Erhalten Sie Zugang zu diesem und mehr als 300000 Büchern ab EUR 5,99 monatlich.
Puede solicitar gratuitamente las soluciones a todas las actividades y al examen final en el email [email protected] Capacidades que se adquieren con este Manual: - Distinguir las principales formas jurídicas de constitución de pequeños negocios o microempresas identificando las características de cada una de ellas, sus ventajas e inconvenientes en función de la normativa vigente. - Aplicar técnicas de organización en la determinación de recursos humanos, materiales y tecnológicos para el desarrollo de la actividad en función de la naturaleza productiva o de prestación de servicios de pequeños negocios tipo. - Analizar los presupuestos económico-financieros de pequeños negocios o microempresas distinguiendo las variables necesarias para la confección de los estados contables previsionales. - Determinar la viabilidad económico-financiera de diferentes pequeños negocios o microempresas distinguiendo los parámetros más habituales para la detección de desequilibrios financieros.
Sie lesen das E-Book in den Legimi-Apps auf:
Seitenzahl: 198
Veröffentlichungsjahr: 2025
Das E-Book (TTS) können Sie hören im Abo „Legimi Premium” in Legimi-Apps auf:
Proyecto y viabilidad del negocio o microempresa. UF1819.
Autora: Carmen Arenal Laza.
© EDITORIAL TUTOR FORMACIÓN
C/ San Millán, 7, bajo 10
26004 Logroño (La Rioja)
Tlf. 610687276
Email: [email protected]
Web: https://tutorformacion.es o https://editorial.tutorformacion.es
Edición: septiembre 2024
ISBN: 978-84-19189-92-9
Depósito legal: LR 1249-2024
Foto de portada diseñada por Freepik
Reservados todos los derechos de publicación en cualquier idioma.
Según el código penal vigente ninguna parte de este o cualquier otro libro puede ser reproducida, grabada en alguno de los sistemas de almacenamiento existentes o transmitida por cualquier procedimiento, ya sea electrónico, mecánico, reprográfico, magnético o cualquier otro, sin autorización previa y por escrito de D. Miguel Ángel Ladrón Jiménez; su contenido está protegido por la ley vigente que establece penas de prisión y/o multas a quienes intencionadamente reprodujeren o plagiaren, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica.
Contenido
Constitución jurídica del pequeño negocio o microempresa
1.Introducción.
2.Clasificación de las empresas.
2.1.Por su finalidad
2.2.Por su actividad.
2.3.Por su tamaño.
2.4.Por su ámbito territorial.
2.5.Por la naturaleza de su capital.
3.Tipos de sociedades mercantiles más comunes en pequeños negocios o microempresas.
3.1.Empresario individual.
3.2.Emprendedor de Responsabilidad Limitada.
3.3.Comunidad de bienes.
4.La forma jurídica de sociedad: exigencias legales, fiscales, responsabilidad frente a terceros y capital social.
4.1.Sociedad Unipersonal.
4.2.Sociedad Anónima.
4.3.Sociedad de Responsabilidad Limitada.
4.4.Sociedad Laboral.
4.5.Sociedad Colectiva.
4.6.Sociedad Comanditaria Simple.
4.7.Sociedades Cooperativas.
5.La elección de la forma jurídica de la microempresa.
5.1.Ventajas e inconvenientes de cada forma.
6.Resumen.
7.Autoevaluación.
Planificación y organización de los recursos en pequeños negocios o microempresas.
1.Introducción
2.Componentes básicos de una pequeña empresa.
2.1.Recursos materiales: instalaciones, materias primas, otros.
2.2.Recursos humanos: perfiles profesionales.
3.Sistemas: planificación, organización, información y control.
4.Recursos económicos propios o ajenos.
5.Los procesos internos y externos en la pequeña empresa o microempresa.
5.1.Identificación de procesos estratégicos, clave y de soporte.
5.2.Construcción del mapa de procesos.
6.Asignación de procesos clave a sus responsables.
6.1.Desarrollo de instrucciones de trabajo de los procesos.
6.2.La automatización y sistematización de procesos.
