaccion, ahora hay prisa de dias; al daño de no hacer, se quiere añadir el de hacer mal; el proyecto de cárcel que tiene la pretension de ser modelo, ha de votarse pronto, pronto, para que se empiece la obra á los cuatro meses de aprobado, cosa absolutamente imposible, si ha de haber para los planos concurso verdadero, para las obras subasta verdadera, y para todo, verdadero estudio, hecho en un tiempo en que todo el mundo se va de Madrid, y por personas que han de trabajar gratis. Este plazo de cuatro meses no puede ser mirado como cosa séria, por nadie que sepa los plazos indispensables que deben darse, lo que hay que estudiar, y lo que trabajan las juntas compuestas de personas cuyo trabajo no se retribuye, y que tienen otros que no pueden abandonar. Todos nuestros temores se han realizado; una de las cosas que temíamos era la prisa, y vemos que le sobra al proyecto de cárcel en cambio de muchas cosas que le faltan. ¡ Quiera Dios que los señores que intentan completarle y corregirle en el Senado, sean más felices que los que presentaron enmiendas en el Congreso!»

Al escribir esto, abrigábamos la esperanza de que los defectos esenciales de que adolecia el proyecto de ley aprobado por el Congreso se corregirian en el Senado, y lo esperábamos, entre otros motivos, por suponer que los señores Senadores habrian leido la discusion de la Cámara popular, y visto que, las razones muchas y bien expuestas con que combatieron el proyecto, los señores Marqués de la Vega de Armijo, Marton, Rico, Goicoerrotea y Vizconde de los Antrines, se quedaron sin contestar por el Gobierno y por la Comision. Véase cómo el alto cuerpo ha correspondido á nuestras esperanzas.

DICTÁMEN DE LA COMISION DEL SENADO.

AL SENADO.

 

«La Comision nombrada para dar dictámen acerca del proyecto de construccion de una cárcel, remitido por el Congreso de los Diputados, lo ha examinado con todo el interés y detenimiento que el asunto merece.

»Entiende la Comision que el proyecto ADOLECE DE GRA-»VES DEFECTOS, como es el destinar un solo edificio á cárcel »de detenidos ó procesados, y penitenciaría correccional, y no »duda de que pudieran introducirse algunas mejoras en el pri-»mitivo pensamiento. Pero lo avanzado de la legislatura, las »dificultades de sujetar el asunto á comision mixta y nuevo »exámen de ambos Cuerpos, y sobre todo, la seguridad de »que los defectos que desde luégo se notan pueden enmendar»se, unos por la Comision, otros por el Gobierno, y si preciso »fuese en adelante, por los Cuerpos colegisladores, impulsan á »los que suscriben á preferir á todo otro acuerdo, el de aprobar » el proyecto de ley en la misma forma en que viene.»

Leido el dictámen precedente y abierta discusion sobre la totalidad, no habiendo ningun señor Senador que tuviese pedida la palabra, se procedió á deliberar por artículos, siendo aprobados, sin ninguna discusion, los doce de que consta el proyecto, que es ya la siguiente

LEY.

Art. 1.° Se procederá á la construccion en Madrid de una cárcel-modelo sobre la base del sistema celular, cuyas obras de edificacion comenzarán, durante los cuatro primeros meses que sigan á la publicacion de esta ley, y terminarán en el período de tres años. Art. 2.° La cárcel-modelo será capaz para 1.000 cuando ménos, y contendrá capilla, enfermería y las demás dependencias necesarias. Art. 3.° Debiendo servir la cárcel-modelo de Madrid para depósito municipal, cárcel de partido y de Audiencia y casa de correccion para penales, contribuirán al coste de su construccion, el Ayuntamiento de Madrid, las Diputaciones de Madrid, Ávila, Guadalajara, Segovia, Toledo y el Estado. Art. 4.° El coste total de la cárcel se calcula en 4 millones de pesetas. Para esta suma abonarán: el Ayuntamiento de Madrid, un millon de pesetas; la Diputacion de Madrid, 500.000; la de Toledo, 250.000; las de Ávila, Guadalajara y Segovia, á 200.000 pesetas cada una. Art. 5.° Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, el Ayuntamiento de Madrid cederá la propiedad del edificio llamado el Saladero, actual cárcel pública, al Ministro de la Gobernacion, quien podrá enajenarlo en la forma que más convenga.