6.3.La utilización de recursos propios frente a la externalización de procesos y servicios.
6.4.Relación coste /eficiencia de la externalización de procesos.
7.La estructura organizativa de la empresa.
7.1.La división funcional.
7.2.Diferencia entre funciones, responsabilidades y tareas.
7.3.El organigrama como estructura gráfica de la empresa.
8.Variables a considerar para la ubicación del pequeño negocio o microempresa.
8.1.De mercado.
8.2.Geográficas.
8.3.Demográficas.
8.4.Dotaciones y servicios.
8.5.En función de las subvenciones y ayudas.
8.6.Otras.
9.Decisiones de inversión en instalaciones, equipamientos y medios.
9.1.Ventajas e inconvenientes de las distintas modalidades de adquisición de tecnología y sistemas.
9.2.Factores a tener en cuenta en la selección del proveedor.
10.Control de gestión del pequeño negocio o microempresa.
11.Identificación de áreas críticas.
11.1.El Cuadro de Mandos Integral –CMI (Balanced Scorecard– BSC, de Kaplan y Norton).
11.2.Indicadores básicos de control en pequeños negocios o microempresas.
11.3.La implementación de medidas de ajuste.
12.Resumen.
13.Autoevaluación.
Planificación económico-financiera previsional de la actividad económica en pequeños negocios o microempresas.
1.Introducción
2.Características y funciones de los presupuestos.
2.1.De inversiones.
2.2.Operativo.
2.3.De ventas.
2.4.De compras y aprovisionamiento.
3.El presupuesto financiero.
3.1.Principales fuentes de financiación.
3.2.Criterios de selección.
4.Estructura, y modelos de los estados financieros previsionales.
4.1.Significado, interpretación y elaboración de estados financieros previsionales y reales.
5.Características de las principales magnitudes contables y masas patrimoniales.
5.1.Activo.
5.2.Pasivo.
5.3.Patrimonio neto.
5.4.Circulante.
5.5.Inmovilizado.
6.Estructura y contenido básico de los estados financiero-contables previsionales y reales.
6.1.Balance.
6.2.Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
6.3.Tesorería.
6.4.Patrimonio Neto.
6.5.Memoria.
7.Resumen.
8.Autoevaluación.
Rentabilidad y viabilidad del negocio o microempresa
1.Introducción.
2.Tipos de equilibrio patrimonial y sus efectos en la estabilidad de los pequeños negocios o microempresa.
2.1.Equilibrio total.
2.2.Equilibrio normal o estabilidad financiera.
2.3.Situación de insolvencia temporal.
2.4.Situación de insolvencia definitiva.
2.5.Punto de equilibrio financiero.
3.Instrumentos de análisis: ratios financieras, económicas y de rotación más importantes.
3.1.Cálculo e interpretación de ratios.
3.2.Las desviaciones y mecanismos de corrección de desequilibrios económico-financieros.
4.Rentabilidad de proyectos de inversión.
4.1.El Valor Actual Neto (V.A.N.).
4.2.Tasa Interna de Rentabilidad (T.I.R.).
4.3.Interpretación y cálculo.
5.Aplicaciones ofimáticas específicas de cálculo financiero.
5.1.La hoja de cálculo, aplicada a los presupuestos y estados financieros previsionales.
6.Resumen.
7.Autoevaluación.
Bibliografía
Introducción.
Una empresa también se puede definir como una unidad formada por un grupo de personas, bienes materiales y financieros, con el objetivo de producir algo o prestar un servicio que cubra una necesidad y por el que se obtengan beneficios.
Los proyectos empresariales son los planes de negocios que las compañías desarrollan para alcanzar objetivos específicos.
Pueden ser de diferentes tipos como la expansión de la compañía, el lanzamiento de un nuevo producto, optimización de procesos, entre otros.
Clasificación de las empresas.
La clasificación de empresas permite agruparlas en categorías más generales, lo que facilita el análisis y la comprensión del entorno empresarial.
La clasificación de empresas se basa principalmente en dos dimensiones: el tamaño y el sector de actividad.
Además de estas clasificaciones, las empresas también se pueden considerar en función de su ámbito geográfico, su carácter familiar, su titularidad y su forma jurídica.
Dentro de esta clasificación de empresas destacamos las siguientes:
Sector primario
: dedicados a obtener productos de la naturaleza, es el sector agrario, ganadero, pesquero y minero. Su fuente principal fuente de ingresos proviene de la explotación de los recursos naturales.
Sector secundario
:
dedicados a la transformación de las materias primas en productos manufacturados, es decir, sector industrial, energético, construcción,
etc.
Sector terciario
: aquí se encuentran las actividades económicas relacionadas con la prestación de servicios, como transporte, comunicaciones, comercio, turismo,
etc.
Sector cuaternario
: este sector tiene su origen en el sector terciario, pero se distingue porque incluye servicios específicos como son los servicios de tecnologías de la información y creación, investigación y desarrollo e innovación.
La actividad de una compañía también es una forma muy útil de establecer una tipología de empresas, pudiendo definirse en 3 modalidades:
Industriales
: Son las que producen bienes o servicios a partir de su extracción o producción.
Ejemplo: agricultura e industria.
Servicios
:
Ofrecen servicios gracias al capital humano y a los medios materiales.
Ejemplo, empresas de transporte, asesoramiento, enseñanza y sanitaria.
Comerciales
: No producen, se encargan de la venta de los bienes y servicios.
Ejemplo, son intermediarios mayoristas o minoristas.
Los criterios que sigue la UE a la hora de definirlas son los siguientes:
Económico
: se trata del volumen de facturación de la empresa, es decir, los ingresos que obtiene por sus ventas.
Organizativo
:
se refiere al número de trabajadores de la empresa y a su organización.
Patrimonial
: se basa en el patrimonio que las empresas tienen: bienes, derechos y obligaciones.
Técnico
: es el nivel tecnológico, esto es la innovación en capital.
Este tipo de clasificación de las empresas según su tamaño viene fijado por el Reglamento de la Unión Europea nº651/2014, y consiste en:
Grandes empresas
: son las que manejan grandes capitales y suelen tener instalaciones propias. Tienen un volumen de negocio anual superior a 50 millones de euros, más de 250 trabajadores, un sistema de administración avanzado y préstamos importantes con entidades financieras nacionales e internacionales.
Medianas empresas
:
su volumen de negocio es igual o inferior a 50 millones de euros, tienen menos de 250 trabajadores, sus áreas definidas por funciones y sus procedimientos están automatizados.
Pequeñas empresas
:
tienen un volumen de negocio igual o inferior a 10 millones de euros y menos de 50 trabajadores. Son entidades independientes y rentables, aunque no predominan en el sector industrial.
Microempresas
: con un volumen de negocio inferior a 2 millones de euros y con menos de 10 trabajadores, usan sistemas de fabricación artesanales, el propietario se encarga de los asuntos administrativos, producción y ventas.
Las empresas atendiendo a su ámbito de actuación:
Empresas locales
:
actúan únicamente en el mercado local.
Un ejemplo como un bar o una peluquería.
Empresas regionales
: de mayor dimensión que las locales, son aquellas cuyas ventas se circunscriben al ámbito de una o varias regiones.
Por ejemplo, la cadena de supermercados Gadis, que cuenta con negocio en Galicia, Castilla y León, Madrid y Asturias.
Empresas nacionales
:
son las que operan en un único país o mercado. Un ejemplo sería Hipercor, red de hipermercados que tiene presencia en toda España.
Empresas multinacionales
: aquellas que disponen de filiales en varios países, pero tienen centralizada la toma de decisiones en una sede central, normalmente en el país de origen.
Por ejemplo, Inditex.
Empresas trasnacionales
: las que realizan actividades a nivel internacional; disponen de matrices y filiales en varios países, lo que implica un control más descentralizado que en el caso de las multinacionales.
Por ejemplo, McDonalds.
Existe otro criterio de clasificación de empresas muy importante que atiende al origen de su capital, según sea público, privado o mixto.
Capital público: una empresa pública es aquella donde el estado tiene la participación total o mayoritaria. Se crean con el objetivo de ofrecer bienes y servicios a la población, sobre todo de primera necesidad.
Sus principales características son:
Más del 50% del capital social pertenece al Estado o a cualquier nivel de descentralización (provincial o municipal).
Suelen ofrecer servicios básicos y de primera necesidad.
Se sitúan sectores estratégicos y fundamentales para el país, como el de la comunicación para ofrecer información de interés público.
Estas empresas pueden competir o no con empresas privadas.
Capital privado: una empresa privada es aquella que el capital proviene de personas particulares o de sociedades mercantiles.
Capital mixto: son empresas que combinan capital público con capital privado, aunque la mayoría de la inversión provienen de fondos públicos, ya que sus objetivos están centrados en actividades de interés público.
Existen muchas empresas públicas que al final terminan convirtiéndose en mixtas debido a diferentes circunstancias:
Provienen de empresas públicas que se han ido privatizando poco a poco, como, por ejemplo,
Iberia
.
Empresas de nueva creación que optan por la colaboración del sector privado y el público, como, por ejemplo, empresas de servicios del ayuntamiento.
Entonces, una empresa privada puede convertirse en pública, al igual que una pública se puede privatizar.
Un ejemplo de empresa pública privatizada es AENA, la cual era pública al 100% y se ha privatizado en una parte.
Cuando una empresa privada se convierte en pública se denomina nacionalización.
Las empresas públicas son gestionadas por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), la cual, se encarga de rentabilizar las participaciones empresariales y buscar el interés público, uniendo la rentabilidad económica y social.
Aplicación práctica
Se pide:
Relacionar las características con el tipo de empresa a la que se refiere.
Son empresas dedicadas a la transformación de las materias primas en productos manufacturados, es decir, sector industrial, energético, construcción, etc
Empresas que ofrecen servicios gracias al capital humano y a los medios materiales.
Su volumen de negocio es igual o inferior a 50 millones de euros, tienen menos de 250 trabajadores, sus áreas definidas por funciones y sus procedimientos están automatizados.
Empresas que operan en un único país o mercado. Un ejemplo sería Hipercor, red de hipermercados que tiene presencia en toda España.
Empresas que combinan capital público con capital privado, aunque la mayoría de la inversión provienen de fondos públicos, ya que sus objetivos están centrados en actividades de interés público.
Empresas que actúan únicamente en el mercado local.
Empresas que tienen un volumen de negocio igual o inferior a 10 millones de euros y menos de 50 trabajadores. Son entidades independientes y rentables, aunque no predominan en el sector industrial.
Se refiere al número de trabajadores de la empresa y a su organización
Tipos de sociedades mercantiles más comunes en pequeños negocios o microempresas.
En España las principales formas jurídicas de empresas son el empresario individual, la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y la comunidad de bienes.
Actualmente, el Ministerio de Industria y Turismo reconoce hasta 17 tipos de formas jurídicas de una empresa.
Según este listado, se pueden hallar desde agrupaciones de interés económico, que exigen un mínimo de dos socios, hasta sociedades de garantía recíproca, que requieren un mínimo de 150 socios.
Es una persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, con o sin trabajadores por cuenta ajena a su cargo.
El incremento del número de trabajadores autónomos en los últimos años está llevando a formas de contratación que demandan nuevas figuras laborales.
Una de ellas es la del TRADE o Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente.
Se define como que aquel que realiza una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante, para una persona física o jurídica denominada cliente, del que depende económicamente, en al menos, un 75% de sus ingresos.
El contrato entre ambos ha de realizarse obligatoriamente por escrito y deberá registrarse en el Servicio Público de Empleo Estatal (el registro se puede realizar electrónicamente).
El contrato puede celebrarse para la ejecución de una obra o serie de ellas o para la prestación de uno o más servicios.
La duración puede ser por tiempo indefinido o definido, en este último caso cuando finaliza la obra o servicio.
La figura del trabajador autónomo económicamente dependiente es un tipo particular de empresario individual, se regula en la Ley 20/2007 del estatuto del trabajo autónomo y se desarrolla en el Real Decreto 197/2009.
El Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente o TRADE es aquel que presenta una dependencia relevante con respecto a un cliente.
Reúne las siguientes características:
Persona física que, con limitación de responsabilidad bajo determinadas condiciones, realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, con o sin trabajadores por cuenta ajena a su cargo.
La Comunidad de Bienes se constituye cuando la propiedad de un bien o derecho pertenece proindiviso a varias personas y forma parte de una actividad empresarial realizada en común. Se podría decir que es la forma más sencilla de asociación entre autónomos.
Se exige un mínimo de dos comuneros.
La forma jurídica de sociedad: exigencias legales, fiscales, responsabilidad frente a terceros y capital social.
En la elección del tipo de empresa deben considerarse una serie de aspectos como son el tipo de actividad a ejercer, el número de socios, el capital social y la responsabilidad.
Tipo de actividad a ejercer: La actividad que va a desarrollar la empresa puede condicionar la elección de la forma jurídica en aquellos casos en que en la normativa aplicable establezca una forma concreta.
Número de socios: El número de personas que intervengan en el lanzamiento de la empresa también puede condicionar la elección. Así, cuando sean varios promotores, lo aconsejable será constituir una sociedad.
No obstante, hay que recordar que es posible constituir una sociedad anónima, limitada o limitada nueva empresa, con un sólo socio (sociedad unipersonal).
Capital Social: Aquí deben considerarse los gastos de constitución, así como el capital inicial mínimo.
Las sociedades civiles tienen menos gastos de constitución ya que no es necesaria su inscripción en el Registro Mercantil.
Las sociedades mercantiles exigen escritura notarial y un capital mínimo para empezar.
Responsabilidad: Es un aspecto importante. La responsabilidad puede estar limitada al capital aportado (sociedades anónimas, limitadas...) o ser ilimitada afectando tanto al patrimonio empresarial como personal (autónomo y sociedad civil).
Las diferencias entre las personas físicas y las personas jurídicas radican en la responsabilidad frente a terceros:
Persona física
Asume el riesgo directamente.
Dirige la empresa.
No hay diferencia entre el patrimonio social y el individual; por lo tanto, la responsabilidad frente a terceros es ilimitada (salvo la vivienda habitual en el caso del Emprendedor de Responsabilidad Limitada).
Sociedades
Hay diferencia entre el patrimonio de la sociedad y el propio de los socios.
La responsabilidad frente a terceros está sujeta a la aportación de capital (salvo excepciones referidas a las sociedades colectivas y comanditarias.
Aspectos fiscales: los resultados previstos en el ejercicio de la actividad empresarial y la contribución fiscal que se deba efectuar por los mismos condicionan la elección de la forma jurídica.
Autónomos y sociedades civiles tributan a través del IRPF y las sociedades a través del Impuesto de Sociedades.
Una Sociedad Anónima Unipersonal (S.A.U.) es una entidad jurídica que se asemeja en muchos aspectos a una sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.) porque también tiene una responsabilidad limitada para su propietario, al que se denomina accionista.
Características
La clasificación de los tipos de sociedad mercantil unipersonal se realiza atendiendo a tres criterios fundamentales:
Según la
forma societaria
. Una sociedad unipersonal puede ser anónima (compartiendo características con las SA, pero habiendo un único socio propietario de las acciones), o limitada (todas las participaciones personales son de un solo socio).
También puede adquirir la forma de Sociedad Limitada Nueva Empresa Unipersonal. Las características de la sociedad limitada unipersonal también se comparten con las de una SL común.
Según el
momento de obtención de la unipersonalidad
. Las sociedades unipersonales pueden ser sobrevenidas, en los casos donde había varios socios y termina quedando uno (no hay necesidad de transformar la sociedad), o bien originarias, donde un único socio funda la empresa y es dueño de la totalidad de sus participaciones.
Según
su titularidad
. Pueden ser públicas o privadas.
Una SU privada sigue la normativa de la Ley de Sociedades de Capital, mientras que una pública tiene algunas peculiaridades, como la del socio frente a los contratos o la no aplicación de algunos puntos relacionados con la publicidad de la unipersonalidad.
Normativa
Sociedad de carácter mercantil en la cual el capital social, dividido en acciones, está integrado por las aportaciones de los socios, los cuales no responden personalmente de las deudas sociales.
Características
Constitución formalizada mediante escritura pública y posterior inscripción en el Registro Mercantil.
En la denominación deberá figurar necesariamente la expresión "Sociedad Anónima" o su abreviatura "S.A.".
Están obligados a llevar un Libro de inventarios y Cuentas anuales, un Diario (registro diario de las operaciones) y un Libro de actas que recogerá todos los acuerdos tomados por las Juntas Generales y Especiales y los demás órganos colegiados de la sociedad.
También llevará un Libro-registro de acciones nominativas, en el que se harán constar las sucesivas transferencias de las acciones, así como la constitución de derechos reales y otros gravámenes sobre aquellas.
La sociedad solo reputará accionista a quien se halle inscrito en dicho libro.
Socios
Derechos del accionista:
Participar en el reparto de las ganancias sociales y en el patrimonio resultante de la liquidación.
Derecho de suscripción preferente, tanto en nuevas acciones emitidas como en obligaciones convertibles en acciones.
Asistir y votar en las Juntas Generales e impugnar acuerdos sociales.
Derecho de información.
Órganos sociales
Junta General de accionistas: Órgano deliberante que expresa con sus acuerdos la voluntad social.
Se define como reunión de accionistas, debidamente convocados para deliberar y decidir por mayoría sobre asuntos sociales propios de su competencia.
Clases de juntas:
Junta general ordinaria
, que se reunirá necesariamente dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio, para aprobar o censurar la gestión social, aprobar las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado.
Junta extraordinaria
, que deberá ser convocada por los administradores, cuando lo estimen conveniente para los intereses sociales o cuando lo solicite un número de socios titulares de, al menos, un cinco por ciento del capital social.
La convocatoria deberá hacerse por anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia con quince días de antelación a la fecha fijada para la celebración de la Junta.
Administradores: Órgano ejecutivo encargado de la gestión permanente de la sociedad y de representar a la misma en sus relaciones con terceros.
Los administradores pueden ser personas físicas o jurídicas y a menos que los estatutos dispongan lo contrario, no se requiere que sean accionistas.
Facultades y deberes de los administradores:
Normativa
Sociedad en la que el capital social, que estará dividido en participaciones sociales, indivisibles y acumulables, estará integrado por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales.
Características
Es una sociedad de capital, cualquiera que sea la naturaleza de su objeto, con carácter mercantil y personalidad jurídica propia.
Dos formas de constitución: telemática y presencial.
Denominación social:
Libre, debiendo figurar necesariamente la indicación 'Sociedad de Responsabilidad Limitada', 'Sociedad Limitada' o sus abreviaturas 'S.R.L.' o 'S.L.'
La denominación social deberá obtenerse a través del Registro Mercantil; no se podrá adoptar una denominación idéntica a la de una sociedad ya existente.
Tienen que llevar un Libro de inventarios y Cuentas anuales, un Diario (registro diario de las operaciones) y un Libro de actas que recogerá todos los acuerdos tomados por las Juntas Generales y Especiales y los demás órganos colegiados de la sociedad.
También llevará un Libro registro de socios, en el que se harán constar la titularidad originaria y las transmisiones de las participaciones sociales.
La sociedad sólo reputará socio a quien se halle inscrito en el Libro registro de socios.
Derechos de los socios:
Participar en el reparto de beneficios y en el patrimonio resultante de la liquidación de la sociedad.
Participar en las decisiones sociales y ser elegidos como administradores.
Órganos sociales
Junta General de socios
: Órgano deliberante que expresa en sus acuerdos la voluntad social y cuya competencia se extiende fundamentalmente a los siguientes asuntos:
Censura de la gestión social, aprobación de cuentas anuales y aplicación del resultado.
Nombramiento y separación de los administradores, liquidadores, y en su caso de auditores de cuentas.
Modificación de los estatutos sociales.
Aumento o reducción del capital social.
Transformación, fusión y escisión de la sociedad.
Disolución de la sociedad.
Los Administradores